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	<title>Historia | Ezagutu Barakaldo</title>
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		<title>La metalurgia prehidráulica del hierro en Bizkaia (los alrededores del pantano de Oiola (Trapagarán, Bizkaia) (III)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ezagutu Barakaldo]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 07 Jun 2026 06:55:33 +0000</pubDate>
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<p>Respecto a la distribución espacial, pensamos que si bien&nbsp; las diversas etapas del proceso de producción pueden quedar de alguna manera reflejados en el yacimiento (Hornos de tostación, reducción, forja, carboneras, hogares, etc.), no es estrictamente necesario que todas ellas se realicen en un mismo lugar.</p>
<p>Es de suponer que a la hora de desarrollar cada actividad, primase un criterio de «rentabilidad» y que estas actividades se llevarían a cabo en aquellos lugares donde la eficacia fuese mayor.</p>
<p>Así, en el Taller urbano de Metz, datado en la segunda mitad del s. XIX (Arsenal Ney, Francia) se ha podido constatar con certeza la presencia de dos fases de la cadena operatoria: la reducción del mineral y los trabajos de forja.</p>
<p>Sin embargo, esta tarea de identificación de las etapas de elaboración es difícil y choca muchas veces con la dificultad de vincular dichas etapas con las estructuras aparecidas, como ocurre en el yacimiento de OIOLA IV.</p>
<p>En estos casos el arqueometalurgista se ve obligado a recurrir al estudio de la gran masa de desperdicios y desechos heterogéneos localizados, dado que son el resultado de unas</p>
<p>operaciones metalúrgicas concretas y pueden darnos datos significativos del proceso al que han sido sometidos.</p>
<p>Por lo que a OIOLA IV se refiere, hemos identificado dos tipos de estructuras que apuntan hacia una especialización en las distintas labores complementarias del hierro: de tostación o reducción en la Estructura n.º 1, tal vez de reducción en la Estructura n.º 4 y de segunda forja o afinado para la Estructuran.</p>
<p>En el transcurso de las diversas campañas de excavación desarrolladas en este yacimiento, hemos registrado los siguientes elementos: Una posible Txondorra o Carbonera cuyas dimensiones en planta son de 205 x 205 cm. Un fondo de hogar, con alto porcentaje de escamas de magnetita (en más de un 10%) y próximo a la estructuran.</p>
<p>Otros restos dispersos de otras posibles estructuras de hornos alterados sin localización precisa.</p>
<p>De esta manera, el estudio de las estructuras y de los subproductos férricos, nos hace suponer que el proceso siderúrgico llevado a cabo en dicho yacimiento fue completo, desde la fase de tostación del mineral al trabajo del metal o afinado.</p>
<p>Otro aspecto clave a la hora de analizar las ferrerías de monte o Haizeolak es a través del conocimiento de su estratigrafía.</p>
<p>No olvidemos que los depósitos pueden ayudarnos a comprender no sólo las técnicas empleadas y el trabajo realizado (tales como: su extensión, organización interna, etc.) sino además ocultan otras estructuras de producción por lo general, mal conservadas de difícil identificación y de cronología anterior.</p>
<p>Un ejemplo de lo expuesto lo representaría el centro de producción siderúrgico localizado en Lorena (yacimiento de Ludres, Meurthe e Moselle, Francia) y adscrito cronológicamente a la Alta Edad Media, donde el estudio estratigráfico ha permitido aportar datos a la organización y evolución espacial.</p>
<p>Así mismo, se ha llegado a reconstruir la sucesión de los depósitos, e incluso, considerar la existencia de varias etapas de actividad.</p>
<p>En el caso de OIOLA IV, la existencia de ciertos rellenos que cubren los hornos, nos hacen pensar casi con toda certeza que no pudieron ser motivados por su propio funcionamiento y que provinieron de la producción de otros hornos construidos posteriormente. Todo apunta a la existencia de unas fases de actividad productiva, según las cuales el yacimiento fue modificado a lo largo del tiempo. Se constataría por ello diversas estructuras de hornos superpuestos, que van creando una planicie antrópica.</p>
<p>Esta hipótesis de una prolongada actividad metalúrgica vendría reforzada por las dataciones de radio-carbono C-14 de diversas muestras de carbón vegetal que lo situarían, en un período comprendido entre el s. XI al s. XIII, a la espera de confirmación a través de los resultados de muestras adicionales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>4.5. <u>La estructura física de los hornos</u></p>
<p>4.5.1. Funciones y tipos de hornos en Europa</p>
<p>En cuanto a la cuarta pregunta que nos planteábamos indicar que se han establecido diferentes modelos tipológicos de hornos, los cuales no vamos a entrar a detallar.</p>
<p>Siguiendo el parecer del profesor P.L. PELET, los hornos de reducción de hierro son la respuesta a una preocupación básica: «reducir el hierro de un mineral con la menor fatiga y con el mayor rendimiento». Esa necesidad de eficacia en el trabajo piensa que queda reflejada en la tecnología del horno y se manifiesta como el resultado de la respuesta a tres problemas que plantea: El aislamiento, la ventilación y la refracción. A nuestro parecer estos tres problemas pueden quedar agrupados en dos por considerar la refracción un aspecto de la característica constructiva del aislamiento, no sin perder por ello la importancia que pueda tener.</p>
<p>Aislamiento-Refracción: Esta característica técnica depende en gran medida de las condiciones climáticas. Así, en los países mediterráneos o tropicales no se le concede demasiada importancia mientras que en Europa Central y Occidental, un horno sin aislamiento no es de reducción y puede ser de forja o de recocido.</p>
<p>Respecto a la cualidad refractaria del aislamiento PELET, distingue tres tipos: Hornos de Refracción descuidada y casi inexistente. Se trata de un tipo de hornos sin estructura permanente, sin excavar y formados por bloques de mineral y de leños de carbón que son revocados a cada encendido (Modelo Corso). Hornos de Refracción débil excavados en el suelo. Hornos de Refracción esmerada y susceptibles de perfeccionamiento. Presentan una estructura levantada con el tipo de material de la zona.</p>
<p>Ventilación</p>
<p>Hay dos formas de ventilación uno por tiro natural y el otro forzado (fuelles). En los hornos de ventilación artificial es preciso, además, tener en cuenta la dimensión, posición y forma de las toberas. Así, según la opinión de este investigador, las más eficaces pueden presentar un diámetro de 2,5 cm. y las más arcaicas de 5 cm.</p>
<p>De las respuestas a estos dos problemas (Aislamientorefracción y Ventilación) sugiere diversos modelos de arquitectura y una clasificación de la evolución de los Hornos Europeos, la cual aunque muy genérica permite incluir tanto a la Forja Catalana como a las Ferrerías con rueda hidráulica.</p>
<p>Sin embargo, esta clasificación expuesta debe ser completada con la <em>Morfología de la Cuba, </em>ya que este aspecto aporta datos significativos sobre la eficacia, el grado de perfeccionamiento del horno y a su vez sobre la tecnología alcanzada. Presenta siete tipos de cubas basadas en evidencias arqueológicas: Cuba en forma de marmita. Cuba en embudo o troncocónica. Cuba tubular, a veces ligeramente oblicua. Cuba con panza que puede ser asimétrica o con panza alargada regularmente. Cuba cónica. Cuba en forma de cúpula. Cuba en doble pirámide. Otro aspecto, a tener en cuenta, es la <em>Forma del Fondo de la Cuba </em>(También denominada como crisol o parte inferior del horno). Esta puede variar según lugares y épocas, así existen diversos modelos documentados como son: en paralelogramo, pirámide truncada, circunferencia, elipse, etc. Su superficie nos puede dar un índice significativo del rendimiento. Este será pequeño si este fondo es inferior a 10 dm.2 y mayor si es igual o superior a 50 dm.2</p>
<p><em>La existencia o no de puerta, </em>unido al problema de la evacuación de las escorias, es una característica a considerar, ya que puede modificar la concepción del horno. Su ausencia, sugiere un tipo de hornos más primitivos y de forma de embudo, en los cuales se sacaba el «Bloom» por arriba. Respecto a los que la presentan, están sometidos a subdivisión, entre los que la mantienen cerrada ocasionalmente para acelerar la descarburación y aquellos en los que permanece abierta, para evacuar la escoria. La Arqueometalurgia experimental ha demostrado que la capacidad de producción se incrementa si la escoria se evacúa durante la fusión.</p>
<p>Las estructuras de estos tipos de hornos responderían más que a concepciones teóricas previas, a unos condicionantes externos que pueden ser: la topografía del lugar, el clima, los materiales locales, el tipo de mineral o combustibles utilizados, las tradiciones locales, etc.</p>
<p>Nosotros creemos, por tanto, que interesaría realizar una clasificación basada en fichas modelo que combinasen las características morfológicas con las tecnologías de cara a una posterior comparación y determinación de su evolución.</p>
<p>Indicar que un criterio que puede ayudar a la comprensión de los hornos, es su relleno interno. Nos referimos, aunque con muchas reservas, a la posibilidad de interpretar las estructuras a través de los materiales que se acumulan en su interior.</p>
<p>En el estado actual del conocimiento, es posible la determinación de ciertas actividades descritas en el Proceso teórico de obtención del hierro, por medio del análisis de las diferentes escorias y subproductos férricos.</p>
<p>Sin embargo, hay que relativizar esta idea, ya que no descartamos que un mismo horno haya podido ser utilizado para más de una función o que incluso pudo ser sepultado por</p>
<p>rellenos de otros ubicados en sus inmediaciones.</p>
<p>Creemos que la consideración de los aspectos expuestos anteriormente permitirá precisar más sobre los Tipos de hornos deducidos de las actividades del proceso de producción.</p>
<p>Nos referimos a los <em>Hornos de Tostación, Reducción </em>y de <em>Forja </em>(entendido éste en sus posibles variedades).</p>
<p>Un ejemplar de <em>Horno de Tostación </em>fue descubierto en Bardow (Sussex, Gran Bretaña) e interpretado como tal por R.F. TYLECOTE. Este arroja unas dimensiones en planta oval de 2,30 x 0,55 m.</p>
<p>Respecto a los <em>Hornos de Forja, </em>R. PLEINER, describe un tipo de estructuras alargadas y poco profundas con unas dimensiones variables (0,40 x 0,50 m.), destinadas según él a recalentar el «Bloom» una vez sacado del horno. Se pretendería la depuración de la ganga o escoria y aglomerar así, los granos del metal reducido, con lo cual, tal vez correspondería a hornos que hemos denominado como de primera forja.</p>
<p>Otros modelos de hornos de forja han sido localizados, por M. LEROY y sus colaboradores. Afirman que las estructuras registradas en la segunda fase del yacimiento</p>
<p>urbano de Metz (Francia), se caracterizaban por un entorno rico en virutas de forja, en el sentido estricto de la palabra, por lo cual las interpretan para la transformación de los lingotes en objetos. El horno n.º 6 de Metz, nos parece el más representativo y el mejor conservado. Presenta unas dimensiones en planta de 0,30 m. de diámetro y una profundidad de 0,50 m. Está construido en piedras calizas, flanqueado por una parte por tres hiladas que se apoyan sobre el lecho natural y por otra parte contra un muro del habitat anterior. En su fondo, reposan capas de detritus, mezclados con los desechos metalúrgicos (escorias de hierro y fragmentos de bronce).</p>
<p>Dichas estructuras nos recuerdan en ciertos aspectos a unos tipos de hornos que han sido registrados en el transcurso de Intervenciones Arqueológicas llevadas a cabo en el Centro Histórico de Bilbao (Solares de Artecalle n.º 37 y Tendería n.º 34).</p>
<p>Iñaki Pereda García</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Barakaldo en el Antiguo Régimen</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ezagutu Barakaldo]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 06 Jun 2026 06:19:03 +0000</pubDate>
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<p><a href="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/02/mapa-4-coello1.jpg" data-rel="lightbox-image-0" data-rl_title="" data-rl_caption=""><img data-recalc-dims="1" loading="lazy" decoding="async" data-attachment-id="475" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/barakaldo-en-el-antiguo-regimen/mapa-4-coello1/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/02/mapa-4-coello1.jpg?fit=1424%2C1060" data-orig-size="1424,1060" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="mapa-4-coello1" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/02/mapa-4-coello1.jpg?fit=1024%2C762" class="alignright size-medium wp-image-475" title="" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/02/mapa-4-coello1.jpg?resize=300%2C223" alt="mapa-4-coello1" width="300" height="223" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/02/mapa-4-coello1.jpg?resize=300%2C223 300w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/02/mapa-4-coello1.jpg?resize=1080%2C804 1080w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/02/mapa-4-coello1.jpg?resize=768%2C572 768w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/02/mapa-4-coello1.jpg?resize=1024%2C762 1024w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/02/mapa-4-coello1.jpg?w=1424 1424w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></a>El Barakaldo anterior a la Revolución Minera e In­dustrial de los siglos XIX y XX era un Barakaldo muy distinto al que conocemos hoy en dí­a. Era el produc­to de un estilo de vida que duró alrededor de cuatro siglos -desde finales del siglo XV hasta mediados del siglo XIX- que los historiadores denominamos Anti­guo Régimen.Pero, ¿qué o quién nos puede proporcionar una cantidad de información lo bastante amplia y hetero­génea (social, económica, polí­tica, urbaní­stica, etc.) como para obtener una visión general del Barakaldo anterior a la Revolución Industrial?La respuesta es sencilla: un escribano, es decir, un notario de la época. Una persona cuyo trabajo consistí­a en redactar y dar validez jurí­dica a mu­chos de los actos económicos, polí­ticos y urbaní­sti­cos que se llevasen a cabo, desde una compraventa a un testamento, desde una factura a un arrenda­miento.</p>
<p>Santos Vélez de Guevara fue el elegido. Vecino de Sarakaldo y «escribano de su magestad y publico del numero de esta Merindad de Uribe» durante los años centrales del siglo XVII, se dedicó a trabajar casi en exclusiva en su anteiglesia, proporcionándonos por ello gran cantidad de información.</p>
<p>De entre todos ellos, se escogió el año 1650 co­mo el más representativo, procediéndose a su estu­dio detallado y dividiéndose en dos grandes bloques:</p>
<p><strong>1. LOS MODOS DE VIDA BARAKALDESES</strong></p>
<p><strong>2. LA SOCIEDAD BARAKALDESA</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>BARAKALDO EN EL ANTIGUO Rí‰GIMEN:</strong></p>
<p><strong>MODOS DE VIDA (el escribano Santos Vélez</strong></p>
<p><strong>de Guevara y el Barakaldo de 1650)</strong></p>
<p>JAVIER BARRIO MARRO</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>EL ANTIGUO Rí‰GIMEN Y SANTOS Ví‰LEZ DE GUEVARA</strong></p>
<p>Este artí­culo tratará, por tanto, de los modos de vida barakaldeses, extrayendo de la documentación de Santos Vélez de Guevara todos aquellos datos (económicos principalmente) que nos permitan hacer una reconstrucción de la sociedad barakaldesa en ámbitos tales como la vivienda, la agricultura, la ga­naderí­a, la industria, etc.</p>
<p><strong>1.- EL CASERíO POR FUERA: CASEROS Y BASERRITARRAS</strong></p>
<p>Santos Vélez de Guevara nos señala en sus docu­mentos notariales que la mayor parte de los barakal­deses son baserritarras que habitan en un caserí­o (en posesión o en arrendamiento) y que trabajan las tie­rras y heredades del que forman parte.</p>
<p><strong>2.- EL CASERíO POR DENTRO: LOS ENSERES DE LOS BARAKALDESES</strong></p>
<p>Paralelamente, y gracias a los testamentos y con­tratos matrimoniales que se encarga de redactar, Santos Vélez de Guevara nos informa sobre algo tan necesario y personal como son los elementos de tra­bajo, los muebles, las ropas o las joyas que guarda­ban los barakaldeses en sus caserí­os.</p>
<p>Evidentemente, los elementos que aparecen en la documentación no son ni de largo los únicos que po­seí­an (no se mencionan carros ni aperos de labranza) pero, al menos, nos señalan algunos de los más co­munes y, probablemente, de los más apreciados. Ello nos permite, quizás de una manera muy general, acercarnos a la mentalidad de las personas nacidas durante el Antiguo Régimen.</p>
<p>Así­, en el contrato matrimonial suscrito el 10 de marzo entre Marí­a de Ansola y Pedro de Zuazo se observan algunos de los que debieron ser los ele­mentos más apreciados por los barakaldeses: arcas, camas, ropas de cama y algunos utensilios de coci­na como artesas y calderas.</p>
<p>Algo similar observamos en el contrato matrimo­nial (18 de mayo) entre dos personajes acomo­dados: Marí­a de Urcullu -hija de¡ capitán Joan de Urcullu, fiel de la anteiglesia en 1650 y hombre de alto status social- y Marcos de Arteagabeitia, dueño del caserí­o del mismo nombre, cuyas posesiones he­mos señalado en el apartado anterior. Y lo mismo apreciamos en el testamento (16 de diciembre) de Marí­a de Retuerto Cantarrana, viuda adinerada del caserí­o Burceña y descendiente del mayorazgo Can­tarrana.</p>
<p>Ambos documentos nos muestran algunos de los enseres más valorados dentro de los caserí­os. De nuevo, como ocurre en la dote de Marí­a de Ansola, destacan las arcas y las camas. En el contrato ma­trimonial, Marí­a de Urcullu aporta numerosas ropas como sayas, sabanillas (pañuelos para la cabeza), camisas, almillas (prenda de vestir para el torso, ajustada y con o sin mangas), enaguas, etc., mien­tras que en su testamento Marí­a de Retuerto señala gran número de lo que hemos denominado telas, co­mo son manteles, sábanas, fundas y, especialmente, piezas de ropa y sábanas funerarias destinadas a en­noblecer su entierro.</p>
<p>Destacan igualmente algunos utensilios de cocina como pucheros o artesas, y especialmente, artí­culos de lujo sólo disponibles por los más adinerados como son la sortija de oro o el rosario con engarces de plata que da Juan de Urcullu a su hija Marí­a.</p>
<p><strong>3.- CAMPESINOS Y AGRICULTORES</strong></p>
<p>Las caracterí­sticas agrí­colas de la sociedad ba­rakaldesa se aprecian en numerosos documentos que Santos Vélez de Guevara se encarga de redac­tar. En ellos se percibe la enorme importancia que tiene la tierra tanto en su aspecto productivo (cultivos y alimentos) como en su función económica (arren­damientos, compraventas, seguros de hipotecas, etc.).</p>
<p>El arrendamiento que el 24 de marzo realiza Mar­tí­n de Llano de «&#8230;la mi casa y caseria y solar de llano con la <em>heredad y </em>dos biñedos <em>biejos </em>que estan en <em>ella y </em>la <em>biña </em>de <em>ballejo y </em>la heredad <em>del juncal de llano pertenecientes a ta dha casa con todos los manganales qeregos y demas </em>frutales que estan en <em>las dhas heredades» </em>al matrimonio formado por <em>Pe­</em>dro de Mesperupa y Marí­a de Escauriga es significa­tivo de la importancia que se le concede a la tierra.</p>
<p>Así­, Martí­n de Llano no se limita a alquilarles sus tierras sino que les obliga a que se las mantengan en perfecto estado. Pedro y Marí­a han de abonarlas dando «&#8230;una <em>arruquerada </em>de estiercol para las dhas <em>heredades&#8230;», </em>a la vez que han «&#8230;de <em>rexir y </em>cultibar las <em>dhas </em>heredades cortandoles sus catas hordinarias <em>como es </em>costumbre a <em>las dhas viñas manganales y frutales». </em>Igualmente, al final del arrendamiento deben de «&#8230;dexar <em>las </em>tierras y heredades (&#8230;J <em>en el </em>estado en que se allaren y proveyda de paxa para el ynbierno para que tenga cebo el <em>ganado&#8230; « y </em>«&#8230;las <em>heredades </em>que e! ultimo <em>año estubieren sembradas de </em>mayz&#8230; «</p>
<p>Evita así­ que, en el caso de que el matrimonio en­cuentre otra ocupación más beneficiosa, al final del arrendamiento le devuelvan unos terrenos incultos, abandonados y, por tanto, sin valor.</p>
<p>Lo mismo ocurre el 3 de septiembre en el censo (préstamo) de 20 ducados que conceden los frailes del Convento de Mercedarios de Burceña a Francis­co de Munoa y Catalina de Arraxeta, dueños del ca­serí­o Munoa. Los frailes no se conforman con cobrar anualmente los 11 reales y 34 maravedí­s estipulados sino que les incluyen una claúsula que señala que en caso de no poderse realizar el pago no sólo se que­daran con el caserí­o y sus pertenecidos sino que éstos deberán estar en perfecto estado.</p>
<p>«Y con condicion que seamos y nuestros herede­ros y subgesores (de Francisco y Catalina) obligados de conservar dhas ypotecas bien reparadas cultiba­das y plantadas de todo lo necesario&#8230;». Pudiendo, además, obligarles a que cultiven y reparen las tie­rras si observasen alguna dejadez en el cuidado de las mismas: «&#8230;y no lo queriendo as¡ e1 dho Padre Commendador del que subgediere en este dcho gen­so los puedan harser reparar y reparen hagiendolos mexoramientos que conbiniesen para la seguridad del dho genso y paga de su reditos&#8230;»</p>
<p>Las referencias al principal alimento de los vizcaí­­nos, el maí­z, son escasí­simas, lo cual es probable­mente el reflejo de su propia importancia ya que a muy pocos se les ocurrirí­a comerciar con el principal sustento de la familia. La primera aparece en el arrendamiento ya citado del 24 de marzo que realiza Martí­n de Llano de sus casas al señalar «&#8230;las here­dades que el ultimo año estubieren sembradas de mayz&#8230; «; la segunda el dí­a 12 de octubre en el tes­tamento de Joan Abad de Alqaga cuando menciona «&#8230;la primigia del mayz&#8230;» que recibió este año, y la tercera el 16 de diciembre en el testamento de Ma­rí­a de Retuerto Cantarrana, en el que deja «&#8230;media fanega de borona».</p>
<p><strong>4.- GANADEROS Y PASTORES</strong></p>
<p>La redacción de compraventas y alquileres (adme­terí­as) de ganado ocupan gran parte del trabajo del escribano Santos Vélez de Guevara y nos proporcio­nan abundante información sobre otro de los secto­res económicos más importantes del Antiguo Régi­men, la ganaderí­a.</p>
<p>Aun así­, no se mencionan todas las clases de ga­nado que debieron existir en Barakaldo, pues no hay ninguna mención a animales tan importantes como cerdos, gallinas o conejos y muy pocas a otros como cabras o carneros. Todas las referencias son al ga­nado mayor, principalmente al equino y, en menor proporción, al vacuno y al ovino.</p>
<p><strong>4.1. Ganado equino: machos y mulas</strong></p>
<p>A excepción de una noticia del 10 de junio refe­rente a la venta de un «&#8230;cuartago de color castaño oscuro&#8230;» o caballo de pequeña alzada que puede hacer referencia a un pottoka, y a una mención a «&#8230;las cabalgaduras&#8230;» de Sí­món de Acebal (15 de diciembre), todas las noticias que encontramos en la documentación de Santos Vélez de Guevara concer­niente al ganado equino, se refiere expresamente a machos y a mulas.</p>
<p>Los ejemplos son muchos y variados (se presen­tan en compraventas y testamentos), y en ellas apa­recen reflejados personajes de diferentes status so­ciales y procedencias diversas. Entre todos ellos señalamos uno del 21 de marzo por el que Antonio de Humaran, vecino de Galdames, se compromete a pagar a Domingo de Garay 692 reales por una «&#8230;mula rucia cargera&#8230;» que le habí­a comprado 14 meses atrás, y otro del 4 de septiembre, donde Joan de Lacabex se obliga a pagar 950 reales en dos plazos a don Joan de Beurco Larrea por una «&#8230;mu­la color pelí­cana que tiene entre tres y cuatro años de edad&#8230; «.</p>
<p>Su abundancia y el tipo de documentos en donde aparecen (principalmente compraventas) no es ca­sual y nos muestra una realidad del Barakaldo del Antiguo Régimen. Por una parte, la «facilidad» con la que son comprados y vendidos nos señala que son animales menos valorados que las vacas y las ovejas que sólo aparecen en operaciones de arrendamiento, nunca de venta. Por otra parte, la misma razón nos hace relacionarlos con ciertos trabajos estacionales como son el carboneo (acarreamiento de la madera y el carbón) y, sobre todo, la extracción de hierro (aca­rreamiento de la vena y traslado a las ferrerí­as) de los Montes Altos de Triano, actividades ambas que de­bieron ser muy comunes para los barakaldeses de la época. Quizás también se pueda vincular al trans­porte (arrieros) si tenemos en cuenta que Barakaldo está situado entre las villas de Portugatete y Bilbao y conectada con la calzada que, a través del Puente del Diablo, se dirige a Balmaseda y Burgos.</p>
<p><strong>4.2. Ganado vacuno y ovino: los contratos de admeterí­a</strong></p>
<p>Es obvio señalar la importancia que vacas y ove­jas tení­an para los barakaldeses. Aportaban alimento (carne, leche y derivados), abrigo (cuero y lana), abo­no y fuerza de tiro (!os bueyes sólo son mencionados una vez y de forma indirecta&#8217; aunque las vacas tam­bién podí­an ser utilizadas en las labores agrí­colas en caso necesario).</p>
<p>Debido a ello, muy pocos están dispuestos a des­prenderse de este tipo de ganado por lo que prácti­camente no se mencionan compraventas en la docu­mentación. Santos Vélez de Guevara nos señala solamente dos y en ambas parece entreverse un em­pobrecimiento de los vendedores, lo que les fuerza a vender. La primera es la venta que el dí­a 3 de mayo hace Francisco de Humaran a un personaje tan po­deroso como Antonio de Aranguren de una «&#8230;vaca color azata de nueve años con su crí­a de un año&#8230;», y la segunda es una referencia indirecta inserta en una admeterí­a del 27 de marzo en la que se señala que Domingo de Echavarri deja en arrendamiento a Pedro de Ybarra -macero mayor de ferrerí­as- 18 ca­bezas de ovejas mayores y 13 menores que según señala «&#8230;las e comprado del <em>susodicho </em>(Pedro de Ybarra) y son las mesmas que tenia en el barrio de susunaga&#8230; «.</p>
<p>Exceptuando estas dos ventas y las dos vacas que entran dentro de la dote del contrato matrimonial de Marcos de Arteagabeitia y Marí­a de Urcullu, el resto de las apariciones del ganado vacuno y ovino se encuadran dentro de los denominados contratos de admeterí­a.</p>
<p>Estos son un tipo de contrato -muy comunes en Bizkaí­a- que permite obtener grandes beneficios a sus propietarios y futuros arrendadores y, a su vez, posibilita a los campesinos más modestos acceder a los beneficios que aporta el ganado.</p>
<p>Su funcionamiento es muy sencillo como se ob­serva en el contrato firmado el 3 de mayo. En él, Antonio de Aranguren cede en admeterí­a a Antonio López de Escaurira cinco vacas mayores y menores por cuatro años.</p>
<p>El primer paso es la valoración monetaria «&#8230;por parte de <em>hombres buenos nombrados </em>por las par­tes&#8230;» del ganado en cuestión que, en este caso, queda estipulado en 36 ducados.</p>
<p>Posteriormente, el arrendador impone las siguien­tes condiciones:</p>
<p>1. Las cede para que el arrendatario «&#8230;las rixa y pastoree [&#8230;} <em>echandolas </em>por las mañanas a los pastos y erbaxes comunes y recogiendo y en­corralandolas de noche&#8230;»</p>
<p>2. Y señala que «&#8230;quando que e! viere (el arren­datario) de sacar alguna cauega del dho ganado no lo pueda sacar el <em>susodho </em>sin consentimiento expreso mí­o (del arrendador)&#8230;» además de no poder «&#8230;bender trocar cambiar ni enagenar&#8230; «.</p>
<p>Más tarde señala el modo de repartir los benefi­cios&#8217;. Estos son siempre muy desproporcionados porque mientras el arrendador (en este caso Antonio de Aranguren) se queda con el ganado dejado en ad­meterí­a, más las crí­as nacidas durante el perí­odo y la mitad de los beneficios señalados por los hombres buenos, el arrendatario (en este caso Antonio López de Escauriga) que ha realizado todo el trabajo única­mente percibe la otra mitad de los beneficios.</p>
<p>Finalmente, el contrato incluye una cláusula por la que el arrendador se obliga «&#8230;de no le quitar el <em>dho </em>ganado durante el dho tiempo para mi ni para otra persona&#8230; «.</p>
<p>El resto de admeterí­as contienen la misma estruc­tura formal, como !a ya señalada de Domingo de Echavarrí­ y Pedro de Ybarra o la del 24 de marzo entre Martí­n de Llano (arrendador) y el matrimonio formado por Pedro de Mesperuza y Marí­a Saénz de EscauriQa en la que se conceden 3 vacas mayores y 3 menores.</p>
<p><strong>5.- CULTIVADORES DE MONTES: LEÑADORES, CARBONEROS Y MINEROS.</strong></p>
<p>Otra idea que se desprende de los numerosos do­cumentados redactados por Santos Vélez de Gueva­ra es la del monte como lugar de explotación más que como bosque semisalvaje e inhóspito.</p>
<p>El monte produce leña, madera para construir ca­sas y barcos, troncos para elaborar carbón, terreno donde plantar árboles tan necesarios como castaños y cerezos, pastos y en la zona de los Montes de Tria­no (fuera de la jusrisdicción de la anteiglesia de Ba­rakaldo y dentro de la del Valle de Somorrostro)<sup>5</sup> el afamado y deseado hierro.</p>
<p>El monte es, por tanto, un lugar del que sacar nu­merosos beneficios y como tal, aunque en menor medida que los terrenos del valle, es trabajado, mo­dificado y cercado; cultivado al fin y al cabo.</p>
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<p><strong>5.1. El bosque</strong></p>
<p>No hay referencias por parte de Santos Vélez de Guevara a la existencia de un bosque que se pueda considerar salvaje. Quizás lo haya pero nunca es mencionado. Recordemos, además, que estamos en pleno siglo XVII, en el que la demanda de madera es constante por parte de la industria local, la navie­ra y el ejército castellano, éste inmerso en numerosas guerras y frentes de batalla que desembocarán en la Paz de los Pirineos firmada en 1659 y que supondrá el inicio del declive definitivo del poderí­o castellano en Europa.</p>
<p>El bosque, por tanto, se cultiva, se planta y se tala. Mención de ello es la venta el 20 <em>de marzo «&#8230;de </em>un pedaí§o de tierra moxonada&#8230;» que hace Sebastián de Uraga a Antonio de Aranguren (de nue­vo este poderoso personaje) de un pedazo de tierra con 37 árboles situada en el barrio de Uraga. Idénti­ca es la venta el 25 de julio de Pedro de Mendibil al sempiterno Antonio de Aranguren de 130 pies de árboles con su tierra raí­z y algunos <em>«&#8230;plantongitos&#8230;» </em>en el «.,.puesto llamado el regato <em>desde </em>la zona <em>que </em>llaman axcargorta hasta alday&#8230;». Y lo mismo obser­vamos en otra venta del 8 <em>de diciembre </em>que hace el vecino de Abando Pedro de Fuyca a Domingo de Allende de 45 pies de castaños que tiene en el lugar de La Maza, en Barakaldo.</p>
<p><strong>5.2. El carbón</strong></p>
<p>Sin duda, el ejemplo más evidente de que las ma­sas boscosas, tanto barakaldesas como vizcaí­­nas, san cuidadas y cultivadas es la explotación del carbón. Se conocí­an y controlaban los árboles pro­ductores de madera «carboneable», aquellos consi­derados improductivos, los que estaban en pleno crecimiento, etc.</p>
<p>Quizás el documento más representativo y el que nos señala hasta que punto el bosque está controla­do y modificado por el ser humano sea el Inventario del carbón disponible en los montes pertenecientes a la ferrerí­a y molino de Bengolea elaborado el 25 de <em>octubre. </em>Así­, se menciona que posee carbón en nu­merosos lugares y montes de la anteiglesia</p>
<p>1. «.,.estan <em>en </em>la puerta de la <em>torre de Lurquiza­ga (&#8230;] </em>catorge cargas <em>de carbon de </em>burullo»</p>
<p><em>2. «&#8230;en el </em>puerto llamado <em>¿balcegui? un arbolar </em>en cuyo burullo <em>se </em>tasa <em>un cinquenta </em>cargas»</p>
<p><em>3. «&#8230;en e! sitio </em>llamado <em>sobre Arcocha </em>abia otras seis cargas de <em>carbon de </em>burullo»</p>
<p><em>4. «&#8230;en el </em>puesto llamado <strong><em>Lallana de espinueta en el arbolar </em></strong><em>y </em>burullo <em>que tiene </em>aví­a veinte y quatro cargas <em>de carbon»</em></p>
<p><em>5. «.,.en el arbolar de belgarriz ay cinquenta car­</em>gas <em>de carbon de </em>burullo»</p>
<p><em>6. «&#8230;en el arbolar que esta sobre los calces de la ferreria de bengoolea ay </em>veinte y <em>seis car­</em>gas <em>de carbon de </em>burullo»</p>
<p><em>7. «&#8230;declararon que en el arbolar </em>de <em>axcagorta </em>abia algunos <em>arboles </em>ynfrutuosos y entre <em>ellos se abian </em>veinte y dos pies para cortar por <em>el en los </em>quales <em>aberiguaron </em>treinta cargas <em>de carbon»</em></p>
<p><em>8. «,..de </em>todas las <em>dhas </em>partidas fueran <em>doscientas </em>cargas <em>de carbon.,.»</em></p>
<p><strong>5.3. El hierro</strong></p>
<p>El producto estrella que proporcionaban los mon­tes era, sin duda, el hierro. La riqueza que llegó a proporcionar en algunos momentos del Antiguo Ré­gimen fue la causante de que, en determinados perí­o­dos, hubiese abandonos parciales del cultivo de la tierra a favor de la extracción y venta del codiciado mineral.</p>
<p>Aunque las minas, denominadas veneras, no esta­ban en Barakaidos, los barakaldeses, en 1650, pare­cen tener la potestad de explotarlas como cualquier vecino del Valle de Somorrostro. Así­ lo vemos en la obligación firmada el 10 <em>de abril </em>por Matheo de Aguirre para entregar a Pedro de Sarricolea, dueño de la torre y ferrerí­as de Aldanondo (en Alonsotegí­, en esta época perteneciente a Arrí­gorriaga) <em>«&#8230;ciento y cinquenta quintales </em>de vena chirla <em>de las veneras de achiniega&#8230; «, </em>situadas fuera de Barakaldo.</p>
<p>De todas formas, el documento más explí­cito que nos aporta Santos Vélez de Guevara tal vez sea una donación realizada el 3 <em>de mayo. </em>En ella Pedro de Goicoechea Ugarte, vecino de Trapaga, dona a su hermano Francisco, vecino de Barakaldo, «.,.un <em>qui­ñon de benera que </em>tenia <em>en el puesto </em>de Saytegui de <em>dho congejo de </em>somorrostro (se refiere a Trapaga)&#8230;» que este último habí­a estado explotando en parzo­nerí­a con Sebastián de Cantarrana y Domingo de Ugarte Munoa, ambos vecinos de Barakaldo.</p>
<p>Aun así­, esta situación no será la habitual durante el Antiguo Régimen ya que en numerosas ocasiones se prohibirá extraer hierro de los Montes de Triano a todos aquellos que no fueran vecinos del Valle de Somorrostro por lo que muchos barakaldeses se es­pecializarán en trasladar el hierro de las minas a las ferrerí­as.</p>
<p><strong>6.- LA INDUSTRIA: FERRONES Y MOLINEROS</strong></p>
<p>Aunque sabemos que el panorama industrial bara­kaldés durante el Antiguo Régimen fue fundamental para la anteiglesia (existieron numerosas ferrerí­as y molinos), la mayorí­a de las noticias que nos ofrece Santos Vélez de Guevara son indirectas y muy loca­lizadas. Así­, en una venta de carbón de castaño y borto (madroño) del 10 de agosto se mencionan los montes comunes pertenecientes a la «&#8230;ferreria de escaurica&#8230;». De la misma forma se menciona el 27 de marzo la existencia de un molino en Retuerto, «&#8230;a la <em>banda </em>del camino que se ba del barrio de ameí§aga al molino de <em>Retuerto&#8230; «.</em></p>
<p>Pero hay un documento que nos permite valorar la importancia económica de las ferrerí­as y molinos den­tro de la anteiglesia barakaldesa. Son las condiciones y contrato de arrendamiento de la mitad de la ferrerí­a y molinos de Bengolea, pertenecientes a Marí­a Ven­tura de Yraureguí­, redactado el 25 de septiembre:</p>
<p>1.- Fechas de arrendamiento</p>
<p>El primer paso que se da es la fijación del tiempo que durará el arrendamiento «&#8230;del <em>dho </em>dia de san juan hasta el dia de san <em>andres&#8230; «.</em></p>
<p>2.- Herramientas de trabajo</p>
<p>El contrato estipula que el arrendatario habrá de entregar la ferrerí­a «&#8230;con sus remientas para poder labras ordinarias&#8230;».</p>
<p>3.- Oficiales ferrones</p>
<p>Igualmente se concreta que «&#8230;se le ¿diera? sufi­piente la <em>dha </em>ferreria para poder labrar ¿cubierta? de oficiales&#8230; «.</p>
<p>4.- Pago de la renta</p>
<p>Se acuerda pagar la renta «&#8230;por fergio de quatro en quatro meses_».</p>
<p>5.- Extracción de carbón en los montes</p>
<p>Se darán al arrendatario los montes pertenecien­tes a la ferrerí­a que estuviesen para cortar, señalán­dose que «&#8230;la poda aya de ser en los tpos acostum­<em>brados </em>sin que benga daño a los dhos arboles&#8230; % talando aquellos que sean «&#8230;ynfrutuosos (&#8230;J que sea mas utilidad el cortarlos que el dexarlos em pie&#8230; «, estableciéndose que las podas sean correctas y °&#8230;a bista de <em>hombres buenos&#8230;».</em></p>
<p>6.- Averí­as y reparaciones</p>
<p>Se acuerda que las averias, denominadas «&#8230;ma­chuscos&#8230;» en la documentación (deformación de la palabra vasca matxura: averí­a, o bien su variante ba­rakaldesa) sean de la siguiente forma: «&#8230;los tronca­les ayan de ser por <em>quenta </em>del <em>dho antonio </em>(el arren­dador, tutor de Marí­a Ventura de Yraureguí­)&#8230;» y «&#8230;los abiles por <em>quenta del dho arrendatario&#8230;».</em></p>
<p>7.- Condiciones extras</p>
<p>Se incluye en este contrato la condición de «&#8230;haper ornos&#8230;» para trabajar y «&#8230;un pedago de pared en las <em>carboneras&#8230;».</em></p>
<p>8.- Concesión y pagos</p>
<p>Por último, los arrendatarios, Francisco de Chava­rri y Ana de Aguirre, acuerdan pagar 770 reales cada año en tercios.</p>
<p><strong>25 DE SEPTIEMBRE DE 1650</strong></p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" src="file:///C:/Users/NitroPC/AppData/Local/Temp/msohtmlclip1/01/clip_image002.jpg" alt="CLP1800_Pic12" width="547" height="71"></p>
<p><em>«Lo primero que se arriendan la dha mitad de ferrerí­as y molinos por tiempo y espacio de dos años (&#8230;J que an de correr es a saber la dha mitad de ferrerí­a desde San ¿Juan (marcial)? de junio </em>(no <em>se </em><strong>entiende qué santo es, si </strong><strong><em>fuera san Marcial serí­a </em></strong><em>el 30 de </em><strong>junio) </strong><em>ultimo pasado deste presente año en adelante y la mitad de dhos molinos del dí­a de san andres (30 </em>de noviembre) <em>primero deste dho año en adelante. Con que el dho molino se aya de largar el arrendatario el dia que acavase el arrendamiento de la ferrerí­a descontando pro rata ¿saviente? del dho molino de lo que ba ¿deqir? del dho dia de san ¿juan? hasta el dia de san andres por lo que todas personas que fuesen nombradas trambas partes dixeron.</em></p>
<p><em>Yten que se le dava la dha ferrerí­a con sus re~ mientas para poder labras ordinarias y que las aya de entregar el dho arrendatario de tpo que as¡ acavare el dho arrendamiento</em></p>
<p><em>Yten que se le ¿diera? sufigiente la dha ferrerí­a pa­ra poder labrar ¿cubierta? de oficiales</em></p>
<p><em>Yten que aya de pagar las rentas de la cantidad en que se arrendaren las dhas mitad de ferrerí­as y moli­nos en cada un año por tergios de quafro en quatro meses</em></p>
<p><em>Yten que se la daran los montes pertenegientes a la dha ¿? que estuvieren para cortar a balorarion de personas nombradas por ambas partes as¡ de la can­tidad como del pregio con calidad que la poda aya de ser en los tpos acostumbrados sin que benga daño a los dhos arboles por mal tpo y poda</em></p>
<p><em>Yten que se le ayan de dar para ragoar los arboles ynfrutosos de manera no sean para llevar rama de manera que sea de mas utilidad el cortarlos que el dexarlos em pie. Y an de ser a baloragion y a pregio según dho queda</em></p>
<p><em>Yten para la paga de lo que ymputaren los dhos montes se aya de dar y pagar lo que ymportare cada partida al tpo quando as¡ se apregiase y baluare por los dhos hombres buenos</em></p>
<p><em>Yten que los machuscos (probablemente es una </em>deformación <em>de la palabra machura, averí­a en euske­ra, como se ve en documentos de otros pueblos. Quizás se decí­a así­ en el euskera de </em>Barakaldo) <em>de la dha mitad de ferrerí­a y molinos. Los troncales ayan de ser por quenta del dho don Antonio abisando el dho arrendatario de lo que que es necesario con tpo para que se aga y que los aya de haqer a quenta de la renta. Y los abiles por quenta del dho arrendatario y todo ello abistado de oficiales peritos</em></p>
<p><em>Yten que por quenta por la demasiada agua que con el tiempo ba haciendo la fragua y ser en mucho daño de la labranga sea justo ser forcoso y necesario reparar este daño con hager ¿ornos? en ella es con­dicion que se aga el dho horno</em></p>
<p><em>Yten que se aya de hacer de ¿emxenta? un pe­daqo de pared en las carboneras de ambos ynteresa­dos en la dha ferrerí­a frente de la fragua y que se aya de haqer desde luego o empecar la dha obra</em></p>
<p><em>Yten que aya de dar y pagar el dho arrendatario que es francisco de chavarri y doña ana de aguirre su muger vecinos desta anteyglesia de baracaldo en cada un año sieteciente y sesenta reales pagados por tergios según dhos. Y en ets conformidad dixeron se hiciese la escriptura de arrendamiento y lo firmaron siendo testigo francisco de christante y bernave de berrostegui vezinos de la dha anteyglesia fecho en la casa llamada ¿machimaora? de esta dha anteyglesia a veinte y cinco de septiembre de mill y seiscientos y cinquenta años. [¿&#8230;?] que los dhos setegientos se­senta reales de vellon son por la renta de las dhas mi­tad de ferrerí­a y molinos</em></p>
<p><em>Yten que se aya de entender para los arboles que se ayan de podar esten con bunrllo suficiente y sago­nado a bista de hombres buenos</em></p>
<p><em>Firmado: Francisco de Chavarri; Francisco de Christante; Antonio de Soviñas; Santos Velez de Gue­bara</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>BARAKALDO EN EL ANTIGUO Rí‰GIMEN:</strong></p>
<p><strong>LA SOCIEDAD (el escribano Santos Vélez</strong></p>
<p><strong>de Guevara y el Barakaldo de 1650)</strong></p>
<p>IÑIGO ANDRí‰S AGIRREZABALA</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>LOS DIFERENTES ESTRATOS SOCIALES EN EL BARAKALDO DE MEDIADOS DEL SIGLO XVII</strong></p>
<p>Aun teniendo en cuenta que la labor investigadora desempeñada se ha centrado en el año 1650 con respecto al escribano Santos Vélez de Guevara, lo que aquí­ se va a reflejar a continuación bien podrí­a hacer referencia, sin apenas variaciones, a los diversos grupos sociales que cohabitaron el Barakaldo de la Edad Moderna (siglos XVI al XVIII), e incluso adentrándonos en el siglo XIX hasta su último tercio, con la llegada de la Revolución Industrial, momento a partir del cual, todo se transformó y evolucionó radical y aceleradamente.</p>
<p>He aquí­ los diferentes grupos sociales que en explicaré en las siguientes lí­neas:</p>
<p>Los poderosos:</p>
<p>&#8211; La clase alta (nobles, militares y clero)</p>
<p>&#8211; Los comerciantes</p>
<p>El campesinado:</p>
<p>&#8211; Campesinos acomodados</p>
<p>&#8211; Campesinos modestos</p>
<p>Pobres y pobres de solemnidad:</p>
<p>&#8211; Pobres, mendigos, vagabundos&#8230;</p>
<p>La mujer</p>
<p><strong>1.- LOS PODEROSOS</strong></p>
<p>Dentro del estrato de los poderosos, es de rigor llevar a cabo la diferenciación entre aquellos que lo eran por motivos de linaje o ví­nculos familiares (se da fe por los apellidos que en Barakaldo habí­an regido ya desde siglos anteriores), o cuya posición social estaba establecida hace algún siglo, en ambos casos como nobles, militares o clérigos, y por otro lado los comerciantes, cuya acumulación de beneficios pecuniarios y posesiones les hací­a tomar un papel representativo y a ser tenido en cuenta en los quehaceres de los barakaldeses de aquellos años.</p>
<p><strong>La clase alta</strong></p>
<p>Retornando a las actas del escribano de Santos Vélez de Guevara en 1650, podemos observar cómo Antonio de Sobiñas Irauregi era una personalidad con un gran peso especí­fico en el Barakaldo de entonces, reflejado obviamente desde por el hecho de ser fiel de la anteiglesia (hoy en dí­a, por decirlo de alguna forma, serí­a la figura del alcalde), hasta por el de ser parte fundamental en la toma de decisiones con respecto a diversas adjudicaciones, arrendamientos, posesiones&#8230;</p>
<p>En los casos que citaré de seguido, se podrá observar lo relatado con anterioridad sobre este destacado personaje: A fecha de 29 de mayo (de 1650, como lo serán todas las que mencione), aparecen don Antonio de Sobiñas Irauregi y el capitán Joan de Urkullu como fieles en el poder que los vecinos de Barakaldo dieron a don Juan de Beurko Larrea y a don Lope de Larrinaga Anunzibai para que juntamente con los anteriormente mencionados fieles, hagan concierto y escritura con la persona que quisiese abastecer de carne dicha anteiglesia con la conformidad de los condicionantes que sean publicados, y así­ mismo, para que también con los fieles vean las calzadas y malos pasos que se deben adrezar y se condicionen.</p>
<p>El 25 de septiembre aparece en la relación de las condiciones en que se ha de hacer el arrendamiento de la mitad de la ferrerí­a y mitad de los molinos de Bengolea pertenecientes a Marí­a Ventura de Irauregi (sobrina suya menor de edad), cuyo tutor y curador es Antonio de Sobiñas Irauregi (no mencionaré lo extraí­do literalmente del documento debido a haberse hecho notoria referencia en el anterior estudio «Barakaldo en el Antiguo Régimen: modos de vida»).</p>
<p>El 2 de octubre la anteiglesia de Barakaldo da poder a Antonio de Sobiñas para que vaya a las Juntas de Gernika.&nbsp; En el cementerio de la iglesia (están presentes los fieles y la mayor parte de los vecinos de Barakaldo). Dicen que <em>«&#8230;able según y como le pareciere y fuere en servicio de dios nuestro señor&#8230;»</em></p>
<p>Señalar antes de pasar al siguiente apartado que en algunos de los siguientes estratos sociales a tratar aparecerá nuevamente la figura de don Antonio de Sobiñas Irauregi, que si bien podrí­a haber estado en este apartado, puesto que se refleja claramente su poder, he decidido que estén en dichos otros apartados por su relación con esos estratos.</p>
<p><strong>Los comerciantes</strong></p>
<p>A continuación voy a pasar a un claro ejemplo de otro tipo de poderosos: los comerciantes, cuyo poder les vení­a por las riquezas y negocios acumulados, y que tení­an poder de decisión conjuntamente con los anteriores en variadas ocasiones.</p>
<p>En el Barakaldo de mediados del siglo XVII serí­a el caso de Francisco de Cristante, probablemente con apellido de origen extranjero.</p>
<p>Su firma se ve plasmada en varias actas como testigo, y por otro lado, como negociante, igual que vamos a poder ver a continuación: El 6 de febrero se le concedió la sisa del vino blanco y tinto junto a su mujer Marí­a Sánchez de Bengoa por 184 ducados desde el dí­a de la concesión hasta el dí­a de San Martí­n (noviembre).</p>
<p>Como vamos a poder ver en lo extraí­do del documento, se hací­a, por decirlo de alguna forma, una subasta con el encendido de tres velas, y poco antes de que se apagara la tercera, era cuando habí­a mayor movimiento a la hora de pujar (a continuación, y al igual que voy a hacer sucesivamente, citaré textualmente en letra cursiva entrecomillada (y con la ortografí­a de la época) extractos de los documentos de las actas, con el objetivo de reflejar aquello a lo que he hecho referencia con inmediata anterioridad, o que pueda hacer con posterioridad: En el barrio de Amezaga. Presentes: <em>«&#8230;don Antonio de Sobiñas e Yrauregi y el capitan Joan de Urcullu fieles de esta dcha anteiglesia </em><em>[&#8230;] se avian juntado los susodhos y la mayor parte de los vecinos de esta dha anteyglesia al tiempo de la procesion de la misa maior en el cimiterio de la iglesia parrochial de san Vicente de Baracaldo en cruz parada como lo tienen de costumbre&#8230;»</em></p>
<p>Distribuida la sisa de la siguiente manera: <em>«&#8230;se avia puesto en candela dha sisa [&#8230;] los dos fieles avian puesto la dha sisa en ciento y cinquentaducados&#8230;»</em></p>
<p>Apareció <em>«&#8230;en la segunda candela pareí§io franco de christante vecino de la dha anteyglesia y ofreció cientoysesenta ducados&#8230;»</em></p>
<p>En la tercera candela pujaron Joan de Beurko Larrea que ofreció 180 ducados y Francisco de Cristante que ofreció 164. Este luego puso 184 ganando: <em>«&#8230;y sea como apago naturalmente la dha tercera candela sin que ubiese quien mas diese y los dos fieles y veí§inos dieron por echo el dho remate en el dho franco de christanse».</em></p>
<p>Poder <em>«&#8230;para que puedan cobrar y cobren de todas las tabernas lo que debieren de la dha sisa y los compelan a la paga de ellos por todo rigor&#8230;»</em></p>
<p>Deben pagar la sisa en dos plazos.</p>
<p>El 16 de mayo Francisco de Cristante realiza un arrendamiento concesionario de la sisa del vino blanco y tinto en Barakaldo hasta el dí­a de san Miguel, en noviembre (para lo cual cobra en todas las tabernas y personas que gastan del dicho vino) a Juan de Lakabex desde los términos de la fuente de Castrejana hasta Aguas Altas por 600 reales.</p>
<p>En el barrio de Etxebarria.</p>
<p>El arrendamiento entre Francisco y Juan tiene las siguientes condiciones:</p>
<p>-Para Juan de Lacabex: <em>«&#8230;en todo el tiempo del dho arrendamiento y por el vino que entrase y se bendiese </em><em>desde la fuente de Castrejana hasta agua salta </em><em>diere y pagase el dho juan de lacabex al dho francisco de christante </em><em>seiscientos reales en moneda de vellon&#8230;».</em></p>
<p>-Para Francisco de Cristante: <em>«&#8230;se obligaba y obligo [&#8230;] de que tenia por bueno y firme este dho arrendamiento y no se le quitara por el tanto por mas ni menos para si ni otra persona alguna&#8230;»</em>.</p>
<p>De esta manera, Juan de Lacabex tendrá <em>«&#8230;el mismo poder y comision que el dho francisco de christante </em><em>tiene de los fieles y becinos de esta dha anteiglesia para que pueda cobrar lo que les tocare de la dha sisa </em><em>en el termino y distrito de suxo rreferido».</em></p>
<p><strong>2.- EL CLERO</strong></p>
<p>Los beneficiados de la Iglesia de San Vicente</p>
<p>En cuanto a lo que al clero respecta, el vizcaí­no tení­a gran poder y no eran tan patentes las diferencias entre alto y bajo clero.</p>
<p>Un caso que refleja su poder se podrí­a ver en el testamento de Joan abad de Alzaga, fechado a 12 de octubre y teniendo en cuenta a modo de ejemplo sus siguientes puntos:</p>
<p>8. <em>«&#8230;digo y declaro que tengo cierta quenta como arrendatario de la casa de beurco donde bive Joan de alí§aga mi padre; el alferez Joseph de beurco Larrea [&#8230;] de un censo de doscientos ducados de principal que se le deben y con sesenta y seis reales que le de pedro de labrostegui [&#8230;] y otros cinquenta y tres reales y doce maravedis que asi bien libre en </em><em>don antonio de sobiñas </em><em>por tantos que como le da la terí§ia parte de los diezmos desta dha anteiglesia me debe pagar como a tercio beneficio por la carga que tiene de curato y misa capitular&#8230;»</em></p>
<p>16. <em>«&#8230;digo que por quanto el dho joan de alí§aga y francisca de beurco mis padres al tpo que ubiesen casado a Aparicio de alí§aga su hijo y mi hermano con mari ochoa de larrasolo su muger </em><em>donaron y dotaron la su casa y caseria de beurco y sus perteneí§idos con mas la casanueba en que al presente bivo con su huerta y parral que esta junto a ella y otra pieí§a en el lugar de baybe [&#8230;]»</em></p>
<p>Joan abad de Alzaga pudo estar probablemente casado y enviudar con posterioridad, o caer en barraganí­a, puesto que como consta en varios puntos, se cita que tení­a hijas:</p>
<p>10.<em>«&#8230;mando que se le den y paguen a </em><em>francisca de alí§aga mi hija </em><em>que la reconozco [&#8230;] para ayuda de alimentos»</em></p>
<p>19. <em>«&#8230;mando a la dha </em><em>concepcion de alí§aga mi hija </em><em>por bia de alimentos dos arcas que tengo en mi casa»</em></p>
<p><em>«Para cumplir y pagar este mi testamento [&#8230;] nombro por mis testamentarios </em><em>alvaceas y cumplidores</em></p>
<p><em>a el </em><em>Lizenciado Antonio de Retuerto clerigo presbí­tero beneficiado de esta dha anteyglesia </em><em>y al dho jhoan de aranaga mi sobrino [&#8230;] para que entren en todos mis vienes y los bendan y rematen en almoneda y fuera de ella [&#8230;] y cumplan de su balor de este mi testamento [&#8230;] Y cumplido y pagado lo remanente que quedare de ellos ynstituyo y mando sea y se me agan en la dha Yglesia de San bicente sacrifií§ios de misas y otras cosas por mi alma a la qual nombro por heredera de los dhos bienes que asi quedaren»</em></p>
<p>En el punto 19 además, uno de los cumplidores es también religioso y beneficiado (con grandes poderes en Barakaldo a la hora de cobrar diezmos&#8230;).</p>
<p>A modo de último comentario acerca de este testamento, referirse a la profunda religiosidad existente entre las personas de la época reflejada en numerosos aspectos, por ejemplo los lugares donde realizaban las reuniones importantes de la anteiglesia (en el cementerio o la iglesia) así­ como lo que se transmití­a en los testamentos, no sólo de los religiosos, sino también en el ámbito laico, como avanzando en el estudio podremos comprobar.</p>
<p>Como ejemplo, citaré algunos de los primeros puntos del testamento de Juan abad de Alzaga:</p>
<p>1. <em>«&#8230;Mando mi anima a dios nuestro señor que la crio y redimio con su preciosa sangre y en cuerpo a la tierra de que fue formado»</em></p>
<p>2. <em>«&#8230;sea sepultado en la yglesia de señor de san vicente de esta dha anteiglesia en la sepultura donde esta enterrada francisca de beurco mi madre y en la yglesia se me aga el entierro y anual obsequias como sea costumbre a persona de mi calidad»</em></p>
<p>4. <em>«&#8230;mando se me digan en la dha yglesia de sr. san vicente luego que se acabare el novenario de mifallecimiento un treinsenario de misas continuas y por su limosna y stipendio se den al cavildo y beneficiados de ella diez ducados lo quales se paguen de mis vienes»</em></p>
<p>6. <em>«&#8230;mando se me digan [&#8230;] en las hermitas de san bartolome santa lucia santa agueda t san roque de esta dha anteyglesia una misa en cada una de ellas y se pague [&#8230;] quatro reales de cada una»</em></p>
<p>7. <em>«&#8230;mando se me digan en la dha yglesia de san vicente por los beneficiados de ella [&#8230;] cinquenta misas reí§adas [&#8230;] y se sirvan contentarse con un real de estipendio cada una»</em></p>
<p>Continuando con el clero, mencionar el acta con fecha de 20 de noviembre en la que Antonio de Sobiñas (reiterar el gran poder del que disponí­a este personaje baracaldés, cosa que hemos podido comprobar con anterioridad y en la que incidiremos a continuación), tí­o y curador de Marí­a Ventura de Irauregi (se ha hablado de los dos con anterioridad), patrona y llevadora de los diezmos de Barakaldo, propone que a Juan de Llano, clérigo presbí­tero de la anteiglesia de Barakaldo, se le conceda medio beneficio de la iglesia por la muerte de Joan abad de Alzaga y Beurko, cura y beneficiado de la misma:</p>
<p>En Irauregi.</p>
<p>Antonio, debido a la muerte de Juan de Abad de Alzaga, propone el nombramiento de un nuevo clérigo presbí­tero. Así­: <em>«Usan como tal patron por mi y la dha mi menor del derecho y facultad que tengo como uno de tres que somos en dha anteyglesia, </em><em>nonbro y presento al licenciado don joan de llano clerigo presbí­tero hijo natural y patrimonial de esta dha anteiglesia para que [&#8230;] sea beneficiado de esta&#8230;»</em></p>
<p>Solicita, asimismo, al Obispo de Calahorra, a cuya diócesis pertenece Barakaldo <em>«&#8230;despachar titulo y colaí§ion en forma del dho medio beneficio por quanto en suso dho concuren las partes y calidades necessarias&#8230;»</em>, señalando, no obstante que en caso de no ser necesario el tí­tulo <em>«&#8230;retengo en mi el dho nombramiento para usar del como tal patron&#8230;».</em></p>
<p>Antonio Sobiñas se lo hace saber al obispo de Calahorra, aunque debido al gran poder que tení­a, se reservaba la última palabra y decisión, como podemos observar en la última frase subrayada más arriba.</p>
<p><strong>Monasterio de los frailes mercedarios de Burtzeña </strong></p>
<p>Barakaldo contaba con un monasterio de frailes mercedarios en Burtzeña. Una de sus funciones originarias fue la redención de presos (por ejemplo, los que se hallaban en las mazmorras musulmanas del norte de ífrica), aunque cabe destacar como una de las más importantes que desempeñaban en el Antiguo Régimen, la de tipo recaudador, que se sustentaba fundamentalmente en el cobro de censos (actuales préstamos). Así­ lo podremos ver en el siguiente documento (destacar que poco es lo que sabemos acerca de este monasterio, por lo cual, todo lo hallado, incluso los nombres de los propios frailes que lo moraban, no deja de ser totalmente novedoso).</p>
<p>Voy a mencionar a continuación un caso de finalización de pago de un censo y otro de apertura:</p>
<p>A fecha de 21 de agosto se da la escritura de redención de un censo que Pedro de Eskauritza de Zorrotza y Marí­a Sáez de Urtetegi, vecinos de Abando, tení­an con el convento de Burtzeña por valor de 236 reales de principal más los réditos creados.</p>
<p>Declara Marí­a Sáez de Urtetegi que <em>«</em><em>&#8230;avia pagado al dho commendador del dho conbento los dhos doscientos y veinte y seis reales de censo principal y los reditos que se an corrido hasta el dho dia». «Y el dho comendador dio por rota y cancelada la dha escriptura censsal para que en ningun tpo el dho Combento ni los Religiosos que al presente son y fueren del puedan usar della».</em></p>
<p>La labor del escribano era muy similar a la de un notario actual, a juzgar por la redacción concisa, estricta y totalmente limitadora e incluso seccionadora que no deja lugar a dudas en lo expresado.</p>
<p>A fecha de 3 de noviembre consta la escritura de censo de 20 ducados de principal y 11 reales de a 34 maravedí­s cada año que hicieron Francisco de Munoa y Catalina de Arraxeta a favor del convento de mercedarios de Burtzeña.</p>
<p>Francisco de Munoa y Catalina de Arraxeta firman un censo con el Convento de Burtzeña en los siguientes términos: <em>«&#8230;bendemos [&#8230;] hasta que se rediman al padre fray pascoal martinez comendador de este combento de nuestra señora merí§ed redencion de cautibos de burceña y demas padres [&#8230;] oní§e reales de a treinta y quatro maravedí­s cada uno de censo y renta a quitar en cada un año puestos y pagados en este dcho combento a nuestra costa».</em></p>
<p>Posteriormente lo repite pero con la cantidad principal: <em>«Los quales dhos oní§e reales de í§enso y rentales bendemos al dho padre comendador y demas religiosos del dcho combento por preí§io y quantia de </em><em>veinte ducados que hacen dosí§ientos y veinte reales&#8230;».</em></p>
<p>Francisco y Catalina ponen como fianza del censo <em>«&#8230;nuestra casa y caseria de munoa con sus biñas maní§anales y heredades tierras de pan sembrar robredales y todos a ella perteneí§ientes [&#8230;] y los ypotecamos con expresa condicion que no se puedan vender dar donar trocar cambiar&#8230;».</em></p>
<p>Debido a ello, el Padre Comendador tiene ciertas prerrogativas respecto a esas posesiones, en caso de mal uso, para asegurar el pago del censo.</p>
<p><em>«Y con condicion que seamos y nuestros herederos y subí§esores obligados de </em><em>conservar dhas ypotecas bien reparadas cultibadas y plantadas de todo lo necesario de suerte que siempre bayan en aumento y no en disminuí§ion alguna </em><em>y no lo queriendo hacer asi el dho Padre Commendador del que subí§ediere en este dcho í§enso los puedan haí§er reparar y reparen haí§iendolos mexoramientos que conviniesen para la seguridad del dho í§enso y paga de su reditos y por lo que en ello se gastare nos pueda executar asi como por los reditos&#8230;».</em></p>
<p>A fecha de 2 de marzo, se les da poder a los frailes de Burtzeña para la redención: se da poder al fraile predicador Bartolomé de Herrera para que cobre todos aquellos bienes y dineros que pertenecen al convento por herencias, testamentos, donaciones, etc.</p>
<p>Presentes:</p>
<p>&#8211; Fraile Pascual Martí­nez, Comendador de este Convento de Redención de Cautivos de Burtzeña.</p>
<p>&#8211; Predicador Fr. Gaspar Bazguy</p>
<p>&#8211; Predicador Fr. Francisco de ¿?</p>
<p>&#8211; Predicador Fr. Bartolomé de Herrera</p>
<p>&#8211; Predicador Fr. José de Galdames</p>
<p>&#8211; Predicador Fr. ¿? de Ribas</p>
<p>&#8211; Predicador Fr. Pedro Gómez Curiel</p>
<p>&#8211; Predicador Fr. Andrés González</p>
<p>&#8211; Predicador Fr. Francisco de Villachica</p>
<p>Dan poder cumplido a Bartolomé de Herrera (revocan todos los poderes anteriormente concedidos que pudieran contradecir al otorgado en este momento) para <em>«&#8230;cobrar y recaudar </em><em>en juicio y todos y coalesquier maravedis como </em><em>las limosnas llegadas ya en dineros </em><em>o </em><em>pan vino fruta lana lino </em><em>y otras cosas asi allados como mandados y prometidos en testamentos o cobreí§illos en poca o mucha cantidad [&#8230;] como son dinero </em><em>oro plata sedas gemas paños lienzos </em><em>de todas suertes y otras cosas de </em><em>seda lino biejos y nuebos basos de plata y oro y otro metal mercaderias papeles y otras cosas y asimismo los ganados mostrencos baldios y de ¿? esclavos esclavas cavallos yeguas machos mulas bueyes bacas carneros obejas castaños cabras y la de los dhos ganados y otros coalesquier vienes muebles y raices </em><em>tocantes a los ¿? y redencion de cautibos a bienes otorgados de testamentos cobrecillos y </em><em>legados en fe y franca de mayorazgo tierras arboles aceñas molinos&#8230;».</em></p>
<p>Como hemos podido comprobar, recaudaban de varias formas, tanto en metálico como en especie.</p>
<p>Siguiendo con el sector poblacional poderoso, pero volviendo a lo laico, en los contratos matrimoniales y en las dotes, también se reflejaba el mayor o menor nivel de riqueza, dependiendo de lo que por escrito dejaran plasmado en un contrato matrimonial o en la dote:</p>
<p>El 18 de mayo, y en el contrato matrimonial de Marcos de Arteagabeitia con Marí­a de Urkullu&#8230;</p>
<p>En la casa de Arteagabeitia.</p>
<p>Presentes:</p>
<p>&#8211; Marcos de Arteagabeitia hijo legí­timo de Antonio de Arteagabeitia y de Marina de Lekubarri, difuntos.</p>
<p>&#8211; Capitán Joan de Urkullu como padre de Marí­a de Urkullu, hija de Marí­a del Pico, su primera mujer, ya difunta.</p>
<p>Aportaciones y donaciones que cada parte hace al matrimonio <em>«porque las cargas del matrimonio son grandes»</em>:</p>
<p>&#8211; Marcos de Arteagabeitia aporta:</p>
<p>1. <em>«La </em><em>casa y casseria de arteagaveitia </em><em>con todas sus </em><em>heredades maní§anales frutales robredales tierras de pan sembrar </em><em>y demas sus pertenecidos que ubieron quedado por fin y </em></p>
<p><em>muerte de los dhos sus padres que son notorios en esta dha anteyglesia con las </em><em>cargas </em><em>siguientes:</em></p>
<p>1.1. 50 ducados que la habia dado su madre para que a su muerte se pusiesen cinco misas perpetuas en la iglesia de San Vicente.</p>
<p>Es un censo que se debe a Francisco de Eguzkiagirre.</p>
<p>1.2. 29 ducados que se deben a Simon de Escauritza Cruces.</p>
<p>1.3. 50 ducados que se deben a Marí­a Sáenz de Gortazar, segunda mujer de Antonio de</p>
<p>Arteagabeitia.</p>
<p>1.4. 25 ducados que se deben a Marí­a Otxoa de Aranguren abuela de Marcos.</p>
<p>1.5. 6 ducados que se deben a Isabel de Sagasti.</p>
<p>2. <em>«Tres mulas </em><em>con sus aparejos»</em></p>
<p>3. <em>«Una baca»</em></p>
<p>4. 12 ducados que tení­a en poder de Miguel de la Sota</p>
<p>5. <em>«Tres arcas </em><em>buenas que estan en casa»</em></p>
<p>6. <em>«Dos arcas </em><em>grandes que llaman ¿tiopes?»</em></p>
<p>7. <em>«Seis pieí§as de </em><em>ropa blanca </em><em>y algunos </em><em>tocados</em><em>y otros </em><em>trastos y axuar»</em></p>
<p>Esto viene al final del documento como si fuese un anexo olvidado: <em>«doña maria ochoa de Aranguren abuela del dho marcos de arteagaveitia como tal su nieto y por el amor que le tiene le dona y dota </em><em>una baca con su cria </em><em>que tiene la dha maria ochoa con que si se bendiese aya de ser la mitad del balor para susodha y el defeto el aprovechamiento de ella quede para todos los susodhos y los dueños de la casa de arteagaveitia»</em></p>
<p>&#8211; Juan de Urkullu aporta:</p>
<p>1. <em>«cien ducados de censo </em><em>principal que el dho capitan tiene sobre los vienes de pedro de</em></p>
<p><em>loyí§aga»</em>. Cede tanto el censo como los réditos del mismo</p>
<p>2. <em>«la casa y bodega que tiene en la villa de portugalete </em><em>con el aparato que ubiere de la dha casa y fue de la dha maria del pico»</em></p>
<p>3. <em>«12 ducados </em><em>que ya habia entregado a marcos»</em></p>
<p>4. <em>«una saya blanca </em><em>de anascote y </em><em>una almilla </em><em>de tirela o damasco»</em></p>
<p>5. <em>«</em><em>una capa abierta </em><em>de veinte y doseno como se usa y </em><em>una saya de bayeta </em><em>aí§ul nueba»</em></p>
<p>6. <em>«una almilla </em><em>de bayeta de segobia nueba y </em><em>otra almilla </em><em>de sarxa»</em></p>
<p>7. <em>«unas enaguas </em><em>de damasquillo y </em><em>otras enaguas </em><em>de carisea colorada»</em></p>
<p>8. <em>y </em><em>camisas sabanilla tocas </em><em>para el adorno de la persona de dha maria»</em></p>
<p>9. <em>«una sortixa de oro </em><em>de balor de un doblon»</em></p>
<p>10. <em>«</em><em>un rosario de frutilla </em><em>con engarces de plata y </em><em>un cordon de pita»</em></p>
<p>11. <em>«dos arcas </em><em>la una ¿? castaño con su cobres y </em><em>otra menor»</em></p>
<p>12. <em>«una mesa </em><em>con un caxon y tres es¿?»</em></p>
<p>13. <em>«una cama </em><em>que tiene en su poder que le dio su abuela»</em></p>
<p>14. <em>«siete pieí§as de plata blanca </em><em>las coatro sin entrar en agua»</em></p>
<p>15. <em>«seis pieí§as de ropa blanca </em><em>sin entrar en agua que ¿regala? sebastiana de es escurra su tia»</em></p>
<p>16. <em>«un bestido calí§on y rodoreda </em><em>del veinte y doseno </em><em>con medias del corral y sus armas </em><em>para el dho marcos»</em></p>
<p>17. <em>«dos manteles </em><em>finos de liení§o de flandes y </em><em>dos platos de estaño </em><em>crecidos»</em></p>
<p>Otro caso en el que puede verse el grado de riqueza es en el inventario de los bienes de Marí­a de Cantarrana para su testamento, realizado por Sebastián de Cantarrana en presencia del fiel de Barakaldo Martí­n de Llano a 15 de diciembre:</p>
<p>1. «&#8230;la casa y caseria de burceña con sus heredades maní§anales y demas perteneí§idos&#8230;»</p>
<p>2. «&#8230;una cama de pluma que son tres pieí§as costilos plumion y travesera usados&#8230;»</p>
<p>3. «&#8230;dos pucheros de ¿? el uno de aí§umbre y otro de media aí§umbre&#8230;»</p>
<p>4. «&#8230;dos arcas de madera de castaño la una mayor la otra menor»</p>
<p>5. «&#8230;otra arca mediana de castaño y una artesa»</p>
<p>6. «&#8230;tres libras media de ylo delgado para haí§er beatillas y otras quatro libras de ylo grueso»</p>
<p>7. «&#8230;una sabana labrada de liení§o de lamar y una sabanilla de descanso que la dha difunta mando se le diese a mariachu de cantarrana su sobrina&#8230;»</p>
<p>8. «&#8230;una baticara y una funda de travesa de liení§o labradas que se ponen en las andes que asimismo mando la dha difunta se volviesen a la casa de cantarrana&#8230;»</p>
<p>9. «&#8230;tres pieí§as de ropa de cama andas que son una sabana y fundas de travesera y cubierta que tanbien se le dieron a catalina de cantarrana&#8230;»</p>
<p>10. «&#8230;una sabana de liení§o de la mas gruesa que tiene por medio una í§inta aí§ul y una ylera de toca que asi bien se le dio a aparií§ia de castaños&#8230;»</p>
<p>11. «&#8230;una funda de cubierta nueba que tanbien se le dio a agueda de castaños»</p>
<p>Finalizando con la clase poderosa y ya entrando con el campesinado, en la relación entre ambos, nos encontramos con un acta fechada en el 3 de mayo en la escritura de admeterí­a (arrendamiento) que hace Antonio de Aranguren quien da a Antonio López de Eskauritza cinco cabezas de ganado vacuno mayores y menores, todas hembras, que están apreciadas por hombres buenos en 36 ducados, por cuatro años.</p>
<p>En el barrio de Aranguren.</p>
<p>Los beneficios se reparten como en el resto de admeterí­as: <em>«Y que por el cuidado y trauaxo que hubiere con el dho ganado aya de llebar y llebe la mitad de lo que mejorare y la otra mitad con el dho principal aya de ser para mi el dho antonio de aranguren&#8230;»</em></p>
<p>Como contrapartida, el concesor de la admeterí­a se obliga a cumplir la siguiente condición: <em>«&#8230;y con lo suso dho me obligo de no le quitar el dho ganado durante el dho tiempo para mi ni otra persona pena de las costas y daños de lo contrario» </em></p>
<p>Antonio de Aranguren era otro poderoso de la época como se hace ver además de en esta escritura de admeterí­a, en otros documentos.</p>
<p><strong>3.- EL CAMPESINADO</strong></p>
<p>Entre los campesinos estaban los acomodados y los modestos.</p>
<p>Las diferencias eran fácilmente perceptibles en lo reflejado en las diversas actas, al igual que eran perceptibles las diferencias comparándolas con las actas que reflejaban actuaciones con respecto a los poderosos.</p>
<p>Un caso serí­a el testamento de Martí­n de Mesperuza, fechado a 11 e octubre (en la introducción testamentaria se incluye nuevamente una fórmula paradigmática que ahonda en el arraigado carácter religioso de la mentalidad de la época): <em>«&#8230;estando enfermo en la cama de la enfermedad que dios nuestro señor a sido servido de me dar&#8230;», </em>con lo que viene a agradecer la enfermedad que le iba a llevar a una mejor vida futura tras la muerte (resurrección de los muertos y vida en el mundo futuro).</p>
<p>Asimismo, los primeros puntos de dicho testamento perseveran en el latente arraigo religioso:</p>
<p>1. <em>«Lo primero encomiendo mi anima a dios nuestro señor que la crio y redimio con su preciosa sangre y llebar? a la tierra de que fue formado»</em></p>
<p>2. <em>«&#8230;mi cuerpo </em><em>sepultado </em><em>en el combento de nuestra señora de la merced de burceña en la sepultura de nuestra casa de mesperuí§a [&#8230;] mando </em><em>se me aga el nobenario anual y de</em> <em>dos años según y como acostumbra a persona de mi calidad»</em></p>
<p>3<em>. «&#8230;aparto a las ordenes forí§osas y redención de cautibos con un real de plata&#8230;»</em></p>
<p>4. <em>«&#8230;mando </em><em>se me digan en la hermita de san bartolome [&#8230;] quatro misas reí§adas </em><em>y se pague su limosna lo acostumbrado de mis vienes»</em></p>
<p>5. <em>«&#8230;mando se me digan por mi alma </em><em>en la hermita de sra santa lucia otras quatro reí§adas </em><em>y se pague lo acostumbrado»</em></p>
<p>6. «&#8230;asi bien mando se me digan por mi alma en la hermita de sra santa agueda otras quatro misas reí§adas y se pague de mis vienes su limosna» En los puntos del 7 al 12 se reflejan sus deudas así­ como las deudas que otros tienen para con él:</p>
<p>7<em>. «&#8230;debo a juan de baxo de retuerto ciento y cinquenta reales que son trece ducados y siete reales de resto del preí§io de una mula que me bendio mando paguen de mis bienes»</em></p>
<p>8<em>. «&#8230;declaro que si bien debo a pedro de mesperuí§a [&#8230;] catorce ducados que hacen ciento</em></p>
<p><em>y cinquenta y quatro reales de resto de una mula que me bendio mando se paguen de mis</em></p>
<p><em>vienes»</em></p>
<p>9<em>. «&#8230;digo declaro que me debe domingo del alisal veí§ino de san salvador del balle de somorrostro treinta y dos ducados de resto de treinta y ocho ducados en que le ube vendido una mula&#8230;»</em></p>
<p>10. <em>«..digo y declaro que asimismo me debe pascoal de garay veí§ino de sopuerta veinte y seis ducados y medio de resto del valor de unamula que le bendi&#8230;»</em></p>
<p>11. <em>«&#8230;digo y declaro que debo a antonio de aranguren [&#8230;] cinquenta reales que me ubo dado para braí§eras de carbones y tengo echo leña y picada para hacer dhos carbon&#8230;»</em></p>
<p>12. <em>«&#8230;digo que me debe maria saenz muger de miguel de rotaeche [&#8230;] treinta y siete reales por la balor de trigo que le ube dado antes que se casase con el dho miguel&#8230;»</em></p>
<p>En el punto 16 (entre otros), hace una clara referencia a sus herederos, así­ como de qué manera se va a hacer el reparto (posibles tretas para que el mayorazgo continuara y como consecuencia no se dividieran las propiedades territoriales como sucedí­a en Castilla):</p>
<p>16. <em>«&#8230;el dho </em><em>mi hijo </em><em>al que dexo por mi </em><em>heredero unibersal </em><em>con que el dho principal no se le</em></p>
<p><em>aya de dar ni de hasta que llegue en hedad deveinte y dos años cumplidos y entonces pueda disponer de ello a su boluntad [&#8230;] para lo qual asi cumplir dexo y nombro por tutor y curador y albacea testamentario a Joan de mesperuí§a mi hermano&#8230;» «&#8230;digo [&#8230;] que si dios nuestro señor fuere servido de llevar [&#8230;] al dho bernabe mi hijo ain que llegue ahedad de poder testar mando que [&#8230;] le den y paguen a la dha mathea de escaurií§a mi legitima mujer por el amor que la tengo veinte ducados y lo demás aya de ser y sea para la dha maria yñiguez de urcullu mi madre para el heredero que ella nombrare. Y es declaraí§ion que la manda que hago a la dha mi madre de la parte que me toca de la casa y casseria de</em></p>
<p><em>mesperuí§a con las dhas cargas sea y se entienda </em><em>apartando como aparto al dho mi hijo y mis hermanos con un arbol con tierra y rayz el que estuviere mas lexos della conforme al fuero del señorio&#8230;»</em></p>
<p>En viendo las propiedades de los caserí­os, también se podí­a ver el nivel diferenciador entre un campesino acomodado y uno modesto, como se ha reflejado en las tablas de caserí­os aparecidas en el estudio sobre los modos de vida; también se podí­a apreciar en si los caserí­os y terrenos eran pertenencia o tomados en arrendamiento.</p>
<p>Yendo en la explicación hacia el estrato poblacional más bajo en cuanto a riquezas, podemos observar el caso de un campesino-ganadero, con un puesto importante en una ferrerí­a, que vendió sus ovejas a un poderoso para luego tomárselas en arrendamiento, lo que demuestra que severas necesidades que le acercarí­an probablemente a la pobreza, le habrí­an obligado a llevar a cabo esta decisión.</p>
<p>El 27 de marzo, Domingo Etxabarri entrega en admeterí­a de mejoramiento a Pedro de Ibarra, macero mayor de ferrerí­as, 18 cabezas de ovejas mayores y trece cabezas de ovejas menores por cuatro años.</p>
<p>En el barrio de Retuerto.</p>
<p>Según se desprende del texto, Domingo compró las ovejas a Pedro y luego se las dio en admeterí­a:</p>
<p><em>«Por la que dha cabezas las e comprado del susodicho y son las mesmas que tenia en el barrio de susunaga»</em></p>
<p>Condiciones:</p>
<p>&#8211;<em>«Las quales dhas treinta y una cavecas de ovejas mayores y menores doy en admeyteria al dho pedro de ybarra para que las rixa y pastoree como es costumbre echandolas por las mañanas a los pastos y erbaxes comunes y recoxiendo y encorralandolas de noches </em><em>de manera que siempre bayan en aumento y no en disminucion alguna&#8230;»</em></p>
<p>&#8211;<em>«&#8230;no pueda sacar </em>(cabezas de ganado) <em>el susodicho sin consentimiento expreso mio so pena de pagarlo con las costas y daños [&#8230;] por lo qual quedan potecadas las dhas obexas y sus ganancias de manera que no se puedan vender trocar ni enagenar cosa ni parte de ellas&#8230;»</em></p>
<p>Beneficios:</p>
<p>-De los beneficios que se saquen, la mitad serán para Pedro de Ibarra y la otra mitad más el principal para Domingo de Etxabarri.</p>
<p><strong>4.- LOS POBRES</strong></p>
<p>Los pobres y pobres de solemnidad (pobres, mendigos, vagabundos&#8230;) ocupaban el nivel más bajo en la sociedad del Barakaldo de entonces. Los escribanos no dejaban mucha constancia en las actas puesto que poco o nada tení­an que testar, arrendar&#8230;</p>
<p>A pesar de todo, se les hace referencia en las obras pí­as como ésta, fechada a 10 de agosto, con una reclamación que hacen Juan de Munoa y Angela de Etxabarri para que esta última cobre el dinero que se estableció en una obra pí­a fundada por Juan de Amabizkar, vecino de Valladolid y natural de Galdames, valorada en 630 reales destinados a las parientes mujeres huérfanas.</p>
<p>Presentes: Juan de Munoa y íngela de Etxabarri, su mujer, y Juan de Amabizkar, vecino de Valladolid y natural de Galdames.</p>
<p>Dicen Juan y íngela que Juan de Amabizkar <em>«&#8230;habia fundado y dexado en el testamento [&#8230;] una memoria y obra pia de seisí§ientos y treynta rreales para que con ellos tomasen estado las doncellas huerfanas sus parientas y la dicha anjela como unade ellas&#8230;»</em></p>
<p>Reclaman cómo íngela, como pariente, tení­a derecho a ese dinero: <em>«&#8230;pueda sacar rrecebir y cobrar de la persona o personas a cuyo cargo estuviese la paga de la dha memoria y obra pia los seiscientos y treynta rreales que como tal pariente huerfaba nombrada tocan y pertenecen a la dha anjela&#8230;»</em></p>
<p>El objetivo era que tuvieran dinero para la dote a la hora de casarse.</p>
<p>Los hospitales en aquella época eran para tener acogidos y «controlados» a los más pobres (mendigos, vagabundos&#8230;), por lo tanto, su función era muy diferente a la que desempeñan los hospitales actuales.</p>
<p>Se refleja en el acta con fecha de 29 de diciembre la escritura de arrendamiento de la ermita y la hospederí­a de santa ígueda a favor de joan de Axkoeta y Marí­a Hernández de Goikoetxea, su mujer, desde el 1 de enero por 500 reales de renta, en la que el hospital estaba anexo.</p>
<p><strong>5.- LA MUJER</strong></p>
<p>El papel de la mujer estaba subordinado al del hombre, como consta en la aparición de mujeres en los documentos de la época, normalmente como «esposas de», «viudas de», «atutoradas de» (en varios documentos se refleja como ella tiene voluntad de llevar a cabo lo reflejado en ellos sin haber sido&nbsp; obligada, o simplemente, se piden permiso mutuo), lo cual no quiere decir que su función en el caserí­o y de puertas adentro fuera sumamente importante.</p>
<p>A modo de ejemplo por el que se piden permiso mutuo, tenemos el acta fechada a 24 de marzo, en la escritura de admeterí­a por la cual Pedro de Mesperuza y Marí­a Sáenz de Eskauritza reciben de Martí­n de Llano, vecino de Bilbao y de Barakaldo, y dueño de la casa y solar de Llano, seis cabezas de vacas, tres mayores y tres novillas, y en la que se refleja:</p>
<p>Por el cuidado del ganado, el matrimonio <em>«&#8230;ayan de llebar y lleben la mitad de lo que mexoraren durante el dho arrendamiento y la otra mitad [&#8230;] que sea para mi&#8230;».</em></p>
<p>Ha de pedirse permiso para participar en una escritura oficial:</p>
<p><em>«Y por mi la dha maria saenz [&#8230;] sobre consentimiento que primero y ante todas cosas pido al dho mi marido para otorgar y guiar esta escriptura e yo el dho pedro de mesperuí§a doy y concedo la dha [&#8230;] a la dha mi muger y me obligo de no¿? rebocar en ningun tiempo y por mi a dha maria saenz&#8230;»</em></p>
<p>Dejar reflejado a modo de conclusión que aquella sociedad barakaldesa se enfrentó repentinamente (en el último tercio del siglo XIX) a unas transformaciones radicales en el modo de vida con la llegada de la Revolución Industrial a Barakaldo, ciudad fabril a lo largo del pasado siglo XX.</p>
<h5 style="text-align: right;">Escrito por Javier Barrio Marro e íñigo Andrés Aguirrezabala</h5>
</div>
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		<title>RECORRIDO HISTÓRICO 82: los Documentos también hablan</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ezagutu Barakaldo]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Jun 2026 06:37:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cultura]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
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					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?w=1100 1100w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=300%2C225 300w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=1024%2C768 1024w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=768%2C576 768w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=1080%2C810 1080w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10611" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/barakaldo-de-aldea-a-ciudad/122_1100x/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=1100%2C825" data-orig-size="1100,825" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;4&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;Canon PowerShot SX50 HS&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;1581853561&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;4.3&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;160&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0.00125&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;1&quot;}" data-image-title="122_1100x" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=1024%2C768" /></div>Este es un “Recorrido” Técnico y Documental. Una selección de Textos importantes para la Historia de Barakaldo. Algunos ya han sido, inlcuso, recogidos en anteriores artículos. Consideramos importante que, en este número final, aparezcan recopilados. Evidentemente no son Todos ni, tan siquiera, los fundamentales pero deben servir para ir con pie seguro por nuestra Historia. [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?w=1100 1100w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=300%2C225 300w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=1024%2C768 1024w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=768%2C576 768w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=1080%2C810 1080w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10611" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/barakaldo-de-aldea-a-ciudad/122_1100x/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=1100%2C825" data-orig-size="1100,825" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;4&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;Canon PowerShot SX50 HS&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;1581853561&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;4.3&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;160&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0.00125&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;1&quot;}" data-image-title="122_1100x" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=1024%2C768" /></div><p>Este es un “Recorrido” Técnico y Documental. Una selección de Textos importantes para la Historia de Barakaldo. Algunos ya han sido, inlcuso, recogidos en anteriores artículos. Consideramos importante que, en este número final, aparezcan recopilados. Evidentemente no son Todos ni, tan siquiera, los fundamentales pero deben servir para ir con pie seguro por nuestra Historia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<table style="width: 897px;">
<tbody>
<tr>
<td style="width: 48.2292px;"><strong>&nbsp;</strong></p>
<p><strong>1</strong></td>
<td style="width: 834.809px;"><strong>DONACIÓN DE ARRAS POR EL REY DE NAVARRA,DON GARCÍA VI,&nbsp;</strong><strong>A LA REYNA DOÑA ESTEFANÍA: 1040<a href="#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>El Rey García concede a su esposa Estefanía, como dote, una serie de vasallos y lugares (Naila, Punicastro, Petralta, Falces, Colindres, Mena&#8230;). Entre estos lugares se sitúa HUART que, cabe la posibilidad, se refiera a UGARTE de Barakaldo. Interesante no sólo por la referencia topográfica sino porque nos indicaría la relación de la zona con el reino de Navarra&nbsp;: “senior Galindo Bellacoz”.</strong></p>
<p><strong>El texto tiene tres partes: un elemento introductorio protocolario (“Ego Garsía unctus a domino meo, in regno sublimatus&#8230;), una segunda parte que hace referencia a una larga serie de concesiones (“Ob inde propter honorem dignitatis et pulcritudinis tuae et pro coniugali gratia et procaedere consignando, dono et concedo &#8230;”) y los testigos que firman el documento junto con el monarca (“Regnante Fredinandus rex in Legione et Ranimirus rex in Aragone [&#8230;]. Sub Christi nomine Sancius naialensis episcopus confirmat. Sub divino auxilio Sancius pampelonensis episcopus confirmat.”).</strong></p>
<p><strong>&nbsp;</strong></p>
<p><em>“Ego Garsía unctus a domino meo, in regno sublimatus, pro avorum vel parentum meorum serenitati electus, ac dulcisima elengantisima atque amantísima uxor mea Stephania&#8230; Ob inde propter honorem dignitatis et pulcritudinis tuae, et pro coniugali gratia et procaedere consignando, dono et concedo tibi hunc titulum dotis et concesionis: senior Fortuni Sancii cum ipsa patria quam tenet, id est Naila, et cum Punicastro vel Petralta, Arlas et Falces et Sanguesa cum omni adherentia eorum [&#8230;] . </em></p>
<p><em>Senior Fortun Enneconis cum Auca et Alava cum tota sua mandatione. Senior Fortuni Lopiz cum Tetelia, et cum tota sua pertinentia. Senior Acenar Sancii cum Petralata et cum omni sua pertinentia. Senior Garsía Sancii cum Tabieco et cum tota sua Pertinentia. Salvator Gundidi Salviz cum Arrepa et cum tota sua manndatione. Domna Munia e cum suos filios.cum Castro, et Arruesga, et Soba, et cum tota sua pertinentia. Gundisalvo Rodriz cum Rebenga et cum tota sua pertinentia. Senior Lope Vellacoz, et senior Galindo Vellacoz, cum Colindris et <strong><u>cum Huart,</u></strong> et Mena, vel Tutela, et Lanteno cum omni pertinentia eorum. Garsia Ciclave cum Samanos et cum sua pertinentia.[&#8230;] </em></p>
<p><em>Factum seriem concesionis et donationis, notum die secunda feria, octavo kalendas Iunias, era millessima septuagesima octava. </em><em>Regnante Fredinandus rex in Legione, et Ranimirus rex in Aragone. </em><em>Garsia novillisimus et princes magnificus in hac cartula dotis, quam fieri iussi et legi, et Deo auxiliante complevi manu propia roboren inieci ac signavi. Sub Christi nomíne Sancius naialensis episcopus confirmat. Sub divino auxilio Sancius pampelonensis episcopus confirmat. Sub Divino nutu Garsia alavensis episcopus comfirmat. Deo anuente Atto aukensis episcopus confirmat [&#8230;]”.</em></p>
<p><em>&nbsp;</em></p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="45"><strong>2</strong></td>
<td width="531">“<strong>SENNIOR LOPE BLASCOZ BARACALDONENSI”: 1051<a href="#_ftn2" name="_ftnref2">[2]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p>El Conde Iñigo López y su mujer doña Toda dan a García, Obispo de Álava, el usufructo del monasterio de Santa María de Aspe en Busturia a condición de que a la muerte del Obispo la propiedad y el usufructo pasen a San Millán. El Obispo García dona a este monasterio de Santa María algunas propiedades.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><em>“Sub nomine Christi redemptoris nostri. </em><em>Ego igitur senior Enneco Lopez, gratia Dei comiti, una pariter cum uxore mea domna Tota, concedimus tibi patri spirituali Garsia Alavensis terre episcopo et condonamus omni voluntate unum monasteri iuxta maris, cui vocabulum est Sancte Marie de Izpea, subtus Penna, in territorio Busturi, cum sua decanía pernominata.Baretzi, etiam et illo decimo de Busturi, de me et de meis filiis et neptis et bisneptis, de illo que ganarent de Bosturi, cum omni integritate, ut deserviat predicto monasterio. </em></p>
<p><em>Sic tibi affirmamus nostram predictam offertionem, o serenissime pontífex, ut quamdiu in hoc seculo degueris, teneas et possideas ut volueris. Post tuum vero obitum, deserviat illum monasterium cum suas terras et piscarias et arbores pomiferas et predictam decaniam et Busturi decima ad atrium almi confessoris Emiliani presbiteri iubemus servire. </em><em>Ubi et nos servíendi pro missionem habemus, et filiis nostris haberi perdocemus. </em></p>
<p><em>Et ego Garsia, nutu Dei pontifici, cum consensu clericorum meorum, simile tenore donatione confirmationeque promitto et condono prefato Sancte Marie cenobio islas tercias de Udai Balzaga et de Luno et de Gernica et de Gorritiz en naiuso, et de Vermeio et de Mundaca et de Busturi en assuso, ad integritate confirmo donanda per eterna secula, amen. </em></p>
<p><em>Et ego Garsea rex interfui, assensum prebui et confirmavi simul cum Garsias episcopus et comite senior Enneco Lopiz et eiux uxor domna Tota, nostras supra nominatas promissiones et condonationes ad atrium Sancti Emiliani deservienda, iure perpetuo. </em></p>
<p><em>&#8230; Facta carta sub era M.ª LXXX.ª, VIIII.ª, III.º.&nbsp; kalendas februarii, feria III.ª, regnante Garsea rex in Pampilona, in Castella Vetula et in Alava. </em></p>
<p><em>Ego Garsias episcopus et domnus meus rex et comite Enneco Lopiz et cometissa domna Tota, qui hanc cartam fieri iussimus, relegentem audivimus, manus nostras signos iniecimus et testes tradimus: Sancius episcopus Pampílonensis confirmans, Gomesanus episcopus Naiarensis confirmans, Mome Munchiensis abba confirmans, Ligoarius Molinivarrensis abba confirmans, Munius Abadiensis abba confirmans, sennor Lope Garceiz Arratiensis confirmans, <strong><u>senior Lope Blascoz (</u></strong>Vellacoz)<strong><u> Baracaldonensis</u></strong> confirmans, sennor Sancio Annussolz Aberancanensis confirmans, domna Leguntia Esceverrianensis confirmans, domni Galindo presbiteri confirmans”. </em></p>
<p><strong><em>&nbsp;</em></strong></p>
<p><strong><em>Traducción</em></strong><em>: </em>Bajo el nombre de Cristo redentor nuestro. Yo, señor lñigo López, conde por la gracia de Dios, juntamente con mi mujer doña Toda, te concedemos a ti, padre espiritual García, obispo de la tierra de Alava, y donamos de toda voluntad un monasterio junto al mar, cuyo nombre es Santa María de Aspe, bajo Peña, en territorio de Busturia, con su decanía llamada Baretzi, y además el diezmo de Busturia, de lo que yo, mis hijos, nietos y biznietos ganemos en Busturia, en toda su integridad, para que sirva al monasterio ya dicho.</p>
<p>Así confirmamos esta nuestra donación, a ti, serenísimo pontífice, para que, mientras vivas en este siglo, la tengas y poseas como quieras. Después de tu muerte, el monasterio con sus tierras y pesquerías, y árboles frutales, y la citada decanía y el diezmo de Busturia, mandamos que sirvan al atrio de San Millán, donde tanto nosotros hacemos promesa de servir, como enseñamos a hacerla a nuestros hijos.</p>
<p>Y yo, García, conocido pontífice de Dios, con el consentimiento de mis clérigos, al mismo tenor que esta donación y confirmación, dono al mencionado cenobio de Santa María las tercias de Udaibalzaga, y de Luno, y de Guernica, y de Gorátiz para abajo, y de Bermeo, y de Mundaca, y de Busturia para arriba, confirmo las donaciones en su integridad por los siglos eternos, amén.</p>
<p>Y yo, Garcia rey, estuve presente y di mi consentimiento y confirmé junto con el obispo García y el conde señor lñigo López y su mujer doña Toda, nuestras citadas donaciones para que sirvan al , atrio de San Millán perpetuamente.</p>
<p>&#8230; Hecha la carta bajo la era M.ª LXXXX.ª VIIII.ª, III.º&nbsp; calendas de febrero, III.ª feria, reinando el rey García en Pamplona, en Castilla la Vieja y en Alava.</p>
<p>Yo, García, obispo, y mi señor, el rey, y el conde Iñigo López, y la condesa doña Toda, que mandamos hacer esta carta, la oímos leer y pusimos nuestras manos en señal y presentamos testigos: Sancho, obispo de Pamplona; Gomesano, obispo de Nájera; Momo, abad de Munguía; Ligarlo, abad de Bolivar; Muño, abad de Abadiano; señor Lope García de Arratia, <strong><u>señor Lope Blascoz de Baracaldo</u></strong><u>,</u> señor Sancho Annussolz de Berango, doña Legoncia de Echevarría y don Galindo, presbítero, confirman.</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="45"><strong>3</strong></td>
<td width="531"><strong>CARTA PUEBLA de BILBAO: 1300<a href="#_ftn3" name="_ftnref3">[3]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;<em>«En el nombre de Dios et de la Virgen Vienaventurada Santa Maria. Sepan por esta carta quantos la bieren et oieren como yo Diego Lopez de Faro, Señor de Vizcaya, en uno con mi fijo Don Lope Diaz con placer de todos los Vizcaynos fago en Bilbao de parte de Begoña nuebamente población et villa que le dicen el puerto de Bilbao: et do et franco a bos los pobladores de este Lugar, que seades francos, et libres et quittos para siempre jamas, bos et los que de bos bernan, de todos pechos et de todas bereas et tambien fonsaderas, et denmiendas et de oturas, et de manerias, como de todas las otras cosas; et que haiades cumplidamente el fuero de Logroño, et que bos mantengades por el noblemente, et en justicia, et en derecho, ansi en homecillos et en calopñas et en todos los buenos usos et buenas costumbres como el fuero de Logroño manda; et que haiades Alcaldes buestros vecinos et non otro ninguno por que cumplades de derecho todo home que bos lo quiera demandar con alzada que pueda tomar la parte que se agrabiare para ante los Alcaldes et homes buenos de Bermeo, et donde afuera para ante mi<strong>. Et otorgo bos que aiades por terminos desde como toma</strong> <strong>el puntal del fondon de Zorroza, do se juntan ambas las aguas, ribera del agua arriba que biene de Balmaseda fasta el arroio que biene por somo del campo de Zorrozaga,&nbsp; que es derecho de Percheta, et dende do se taja el arroio de Azordoiaga, et dende ansi como ba arriba fasta el Sel de Eguiluz et&nbsp; a Fagaserria et&nbsp; a Olalueceta et a Bujana de suso, ansi como biene por&nbsp; encima de la sierra et al bado de Echebarria fasta encima la sierra de Ganguren</strong> et dende fasta el puntal del fondo de Deusto en derecho de Luchana ansi como habedes partidos los terminos et amojonados con todos los de Zamudio et de Alfoz de Uribe con todas las hanchuras, egidos, et montes, et agoas, el logares que en todos los dichos terminos ha en tal guisa que podades labrar et plantar, et ensanchar, et facer todas ganancias et mejorias tambien de ruedas, et de molinos, como de todas las otras cosas; et comprar et bender francamente heredades en todo lo buestro como homes francos et libres de ben facer en la guisa que bierdes que mas buestro probecho sea. </em></p>
<p><em>Et do et otorgo bos que haiades por buestro vecinos los mios labradores que yo he dentro de estos términos sobre dichos á buestra vecindad francos, et libres et quitos ansi como bos los sodes, en tal manera, que el Monesterio de Begoña non pierda nada de sus terrenos, et de las diezmas et de los otros derechos que á el pertenecen, et que haia la meitad Santa Maria de Begoina et la otra meitad Santiago de Bilbao; et do el mio monte de Ollargan que le guarda el mio Preboste de este lugar, ansí como le guarda el mio Preboste de Bermeo el monte de Galdiz con calopña de cinco Bacas et de una Baca preñada et del Buey. Et que non dedes portazgo, nin treintadgo, nin enmiendas en ninguno de mios Logares; et otro si,<strong> bos otorgo que en el nuestro puerto de Portugalete, nin en la Barra nin en toda la canal, que non haia precio ninguno de nabe nin de bajel que bengan ó salan del logar cargados con sus mercaderias et mostrando recabdos que vienen á esa villa de Bilbao, ó ban de ella, et pagando las costumbres, et los derechos del Señor, que non sean retenidos nin embargados por razon de precio</strong>. Et do bos mas que haides por mercado cada semana el Martes con los cotos et calopñas que se contienen en el buestro fuero, et otorgo bos la Iglesia que la haiades de usar á vecindad para los fijos de los buestros vecinos ansi como es la de Bermeo; et retengo el tercio de los diezmos de esta Iglesia cumplidamente para mi; et todas estas cosas et franquezas que sobre dichas son, do e otorgo por mi et por los mios que despues de mi bernan a bos los pobladores del Puerto de Bilbao, et a los que fueren buestros vecinos, que despues de bos bernan, que lo aiades bien et cumplidamente et bos sean bien guardadas para siempre jamas; et juro á Dios et a Santa Maria, et mi alma de bos guardar, et mantener bien et lealmente en todos buestros fueros et derechos que, sobre dichos son, et de bos los non menguar, non hir contra ellos en ninguna cosa et defiendo firmemente que ningun non se osado de bos los embargar, nin menguar, nin contrariar por ninguna razon estos fueros et mercedes que bos yo fago; et qualquier que lo ficiere, o contra ellos pasare, haia la ira de Dios et de Santa Maria et la mia unida con la maldeciente de Judas Escariote el traidor dentro de los Infiernos para siempre jamas; et de esto bos mandé dar esta carta sellada con mio sello de plomo dada en Valladolid a 15 de Junio Hera de 1.338 años.»</em></p>
<p><em>&nbsp;</em></p>
<p><strong><em>TRADUCCIÓN</em></strong></p>
<p>En el nombre de Dios y de la Virgen Bienaventurada María. Sepan por esta carta cuantos la vieran y oyeran, como yo, Diego López de Haro, Señor de Vizcaya, que junto con mi hijo Don Lope Díaz y con placer de todos los vizcainos, hago en Bilbao nueva población y villa, que llaman el puerto de Bilbao.</p>
<p>&nbsp;Por la que: os doy libertad como pobladores de este lugar para que seáis francos, libres y quitos (1) para siempre de todos los pechos (2), vereas (3), fonsaderas (4), enmiendas, oturas (5) y mañerias (6). Que os mantengáis según el Fuero de Logroño, en justicia, en homeciello (7), en caloñas (8) y en todos los buenos usos y costumbres. Que tengáis vuestros alcaldes, jurados, preboste, escribano público y sayón;</p>
<p><strong>Que por términos tengáis: desde el puntal de Zorroza donde se juntan las aguas del río que viene de Valmaseda (el Cadagua) hasta el arroyo que viene por el campo de Zorroza en dirección a Percheta (actual barrio de Alonsótegui). Desde el cerro arriba hasta el sel (9) de Eguiluz y desde ahí al Pagasarri, y a Olaluzeta y a Buyana de Suso (actual Buyagoiti). Desde por encima de la sierra hasta el vado de Echevarri y desde el camino de Echevarri hasta la sierra de Ganguren y desde aquí hasta el puntal de Deusto en dirección a Luchana.</strong></p>
<p>Que tengáis delimitados los términos y amojonados como tales y que tengáis como hasta ahora los términos de Zamudio y del alfoz (10) de Uribe con todas las anchuras, ejidos, montes, aguas y lugares.</p>
<p>De tal forma que en dichos términos: podáis labrar, plantar, ensanchar y hacer toda clase de ganancias y mejorías. Comprar y vender heredades y todo lo vuestro libremente como hombres libres y como más a vuestro favor sea. Que tengáis por vuestros vecinos a los labradores que yo tengo dentro de los términos antedichos. Que el Monasterio de Begoña no pierda nada de sus terrenos, pero que de sus diezmos la mitad sean para Santa María de Begoña y la otra mitad para la Iglesia de Santiago de Bilbao.</p>
<p>Y doy el monte de Ollargan para que lo guarde el preboste de la misma manera en que lo hace el preboste de Bermeo con el monte de Galdiz con caloña de cinco vacas y de una vaca preñada y de un buey.</p>
<p>Y que no paguéis portazgo ni treintazgo ni enmiendas en ninguno de mis lugares.</p>
<p><strong>Y otrosí os otorgo: que habiendo pagado los derechos del señor no sea retenida ni embargada en Portugalete ni en toda la ría ninguna embarcación que entre o salga de Bilbao por razón de precio </strong>(11) , que tengáis por día de mercado semanal el martes, que la iglesia que tengáis de uso sea para vuestra vecindad y la de vuestros hijos, reteniendo para mí el tercio de los diezmos (12).</p>
<p>Todas estas cosas y libertades que ante dichas son las doy y otorgo por mí y los míos que después de mí vengan, a vosotros los pobladores del puerto de Bilbao y a vuestros sucesores para que los tengáis bien y cumplidamente y para que os sean bien guardados por siempre jamás. Y juro ante Dios, Santa María y ante mi alma guardaros y mantener lealmente todos vuestros fueros y derechos. Y de no menguarlos ni ir contra ellos defendiéndolos firmemente contra el que se atreva a embargarlos o contrariarlos por alguna razón. Y el que lo hiciere que halle la ira de Dios, de Santa María y la mía y caiga dentro de los infiernos con la maldición de Judas Escariote por siempre jamás.</p>
<p>Y de esto os mandé esta carta sellada con mi sello de plomo.</p>
<p>Dada en Valladolid a quince de Junio. Era de mil trescientos y treinta y ocho años. (En la cronología actual quince de Junio de mil trescientos)<a href="#_ftn4" name="_ftnref4">[4]</a>.</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="45"><strong>4</strong></td>
<td width="531"><strong>CARTA PUEBLA de PORTUGALETE: 1322<a href="#_ftn5" name="_ftnref5">[5]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p><em>“Sepan quantos este privilegio bieren como yo donna Maria muger que fui del Infante don Juan Señora de Vizcaya, do et otorgo a todos los de Portugalete por que los yo poble, tambien, a los que agora son, et serán de aquí adelante para siempre jamás, que haian el fuero de Logroño en todas cosas ansi como lo han los de Logroño et por les facer maior merced tengo por bien et mando que fagan una Iglesia en su Villa, do ellos quisieren, que haia vocacion de Santa María, et mándoles que haian el tercio de toda la dezmeria de Santurce, para la dicha Iglesia et de esta dicha dezmeria saco ende para mi para siempre et la dezmeria de Santa Maria de Sestao, et de San Pedro de Abanto, et de San Vicente de Angustio é Santiago de Momeña<strong>, et de Sant Vicente de Baracaldo</strong> que fingue con Santurce para mi, y para siempre&nbsp;: este de toda la otra dezmeria que diezman á Santurce en el término de Somorrostro&nbsp; que haia la tercia parte cumplidamente Portogalete según sobre dicho es, et que sea suia para siempre jamas et esta dicha iglesia que usen según que usan las otras Iglesias de Bermeo, et de Bilbao; otro si, mando que los caminos que los haian sueltos nombradamente de Orduña, et de Arciniega, et de Balmaseda et de Castro, et de Bilbao, et de Bermeo et de Placencia fasta la dicha villa de&nbsp; Portugalete. </em></p>
<p><em>&nbsp;</em><em>&nbsp;</em><em>Goio Bañales</em></p>
<p><em>&nbsp;</em></p>
<p><strong><em>Otro si, tengo por bien et mando que de la puente de Llantada et de la Haia de Zubileta fasta la dicha villa de Portugalete que non haia azoque, nin venta ninguna para rebender</em></strong><em>. </em></p>
<p><strong><em>Otro si, les do por término de tierras, et de montes&nbsp; nombradamente de Urdibai, fasta el biso de la mar, et sobre Arbelzaga, et dende á Urbelfermoso et dende a la loma, el donde a collado cerezo et dende a collado al rio Lombar por do se parte el término del Rey fasta en Portogalete, que lo haian con todos sus montes et fuentes et con entradas, et con salidas et con todas sus pertenencias</em></strong><em>. </em></p>
<p><em>Otro si, les do dentro de estos términos sobre dichas tierras, et viñas, et huertos, et molinos et canales, et todo quanto pudieren faltar entre estos términos sobre dichos que á mi pertenecen o deben pertenecer, que lo haiades bos et buestros fijos et toda buestra derecha generacion sin ninguna mala voz. </em></p>
<p><strong><em>Otro si, mando que ningun fijodalgo, nin otro ninguno non faga en estos dichos términos de los montes, ferrerias, nin Seles nin pastos, nin otra poblacion alguna. </em></strong></p>
<p><strong><em>Otro si, les do por términos de la mar desde el rio Lombar donde se parte la tierra del Rey, et de Meñacoz fasta la Luchana</em></strong> <em>et los pescadores que morasen en este término que vengan con el pescado a la dicha villa de Portugalete et que den el quincio del pescado al señor asi como en Bermeo; et mando que dentro destos términos sobre dichos tambien por mar como por tierra, que no haia otra carga ni descarga de pan ni de sal, ni de otra cosa ninguna, salbo en la dicha villa de Portugalete.</em></p>
<p><em>Otro si, tengo por bien et mando que non den en toda la mi tierra enmienda, nin oturas nin treintazgo, nin&nbsp; recuague et que sean francos et libres con todo lo suio para que puedan comprar heredamientos et casas, et parrales et todas las otras que menester obiesen et para facer de lo suio a toda su voluntad sin embarazo nin contrario de home alguno. </em></p>
<p><em>Otro si, les do et mando que ningund Señor que a Portugalele mandase que non faga furto, e sin su voluntad non baian, et no tengan sobre si fuero malo de Sayonia nin fonsadera nin de jantar nin de manería, et que non fagan ninguna bereda mas que sean francos, et Iibres et que siempre se mantengan noblemente et mas le do et mando que non haian fuero de Batalla, nin de fierro, nin de calda, nin de pesquisa que mande facer Señor, et si Merino o Sayon quisiere entrar en casa de algún poblador por fuerza que lo maten por ello, et non peche por ello homecillo ninguno, et si el Sayon fuere malo et mandare alguna cosa sobre derecho que le maten et non paguen mas de cinco sueldos.</em></p>
<p><em>Otro si mando que non paguen homecillo por home muerto que fuere fallado en la villa, o en su término. Otro si, ningund home que matare a su vecino et fuere tomado en cualquier tiempo, que lo maten por ello, salbo si le matare con derecho, o por ocasion, el si algo obiere el matador que sea de sus herederos, fuera ende sacando el homecillo, et por la muerte de ocasion que non de homecillo; el toda justicia forera que acaeciere en Portugalete o en sus términos tambien por muerte de home, como por otra cosa que lo juzguen los Alcal­des segun fuero; et cualquier home que sacare paños de casa por fuerza peche sesenta sueldos et torne sus peños al dueño de la casa donde los tomó, et quien cerrare a cualquiera home en casa peche 60 sueldos: et todo home que sacare cuchillo a la hora pierda el puño et si firiese et saliere sangre redimanlo podiéndoselo probar por el fuero de la villa et si firiese et saliere sangre fuera peche diez sueldos et si firiere et non saliere sangre peche cinco sueldos et si non selo pudiere probar haia su jura; et qualquier home que desnudare a otro desnudo en carnes peche medio homecillo, et si algún&nbsp; home prendare a tuerto a otro capa o manto que peche cinco sueldos pudiéndolo probar: et todo home que firiere á muger velada, et lo pudiera probar por dos testigos derechos peche sesenta sueldos, et silo non pudiere probar haia su jura; et si por abentura se lebantare alguna mujer por su lozania el firiere algun home o mujer podiéndolo probar peche 60 sueldos, et si no lo probar haia su jura; et si alguna muger tomare a algun home por la barba, o la natura, o por los cabellos qualquiera, pierda su mano, et si no la pudiere redimir que sea fostigada: et si estos pobladores fallaren algun home, o muger en su huerto, o en su viña que&nbsp; fagan daño en dia peche cinco sueldos al dueño, cuia es la horta et los medios para el Señor de la Villa, et si lo negare que jure al Señor cuia es la honor, et si de noche lo tomare peche diez sueldos, los medios para el Señor cuia es la honor et los medios para el Señor de la tierra; et si negare jure al Señor de la honor; et si el Señor obiere querella de home de la villa demánde fiador et si no pudiere haber fiador metalo en la prision et quando saliere de prision dé por carcelage un&nbsp; marabedi: et si el Señor obiere querella de home de fuera et non le pudiere cumplir de derecho métalo en la prision et quando saliere dé un marabedi; et si obiere querella un vecino de otro et le mostrare señal del Sayon et tras echare aquella señal sobre él con sus testigos que no paró ante fiadores, peche cinco sueldos. </em></p>
<p><em>Otro si les do que haian suelta licencia para comprar heredades do las quisieren comprar et ninguno home non les demande mortura nin Sayonia, nin bereda mas que las haian salbas et francas et si vender las quisieren que las bendan á quien quisieren et qualquiere poblador que obiere heredad un año, et un dia sin ninguna mala boz, que la haia suelta et franca; et quien se la demandare despues peche 60 sueldos al Señor, et todas estas caloñas sobre dichas tengo por bien de quitar la mitad por el ámima del Con­de D. Lope mi Padre que Dios perdone, fuera ende sacando el homecillo, et los daños de las heredades que no quitó et por doquier que pudieren fallar en sus términos tierras hiermas, que non sean labradas que las labren, et doquier que fallaren hierbas para pacer que las pazcan, et que las sieguen; et por doquier que fallaren aguas para regar piezas, o huertas o para facer molinos, o para lo que menester haian que las tomen, et por doquier que fallaren árboles et montes, o raíces para quemar et para facer ca­sas o&nbsp; para las otras cosas que menester obieren que las tomen; et si algun poblador ficiere molino, o rueda en el egido del Señor, el que lo ficiere tome la moledura del primer año, et en este año non parta con el Señor, et dende en adelante parta por medio, et metan la costa por medio; et aquel que ficiere molino, o la rueda téngalo el molinero de su mano; et si algun poblador ficiere molino, o rueda en su heredad que la haia franca et salba: et si biniere algun home fuera de la Villa et ficiere demandar para alguna cosa al vecino, que le responda en la Villa ante su Alcalde. Et haian franca licencia para comprar ropa, et paños et bestias et todo ganado, et non den ningund actor, si non que jure aquel que lo compró; et si algun poblador comprare mida caballo, o asno, o boe, o otra cosa qualquier en el mercado, o en el camino del Señor et non sabe de quien, jure, et non de actor; et aquel que lo demandare dé lo que le costó al otro con su jura, que tanto le costó e que no lo enagenó, mas que le fué furtado; et ningun poblador baia a asonada, ni en hueste con el Señor, de Vitoria nin Orduña adelante; el todo home que demandare parte por boz de padre, o de madre, o de abuelo, o de otro pariente que le pertenezca alguna herencia, et si por abentura andare en pleito sobre ello; que non peche la una parte nin la otra costas, fasta que lleguen a la alzada; et doles que non pongan ningun Señor en la su Villa Alcaldes, nin jurados nin Escribano, nin Sayon, nin otro oficial ninguno, salbo ellos mesmos que pongan sus oficiales quales ellos quisieren. </em></p>
<p><em>Otro si, mando que los Alcaldes que ellos pusieren et el Sayon, que non tomen novena de ninguno poblador que caloña ficiere, mas el Señor les pague de novena et de aranzazgo. Otro si, les do que haian todas las alzadas para Bermeo&nbsp; et dende et adelante para mi, et por toda demanda que ficie­ren Vizcainos a los de la Encartacion otros homes qualesquier, a vecinos de Portugalete mando que les bala fiador de cumplir por su fiador ante los Alcaldes. Et yo donna Mana la sobredicha Señora otorgo a bos los pobladores de Portugalete estos fueros que aquí son escritos et prometo bos en mi buena verdad de los guardar et mantener bien et lealmente et todos buestros fueros et derechos que sobre dichos son et de bos non menguar, nin hir contra ellos en ningun tiempo del mundo, et defiendo firmemente que ninguno non sea osado de los embargar, ni menguar, nin contrallar por ninguna razon que contra estos fueros et mercedes que bos yo fago sean, et mando et ruego a qualesquier que de mi berna despues de mis dias que bos guarden, et bos mantengan todos estos fueros, et mercedes que bos yo fago para siempre jamás, bien et complidamente ansi como sobre dicho es, e mando et defiendo firmemente a todos los Concejos, Alcaldes, et jurados et Jueces, justicias alguaciles, et Merinos, et Prebostes, et portazgueros de las mis villas de vizcaya et de las Encartaciones, que este mi privilegio bieren o el traslado de el Signado de Escribano público que ninguno non sea osado de bos demandar nin de bos tomar ninguna cosa de los buestros, a bos los mios basallos de la mi villa de Portugalete, et en razon de los Portazgos, et de los peages, et de las otras cosas que usen según que usan en Bermeo, et en Bilbao, et en las otras mis Villas del mi Señorío de Vizcaya et de las Encartaciones et si cualquier, o cualquier, que contra esta merced que les yo fago pasare, sepan que me pesaría de corazon et pecharme y a en pena de mil maravedís de la moneda nueba, et a los mis basallos de la mi Villa de Portugalete, et aquien su voz tubiere todo el daño, et menoscabo que por ende recibiesen dobaldo, et demás a ellos, et a lo que ubiese me tornaría por ellos. Este prebilegio les ube dado en la Hera de 1360 años, et por quanto se caio en agua, et se estragó mandelo trasladar letra por letra en Bilbao, et mandéselo dar sellado con mi sello de cera colgado. Fecho este privilegio en 11 dias de Junio Hera de 1371 años. Yo por Lope Gonzalez la fiz por mandado de donna María”.</em></p>
<p><em>&nbsp;</em></p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="45"><strong>&nbsp;</strong></p>
<p><strong>5</strong></td>
<td width="521"><strong>EL CONDE DON TELLO, SEÑOR DE VIZCAYA, </strong></p>
<p><strong>DA EL FUERO DE VIZCAYA A LA TIERRA DE BARACALDO: 1366<a href="#_ftn6" name="_ftnref6">[6]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p><em>“Sepan cuantos esta carta vieren cómo yo don Tello conde de Vizcaya y de Castañeda, y señor de Aguilar y alférez mayor del rey. Por fazer bien y merced a los fijosdalgo y labradores <strong>mis vasallos de la anteiglesia de San Vicente de Baracaldo</strong>, e porque los dichos fijosdalgo y labradores me ficieron entender y dixieron que no avían fuero ni derecho conque se mantener ni guardar, e pidiéronme merced que mandase y lo que tubiese por bien.</em></p>
<p><em>&nbsp;</em><em>E yo veiendo que es mio servicio, y pro y mejoramiento de los dichos mis vasallos de Varacaldo, <strong>tengo por bien y mando que la dicha tierra de Baracaldo desde Herburu fasta el agua de Uribiarte, y d&#8217;ende Bendívil fasta el agua de Luxarra con todos sus términos así como oy, que sea aforada y mantenida y governada, privilegiada en todos los tiempos y derechos y usos y costumbres, así criminales como civiles, así como es aforada y mantenida la mi tierra de Vizcaya.</strong></em></p>
<p><em>E que aya la dicha tierra de Baracaldo todos los fueros y usos y costumbres y conpras y vendidas y revendidas, así como los han los de la mi tierra de Vizcaya, pero que los dichos mis vasallos de Baracaldo ayan su alcalde o alcaldes de su tierra de Baracaldo, moradores de dentro de los dichos términos.</em></p>
<p><em>Y que dicho alcalde o alcaldes liberen todo pleito o pleitos segund es fuero y derecho de Vizcaya, y del juicio que ellos dieren si alguno se agraviase, que ayan la alzada para ante los alcaldes de Vizcaya, y que se libre segund es fuero y uso y costumbre de Vizcaia.</em></p>
<p><em>E esta merced les fago yo el dicho conde a los dichos mis vasallos de Varacaldo, veiendo que es mio servicio y faciendo pregunta si les faría dicha merced que les yo fago, que les sea tenido y guardado y cumplido por agora y para siempre jamás.</em></p>
<p><em>&nbsp;</em></p>
<p><em>Y que si alguno nin algunos non sean osados de ir nin pasar contra esta merced que les yo fago nin contra parte d&#8217;ello. Ca cualquier que lo feciese, pecharme ha en pena 10 mil maravedíes, y a los de la dicha tierra de Baracaldo todos los daños y menoscabos que por esta razón feciesen doblado. E porque esto sea firme y non venga en duda mandeles dar esta mi carta sellada con mio sello de cera colgado.</em></p>
<p><em>Dada en la mi villa de Bilbao, 14 días de abril, era de mil cuatrocientos cuatro años. Yo Francisco Fernández la fiz escribir por mandado del conde de Vizcaia y de Castañeda”. </em></p>
<p>BRAH. Colec. Salazar. D-9, fol. 115</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="45"><strong>6</strong></td>
<td width="531"><strong>FUNDACIÓN DE LOS MERCEDARIOS de BURCEÑA: 1384<a href="#_ftn7" name="_ftnref7">[7]</a>&nbsp; </strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><em>“Sepan quantos esta carta et donación no rebocable et perpetua para siempre jamas vieren et leieren como yo el conde Fernan Perez de Ayala et en nombre de Pero Lopez mi fijo legitimo et heredero de mi estado fago esta perpetua donación para en todo el tiempo del mundo a bos el devoto religioso el licenciado frai Lorenzo de Monterrei de la orden de Santa María de la Merced et comendador del nuestro monesterio et iglesia que yo obe fecho et edificado en el lugar de <strong><u>Burceña, pueblo de Baracaldo</u></strong>, de las En­cartaciones del Señorío de Vizcaya, por la gran voluntad et devoción que yo he a la dicha orden de Santa Maria por las muchas et buenas obras pias en que los frailes della se emplean rescatando et sacando de poder de moros e cautiverio a los cristianos que ende estan en gran laceria et&nbsp; peligro de perder la fee santa, pasando como pasan grandes peligros et trabajos por mares et tierras por los librar et rescatar gastando de sus algos et haberes et ende sacando los cristianos cautivos de esta tierra, provincia et montañas que mas continuo son cautivos por ser mareantes por los mares. </em></p>
<p><em>Por ende acatando lo suso dicho et para que mejor se puedan emplear en la tan santa obra et se animen los otros buenos cristianos a dar a esta orden para lo suso dicho, os dono et do por mi et mis subcesores del mi estado, en nombre de toda la orden, la mi Iglesia que yo obe fecho et edificado para mi devocion intitulada santa Maria de Burceña, ribera del brazo de mar et rio caudal <strong>Cadaguas </strong>llamado, que viene et pasa por la villa de Valmaseda et pasa por las <strong>mis torres de Luchana</strong> a la mar fasta el puerto de la villa de Portugalete, por las muchas mercedes et beneficios que la Virgen Maria siempre me ha fecho et me face, para que lo haiades et gocedes para siempre et sirvades a la Virgen Maria con todos los privillegios et perdonanzas que yo tengo ganadas de los santos papas Apostolicos et de los venerables obispos de Calaorra et la Calzada para todos los que ende se enterraron et hí ende estobieren a oir los santos oficios en pro de las animas de los fieles cristianos.</em></p>
<p><em>Ansi mismo os dono para en que moredes et bibades bos et los frailes presentes et foturos la mi torre e casa que yo fice et he acerca de la Eglesia con todas sus guertas e tierras et antezanas, bagos&nbsp; et por plantar, dende la casa de Sancho Perez de Tapia fasta la casa de Juan Vrtiz de Burceña mi merino et alcalde de las mis torres de Luchana et Cadahalso et sus tierras et montes et pasaje de Tapia et otros bienes et casas foreras que yo he et tengo en la dicha tierra et valles del dicho pueblo et en sus comarcas et sus terminos et asi mismo halados por buestro propio suelo et tierra para os sustentar et aprovechar et plantar et sembrar et criar todo el suelo et tierra que esta dende el esquinal de la casa et guerta de Pedro Urtiz de Unsaa mi mayordomo, fasta la mar, derecho abajo por el camino real que viene de Balmaseda a Portogalete fasta el regato encañado nombrado de Mespele­rreca derecho abajo fasta la mar salada et río suso declarado que para por delante de la mi eglesia de Santa Maria de Burceña, et las mis torres de Luchana, con todos sus pastos, herbages, tierras bagas, labradas e por labrar; aguas corrientes et estancos, et dehesas et suelos plantados et por plantar con lo demas de ello annejado et a mi tocante en la dicha tierra os dono dende la foxa del monte fasta abajo la piedra del rio, para que la haiades et gocedes para siempre para el dicho monesterio et sacar cautibos et para que fagades otros santos sacrificios, et por que roguedes a Dios por mi alma et de mis señores padre et madre que Dios haia, et por el alma de Sancho Perez de Ayala mi hermano que esta ende enterrado en la dicha eglesia con otros de mi casa e linaje; et otrosí os do ende luego los mis paramentos et almalafas et aljubas, et raciles et tapettes para la dicha eglesia et servicios de Dios et todo el algo que ende mas haia en la dicha mi casa para buestro servicio, para que lo haiades et tengades et poseíades quietamente, et fago esta presente carta de donacion por las razones susodichas, con todas las mejoras, vínculos et fuerzas que al presente se pueden facer et por tiempo futuro facer podrian para que ninguno, nín algunos (del mi estado, casa linaje e descendencia, ni otros algunos quier que sean os lo perturben ni quiten; mas antes si alguno o algunos) os contrabinieren o contrallaren a esta mi voluntad et donación que ansi yo bos fago nuestro Señor Jesu­cristo et la Virgen Santa Maria sean&nbsp; buestros defensores de todo daño, traicion et alebosia et de malos acometimientos de malos homes de sin temor de Dios nuestro Señor et de justicia del mundo, sino que siempre os sean como yo al presente lo soi los míos subce­sores&nbsp; en buestra defensa y quien lo contrario a esta mi donacion ficiere la maldicion de Dios omnipotente e de Santa Maria su madre et la mía venga sobre el.</em></p>
<p><em>Fue fecha esta donacion en el lugar de Burceña, dentro de la casa et torre a cuatro días de mayo del año del nacimiento del nuestro Salvador Jesucristo de mil doscientos e ochenta e cuatro años: a lo qual fueron et se hallaron presentes por testigos de la dicha donación con el dicho señor conde Fernan Perez de Ayala et su fijo Pero Lopez et ante mi el escribano Sancho de Tapia, Ochoa de Burceña et Joan de Nesana et otros vecinos de dicho pueblo et firmo el dicho señor conde et su fijo Pero Lopez -Feman Perez- Pero Lopez. E fízelo&nbsp; escribir e notar por mandato de dicho señor Conde, Juan Urtiz de Unsaa escribano. Et yo Juan Urtiz de Unsaa, escribano del rey nuestro señor fui notario suyo (e de la merindad e junta de Ayala) presente fui a todo lo que de suso dicho es en esta donacion perpetua juntamente con el señor conde Fernan Perez et su fijo Pero Lopez et testigos de esta donación por­petua e por mandado de dicho señor conde la fiz escribir et notar a ruego de dicho frai Lorenzo de Monterrel de la dicha orden de la Merced: et por ende en testimonio de lo suso dicho fize aqui este mio signo acostumbrado que es atal. -En testimonio de ver­dad. Juan Urtiz de Unsaa”.</em></p>
<p><em>&nbsp;</em></p>
<p><strong>NOTA DE MAÑARICUA acerca de la FECHA</strong></p>
<p>“Todas las copias que conocemos del documento fundacional dan la misma fecha de 1284. Ello nos lleva a pensar que, quizás, esta fecha se hallara ya en la escritura original o por lo menos en una de las primeras copias.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Sin embargo, está ciertamente equivocada. He aquí las razones: 1ª) Don Fernán Pérez de Ayala vivió de 1305 a 1385 y su hijo Pero Lóez de Ayala de 1332 a 1407. En la escritura de Burceña llama Fernán Pérez a Pero Lópes, “mi fixo lexitimo et heredero de mi estado”.&nbsp;</p>
<p>Ahora bien, Fernán fundó el mayorazgo de Ayala por público instrumento datado a 12 de diciembre de 1373 (era 1411), nombrando sucesor suyo a Pero López y lo confirma en su testamento hecho en Vitoria a 6 de enero de 1375 (era 1431). 2ª) El mismo documento fundacional nos dice que dona a los mercedarios su iglesia y monesterio de “Burceña, pueblo de Baracaldo, en las Encartaciones del Señorío de Vizcaya”, Ahora bien, en 1357, en el documento fundacional de San Francisco de Bermeo, dice el Señor de Vizcaya, Don Tello: “acordamos de facer un monesterio de fraires en el nuestro Señorio de Vizcaya, por quanto en todo el nuestro Señorio no havia monesterio ninguno de orden de religiosos”. Ello excluye claramente la existencia de un convento mercedario de Burceña. 3ª) El documento que nos ocupa menciona al “puerto de la villa de Portugalete”, Y Portugalete fue fundada por la señora de Vizcaya, Doña María Díaz de Haro, en 1322. 4ª) La Orden la la Merced celebró el año 1317, en Valencia, un capítulo general de trascendental importancia para el futuro de la Orden. Sus actas nos dan a conocer las distintas casas que entonces contaba. Burceña no aparace; prueba inequívoca de que aún no existía”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="45"><strong>7</strong></td>
<td width="531"><strong>TRASMISIÓN DE BIENES DE LOS AYALA </strong></p>
<p><strong>a LOS FDEZ DE VELASCO: 1447<a href="#_ftn8" name="_ftnref8">[8]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>1447, Diciembre, 14, Valladolid</strong></p>
<p><strong>Petición al rey y aprobación de éste del trueque de unos vasallos de Barakaldo en Bizkaia por otros del Valle de San Vicente (Burgos), hecho entre don Pedro López de Ayala y el conde de Haro don Pedro Fernández de Velasco.</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><em>“Muy alto e muy poderoso príncipe rey e señor.</em></p>
<p><em>Vuestros servidores el conde don Pero Fernandes de Velasco, vuestro camarero mayor e Pero López de Ayala vuestro merino mayor de Guipuscoa besamos vuestras manos e nos encomenda­mos en vuestra merçed, a la cual plega saber que por entender que así conplía al bien de nosotros e de nuestras casas fesimos troque el uno con el otro y el otro con el otro, conbiene a saber:</em></p>
<p><em>Yo el dicho conde de cuarenta e tres vasallos solariegos en San Bicente e Santa Olalla e Villare­xo logares que son en el valle de Val de San Biçente que es en el obispado de Burgos e tresientos e ocho fanegas de pan de renta en la merindad de Burueba e tres mill e quinientos maravedís de juro de heredad de los que yo he de vuestra alteza para que los aya executados de aquella en las alcabalas de vuestra cibdad de Orduña. E yo el dicho Pero Lopes de las casas e monesterio e ferrerías e buertos e azeña e monte e benas e pastos e exidos e seles e de los guinze vasallos poblados e de los nuebe despoblados e de todas las otras cosas que yo avía e a mi pertenecía <strong><u>en el valle de Baracaldo</u></strong> que es en el condado de Viscaya.</em></p>
<p><em>[&#8230;] suplicamos a vuestra altesa &#8230; mande aprobar e confirmar dicho troque segund e por la forma que por nosotros fue fecho, porque para agora e para sienpre jamás a nosotros e a los que nos lo obiesen de aver e heredar &#8230;</em></p>
<p><em>Oue fue fecha e rogada esta dicha suplicación por los dichos condes de Haro e Pero Lopes de Ayala en la villa de Vrebiesca, a cinco días de nobienbre, año del nascimiento del nuestro Señor Jesuchristo de mill e cuatrocientos e cuarenta siete años. El conde Pedro.</em></p>
<p><em>[&#8230;] Don Juan por la gracia de Dios, rey de Castllla de León de Toledo de Galisia de Sevilla de Córdova de Murcia de Jaén del Algarve de Algesira, e señor de Viscaya e de Molina. Leí una petiçion a mí enbiada por don Pero Fernandes de Belasco, conde de Haro mi camarero mayor e del mi consejo e Pero Lopes de Ayala, mi merino mayor de Guipuscoa e mi alferes mayor del pendón de la mi dibisa, firmada de vuestros nonbres e sinada de escrivano público su tenor de la cual es éste que se sigue: [Se repite entera la petición del principio]. </em></p>
<p><em>La cual dicha petiçion suso encorporada por mí bista, mi mereed es de confirmar a aprobar e por la presente de mi vierta çiençia e poderío real absoluto confirmo e apruebo el dicho troque e canbio &#8230;</em></p>
<p><em>[&#8230;] Dada en la noble villa de Valladolid, a catorze días de desiembre, año del nasçimiento del nues­tro Salvador Jesuchristo del mill e cuatrocientos e cuarenta e siete años. Yo el rey. Yo el doctor Fernán Díaz de Toledo, oidor e refrendario del rey e su secretario, la fis escrevir por su mandado”.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>AHN, Sec. Osuna, Leg. 2287, Vol. 20, fols. 34 (Signado. Dice en las espaldas: al muy magnífico señor, mi señor el conde de Salvatierra, Garçía Sanches).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="51"><strong>8</strong></p>
<p><strong>&nbsp;</strong></td>
<td width="519"><strong>DE LOS LINAJES DE BARAKALDO, </strong></p>
<p><strong>Y DE DONDE SUCEDIERON Y SUCEDEN<a href="#_ftn9" name="_ftnref9">[9]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p>La tierra de <strong><u>Barakaldo</u></strong>, desde antiguo ha sido de la jurisdicción y señorío de la Encartación, pues lo era de Somorrostro y con ella montes y aguas y hierbas. Sin embargo, los montes fueron divididos en cuatro partes. Una, San Julián de Musques, otra Ciérvana, otra San Pedro de Santa Juliana la de Santurce, que está cerca de Portugalete y no estaba poblada. La otra fue Barakaldo, pero los prados y aguas y términos quedaron para todos, siendo Santurce la mayor población. Después, en el tiempo del Conde don Tello, Señor de Vizcaya, pasáronse los de Barakaldo a Vizcaya por el privilegio que ganaron del Conde por dinero y por poderío de Vizcaya. En esta tierra de Barakaldo, desde antiguo, <strong>hubo tres linajes: <u>Retuerto, Susunaga e Yraure</u></strong>.</p>
<p>El más antiguo es el de <strong><u>Retuerto</u></strong>, sucediendo a un caballero godo que pobló en Egilus, junto a Soloeta, y de este linaje sucedió don Galindo de Retuerto, que se casó con una hija bastarda de don Futund Sánches de Salcedo, Señor de Ayala. De ellos nació Juan Íñiguez de Retuerto, que se casó con doña María Sánchez, hija de Pedro Sánchez Porra de Muñatones. (&#8230;). Este Ferrero de Retuerto se casó con la hija de Gil Martínez, de Güeñes, y tuvieron a Juan Ibáñez de Retuerto y a Íñigo Sánchez, que fue bastardo, y que fue padre de Juan de Retuerto. Éste tuvo una hija de Ochoa Martínez de Retuerto, llamada doña Elvira, que se casó con Pedro Sánchez de Salazar. Tuvieron hijos e hijas, y tuvo este Ferrero otros hijos e hijas , de donde proceden muchos hombres de Retuerto. Y Juan Ibáñez, que casó en Terreros y tuvo hijos a Gil Martínez, que tuvo por hijos a Galindo de Retuerto, Ferrando de Llano y otros hijos e hijas, de donde suceden muchos.&nbsp; Este don Galindo de Retuerto hizo la tercera parte del monasterio de San Vicente de Barakaldo, y así su linaje hereda la tercera parte de él.</p>
<p><strong><u>El linaje de Susunaga</u></strong> viene de Galdames, de un hombre que vivía en Artecona, sobre San Pedro de Galdames (&#8230;) y un hijo de él pobló en Susunaga de Barakaldo y procreó allí y se casaron con el linaje de don Sancho López de Barakaldo (&#8230;) . Del que más se conoce es de Martín Sánchez de Susunaga, el Viejo, que tuvo hijos a Martín Sánchez y a Sancho Ortiz de Susunaga, de donde viene su linaje.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><u>El linaje de Yrauregi</u></strong> se funda del linaje de los Munsayos de Guipúzcoa, que vino a poblar Yrauregui e hizo allí su vivienda y procrearon allí y se casaron con la generación de don Lope González de Zorroza, hijo de don Álvaro de Zorra, que fue hijo mayor de don Pedro García Salcedo y este don Lope González, hizo el tercio del Monasterio de San Vicente de Barakaldo y de estos de Yrauregui, del que hay más memoria es de Rodrigo de Yrauregui, que se casó con la hija de Ferrand Sánchez de Bañales y tuvieron a Ruy Sánchez de Landaburu y a Juan Ferrandes de Zubileta y a Ferrando Íñiguez de Yrauregui y a Doña Inés de Zubileta y a la mujer de Íñigo Sánchez de Retuerto. (&#8230;)</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="47"><strong>9</strong></td>
<td width="522"><strong>CARTA DE ARRENDAMIENTO DEL PATRONAZGO: 1520<a href="#_ftn10" name="_ftnref10">[10]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>“Sepan cuantos esta carta de arrendamiento vieren cómo yo Lope Garcia de Salazar, preboste de la villa de Portogalete e patrón de la iglesia de <strong><u>Sant Biçente de Varacaldo</u></strong> conosco e otorgo por esta presente carta que de mi propia e libre voluntad sin premia alguna arrendo e dov en renta a vos Diego de Çaballa, morador de Arrapeta vesino del concejo de Sant Viçente de Varacaido que estades presente la terçia parte que yo he e tengo e me pertenesçe en los diezmos que yo tengo en la dicha anteiglesia de Sant Viçente de Varacaldo así de fruta trigo e vorona e vino e ganado e de otras cualesquier cosas que en el dicho conçejo se diezman e a mí pertenesçen. Los cuales dichos diezmos vos arrento e doy en renta por tienpo e espaçio de seis años conpli­dos primeros seguientes en que se cuenta uno de los dichos seis años este presente año de mill e quinientos e veinte años en que agora estamos e se cunpliran en el año venidero de mill e quinientos e veinte e çinco años, el cual dicho arrendamiento vos fago en la forma sobredicha e para que vos el dicho Diego e otra cualquier persona en vuestro nonbre e para vos podades cojer e recabdar todos los dichos trigo e vino e otras cosas que a mi pertenescen por razón de los dichos diezmos.</p>
<p>Los cuales vos doy en el dicho tiempo por presçio de çient ducados de oro e de peso que por la dicha renta de los dichos seis años me avedes dado e entregado en dineros contados, e además de lo susodicho por cuanto para la tabla de los clérigos benefigiados de la dicha iglesia me cabe a pagar la terçia parte de dos mill maravedís en cada un año que son seisçientos e sesenta e seis maravedís e cuatro cornados de manera que todo 10 que bos pagáredes en estos dichos seis años por la dicha tabla a los dichos clérigos e más seisgientos e sesenta e seis maravedís e cuatro cornados que los avedes de pagar a los dichos clérigos por el año pasado de mi e quinientos e diez e nuebe años. Por ende digo e quiero e otorgo e consiento que lo que así pagáredes os descontaré e recibiré en cuenta e pagaré en la renta de los dichos diezmos del año de mill e quinientos e veinte e seis años.</p>
<p>[&#8230;] Que fue fecha e otorgada esta carta de arrendamiento en la villa de Portogalete, a treinta días del mes de junio, año del nasçimiento de nuestro Salvador Jesuchristo de mill e quinientos e veinte años. A lo cual fueron presentes por testigos rogados e llamados para ello que vieron otorgar esta dicha carta de arrendamiento al dicho Lope Garçia de Salazar e le vieron fiemar en el registro oregi­nal, Iñigo de Aguirre e Martín abad de Llano clérigo, veçinos del dicho conçejo de Sant Bizente de Baracaldo e Juan de La Cuadra, criado del dicho Lope Garçia de Salazar [&#8230;]”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>ARCH, Sala de Vizcaya, Pleitos Civiles, Pleito Sucesorio sobre Martín de Muñatones, Caja 1570, Vol. C, f.&nbsp; CCCCXLIII y ss.</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="47"><strong>10</strong></td>
<td width="522"><strong>INCARDINACIÓN EN LA DIÓCESIS DE SANTANDER: 1754<a href="#_ftn11" name="_ftnref11">[11]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;Tomado de Labayru, VI</p>
<p>“La bula apostólica para esta creación se expidió por Benedicto XIV en Roma, el día 12 de Diciembre de 1754. [&#8230;]</p>
<p>El territorio que se aplicó á la diócesis de Santander fue desde Murieta, confín del arzobispado de Burgos con el obispado de Calahorra, hasta Liébanes; esto es, los valles de Angulo, Mena Mayor y Menor,<em> Balmaseda, Sopuerta</em>, <em>Arcentales, Portugalete, Valle de Salcedo,</em> <em>Somorrostro, <strong><u>Baracaldo,</u></strong> Carranza, </em>Castro Urdiales, Junta de Samano, <em>Galdames, Trucios, </em>Guriezo, Liendo, Laredo, Santoña, Treto, Jibaja, Soba, Ruesga, Rasines, las merindades de Trasmiera, las Juntas de Voto y Cesto, las de Parayas y de Cudeyo, Carriedo, Toranzo, Cayón, Iguña, Camargo Mayor y Menor, San­tillana, San Vicente de la Barquera, Cabuérniga, Cabezón, Buelna, Montes de Pas, Aeza, Vicarías, Anieva y otras hasta Pie de Concha.</p>
<p>[&#8230;] Desde esta fecha las Encartaciones de Bizcaya, separadas de la jurisdicción del prelado burgense, pasaron a pertenecer a la Diócesis de Santander hasta la erección de la Sede de Vitoria”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>(NOTA: la Diócesis de Vitoria&nbsp; abarcaba todas las parroquias de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa, dispersas, hasta el momento, en las diócesis de Calahorra, Pamplona, Santander y Burgos&nbsp;; fue creada por el Papa Pío IX en sus Letras apostólicas “In celsissima” de 8 de setiembre de 1861, ejecutadas por decreto de 28 de Abril de 1862. Fue creada como sufragánea de la arquidiócesis de Burgos. Posteriormente, 12 de Mayo de 1951, se desmembrarán las diócesis de San Sebastián y Bilbao. Barakaldo se integrará en la de Bilbao).</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="47"><strong>11</strong></td>
<td width="522"><strong>DESAVENENCIAS ENTRE EL CONCEJO de BARAKALDO y LOS MERCEDARIOS: 1799</strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>En las desavenencias surgidas en estos últimos años entre la memorada anteiglesia de Barakaldo y los religiosos mercedarios de Burceña sobre un plantío de arbolado, ­con intervención del jurisconsulto y consultor del Señorío D. Francisco de Aran­guren y Sobrado, se llegó al acuerdo que éste propuso y fue el siguiente:</strong></p>
<p><strong>&nbsp;</strong></p>
<p>“1.- En los términos comunes en que los vecinos pueden hacer plantíos de ár­boles, el convento de Burceña podría hacer también al año hasta el número de dos­cientas plantaciones.</p>
<p>2.- Si el convento porque tenía proporción de plantones ó por otro motivo cualquiera que fuese, quisiese plantar en un año más de los doscientos referidos en el capítulo antecedente, podría hacerlo con tal de no pasar de cuatrocientos; pero en el año inmediato solamente podría plantar el resto que hubiese de plantar para comple­tar el número de cuatrocientos en el año anterior; de manera que, por ejemplo, en un año plantó trescientos, en el inmediato no podría plantar más de los cien que faltaban para completar los cuatrocientos correspondientes a los dos años.</p>
<p>3.- Si en algún tiempo dejase el convento de plantar parte ó el todo de los doscientos plantones, en el inmediato podría completar los cuatrocientos de los dos años.</p>
<p>4.- En virtud de estas plantaciones el convento no podría adquirir derecho al­guno en los terrenos comunes: solamente los árboles plantados serían suyos, y la tierra, como lo demás que ésta produjera naturalmente, sería del común.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>5.- En los bortales y madroñales comunes que produjesen leña ni el conven­to ni los vecinos en particular podrían hacer plantación de arbolado.</p>
<p>6.- Se pagarán al convento las costas causadas con motivo de la criminalidad pendiente en testimonio de Juan Antonio de Zornoza sobre el corte de varios planto­nes y árboles que se hizo en el año próximo pasado, y además se le satisfará también la cuarta parte de los daños causados en dicho corte, bien entendido que en estos daños no se comprenden los cajigos que por haber plantado el convento en paraje de madroños o bortales arrancaron los vecinos y los dejaron con las raices arriba, de manera que el pueblo ni los vecinos habían de tener responsabilidad alguna por este hecho.</p>
<p>7.- Si entre las heredades y tierras de pan sembrar que actualmente posee el convento hubiese alguna porción que hubiese sido del común, no se hará novedad y quedará como si fuere suyo, entendiéndose sin que sirva de ejemplar para lo sucesivo, supuesto que ninguno por su propia autoridad puede apropiarse los terrenos comunes.</p>
<p>8.- En cuanto a la isleta y pesquera, se nombrarán dos peritos, por el pueblo uno y por el convento otro, para que con presencia de los documentos relativos al asunto, reconozcan, declaren y pongan los mojones donde correspondan si están con­formes. Y en caso de discordia se nombrará un tercero y se pasará por la declaración de éste, sin que se pueda reclamar por ninguna de las partes judicial ni extrajudicialmente.</p>
<p>9.- De este modo se dan por transigidas, fenecidas y acabadas, así dicha cau­sa criminal como todas las diferencias pendientes entre los contratantes”.</p>
<p>Aceptadas por el pueblo y el convento del Buen Suceso de Burceña este capitu­lado, intervinieron en una escritura, pasada ante el escribano Lorenzo de Abásolo, al año siguiente, los fieles de Baracaldo D. Asensio de Lezama y D. Pedro de Escari­za y otros vecinos propietarios de la anteiglesia y el comendador Fr. José Rodríguez, el presidente Fr. Pedro de Lezama, el vicario del convento Fr. Benito Esteves, fray Joaquín de Espina (presentado), Fr. Celedonio de Elguera y otros, obligándose todos a cumplir y ejecutar este convenio.</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="47"><strong>12</strong></td>
<td width="522"><strong>CONTRA LA SUPRESIÓN DE MERCEDARIOS: 1821<a href="#_ftn12" name="_ftnref12">[12]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>“El Ayuntamiento Constitucional de la Anteiglesia de Baracaldo se ha llenado de consternación cuando ha sabido el decreto comunicado por el Ministerio de la Gobernación de la Península al Jefe político de Vizcaya para suprimir el con­vento de religiosos mercenarios de Burceña de quienes reciben casi exclusiva­mente sus vecinos el pasto espiritual, la instrucción moral y literaria de sus hijos, y el consuelo de sus conciencias; y en medio de su dolor no tiene otro alivio que la firme confianza de que la rectitud de V.M. se dignará revocar el mencionado decreto, y enjugar las lágrimas de estos fieles habitantes.</p>
<p>Consta esta Anteiglesia de 600 vecinos diseminados en diversos barrios que ocupan cuatro leguas de circunferencia, y que obligados a regar con el sudor dia­rio el ingrato terreno que los mantiene no pueden concurrir a la parroquia para cumplir las sagradas obligaciones de la religión. De los cuatro eclesiásticos secu­lares a que está reducido su Cabildo uno es septuagenario, otro además de estar muy achacoso pasa de 60 años, otro no está todavía ordenado de Presbítero, y el restante se halla actualmente recluido por providencia del tribunal competente; y esta veracísima narración demuestra evidentemente la absoluta necesidad que hay de mayor número de operarios evangélicos para conservar y cultivar las semillas de la augusta religión que han heredado de sus mayores. Les religiosos del con­vento de Burceña lo han hecho hasta ahora con un celo, exactitud y constancia dignos de eterna gratitud de estos moradores, porque no contentos con adminis­trarles los santos Sacramentos de la penitencia y de la Eucaristía, explicarles la doctrina cristiana en el discurso del año y muy especialmente en la Cuaresma, ins­truir gratuitamente a la juventud en las primeras letras y en la Filosofía, y cele­brar en su Iglesia número competente de misas para la comodidad de los vecinos más inmediatos a ella, destinan todos los días festivos 4 sacerdotes para que las digan en las 4 ermitas muy distantes en donde concurren sin incomodidad todas las personas que no podrían venir al Convento sin abandonar sus casas y perder el trabajo en que cifran su subsistencia.</p>
<p>Estas circunstancias, y la terminante disposición del art. 17 de la ley de 25 de Octubre del año próximo pasado inspiraron al Ayuntamiento la dulce esperanza de que V.M. no desatendería la sumisa súplica que le dirigió en 7 de diciembre inmediato, cuya copia acompaña adjunta; porque a nadie debía aplicarse con mayor justicia que a Baracaldo el precepto de conservar en los pueblos donde no haya más de un convento el que tenga 12 religioso, ordenados in sacris, aunque aquella esperanza se ha desvanecido inopinadamente, todavía le resta al Ayuntamiento la de que V.M. se dignará de escuchar sus respetuosos clamores mandando que se deshagan o rectifiquen las equivocaciones que verosimilmente habrán dado lugar a la supresión del Convento de Burceña.</p>
<p>Estas no pueden consistir más que en los dos hechos que el mencionado art. 17° exige para la subsistencia de los que no lleguen al número de 24 individuos ordenados in sacris, pues supuesta la certeza de entrambos, no pueden parecer posibles el olvido o la inobservancia de que lo mismo previene; y para ilustrarlos debe el Ayuntamiento exponer a V.M. que el Convento del Desierto, aunque pró­ximo a Baracaldo no está dentro de su término, ni pertenece a la misma Diócesis, ni por consecuencia puede el R. Obispo de Calahorra disponer de los religiosos para apacentar sus ovejas; y si bien es cierto que los doce sacerdotes de que cons­ta el convento de Burceña no residen en él de continuo, esto depende de haber destinado el mismo R. Obispo a cinco de ellos para la asistencia espiritual de otros tantos conventos de monjas de la misma orden comprehendidos en su terri­torio, lo cual no puede ser obstáculo para la subsistencia del de Burceña cuyos Religiosos están estrechamente obligados a obedecer las providencias de su Prelado legítimo, ni perjudicar al vecindario de Baracaldo que ni tiene facultad para resistirlas, ni sufre ningún detrimento en que dejándoles los necesarios para su servicio espiritual, se consagren los demás a un ministerio tan importante que, suprimido el convento, tendrían que desempeñar otros tantos presbíteros secula­res que tanto escasean en esta Provincia.</p>
<p>Dignese pues V.M. de mandar que se acrediten estos hechos, si su obscuridad o equivocación han sido la causa de suprimir el convento de Burceña, y de condescender a la reverente súplica del ayuntamiento, que obligado a promover el bien espiritual de sus vecinos por cuantos medios están en la esfera de sus atri­buciones.</p>
<p>Suplica sumisamente a V.M. sirva suspender el decreto de supresión expedi­do por el Ministerio de Gobernación de la Península, y mandar se cumpla pun­tualmente el art. 17° de la citada ley de 25 de octubre en que está indudablemen­te comprehendido cl convento de Burceña. Así lo espera el Ayuntamiento de la notoria piedad y rectitud de V.M. cuya C.R.P. conserve Dios ntro. Sr. muchos años en la mayor prosperidad para bien de la Monarquía”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td width="50"><strong>13 </strong></td>
<td width="522"><strong>ERECCIÓN DE NUEVAS PARROQUIAS: 1946<a href="#_ftn13" name="_ftnref13">[13]</a></strong></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Carta Pastoral del Excmo. y Rvdmo. Sr. Carmelo Ballester Nieto, Obispo de Vitoria, dirigida a</strong><strong> los fieles de la muy noble y muy leal Anteiglesia de Baracaldo sobre la erección de cuatro nuevas parroquias en la de San Vicente Mártir, de Baracaldo.</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Mis muy queridos baracaldeses:</p>
<p>Siento una muy honda alegría al tomar la pluma para comunicarme con vosotros, siéndome muy grato el poder deciros, que deseaba ardientemente que llegara esta ocasión, para poderos dar una prueba pública del afecto muy especial que os profeso.</p>
<p>Desde que tuve la dicha de conoceros, me di perfectamente cuenta del magnífico espíritu que a vosotros os anima, lleno todo él de entusiasmo, amor al trabajo y generosidad.</p>
<p>Si nos referimos al aumento general experimentado por la población de Baracaldo en los últimos setenta años, veremos que casi en su totalidad, ha recaído, dicho aumento sobre la Parroquia de San Vicente, como lo demuestran las cifras que siguen: año 1877, censo total de Baracaldo, 4.360; 1887,8. 032; 1897, 13.300; 1900, 15.013; 1910, 19.240; 1920, 27.404; 1930, 34.009; 1940, 36.335; 1946, 37.451.</p>
<p>Este extraordinario crecimiento de la Muv Noble y Muy Leal Anteiglesia de Baracaldo empieza a manifestarse a raíz de haberse establecido en las marismas del río Nervión y del río Galindo, en el año 1854, la fábrica de Nuestra Señora del Carmen, que en el año 1.882 se denominó Altos Hornos y Fábrica de Hierro y Acero de Bilbao, trasformada en 1.902 en la potente industria que hoy se llama Hornos de Vizcava, creadora principal del progreso material de Baracaldo, pues a su calor se establecieron innúmeras industrias de todas clases, siendo también autora de importantes obras culturales y religiosas, que han contribuido a paliar algún tanto la gravedad del problema espiritual, aumentada constantemente por el incesante incremento de la población, consecuencia lógica del establecimiento en Baracaldo de tan poderosa industria y de las demás creadas a su sombra. Pero el progresivo crecimiento de la población de la Anteiglesia y el rápido ritmo con que se había procurado resolver los problemas de índole material, no fue acompañado por el aumento de templos que atendieran a las necesidades de las almas, cada día más numerosas.</p>
<p>De donde dos aspectos, de características igualmente graves, ofrecía este problema, incesantemente agudizado como queda dicho: el de la escasez e insuficiencia de templos, que por su número y capacidad pudieran satisfacer las necesidades del culto del culto, siempre creciente y el de las dificultades e incomodidad para la vida cristiana y actos parroquiales de la mayoría de la población, motivados por la distancia a que está situado el único templo parroquial existente.</p>
<p>La solución definitiva en el primer aspecto, sólo podía lograrse con la erección de nuevos templos parroquiales, que por su amplitud, tanto en el casco de la Anteiglesia como en los barrios, dieran acogida a todos los baracaldeses deseosos de beber en las puras fuentes de la fe. Gracias a ­Dios, ya se está muy cerca de llegar a esta solución, con los nuevos templos de San José y del Buen Pastor, terminados e inaugurados: el primero en el centro de Baracaldo, no muy lejos del sitio donde desde 1.891 se halla enclavado el Ayuntamiento y el segundo en el barrio de Luchana; con un tercero, ­el del Sagrado Corazón de Jesús, en el barrio de Retuerto, próximo a terminarse, construido enteramente a expensas de D. José María Gara; y con el de la Natividad de Nuestra de Nuestra Señora, que se proyecta erigir en Burceña. Con entusiasmo hago míos en este momento los sentimientos de agradecimiento que el Rvdo. Párroco de San Vicente, en su exposición pidiendo la división parroquial, tributa, al tratar de los nuevos templos, al pueblo de Baracaldo, al Ayuntamiento y particularmente a su Alcalde, a D. José María Garav, y a las grandes empresas de la ciudad.</p>
<p>Pero para resolver el segundo se imponía una nueva división parroquial, que tuviese en cuenta las distancias, el continuo aumento del número de habitantes de la demarcación urbana y que hiciese más fácil, a la vez que más intensa, la vida parroquial de los católicos baracaldeses.</p>
<p>Esta división parroquial ya es un hecho. Hemos firmado el correspondiente Decreto en el día de hoy, 27 de Octubre, fiesta de Cristo Rey.</p>
<p>De la Parroquia de SAN VICENTE MARTIR, que ostentará en adelante el título de Matriz y que, lo más pronto posible, en el momento propicio, elevaremos a la categoría de Término, hemos desmembrado el terreno suficiente para construir cuatro nuevas Parroquias que tendrán por títulos: el de SAN JOSE, en el barrio del Desierto; el del BUEN PASTOR, en el barrio de Luchana; el del SAGRADO CORAZON, en el barrio de Retuerto; el de la NATIVIDAD DE NUESTRA SEÑORA, en el barrio de Burceña.</p>
<p>Eclesiásticamente, el término Municipal de Baracaldo queda en adelante organizado de la siguiente manera: San Vicente Mártir (9282 habitantes); San José (Desierto) 14.282; Buen Pastor (Luchana) 4595; Natividad de Nuestra Señora (Burceña) 3.130;</p>
<p>Sagrado Corazón de Jesús (Retuerto) 2.821; San Bartolomé (Alonsotegui) 2534 y San Roque: 812.</p>
<p>&nbsp;Hay que tener en cuenta que en las cinco primeras Parroquias, el crecimiento de habitantes será, por lo menos durante varios años, acelerado, debido a las nuevas industrias que se organizan constantemente dentro del territorio de las mismas.</p>
<p>No ocurre así con las dos últimas, sobre todo con la del Regato, separadas de Baracaldo y entre ­sí por una distancia de varios kilómetros.</p>
<p>Mis queridos baracaldeses: Que el Señor os anime y conforte vuestro espiritu. Que la nueva división parroquial de la Muy Noble y Muy Leal Anteiglesia de Baracaldo, organizada para atender con el mayor esmero a vuestras almas, os abrace cada vez mas a la Cruz redentora y haga de vosotros&nbsp; cristianos fervorosos, cumplidores exactos de los preceptos de nuestra sacrosanta Religión.</p>
<p>&nbsp;Y en prenda del especial afecto que os profeso, os bendigo en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo.</p>
<p>Vitoria, 27 de Octubre de 1946. Fiesta de Cristo Rey.</p>
<p>+ CARMELO, OBISPO DE VITORIA.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="#_ftnref1" name="_ftn1">[1]</a> CÓDICE del ARCHIVO del HOSPITAL de TALAVERA</p>
<p><a href="#_ftnref2" name="_ftn2">[2]</a>30 DE ENERO DE 1051. <strong>CARTULARIO DE SAN MILLÁN </strong>[38], N.º 279, PÁGS. 271-272.</p>
<p><a href="#_ftnref3" name="_ftn3">[3]</a> Tomado de Iturriza</p>
<p><a href="#_ftnref4" name="_ftn4">[4]</a> <strong>QUITOS:</strong> Libres, exentos; <strong>PECHOS</strong>: Tributo por razón de bienes o hacienda; <strong>VEREAS: VEREDAS:</strong> Posiblemente el deber de contribuir con trabajo a la construcción y reparación de los caminos y puentes del Señorío; <strong>FONSADERAS</strong>. Tributo que se pagaba para los gastos de la guerra; <strong>OTURAS</strong>: Impuesto a pagar por el tránsito de mercancías; <strong>MANERIAS:</strong> Posiblemente deudores; <strong>HOMEClELLO:</strong> Rencor, odio; multa o impuesto que se tenía que pagar por matar o herir a alguien; <strong>CALOÑAS</strong>: Pena pecuniaria; calumnia; indemnización que se satisfacía por el homicidio cometido contra un noble o contra un hombre libre; <strong>SEL:</strong> Zona de pasto de forma redonda y medidas determinados; <strong>ALFOZ:</strong> Antigua división administrativa y judicial intermedia entre el municipio, la provincia y la vecindad; <strong>PECIO.</strong> Derechos que el señor del puerto de mar exigía de las naves que naufragaban; <strong>DIEZMOS:</strong> Parte de la cosecha, regularmente la décima, que pagaban los fieles a la iglesia para su mantenimiento.</p>
<p><a href="#_ftnref5" name="_ftn5">[5]</a> Tomado de Iturriza</p>
<p><a href="#_ftnref6" name="_ftn6">[6]</a> Tomado de Sabino Aguirre “Las dos primeras crónicas de Vizcaya”</p>
<p><a href="#_ftnref7" name="_ftn7">[7]</a> Tomado de Andrés Mañaricúa “El Convento Mercedario de Burceña”</p>
<p><a href="#_ftnref8" name="_ftn8">[8]</a> Tomado de Sabino Aguirre “Lope García de Salazar”</p>
<p><a href="#_ftnref9" name="_ftn9">[9]</a> Lope García de Salazar, “Bienandanzas &#8230;” (1) 1470?</p>
<p><a href="#_ftnref10" name="_ftn10"></a>&nbsp;[10]Tomado de Sabino Aguirre “Lope García de Salazar. El primer historiador” p.448</p>
<p><a href="#_ftnref11" name="_ftn11">[11]</a> Tomado de Labayru, VI</p>
<p><a href="#_ftnref12" name="_ftn12">[12]</a> Tomado de “San Vicente de Barakaldo”, p. 277</p>
<p><a href="#_ftnref13" name="_ftn13">[13]</a> Tomado de &nbsp;“Lutxana” p. 116</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>La metalurgia prehidráulica del hierro en Bizkaia (los alrededores del pantano de Oiola (Trapagarán, Bizkaia) (II)</title>
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		<pubDate>Wed, 03 Jun 2026 06:53:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
		<category><![CDATA[Industria]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="259" height="194" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/09/abcd-4.jpg?fit=259%2C194" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" data-attachment-id="8858" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/romeria-de-san-bernabe-castanos/abcd-7/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/09/abcd-4.jpg?fit=259%2C194" data-orig-size="259,194" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="abcd" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/09/abcd-4.jpg?fit=259%2C194" /></div><p><strong>3.- Inquietudes de todo arqueometalurgista</strong></p>
<p>Son muchas las interrogantes que plantea este antiguo sistema de producción. Por una parte, los relativos a los lugares de producción y las técnicas empleadas: ¿Cuáles eran los factores de su localización geográfica? ¿Cómo era el proceso de fundición del mineral? ¿Qué organización espacial de los lugares de trabajo suponía? ¿Cómo era la estructura física de los hornos?, etc.</p>
<p>Están por otra parte, las cuestiones relativas a la organización social ligada a la metalurgia. Pero, a pesar de que su respuesta es uno de los objetivos últimos de nuestras investigaciones, el estado actual de las mismas no nos permite más que dejarlas planteadas; en espera de que las evidencias materiales nos den ciertas pistas en este sentido: ¿Quiénes eran los que lo producían? (gentes foráneas o indígenas, mano de obra especializada o no) ¿Cuál era la forma de propiedad y control de los recursos? (comunal o privada, controlada por los jefes de los linajes o por agentes externos a la propia comunidad) ¿Pudo la actividad ferrona ser un elemento de ruptura de la estructura social precedente? (por ejemplo, produciendo una nueva y diferente valoración del espacio y una rejerarquización del mismo, etc.).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>4.- intento de respuesta a los problemas planteados</strong></p>
<p>4.1. <u>Pautas de trabajo</u></p>
<p>Centrándonos por tanto en el primer grupo de preguntas, partimos de la hipótesis de trabajo, de que existieron unas similitudes básicas en el proceso de elaboración del hierro entre los países europeos en los que se vienen realizando investigaciones arqueometalúrgicas y nuestro territorio histórico.</p>
<p>En primer lugar, expondremos por tanto brevemente, estos puntos de partida de nuestra investigación y en segundo lugar mostraremos nuestros resultados, tratando de confrontarlo con el esquema teórico previo. Nos hemos planteado ver en qué medida las evidencias encontradas encajaban con las hipótesis de trabajo previas, es decir, con los procesos teóricos aceptados como generales. De lo contrario, trataríamos de señalar los aspectos originales o particulares que nuestros resultados ofreciesen con relación a los esquemas teóricos.</p>
<p>4.2. <u>Factores de la localizacion geografica</u></p>
<p>La radicación de estos talleres puede estar motivada por una serie de factores que los ferrones consideraban como básicos a la hora de realizar el proceso de producción:</p>
<p><em>Abundancia de Combustibles vegetales: s</em>in duda, el carbón vegetal fue un condicionante de primer orden a la hora de ubicar estas ferrerías de monte. Recientes experimentos demuestran que eran necesarios 100 Kg. de carbón vegetal para la obtención de 1 Kg. de hierro. Este dato, puede hacemos comprender la importancia de este elemento, tal vez mayor que la del propio mineral, como afirma P. CREW. En OIOLA IV (Trapagarán, Bizkaia) hemos comprobado la utilización de piedras areniscas en las estructuras de los hornos, material éste muy idóneo para soportar altas temperaturas, más refractario que las calizas.</p>
<p>Indicamos también la posibilidad de recurrir a otros métodos que ayudarán al arqueólogo a la determinación de su emplazamiento, tales como: prospección geofísica, fotografía aérea, topónimos indicativos, información documental, tradición</p>
<p>oral local, etc.</p>
<p>4.3. <u>El proceso de producción del hierro prehidráulico</u></p>
<p>Vamos a exponer brevemente, ese proceso teórico basándonos en los estudios realizados por los arqueometalurgistas de varios países europeos (Francia, Gran Bretaña, Alemania&#8230;) donde los trabajos de investigación en este campo están plenamente consolidados.</p>
<p>a.- MINERIA</p>
<p>Los diversos tipos de minerales que se podían usar en este tipo de metalurgia son los siguientes: Los relativamente puros como el óxido rojo, HEMATITES (Fe20 3H20) la goetita (FeO-OH) y la forma hidratada LIMONITA (Fe20 3H20), los cuales contienen una alta proporción de hierro y se encuentran libres de azufre y fósforo. El óxido magnético, MAGNETITA (Fe30 4) o «piedra imán» y el carbonato, SIDERITA o mineral espático (FeC03) pueden ser también trabajados. Los minerales sulfurosos, PIRITAS o MARCASITAS (FeS2) y PIRROTITA (Fe7S8) son los menos atractivos para la elaboración del hierro por la presencia del azufre. Por lo que a los alrededores del pantano de Oiola se refiere, los principales minerales de la zona son los óxidos y los Carbonatos.</p>
<p>Esto nos hacía suponer que serían los óxidos los utilizados en el proceso, por su localización y por la metalurgia menos elaborada que requería. Esta hipótesis ha sido confirmada por el Centro Tecnológico de Materiales INASMET (San Sebastián), donde se ha podido deducir el mineral empleado para la fabricación del hierro.</p>
<p>Los análisis indican que debió ser un óxido anhídrido con un contenido alto de hierro, por encima del 60% y una ganga formada por carbonatos de Magnesio y Calcio.</p>
<p>b.- PREPARACION DEL MINERAL</p>
<p>Arqueometalurgistas como R.F. TYLECOTE; J.P. MOHEN; e investigadores como H. HODGES, apoyados en la Arqueología experimental piensan que para disminuir el consumo de carbón vegetal, los antiguos ferrones procedían al lavado del mineral para eliminar la ganga (arcillas, arena, caliza &#8230;) previo troceado.</p>
<p>En Oiola IV, en este sentido, hemos localizado en el arroyo de las Cárcavas cercano a este yacimiento, restos de materia prima que consideramos pudo utilizarse para abastecer los hornos. Por esta razón, estas instalaciones se ubicaban en las proximidades de los ríos y arroyos. Según Marc LEROY et allí los datos hidrográficos son a menudo considerados como determinante para fijar la ubicación de este tipo de actividad.</p>
<p>Seguidamente, el mineral era tostado hasta unos 500º C con el objeto de expulsar el agua, enriquecer el mineral liberando una parte del oxígeno, de cara a que quede bien fisurado, poroso y permeable a los gases reductores.</p>
<p>c.- FUNDICION</p>
<p>La tradición metalurgista y los conocimientos generalmente aceptados nos dicen que una vez el mineral seco, se disponía éste en el interior de los hornos en capas alternativas de carbón y de hierro. Se daba fuego al carbón el cual ardía en una atmósfera reductora que tomaba el oxígeno del mineral. Los ferrones conocían este fenómeno por el color de la llama que se producía en la boca del horno. Así una llama azul indicaba una atmósfera reductora. Tampoco debemos olvidar, como nos indica P. ANDRIEUX la existencia de una vía sensitiva o intuitiva que incluiría otros conocimientos especialmente prácticos (Tacto, olores, sonidos &#8230; ). De esta manera, el óxido de hierro es reducido a hierro metálico por el monóxido de carbono (CO) producido en la combustión incompleta del carbón vegetal. Son varias las reacciones que se pueden producir en el interior de un horno y no va a ser su análisis el objeto de este artículo.</p>
<p>Sí podemos indicar que partiendo del mineral de hierro utilizado en OIOLA <em>N, </em>pensamos que las reacciones de reducción que se produjeron en el interior de los hornos fueron las siguientes. Fe2 03 2C + 3CO &#8212; 2Fe + 3C02 + 02&#8211; 2C02</p>
<p>El Carbón vegetal, adquiere una gran importancia, debiendo ser seleccionado cuidadosamente, ya que su uniformidad, dureza, velocidad de combustión, porosidad y tamaño de los trozos tienen una especial influencia en el resultado de la fundición. No hay que olvidar que el anhídrido carbónico que se libera del carbón vegetal al arder es el responsable de suministrar el calor y el gas esencial para reducir el mineral de hierro.</p>
<p>Respecto a la temperatura de fusión del mineral las experiencias realizadas de reducción, indican que ésta oscila entre los 1.100º C y los 1.250º C. Por debajo de los 1.100º C, el hierro puede ser obtenido, aunque presenta gran cantidad de impurezas, subsanadas por un trabajo prolongado de forja.</p>
<p>Parece ser que muchos hornos disponían de fuelles denominados por los arqueometalurgistas como ventilación artificial, para avivar la temperatura en el interior del horno. Aunque también pueden existir otros modelos de hornos de tiro natural. Otro aspecto importante determinado a través del análisis de las escorias, es la posible utilización de fundentes en el proceso de obtención del hierro. Es sabido que la sílice es la principal impureza presente en los minerales de hierro y que la presencia de cualquier fundente (Cal, Oxido de Sodio, Alumina) promueve la formación de escorias con menor contenido de FeO, obteniéndose principalmente Fayalita (Fe2Si04) y cristal. Por su parte, la presencia de Manganeso en cantidad suficiente provocaría la presencia de escoria (Mn0Si02).</p>
<p>Para R. PLEINER la presencia de fundentes calizos (CaO) en un 16-17% puede indicar una técnica de reducción bastante avanzada y señala que no hay pruebas de fundentes calizos usados antes de la Edad Media en Centro Europa.</p>
<p>Como avance de los primeros análisis químicos efectuados sobre muestras de escorias tomadas en el yacimiento de 010-LA <em>N </em>(de cronología Alto Medieval, s. XI-XIII) muestras</p>
<p>2E, 3E, 8E y 51E y de OIOLA II (de cronología Bajo Imperial romana, s. III), muestras lE y 1 lE, podemos deducir que no hemos observado ningún cambio significativo en el proceso de reducción. Consideramos que a nivel general, los resultados de las escorias de los dos grupos son bastante coherentes y no se deduce la presencia de fundentes, tal vez algo de Alumina entre el 2-5,6%.</p>
<p>Podemos indicar la existencia de dos tipos de escorias:</p>
<ol>
<li>a) Por una parte, un tipo de muestra porosa, muy desmenuzable con superficies rugosas en todas sus caras, e incrustaciones de carbón de madera y muy ricas en hierro. Su densidad es bastante baja y SON MAGNETICAS.</li>
<li>b) Por otra parte, escorias de aspecto colado cuya rotura muestran una pasta homogénea negra y brillante, a veces sin ninguna porosidad o a lo sumo pequeños alveolos milimétricos y regularmente repartidos. NO SON MAGNETICAS y contienen mucho sílice.</li>
</ol>
<p>Hay una muestra de pared analizada (OIOLA IV 8E) que proviene del revestimiento de una cuba que no hemos podido determinar. Este tipo de muestras son muy ligeras, con una estructura bastante homogénea y porosa. NO SON MAGNETICAS.</p>
<p>Su composición química nos muestra que se trata de una mezcla de arcilla y sílice. El aspecto exterior es bastante regular y la aparición de reflejos verde pálido en su superficie, confirma que ha sido sometido a altas temperaturas. El aprovechamiento del mineral en ambos grupos (OIOLA IV y OIOLA II) era muy escaso, por ser los porcentajes de hierro residual muy altos (60-71 % Fe20 3).</p>
<p>Respecto al análisis metalográfico en lámina delgada realizado sobre la muestra 51E (14), perteneciente a la primera categoría de muestras de escorias nos hace pensar en una fase de aglomeración de los productos (nódulos de hierro, pedazos de mineral no reducidos y ganga) típicos del proceso de reducción.</p>
<p>d.- PRIMERA FORJA</p>
<p>La esponja de hierro o «Bloom» retirada del horno es martillada para expulsar las escorias y el carbón vegetal que contiene, permitiendo así la unión de las moléculas de hierro. Inclusiones de escorias, óxidos y otras impurezas son comunes en los primitivos hierros forjados y son por lo general, una fuente potencial de debilidad. Con el trabajo de forja</p>
<p>se pretende que el hierro adquiera una estructura fibrosa que lo prepara para su posterior conformado.</p>
<p>En OIOLA IV hemos comprobado la existencia de pequeñas geodas vítreas de reducidas dimensiones que provienen según Marc LEROY de la salpicadura de la escoria en la operación de depuración del «Bloom».</p>
<p>e.- CEMENTACION</p>
<p>Ese hierro forjado podía ser convertido en acero al permitir la absorción de carbono. Este proceso, también conocido como fase de carburación, consiste en elevar la temperatura</p>
<p>de ese hierro forjado a 900º C y mantener el hierro cubierto de carbón. La operación es lenta, ardua y cara dado que durante varias horas los fuelles deben estar trabajando y utilizar suficiente carbón vegetal como para mantenerlo cubierto.</p>
<p>Análisis efectuados a utensilios de hierro, realizados por G. Me. DONELL indican que el acero templado fue usado para los instrumentos cortantes, mientras que el hierro ferrítico y fosfórico fue utiizado para fabricar otros utensilios. El fósforo, no común entre los minerales de hierro de Bizkaia, suele ser considerado como un elemento a erradicar en la moderna metalurgia, pero podría ser apreciado en la antigüedad debido a sus propiedades de dureza.</p>
<p>f.- AFINADO O SEGUNDA FORJA</p>
<p>El hierro para ser conformado debe ser llevado a un calentamiento al rojo fuerte y forjado mientras aún está caliente. Esta segunda forja, como señala HODGES, no presenta dificultades especiales, ya que cualquier razonable fuego de carbón vegetal puede calentar suficientemente el material metálico.</p>
<p>El trabajo de los actuales herreros nos demuestra que para el manejo y martillado del hierro es preciso utilizar diferentes herramientas. En primer lugar, es esencial tener tenazas con las cuales se maneja el metal ya que éste debe ser repetidamente dado vuelta para su acabado.</p>
<p>Nos parece razonable la hipótesis planteada por Henry HODGES en el sentido de la existencia de martillos de cabeza de hierro enmangados a piedras para la realización de</p>
<p>este trabajo. Esto podría dar una respuesta, en cierta medida, a la ausencia de instrumentos que se localizan en tomo a este tipo de talleres de herrería. Del mismo modo, el yunque pudo tratarse de un gran bloque de piedra o tal vez un bloque de madera revestido de hierro. Según parece el yunque de hierro se generalizó en una época posterior.</p>
<p>Debemos indicar que para la localización de las actividades de afinado del hierro, puede ser reveladora la presencia de escamas de Magnetita en la zona. No hay que olvidar que</p>
<p>durante el proceso de forja los repetidos recalentamientos del metal dan como resultado una oxidación de la superficie y a causa del martillado ese óxido de hierro negro se desprende en forma de pequeñas hojuelas. Su existencia ha sido detectada en un depósito carbonoso (U.E. 52) cercano a la Estructura de horno n.º 3.</p>
<p>El resultado de todo este proceso era una forja final en forma de barras de hierro de sección cuadrada o rectangular. El herrero a partir de aquí, era capaz de desarrollar los instrumentos para funciones concretas.</p>
<p>lñaki Pereda García</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>La metalurgia prehidráulica del hierro en Bizkaia: los alrededores del pantano de Oiola (Trapagarán, Bizkaia) (I)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ezagutu Barakaldo]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 01 Jun 2026 06:48:38 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="158" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?fit=300%2C158" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?w=926 926w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?resize=300%2C158 300w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?resize=768%2C405 768w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="8886" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/image003-2/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?fit=926%2C488" data-orig-size="926,488" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="image003" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?fit=926%2C488" /></div>1.- Preliminares La comprensión de la Historia Vizcaína pasa necesariamente por el conocimiento de la explotación del hierro. Este elemento conforma la percepción de nuestra memoria colectiva. Toda una serie de técnicas y formas de vida han ido ligadas a la siderurgia. Pero la época anterior a su explotación masiva, y en especial la de [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="158" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?fit=300%2C158" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?w=926 926w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?resize=300%2C158 300w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?resize=768%2C405 768w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="8886" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/image003-2/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?fit=926%2C488" data-orig-size="926,488" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="image003" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2017/10/image003.jpg?fit=926%2C488" /></div><p><strong>1.- Preliminares</strong></p>
<p>La comprensión de la Historia Vizcaína pasa necesariamente por el conocimiento de la explotación del hierro. Este elemento conforma la percepción de nuestra memoria colectiva.</p>
<p>Toda una serie de técnicas y formas de vida han ido ligadas a la siderurgia. Pero la época anterior a su explotación masiva, y en especial la de sus orígenes, nos es aún muy oscura.</p>
<p>Siguiendo el estudio realizado por F. J. Gómez Piñeiro podemos dividir la evolución de la siderurgia en nuestro territorio en tres grandes etapas:</p>
<ul>
<li>Período Tradicional de las Ferrerías de Aire o Haizeolak.</li>
<li>Período Tradicional de las Ferrerías Hidráulicas o Zeharrolak.</li>
<li>Período de la Industrialización Moderna o Altos Hornos.</li>
</ul>
<p>De ellos, el primer período es el más desconocido para nosotros y la arqueología trata de responder a su reconstrucción.</p>
<p>Pero el conocimiento de esta historia metalúrgica es algo más que un objetivo en sí mismo. En nuestra opinión, ante la extrema escasez de documentos y restos materiales de otro tipo, los hallazgos ligados a la metalurgia son también una fuente de información de primer orden para una época especialmente oscura de nuestra historia. Estamos hablando del período que discurre a partir de la llegada de los romanos hasta la fundación de las villas de realengo medievales, período que coincide con la etapa de las ferrerías de aire.</p>
<p>En este sentido se han ido documentando en Bizkaia y en los territorios limítrofes, una serie de evidencias materiales, de esas épocas ligadas, al hierro. Un ejemplo son los aceros de las armas de los guerreros enterradas hacia el s. VII en Aldaieta (Alava) o los sencillos clavos que se encuentran en cualquiera de los yacimientos de los s. X, XII o XIV.</p>
<p>Estos materiales ocupan el lugar que en otros yacimientos ocupan los ajuares cerámicos o las colecciones numismáticas.</p>
<p>Son en ocasiones el único recurso para acercarnos a una época o a un asentamiento. Pero se trata de una tarea dificultosa que requiere de especialistas capaces de determinar desde los métodos de fundición, a las particularidades tecnológicas de cada etapa histórica, estableciendo a la larga, la evolución de la metalurgia del hierro en nuestro territorio vasco, contribuyendo así a la construcción de un puente sólido que permita adentrarnos en el pasado.</p>
<p>Bajo estas motivaciones, la reconstrucción del período de las Ferrerías de Aire y aportación de luz a una época oscura de la Historia Vizcaína y por extensión del País Vasco Atlántico, se enmarca, la intervención arqueometalúrgica que se está llevando a cabo desde 1989, en los alrededores del pantano de OIOLA o LOIOLA (Trapagaran, Bizkaia).</p>
<p>Las cuatro campañas realizadas nos presentan restos Altomedievales, aunque los sondeos efectuados en otras zonas colindantes, arrojan fechaciones y cultura material de época romana. Este estudio se sitúa por tanto en la investigación de la antigua industria Prehidráulica en Bizkaia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>2.- Intervencion arqueometalúrgica realizada en los alrededores del pantano de Oiola (Trapagarán, Bizkaia)</strong></p>
<p>2.1. <u>El espacio geográfico</u></p>
<p>El área objeto de investigación se localiza en su mayor parte en el municipio de Trapagarán, aunque linda por el extremo S-SW con el municipio de Galdames. Se sitúa en un valle cercano al núcleo minero de La Arboleda, que recibe distintos topónimos, si bien nosotros lo hemos denominado el Cuadro, por ser éste el nombre que recibe el río que discurre en su fondo.</p>
<p>A comienzos de la década de los 60, se embalsaron las aguas de ese arroyo en un pantano conocido como de OIOLA o LOIOLA que sirve de abastecimiento acuífero al municipio de Barakaldo. Esta obra de ingeniería supuso un gran impacto medio-ambiental además de cubrir parte de estas industrias siderúrgicas artesanales, objeto de nuestro estudio. Como dato anecdótico señalar que la carretera de acceso al pantano se construyó aprovechando en parte el recorrido de la antigua vía y plano inclinado del ferrocarril de la C.ª de explotación «La Luchana Mining».</p>
<p>Esta zona se encuentra delimitada por los montes de Triano al Norte y al W, cuyas cumbres más altas son: Mendibil (562 m.), Argalario (513 m.), Grameran (822 m.), Aldape (713 m.). Desde el punto de vista geológico, esta área se encuentra situada en el flanco norte del anticlinal de Bilbao y se asienta sobre un terreno formado por una serie alternante de areniscas y margas negras, las cuales se depositaron en el Cretácico inferior. Era secundaria. Encima de esta serie del Barreniense se depositaron las calizas Urgonianas sobre las cuales se sitúa en la actualidad el citado poblado de La Arboleda.</p>
<p>Estas calizas han sido de gran importancia en la minería, puesto que en la época en la que se formaron tuvo lugar la apertura del Golfo de Vizcaya, con lo cual la corteza terrestre se fracturó y a través de estas fracturas salieron fluidos enriquecidos con elementos como el Hierro, que al mezclarse con el carbonato que se estaba depositando en aquel tiempo crearon los depósitos sideríticos.</p>
<p>Esta siderita debido a la alteración supergenética se oxidó, dando lugar a óxidos de hierro, a partir de los cuales se formó la Hematita, con mayor concentración de hierro que la Siderita, por lo cual la extracción de hierro de este mineral, es más fácil y de mejor calidad.</p>
<p>Respecto a la Toponimia de la zona denominada como OIOLA o LOIOLA, incluimos el significado de las palabras OLA-ferrería y LOI-barro o lodo, que componen el vocablo LOIOLA, si bien tampoco descartamos otras posibles acepciones de la voz OIOLA.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>2.2. <u>Breve historia de la investigación</u></p>
<p>En 1989, bajo la dirección de Felicitas Lorenzo Villarnor, se eligieron tres zonas a sondear, denominadas OIOLA 1, I1 y II1 y a finales de esta 1 Campaña se eligió una nueva zona que se designó como OIOLA IV. De las cuatro zonas prospectadas, la 1 y II1 resultaron estériles y de escaso interés arqueológico respectivamente, centrándose la investigación en las zonas I1 y IV. En 1991 la excavación fue continuada por José Patricio Aldama Gamboa, centrándose por motivos ajenos, sobre la zona IV. A partir de 1992, la investigación se lleva a cabo bajo la dirección de Iñaki Pereda García.</p>
<p><em>Zona II</em></p>
<p>Está situada a 305 metros sobre el nivel del mar y en la actualidad a 4 metros por debajo del nivel medio de las aguas del pantano. La realización de los sondeos fue posible gracias a la pertinaz sequía que azotó el País Vasco durante el verano de 1989. La investigación, aunque no del todo finalizada ofreció estos resultados: ·</p>
<ol>
<li>a) Se registró la aparición de diferentes muros, entre ellos tal vez un calce, constitutivos de una ferrería hidráulica.</li>
<li>b) Entre el cauce de un arroyo, denominado de las Cárcavas que desciende por una vaguada, y la ribera del río el Cuadro, apareció una terraza formada por escoria, carbón y tierra quemada que indicaba una intensa ocupación del suelo para la transformación del mineral en metal. Los restos cerámicos recuperados en superficie (TSHT y Común Local) ofrecían una datación «post-quem» en el s. IV d.C. En esta terraza se detectaron tres montículos con restos de escoria y carbón, que han sido considerados a modo de hipótesis y hasta su excavación, como posibles hornos de reducción de hierro.</li>
</ol>
<p>Igualmente, en 1990, se pudieron recoger en el transcurso de una prospección visual, una azada de hierro y diversos fragmentos cerámicos deteriorados por efecto del agua, los cuales volvían a situar el yacimiento en tomo al s. IV d.C.</p>
<p>Sin embargo, en 1991, una muestra de carbón vegetal tomada en un corte estratigráfico del yacimiento de OIOLA Il, arrojó una fechación en los primeros siglos de nuestra Era, (211 +/- 40 d.C.), según datación por radio-carbono C-14, realizada por el «Rijksuniversitet-Groningen» (Holanda).</p>
<p><em>Zona IV</em></p>
<p>Este yacimiento se localiza en una zona conocida como Burzako, situado a unos 344 m. sobre el nivel del mar, en la parte alta de una pequeña vaguada que linda con el término</p>
<p>de Galdames. Se sitúa a 39 m. más alto en relación a OIOLA Il.</p>
<p>Por el fondo del mismo discurre el arroyo denominado de las Cárvanas, que desemboca en el riachuelo ya citado del Cuadro, que a su vez alimenta con sus aguas, el actual Pantano de Oiola. El asentamiento presenta una extensión espacial de unos 1.000 m.2 que corresponden a un rectángulo de 47 x 30 m. aprox. Dos de sus lados están limitados por el arroyo de las Cárcavas y por otro arroyo que desciende desde el Monte Grameran.</p>
<p>A finales de la 1 Camapaña (1989) se detectaron en un gran terramplén aflorando en superficie, grandes fragmentos de escoria globulosa, típicos de las Haizeolak, aunque la construcción en época reciente de diversas pistas forestales había seccionado en parte su estratigrafía.</p>
<p>En 1990 se decidió abrir dos sondeos y en el ángulo SW de la denominada C 1 se detectó una zona con presencia de unas piedras enrojecidas y alineadas, que por falta de tiempo no se pudo excavar. Retomadas las labores al año siguiente (1991), el sondeo (Cl) fue ampliado en dos sectores. Se localizaron una estructura de horno que fue excavada en su totalidad (Estructura n.º 1) y otra posible estructura denominada n.º 2.</p>
<p>En la <em>N </em>Campaña y dados los excelentes resultados obtenidos en años anteriores se decidió cuadricular toda el área susceptible de aplicación de la metodología arqueológica e integrar los sondeos realizados en campañas anteriores. Se confirmó la existencia de la Estructura n.º 2 y además se registraron los siguientes elementos: un horno de tipo artesanal (estructura n.º 3), una carbonera o depósito de carbón, un hogar próximo a la Estructura n.º 3, flanqueado por una alineación de piedras de forma semicircular y una estructura de horno alterado (Estructura n.º 4).</p>
<p>No descartamos la existencia de otras posibles estructuras de hornos semidestruidos y superpuestos, responsables todos ellos, junto con las estructuras mejor conservadas, de la creación de una planicie artificial. Ello nos hace pensar en una prolongada actividad metalúrgica, que según datación por radio-carbono C-14 iría, a falta de nuevas fechaciones, del S. X al XIII. Por otra parte, están siendo analizadas diversas cerámicas aparecidas de cronología Pleno Medieval (S. XII-XIII).</p>
<p>lñaki Pereda García</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>RECORRIDO HISTÓRICO 81: URDANDEGUIETA: una ferrería olvidada</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ezagutu Barakaldo]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 30 May 2026 06:45:57 +0000</pubDate>
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<p>Según Goyo Bañales en la cuenca del Castaños existieron, al menos, “<em>las del entorno de Loiola y Olabarrieta y la masuquera de Saratxu. Cercanas al lugar de Agirza, estaban las de Urdandeguieta y Tellitu y, en el valle de Eskauritza, se hallaban las ferrerías de Eskauritza y de Ragoa y las ferrrerías mayor y menor de Urkullu. Más adelante, siguiendo el cauce del río Castaños, se encontraba la tiradera de Aranguren y, finalmente, a la entrada del valle, la ferrería de Bengolea</em>”. De todas ellas no ha quedado resto alguno permitiendo alguna elucubración la de Urdandeguieta. A esta ferrería dedicamos este itinerario.</p>
<p><strong>I.- <u>HISTORIA</u></strong></p>
<p>La primera referencia de esta ferrería nos la da LOPE GARCIA DE SALAZAR&nbsp;cuando indica que: “<em>E [compró] las ferrerías de los Vados, e molinos, e la ferrería de <strong>Urdudogieta</strong> comprola, e fiso la ferrería de Achuriaga e el camino de Pucheta</em>”. Teniendo en cuenta que el cronista escribe a finales del siglo XV es de suponer que la ferrería ya existía para entonces. Posteriormente pasó a ser propiedad de sus sucesores, los Salazar de Galindo, una de las familias más poderosas de Barakaldo en el pasado. Estos fueron dueños no sólo de la ferrería sino también de los montes que la rodeaban, Frados y Burzako (de donde se servía la ferrería), y de los lugares comprendidos entre Loiola, Olabarrieta (Las Barrietas), Lugorriaga y el pico de Mendíbil. Es decir, de toda la franja de terreno que limita a Barakaldo con Galdames y también una parte del límite con Trapagaran. <a href="#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a></p>
<p>También queda constancia documental, según G. Bañales, de que “<em>a comienzos del siglo XVI en esta zona se encontraba la que llamaban ferrería masuquera de Urdandeguieta, propiedad de la familia Tellitu. En el año 1536 Martín de Tellitu y su mujer Catalina de Tapia son dueños de la masuquera del lugar de Urdandeguieta, con lo ejidos de Aguirça y los arbolares que están junto de dicha masuquera</em>” Esta debe ser la “arrayera” que en 1597 es propiedad, en parte, de Domingo de Eskauriza Telllitu.</p>
<p>La permanencia de la misma es difícil de determinar pero la existencia del topónimo ‘Las Mazuqueras”, que aun pervive en El Regato, no hace sino subrayar la importancia de estos ingenios para la obtención del hierro y su permanencia hasta muy avanzado el Antiguo Régimen. La referencia documental más tardía que conocemos de esta actividad data de 1666, y procede de la zona más escarpada de Güeñes, donde los vecinos de los barrios de Saratxo y Tellitu (Barakaldo) encendían regularmente el horno de la mazuquera de Urdandeguieta, según afirma Mayte Ibáñez.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>II.-<u> LA FERRERÍA</u></strong></p>
<p><strong>1.- Ubicación</strong>: el conjunto de elementos que conforman la ferrería de Urdandeguieta se encuentra ubicado a unos doscientos cincuenta metros aguas arriba del puente Perines en el que se inicia el pantano Echebarría, sito en el barrio de El Regato (Barakaldo). El acceso a la instalación puede hacerse bien bordeando el citado pantano o bien por el camino que lleva a Tellitu (tomando posteriormente alguno de los senderos que bajan al Aguirza). En ambos casos deberá cruzarse algunas veces el río Castaños.</p>
<p>La plataforma donde se encuentran los edificios de la ferrería está en el término municipal de Galdames&nbsp; y la presa superior, que conformaba un pequeño aljibe, en el de Barakaldo. Es precisamente el arroyo Frades el que hace de línea divisoria de los términos municipales. Nada tiene de extraño que en 1597 sea denominada “arrayera”. El actual “mojón delimitador” se encuentra frente a la desembocadura del Frades en el Castaños.</p>
<p>Esta ferrería ocupa un lugar estratégico: la confluencia del río CASTAÑOS y el arroyo FRADES (por su izquierda).&nbsp; El río CASTAÑOS en realidad es la resultante de la suma de las aguas de los Barrancos AGUIRZA (origen en el Eretza y que aporta más del 90% del caudal) y AGUA FRÍA (falda sur del Apuko). Confluyen unos doscientos metros aguas arriba de Urdandeguieta. Además es una zona boscosa (donde el roble es abundante) y con posibilidades de acceso para el mineral. Por último no tiene excesivos problemas para la exportación tanto del mineral obtenido como de las pequeñas manufacturas resultantes. POR TANTO: parece un lugar idóneo (mineral, madera y agua) para la instalación de una ferrería.</p>
<p>La llegada del mineral, dada la ubicación de los yacimientos mineros más próximos, seguramente se realizaría en caballerías siguiendo el curso de los riachuelos (Aguirza o Agua Fría) o el viejo camino semicarretil de Tellitu a El Regato<a href="#_ftn2" name="_ftnref2">[2]</a>.&nbsp; Una vez transformado saldría bien por el citado camino o bordeando el río Castaños. En este sentido parecen existir restos de muros de contención de un camino que saliendo de la misma Ferrería saldría hasta el mismo EL REGATO siguiendo el curso del Río Castaños. Quedan algunos de estos restos junto al Puente Perines prolongándose por la derecha del actual Pantano. De la misma hechura son algunos de ellos en la orilla izquierda por lo que es posible que el camino atravesara el actual pantano en su parte alta.</p>
<p><strong>2.-&nbsp; Asentamiento: </strong>el establecimiento está asentado sobre una <strong><u>pequeña plataforma semirectangular</u></strong> junto al cauce del Castaños. Esta plataforma queda actualmente limitada por su derecha por el Río Castaños, por su izquierda por un empinado talud y por el lado Norte por el arroyo Frades. En su lado Sur confluyen el talud y el río Castaños.</p>
<p>El arroyo Frades seguramente no tenía originalmente su salida donde ahora lo hace sino unos cuantos metros más abajo. Su actual salida es claramente artificial y motivada por su uso en la ferrería.</p>
<p>La plataforma, aun aprovechando un curso fluvial remansado, ha sido muy retocada a fin de lograr espacio suficiente. El talud es resultado de un fuerte trabajo de explanación que ha servido para obtener los metros cuadrados necesarios y, con sus materiales, se ha levantado la parte limítrofe con el río Castaños. A fin de lograr un cierta uniformidad y proteger la plataforma de la erosión fluvial se construyó en una gran parte del tramo limítrofe con el río un pequeño muro de contención que ha levantado la plataforma aproximadamente un metro respecto al río.</p>
<p><strong>3.- El establecimiento. </strong></p>
<p><strong>3.1 </strong><u>Elementos generales de una ferrería: </u><strong>Hasta principios del siglo XIII</strong>, según Joaquín Almunia, <strong>la ferrería</strong> <strong>primitiva era</strong> una instalación muy sen­cilla y de escasa importancia, pues solamente constaba de un <u>pequeño horno de calcinación</u> de la vena o minera y <u>otro para la reducción del mismo</u>. En este último, mediante una combustión activada por fuelles de cuero y madera se obtenía una pequeña masa semi-metálica, de la que, mediante un enérgico martillado, se separaba la escoria obteniéndose una barra de metal. La escasa importancia y complicación de estas instalaciones permitía un fácil traslado al lugar más conveniente para un mayor suministro del combustible y del mineral.</p>
<p>La <u>aplicación de la rueda hidráulica</u> a los barquines o fuelles se hace en las Vascongadas probablemente en la <strong>primera mitad del siglo XIV</strong> pues la primera referencia documental sobre el particular la encontramos en el Fuero de Oyarzun, dado por el Rey Al­fonso Xl en el año 1366. Comienza con ello a hacerse necesario el traslado de las «ferrerías de ladera», como se las suele denominar, a lugares inmediatos a los cauces de los ríos o regatos que dispusieran de suficiente cantidad de agua para poder accionar las ruedas.</p>
<p><strong>A</strong> <strong>principios del siglo XVI </strong>tenemos ya la ferrería completa, que habría de mantenerse invariable en su disposición general hasta principios del siglo XIX cuando comienza a utilizarse en Vizcaya el horno alto. Esta ferrería clásica consta de 4 elementos principales, que son:</p>
<p>1.-<strong><u>Un horno de calcinación de la vena</u></strong>, que solía ser de forma muy similar a la de un horno de cal, aunque quizá de menor altura. En algunas ocasiones no se calcinaba la vena en un horno sino simplemente en un montón de troncos y ramaje al que se daba fuego.</p>
<p>2.-<strong><u>Una soplante</u></strong>, que solía ser un juego de dos fuelles, movido por una rueda hidráulica. Estos fuelles eran de madera y cuero, o de madera solamente, y trabajaban alternativamente mediante un dispositivo de ci­güeñal o de balancín, para suministrar un soplado continuo en la tobera, que por lo general era un tubo en forma cónica, hecho con chapa de hierro y dirigido con una ligera inclinación hacia el fondo del hogar.</p>
<p>3.-<strong><u>El “fogal” u hogar</u></strong>, que consistía en una cavidad de profundidad relativamente reducida y recubierta parcialmente con chapas de hierro. Era de forma de tronco de pirámide invertido y cada una de sus caras tenía su denominación particular. [&#8230;] La masa de hierro semi-fundido, mezclado con escorias, que se sacaba del hogar una vez terminada la operación, se llamaba en cas­tellano <em>«zamarra» </em>y en vascuence, <em>«agoa».</em></p>
<p>4.-<strong><u>El martinete</u></strong>, que era todo de madera, excepto la maza, el yunque y algunos aros y zunchos con que se reforzaban algunos de sus componentes.</p>
<p>5.- Además de estos cuatro elementos principales, existía <strong><u>también un local para el almacenaje del carbón vegetal</u></strong>, generalmente adosado al edi­ficio de la ferrería.</p>
<p><strong>3.2</strong>. <u>Elementos de la ferrería de Urdandeguieta</u></p>
<p>La ferrería o ferrerías de Urdandeguieta se componía de varios elementos que, en la actualidad, se encuentran en estado ruinoso y difícilmente reconocible. En apariencia está compuesta por dos espacios: una zona elevada lateralmente cuya función está relacionada con el estancamiento y aprovechamiento del agua del arroyo Frades; y la plataforma limítrofe con el río Castaños, sobre la que se asientan tres edificios y un horno.</p>
<p>3.2.1.- <u>El embalse:</u> el arroyo Frades hoy día desagua perpendicularmente al Castaños por su margen izquierda y limita por el Norte la plataforma sobre la que se asientan los restos de las edificaciones. Sin embargo este cauce pensamos que no es el original sino que el citado arroyo realizaba un giro por encima del talud y desaguaba unos metros aguas abajo. Así, al menos, parece sugerirlo la vaguada sobre la que se asienta la presa artificial allí construida. El actual desagüe viene motivado por esta presa, oculta desde la plataforma, que seguramente servía bien para retener el agua a modo de pequeño embalse o bien para elevar el nivel del agua y, de este modo, disponer sin problema de agua en los edificios inferiores.</p>
<p>El agua embalsada se haría caer mediante un conducto de madera directamente sobre alguna rueda situada encima del actual arroyo Frades o bien, mediante un estrecho canal de mampostería habilitado por encima del talud, se la haría discurrir hacia los primeros edificios. Incluso cabe la posibilidad de la existencia de otro muro de contención en el actual desplome del arroto Frades (al menos eso parece deducirse de los arranques de muro que aún pueden observarse).</p>
<p>En la actualidad el “embalse” está totalmente colmatado de sedimentos formando una pequeña explanada que no permite el paso del agua aunque pueden observarse filtraciones por el antiguo cauce. La presa, hoy en seco, se conserva en bastante buen estado. Construida a base de mampostería aparece firmemente asentada sobre la roca del cauce aunque en su basamento comienza a notarse los efectos del paso del tiempo. En la mitad de su borde superior tiene una apertura de un metro, aproximadamente, que posibilitó el rebase del agua y su continuidad por el arroyo hasta su encauce en el Castaños. La presa tiene una altura máxima de 5,70 metros; en su parte alta una altura de 11 metros y en la base de 7 metros. La anchura es, aproximadamente un metro. Actualmente se encuentra a unos 50 metros del arroyo Frades, lo cual nos indica la extensión que debía tener el aljibe.</p>
<p>Del conducto que dirigiría el agua por encima del actual arroyo para hacerla caer en una rueda vertical no se conserva nada, salvo el lugar de la embocadura; del posible canal, sin embargo, pueden observarse unos cuantos metros sobre el citado talud. Como hemos señalado anteriormente, cabe la posibilidad de que existiese otra pequeña presa en el punto más alto del talud. Por la longitud del canal (37 metros) podemos deducir que llevaba el agua hasta uno de los edificios iniciales. Restos de este desagüe pueden aún observarse en la plataforma.</p>
<p>3.2.2.-<u> La plataforma</u>: esta plataforma, situada paralela al río Castaños, tiene unos 1000 metros&nbsp; cuadrados y, en ella, podemos distinguir cuatro construcciones: tres edificios y un horno. Todo ello en un deplorable estado de conservación. Uno de los edificios se encuentra junto al actual desemboque del arroyo Frades. Los otros al fondo de la explanada. Entre ambos extremos (aunque más próximo al segundo bloque de edificios) se ubica el horno.</p>
<p><strong>Edificio junto al FRADES</strong>: parece un edificio rectangular con un anexo difícilmente reconocible. Bastante amplio (aproximadamente 133 metros cuadrados, sin contar el anexo). Los restos de construcción nos muestra un paramento de piedra bien organizado. Ocupa el ángulo formado por el talud y el actual cauce del arroyo Frades. Es muy posible que el cauce no lo fuese entonces y sólo hubiese sobre él un largo conducto de madera sustentado mediante algún armazón que condujese el agua desde el aljibe superior hacia este edificio. Tras ser utilizada iría a parar al inmediato Castaños. En este caso serviría para mover alguna rueda de eje horizontal. De este edificio se conserva un pequeño lienzo junto al Frades (sobre el que posiblemente apoyase la rueda) y una angulosa y baja pared frente a este lienzo que cerraría el edificio. En ambos, y dispersas por el suelo, pueden verse abundantes piedras calcinadas reutilizadas como elementos constructivos. En el mismo cauce del río se encuentran restos muy significativos de primitivas coladas.</p>
<p><strong>Edificios del fondo</strong>: aparentemente son dos edificaciones ligeramente separadas una de otra. Cerrando la plataforma (aún se conserva parte del muro junto al río Castaños) puede observarse un recinto de unos 80 metros cuadrados que, posiblemente, sirviese de almacén). Junto a él una segunda edificación de unos 110 metros cuadrados que ocupa la plataforma desde el talud hasta el río. Hacia esta edificación parece discurrir el canal que proviene del aljibe y, por tanto, en ella debieron existir algunos mecanismos (¿fuelles?) que necesitasen dicha energía. El edificio serviría para trabajar el hierro fundido en el cercano horno. Muros construidos en piedra sin labrar. Los edificios (como el anterior) posiblemente tuvieron cubiertas de madera y, sobre él, teja (de la que se puede encontrar abundantes fragmentos en los alrededores).</p>
<p><strong>El horno</strong>: como hemos indicado se encuentra próximo a este último edificio. Tiene forma circular con un diámetro interno de unos 4 metros. Sus paredes (de piedra bien prensada) tienen un grosor mínimo de 50 centímetros aunque es variable. Posiblemente asientan sobre la plataforma aunque hoy día el fondo del horno se encuentra parcialmente colmatado de materiales y tiene una profundidad de 1,20 metros. Exteriormente no se aprecian estas paredes por estar revestidas de tierra a modo de túmulo. En su origen levantaría algunos metros sobre la actual superficie. En la parte orientada hacia el río se aprecia otro muro envolvente que, seguramente, contendrá la salida.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="#_ftnref1" name="_ftn1">[1]</a> De hecho, existe en la actualidad (2016) un mojón que delimita la jurisdicción de ambos municipios.</p>
<p><a href="#_ftnref2" name="_ftn2">[2]</a> Durante mucho tiempo el trajín de minerales se realizó en carretas tiradas por yuntas de bueyes o caballerías, y de hecho los animales de tiro no desaparecieron con la generalización de los sistemas modernos de transporte. Esmeralda GONZÁLEZ “De los tajos a los embarcaderos” p. 82. Santiago PÉREZ en “500 años de minería…”, p. 34 Nota 57, afirma que el sistema de transporte del canto de vena, chirta o el hierro semielaborado&nbsp; se transportaba en “trapas” (de ahí lo de “trapanesca”). Estos artilugios eran rudimentarios carros, a base de ramas y un cajón de madera (en el mejor de los casos) arrastrado tanto por fuerza motriz humana como animal. Paulatinamente fueron siendo sustituidos por carros tirados por bueyes y, sobre todo, por mulas.</p>
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		<title>BARAKALDO (Documento de 1569)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ezagutu Barakaldo]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 May 2026 06:59:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cultura]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
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					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="140" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=300%2C140" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?w=690 690w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?resize=300%2C140 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10113" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/nueva-bandera-barakaldo/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" data-orig-size="690,323" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="nueva-bandera-barakaldo" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" /></div>19 de diciembre de 1569. Monasterio de Burceña Apeo y amonjonamiento de lo que tiene el dicho monasterio en el lugar de Escauriza. Asimesmo, apearon los dichos fieles e regidor en el lugar de Escauriza, que es en el conçejo de Sanct Vicente de Baracaldo, a dize (sic) nuebe días del dicho mes de dezienbre [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="140" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=300%2C140" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?w=690 690w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?resize=300%2C140 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10113" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/nueva-bandera-barakaldo/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" data-orig-size="690,323" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="nueva-bandera-barakaldo" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" /></div><p>19 de diciembre de 1569. Monasterio de Burceña</p>
<p>Apeo y amonjonamiento de lo que tiene el dicho monasterio en el lugar de Escauriza.<br />
Asimesmo, apearon los dichos fieles e regidor en el lugar de Escauriza, que es en el conçejo de Sanct Vicente de Baracaldo, a dize (sic) nuebe días del dicho mes de dezienbre (signo) // (Fol. 10 vº) de mil e quinientos e sesenta y nuebe años, y en presencia de mi, el sobredicho escribano, y regidor, juntamente con el dicho señor conmendador y fray Martin de Alonsotegui, apearon las heredades y casas y caserías y los otros bienes y molino pertenescientes al dicho monasterio por fin e muerte de Teresa de Escauriza, beata profesa del dicho monasterio, hija que fue de Sancho de Escavriza y de doña Teresa de Escauriza, y de la herencia del bachiller fray Pedro de Escavriça, hijo que fue de Pedro de Gorostiça y de Maria Ochoa de Escauriça, su muger, el qual dicho apeamiento yzieron en la manera siguiente:</p>
<p>Primeramente apearon segund que bienen de la ferrería de Vrdandeguieta para el lugar de Vurcullu (sic) en el lugar de Avnçoleta, entre los dos regatos de Vscusco y Aunçoleta, vn castañal que está plantado de castaños, segund quedan panelados y senalados segund que dibide y parte con los castaños de Martin de Çaloa, derecho abaxo asta el río que viene de Vrdandeguieta, de la ezquina de Vscusco derecho abaxo asta el dicho río que biene de Vrdandeguieta.</p>
<p>Mas apearon ansimesmo, en el lugar llamado Belacola, debaxode Vrdandeguieta, veniendo para el dicho lugar de Vrcullu, a mano izquierda, vn castañal que está entre los linderos seguientes: por la ladera de Vrdandeguieta la esquina arriba, y por la otra parte de azia Vrcullu el vortal y exido común del concejo de Varacaldo, y por la ondonera el río &lt;caudal&gt; que baxa de la ferrería de Vrdandeguieta.</p>
<p>Asimesmo apearon en el &lt;lugar&gt; de Alizar, en la cabecera de la cortina de Domingo de Vrcullu, catorze castaños entre los dos regatos. (signo) // (Fol. 11 rº) Ansimesmo apearon en el lugar de Arraoxineta vn castañal que ha por linderos por la parte de Vrcullu de Juan Ybanes de Vrcullu, e por la otra ladera el castañal de Martin de Retuerto, y por la cabecera vna hoya bieja de hazer carbón, y por la ondonera el río que baxa a la ferrería de Vrcullu llamado Arraoxineta.</p>
<p>Asimesmo apearon en el lugar llamado Hemitola, que es en el dicho concejo de Baracaldo, en la cabecera de la herrería de Vrcullu, vn castañal entre los límites seguientes, que ha por linderos por la cabecera el castanal de Francisco de Vrcullu y de Martin de Retuerto, y por la parte de Hostola lo de Martin Bentura, bezinos del dicho concejo de Baracaldo, derecho al regato de Hemitola, y por la hondonera el río que biene a la ferrería de Vrcullu, llamado Arraoxineta, segund que de suso ba declarado.</p>
<p>Asimesmo apearon el antoçaño que está delante la ferrería de Vrcullu, en las Arragoas, tierra, robles, nogales, que está sito entre los dos ríos que cercan a la dicha herrería de Vrcullu, es a saber, entre le río que abaxa de Vrdandeguieta y el río de Arraoxineta, todo<br />
lo qual es del dicho monasterio de Burzena, segund y conforme a la carta de benta que conpró doña Teresa de Escavriça, madre de doña Teresa, beata de la dicha orden, por quien heredó el dicho monasterio. Todo lo qual conpró de los herederos de Fernando Ybanes de Aranguren, asta las conpuertas de los calzes de la dicha ferrería de Vrcullu, ano de mil e quatrocientos e ochenta e cinco años ante Martin Sanchez de Susunaga, escribano.<br />
Asimesmo apearon en el regato de Tellito doze pieças y pies de castanos y robles, que están tras la casa de Domingo de Vrcullu, los quales están dentro del castanal de Pedro de Escavriça, segund que están amonjonados.</p>
<p>Asimesmo apearon junto a la conpuerta del molino de Escavriça vna pieça de árboles y castaños, que ha por linderos por la vna parte pieça e tierra y heredad de Juan de Escavriça fasta el calze de la conpuerta, y por la otra ladera de Antonio de Aranguren, por la parte de Escavriza.</p>
<p>Asimesmo apearon y partieron (tachado: el antoçano) &lt;la sebe y cerrada&gt; dentre el dicho monastario y entre Juan de Escavriça, que se llama y se nonbra<br />
(signo) // (Fol. 11 vº) Aunsosola, segund queda monjonado y partido, y aya de cortar y corte el monjón que está arriba en la cabecera de la dicha heredad y sebe, que está junto a vn árbol que está en vna braça del dicho árbol el monjón, poco más o menos, que ha de cortar y corta a otro monjón que está junto al seto de Juan de Escavriça. El qual monjón está y queda puesto junto a vn árbol de dos pies en vna braça, algo más o menos, por la parte de hazia arriba, y lo que es del dicho monasterio de Burzeña está azia el camino que ban del lugar de Escavriça a Tellito.</p>
<p>Asimesmo apearon en la dicha heredad y cerrada (tachado: no) vn monte y sebe que está apegado y continuado con el otro de Juan de Escavriça y lo del dicho monastero, segund queda partido y monjonado.</p>
<p>Asimesmo cabe al dicho monasterio de Burzeña otro pedacito de huerta encima de la hazeña de Escavriça, que está monjonado, por la parte de arriba heredad y mançanal de Juan de Escavriça, y por la parte de abaxo el camino que ban del lugar de Escavriça a los caseríos de Tellito. Lo qual cabe al dicho monasterio segund y conforme a vna escriptura de partición que hubo pasado entre el comendador fray Juan de Tapia y Pedro de Escavriça y Juana, su muger, de ciertas heredades, ante Sancho de Goycoechea, escribano, ano de mil e quinientos e treinta e ocho anos, a diez y siete días del mes de otubre.<br />
Asimesmo cabe al dicho monasterio de Burzeña vn pedaço de tierra y mançanal en el dicho lugar de Escavriça, llamado Soloçarra, que fue apartamiento que hizo al bachiller fray Pedro de Escavriça su madre, Mari Ochoa, por su testamento, que otorgó ante Martin Ruiz de Landaburu, escribano de Baracaldo, el biejo, año de mil e quinientos e beynte y siete, a beynte e tres días de julio, segun fuero de Vizcaya, que está entre los límites siguientes: por la vna que está sito entre el río que biene de Vrcullu a Escavriça, y entre el calze de la hazena de Escavriça, por la cabecera el calze de la hazena, y por abaxo el río cavdal, y por la parte de Vrcullu la sangradera del calze susodicho, y anzia la parte de Escavriça tierra y arbolar de Francisco de Escavriça y Çubiavr, la qual solía ser cast[añal].<br />
Asimesmo apearon en el dicho lugar de Escavriça vn pedaço de suelo y tierra fresnal antiguo, monjonado, que está entre los límites seguientes, conbiene a saber, entre la pared del calze de la hazeña (signo) // (Fol. 12 rº) de Escavriça y entre la casa de los Lagares, y huerta de dona Mari Hernandiz de Retuerto, viuda, que tiene por linderos por la cabecera la parfed del calze, a do está vn fresno biejo antiguo, que es del dicho monasterio, y sirbe por monjón, y al pie del, y entre la casa de los Lagares de la dicha dona Mari Hernandiz, mujer que quedó de Pedro Salazar, difunto, por la parte de arriba está el monjón antiguo que corta derecho abaxo al río al esquinal y dexo del paredón antiguo que está abaxo al río de la huerta de la dicha dona Mari Hernandiz, que asimesmo el dicho esquinal sirbe por monjón, y por la hondonera el río que pasa por Escavriça, y por la parte y lugar de Escavriça la pared de la hazeña y despendiente del agua de las ruedas por la azequia. En el qual suelo fueron edificadas las ruedas de la dicha hazeña, lo qual heredó este monasterio por la dicha doña Teresa, religiosa.</p>
<p>Asimesmo apearon vna pieça que está en el dicho lugar de Escavriça, la qual huerta e heredad heredó este monasterio de Marina de Larraçabal, religiosa profesa de la dicha orden, hermana que fue de fray San Juan de Axpuro, la qual huerta está entre los límites seguientes, es a saber, entre las casas de Pedro de Escavriça e entre las casas de Pedro de Gresala, e por la hondonera el río, y la parte media del río que pasa por entre las casas de Escavriça, e por la cabeçera el camino que bienen dende la hazeña de Escavriça a las<br />
casas de Pedro de Gresala.</p>
<p>Asimesmo apearon entre la huerta de suso deslindada e entre la casa del dicho Pedro de Gresala, vn pedacito de tierra de cantidad que se puede poner vn árbol, el qual es apartamiento de fray Pedro de Escavriça, hundidor lepuzcuano y Juana de Escavriça, su muger, y la escriptura de la huerta suso dicha como era de la dicha Marina de Larraçabal, beata, pasó ante Martin Saez de Susunaga, escribano, a honze días de jullio del año de mil e quatroçientos e ochenta e dos anos, de las quales escripturas, con las demás tocantes a lo que el dicho monasterio tiene en el lugar de Escavriça, hizo el dicho comendador demostración ante los dichos fieles y regidor en vn bolumen.<br />
Asimesmo bieron e pusieron por padrón la meytad de la casa de Escavriça, que es la parte e meytad de anzia donde nasce el sol, con sus entradas y salidas, y meytad de antoçanos, con sus nogales y frutales y arbolares de la plaça y lugar de Escavriça, como lo tenía dona Teresa de Escavriça y su hija, la beata dona Teresa, con lo demás a la dicha casa anexo y pertenesciente.</p>
<p>Asimesmo pusieron e enpadronaron otra casilla pequeña que tiene el dicho monasterio, que está detrás la casa de Pedro de Salazar, defunto, y sus herederos, en el dicho lugar de Escavriça, con su delantera para poderse ensanchar hazia delante, que fue de la dicha dona Teresa y Sancho de Escavriça, su marido, difuntos.</p>
<p>Asimesmo tiene el dicho monasterio la meytad de la hazeña y molino de Escavriça, conbiene a saber, de la meytad de la dicha hazena y molino los tres quartos, que son diez y ocho semanas en cada vn ano, e la otra ochaba parte tiene al presente Joana de Escavriça y Lope de Escavriça, su hijo, el qual ochabo no se sabe cómo se desmenbró habiendo conprado toda la meytad de la hazena dona Teresa, madre de la beata, segun dicho es.</p>
<p>Asimesmo cabe al dicho monasterio de Burzena de todos los antoçanos del lugar de Escavriça, así de la plaça de Escavriça como de la otra parte de la (signo) // (Fol. 12 vº) puente, como benimos a lugar de Aranguren, toda la meytad de los dichos antoçaños, con toda la meytad de todos los frutos que en ellos ay o puede aver de nogales o robles, segund e conforma a vna escriptura de partiçión y conformidad que pasó entre el dicho conbento de Burzeña e dona Teresa de Escavriça, beata, cuya era la hazienda de Escavriça que pasó ante Martin Ruiz de Landaburu, escribano de número de la merindad de Uribe e de su magestad, e bezino del concejo de Baracaldo, a treynta e vn días del mes de otubre del ano de mil e quinientos e treynta e seys anos.</p>
<p>Asimesmo, quanto a lo tocante a la meytad del antoçano de la otra parte de la puente, que cabe la meytad del dicho antoçano al dicho monasterio juntamente con Juan de Escavriça. Pasó la escriptura de conçierto e yguala con otros bezinos del lugar de Escavriça sobre en razón del pleyto que hubieron entre ellos sobre el dicho antuçano, la<br />
qual escriptura de conformidad pasó por ante en presençia del dicho Martin Ruiz de Landaburu, escribano, a doze días del mes de junio del año de mil e quinientos e quarenta e vn años, e otra escriptura de concierto sobre lo mesmo, de cómo se hubieron puesto los monjones en la meytad del dicho antoçano, que pasó a treynta días del mes de junio del año susodicho de mil e quinientos e quarenta e vn años.</p>
<p>Asimesmo hizieron demostración de vnas escripturas sugnadas de Martin Saez de Susunaga, escribano, que suena aber pasado año del nascimiento de nuestro señor Jesucristo de mil e quatroçientos e ochenta e çinco años, a treynta días del mes de desienbre, de cómo la madre de la dicha Teresa de Escavriça, beata, hubo conprado la meytad de la hazeña de Escavriça, e la meytad de los antoçaños asta las conpuertas de las anteparas de la herrería de Vrcullu, con todos los otros castañales, heredades e casas que agora tiene el dicho monasterio en el dicho lugar de Escavriça, segund paresce por la dicha benta que hubieron echo los herederos de Fernando Ybanes de Aranguren a la madre de la dicha beata por ochenta e (ilegible) mil marabedís, de toda la qual hazienda hizo donación al tienpo que la dicha Teresa de Escavriça hizo profesión de hábito al dicho monasterio de Burzeña, a dos días del mes de junio de mil e quatrocientos e ochenta e dos anos, ante el dicho Martin Saez de Susunaga, escribano. De todas las quales escripturas hizieron demostraçión en vn volumen ante los dichos fieles e regidor e testigos e bezinos del dicho lugar de Escavriça. De todo lo qual fueron conformes e sin contradición alguna para que el dicho monasterio los tenga e posea e goze segund e conforme a las dichas escripturas antiguas que sobre ello tienen. (signo) // (Fol. 13 rº)</p>
<p>Asimismo apearon en el lugar de Lecubarri vn pedaço de tierra de coantía (sic, ¿labrantía?) que está dentro de vna cerrada de Mari Saez de Escavriça e de Mari Lopez, su hermana, en la qual pieça, tierra e heredad, están puestos seys mançanos nuebos e dos nogales, el qual pedaço de tierra fue de apartamiento que los padres de Teresa la beata hezieron, segund e conforme al juramento que en presencia de mi, el sobredicho escribano, hezieron Juan de Escavriza e Joana de Escavriça ser pertenescido la dicha pieça, tierra e heredad al dicho monasterio, e los dichos fieles de suso nonbrados, por birtud de la comisión del senor corregidor, dieron la posesión de la dicha heredad al padre conmendador del dicho monasterio, mes e ano e día susodicho, en presencia de mi, el dicho escribano.</p>
<p>Apeamiento de lo de Çaldundegui.</p>
<p>Asimesmo, los dichos fieles e regidor, bieron e apearon las tierras e heredades e arbolares que el dicho monasterio tiene en el lugar de Çaldundegui, término deste concejo, segund están monjonados, segund e conforme que de primero están monjonados, e por la cabecera el camino que ban a Tellaeche, e por encima el exido<br />
común, e por la ladera de anzia Tellaeche el regato e canada que ba a dar al mismo lugar de Tellaeche, e por la ondonera de anzia Tellaeche e Ameçaga, seles e mançanales de los bezinos de Tellaeche e Ameçaga, e de la herrería, e por la otra parte de hanzia donde nasce el sol el camino real antiguo, conforme a las escripturas que sobre ello presentaron ante dichos fieles e regidor, signadas la vna de Juan Perez de Vitoricha, escribano e notario público e bezino del dicho concejo de Baracaldo, otorgada a tres días del mes de<br />
março de mil e quatrocientos e setenta e nuebe anos, la qual dicha escriptura suena de cómo doña Teresa de Arteaga, viuda, muger que fue de Juan de Salazar, dotó al dicho cobento de Burzeña lo que arriba está monjonado en el lugar de Çaldundegui. E la otra escriptura suena de cómo dona Juana de Retuerto, viuda, muger que fue de Fernando Diaz de Ybarra, bezino del dicho concejo, hubieron bendido e donado otras heredades e posesiones en el dicho lugar de Çaldundegui, la qual pasó ante el dicho Martin Saez de<br />
Susunaga, escribano, a diez y siete días del mes de nobienbre de mil e quatroçientos e setenta e tres annos. E otra escriptura, asimesmo de benta, que hizo al dicho monasterio Juan Yniguiz de Llano, fijo (signo) // (Fol. 13 vº) fijo de Furtun Saez de Llano, de ciertas heredades en el dicho lugar de Çaldundegui, en presencia de Pero Saez de Çaballa, escribano, a tres días del mes de julio de mil e quatrocientos e nobenta anos. De las quales dichas escripturas tocantes a todas las heredades, posesiones e tierras e caserías que el dicho monasterio de Burzena tiene en el dicho concejo de Baracaldo, hizo amostración ocularmente el dicho senor comendador ante los dichos fieles e regidor, como en cada lugar conbenían para la berificación e abariguación de los dichos apeos e tierras e heredades juntamente, hallándose presentes los bezinos en las partes a quien les tocaba, como fueron para ello citados e llamados ante los dichos fieles e regidor, e de mi, el dicho Ynigo de Larraçabal, escribano.</p>
<p>Otrosi, apearon los dichos fieles e regidor, adelante la casa de Crastijana, juridición de lanteyglesia de Sanct Bicente de Abando, vn nogal con su rama e tierra, el qual está junto al regato que pasa por ella, delante del mesón e casa de Crastijana, fuendo anzia la puente de Crastijana, el qual nogal hubieron heredado por parte de fray San Juan de Axpuro e de su hermana Catelina de Larraçabal, beata, la qual hubo echo donación de la casería de Larraçabal con sus heredades e tierras ante Juan Martines de Gueldo, escribano en Bilbao, a tres de junio de mil e quatrocientos e ochenta e dos anos,<br />
al dicho monasterio de Burzena.</p>
<p>Asimesmo, este dicho día mes e año susodicho, apearon e mopnjonaron la delantera e arbolar de delante la puerta de la yglesia, que está dentre los límites seguientes: por la parte de las casas de Burzeña la casa de Teresa de Echebarria, como corta el regatillo que biene de Cruzes a baxar a la mar, por detrás de la huerta del monasterio, e por la cabecera la calçada que entran para yr a la villa de Castro e Portogalete, de lo qual le hubo fecho donación al dicho monasterio, con otras cosas, el conde Hernan Perez de Ayala, ante Juan Vrtiz de Vnsaa, escribano, a quatro de mayo de mil e trecientos e ochenta e quatro años. A todo lo qual fueron presentes por testigos Sancho de Beurco e Antonio de Aranguren, alcalde ordinario del dicho concejo, e Sancho de la Torre, e Martin Yniguiz de la Ferreria, e Juan de Escavriça, e Martin Bentura, bezinos del dicho concejo e<br />
de la anteyglesia de Abando, e otros muchos (signo) // (Fol. 14 rº) del dicho concejo, e Domingo de Larrea, bezino de la villa de Portogalete e del dicho concejo, e los dichos fieles firmaron todos tres de sus nonbres, a los quales ago fee yo, el dicho escribano, que los cognosco. Juan de Aguirre, Martin de Retuerto, Juan de Aranguren. Ynigo de Larraçabal, escribano.</p>
<p>Digo yo, el presente escribano que ba entre renglones en la primera fila do dize mente, e en la segunda foja do dize entre renglones fieles, e do dize en la misma foja entre renglones heredades e bienes, e en la mesma foja o ba testado o diz monasterio, no bala, e lo demás bala. E o diz en la tercera foja encima del renglón primero que dize sebe e monte, e o diz entre renglones antoçaño, o o diz en la misma foja parte pieça, e do diz en la quinta foja entre renglones tomaron, e do diz vezinos del dicho concejo, balan. E do diz en la quatorzeña foja de ba testado e borrado zien, bala por borrado. E bisto las borraduras e lo demás, yo el dicho escribano e los dichos fieles firmamos de nuestros nonbres ante los dichos testigos. Juan de Aguirre, Juan de Aranguren, Martin de Retuerto. Pasó ante mi, Ynigo de Larraçabal, escribano.</p>
<p>Ba testado o diz la, y do diz na del, y testado qua, en la mesma plana, balan, borrado y testado. Y do diz antre renglones cavdal. Y en otra parte lugar, sobre el renglón balan y no enpezcan. Y do diz sobre el renglón la sebe y (tachado: monte) y cerrada, bala y no enpezca. Y do diz no bala testado. Y do diz en el, balan por testados. E yo, Ynigo de Larraçabal, escribano de la magestad real e su notario público en la su corte e en todos los sus reinos e señoríos, e de los testigos de yuso escriptos, presente fuy en vno con los dichos fieles e regydor a los dichos apeos, los quales dichos apeos quedan en my poder firmados de los dichos fieles e regydor, e por virtud que para todo ello tenían comysión del señor corregidor de Byscaya. E por ende, fiz escrybyr e fiz aquí este my acostunbrado<br />
syno a tal, en testimonio de verdad. Ynigo de Larraçabal (firmado y rubricado)</p>
<p><a href="https://www.enkarterrimuseoa.eus">https://www.enkarterrimuseoa.eus</a></p>
<p>ENCARTACIONES</p>
<p>Goio Bañales García</p>
<p>DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA (Y DE LAS CASAS SOLARES DE AIARA, VELASCO, SALAZAR Y BAÑALES) 1297-1821</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>El Mayorazgo de Aranguren</title>
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		<pubDate>Thu, 28 May 2026 06:25:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
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					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="157" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?fit=300%2C157" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?w=660 660w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?resize=300%2C157 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="753" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/el-mayorazgo-de-aranguren/aranguren-11/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?fit=660%2C346" data-orig-size="660,346" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aranguren-11" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?fit=660%2C346" /></div>1. Propiedades del mayorazgo de Aranguren: Las propiedades se describen así­ en el año 1557: La torre de Aranguren. La casa más arriba de la torre de Aranguren. Una cuarta parte del molino de Aranguren. Una cuarta parte de la herrerí­a masuquera. Cuarto y medio de la tiradera. Los montes concejiles desde el lugar de [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="157" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?fit=300%2C157" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?w=660 660w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?resize=300%2C157 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="753" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/el-mayorazgo-de-aranguren/aranguren-11/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?fit=660%2C346" data-orig-size="660,346" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aranguren-11" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?fit=660%2C346" /></div><p><strong><a href="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg" data-rel="lightbox-image-0" data-rl_title="" data-rl_caption=""><img data-recalc-dims="1" loading="lazy" decoding="async" data-attachment-id="753" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/el-mayorazgo-de-aranguren/aranguren-11/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?fit=660%2C346" data-orig-size="660,346" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="aranguren-11" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?fit=660%2C346" class="alignright size-medium wp-image-753" title="" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?resize=300%2C157" alt="aranguren-11" width="300" height="157" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?resize=300%2C157 300w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2009/04/aranguren-11.jpg?w=660 660w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></a>1. <span style="text-decoration: underline;">Propiedades del mayorazgo de Aranguren</span>:</strong></p>
<p><strong>Las propiedades se describen así­ en el año 1557:</strong></p>
<ul>
<li>La torre de Aranguren.</li>
<li>La casa más arriba de la torre de Aranguren.</li>
<li>Una cuarta parte del molino de Aranguren.</li>
<li>Una cuarta parte de la herrerí­a masuquera.</li>
<li>Cuarto y medio de la tiradera.</li>
<li>Los montes concejiles desde el lugar de Beurco hasta entrar de las Cruces de Arriba y hasta la alta de Arrolaza y dende hasta el entrar de Saracho y dende hasta nuestra Señora de Gí¼eñes y hacia la parte de Sopuerta y Somorrostro, con lo que tenemos en San Pedro de Galdames que es media aceña con Pedro de Allende y un cuarto y medio de una aceña con Felipe de Murga, escribano.</li>
<li>Las sepulturas de la casa de Aranguren, en el monasterio de Burceña.</li>
<li>Renta del pasaje y barco de Tapia.</li>
</ul>
<p>En 1720 estas propiedades se ven ampliadas con la ermita, de la advocación de Nuestra Señora de la Concepción, situada ante la torre de Aranguren. Unas heredades de <em>pan sembrar </em>en el barrio de Retuerto y la casa y caserí­a de Larrí­naga, en el valle de Gordejuela integrada al mayorazgo principal por Teresa de Aranguren .</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Bienes libres</strong><em>:</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li>Una casa en la villa de Portugalete</li>
<li>El arbolar de Zuazo, en parzonerí­a con Francisco de Mesperuí§a</li>
</ul>
<p>En 1720 estas propiedades libres se ven incrementadas con la caserí­a de Gorostiza, en Barakaldo, que fue de Domingo de Mesperuza y Mari Cruz de Garay, difuntos, mas una heredad de pan sembrar que llaman de Susunaga por trueque con José de Uro Marroquí­n, vecino de Laredo, como marido de Marí­a Ventura de Uro y unas casas debajo de la calle Coscojales en Portugalete. Todas estas propiedades se incorporan al mayorazgo</p>
<p><strong>Propiedades del mayorazgo de Zubileta que se unieron al mayorazgo de Aranguren</strong>:</p>
<ul>
<li>La torre de Zubileta.</li>
<li>La caserí­a de Larrazabal.</li>
<li>La casilla y heredades de Castrejana (o Castregana).</li>
<li>La aceña y molino de Sodupe, comprada a Juan Hurtado de Salcedo.</li>
<li>Unas casas junto a la Renterí­a de la villa de Bilbao.</li>
<li>Unas casas en Portugalete, en la calle Coscojales.</li>
<li>El paso libre del barco de Tapia.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>2. <span style="text-decoration: underline;">Propietarios del mayorazgo</span>:</strong></p>
<p>A finales del siglo XV <strong>Lope Ibáñez de Aranguren</strong> poseí­a las torres y mayorazgos de Aranguren y Zubileta. El primero de ellos heredado de sus antepasados mientras que el segundo fue aportado por su esposa de la que desconocemos el nombre, aunque sabemos que era hermana de Fernando Ibáñez de Zubileta (1462-1552), y que ambos eran hijos de Sancho de Zubileta, dueños con anterioridad a ella del solar de Zubileta.</p>
<p>Los dos mayorazgos recayeron en <strong>Antonio de Aranguren y Zubileta</strong>, hijo de los anteriores, quien casó con Marí­a Bañes de Beurco, hermana de Sancho de Beurco,&nbsp; fundador del mayorazgo de Beurco-Martiartu. El matrimonio otorgó testamento conjunto en el año 1557. En él piden ser enterrados en el monasterio de Nuestra Señora de la Merced de Burceña, en las sepulturas de la casa y torre de Zubileta, donde estaban enterrados los mencionados Sancho y Femando Ibáñez de Zubileta. Antonio de Aranguren y Marí­a Bañes de Beurco mencionan como sus hijos a fray Juan, Hernando, Sancho Pérez, Antonio, Teresa, Marí­a Pérez, Marí­a Bañes, Agueda y a Marta de Aranguren y Beurco.</p>
<p>Entre&nbsp; otras&nbsp; disposiciones&nbsp; deciden&nbsp; desligar nuevamente&nbsp; los mayorazgos de Aranguren y de Zubileta dejando por heredero del primero a su hijo mayor <strong>Hernando, </strong>y del segundo a quien viviere de sus hijos Sancho Pérez y Antonio, ambos muy pequeños al tiempo que sus padres otorgaron su última voluntad. Suponemos que Sancho Pérez murió antes que su hermano Antonio o, en todo caso, sin descendencia porque en el año 1559 se nombra a <strong>Antonio</strong> como heredero del mayorazgo de Zubileta y años más tarde le encontramos definitivamente como su dueño.</p>
<p>Al tiempo de ordenar su testamento Mari Bañes de Beurco estaba embarazada y suponemos que tal vez muriera a consecuencia del parto porque unos meses después, a comienzos de 1558, se dice gravemente enferma y consta que un año después, en 1559, ya ha fallecido. Fallecida su primera esposa Antonio de Aranguren contrajo nuevas nupcias con Hermuco de Yraúregui, dueña del mayorazgo de Yraúregui y de una tercera parte de los diezmos de la anteiglesia de Barakaldo, seguramente hija de Lope Garcí­a de Yraúregui que era dueño del mayorazgo a comienzos del siglo XVI. Fruto de este matrimonio nacieron Antonio y Lope Garcí­a de Yraúregui Aranguren, quienes antepusieron el apellido materno al paterno al suceder en ellos los ví­nculos y mayorazgos de Yraúregui.</p>
<p>Al frente del mayorazgo de Aranguren quedó <strong>Hernando de Aranguren y Beurco</strong> (1541-1622) quien casó en Castro con Marí­a Sáez de Ahedo. No conocemos descendencia de este matrimonio. En segundas nupcias casó con Francisca de la Bárcena, siendo padres de Antonio de Aranguren y la Bárcena, Hernando de Aranguren (Clérigo Presbí­tero en San Vicente de Barakaldo), Tomás de Aranguren,&nbsp; Gregorio de Aranguren, Teresa de Aranguren (casada con Sancho de Uriarte Unsana), Marta de Aranguren y Maria Bañes de Aranguren, casada con Pedro de Loredo.</p>
<p>Por su testamento en 27 de agosto de 1622 Hernando de Aranguren nombró su sucesor en el mayorazgo a su hijo mayor <strong>Antonio de Aranguren y la Bárcena,</strong> quien casó con Marina de Aldecoa. De este matrimonio no quedarí­an varones. Fueron padres <strong>de Marí­a Antonia de Aranguren</strong> (heredera del mayorazgo de Aranguren, casada con Juan de Sobrado Rio, hijo de Juan de Sobrado y Ana Marí­a del Rí­o, vecinos de San Julián de Musques y de Castro Urdiales. Fueron padres de Fernando y Juana Francisca de Sobrado Aranguren) y de Marí­a Francisca de Aranguren (casada en 1660 con el capitán Juan del Barco [n. 1630], vecino de Barakaldo y Bilbao).</p>
<p>Sucedió en el mayorazgo <strong>Fernando de Sobrado y Aranguren</strong> (n.1669), quien casó con Teresa de Ydadilla y Aguirre. Fueron padres de <strong>Juan José de Aranguren Sobrado e Ydadilla</strong>, Francisca Isabel de Aranguren y Sobrado (casada en 1719 con Juan Antonio de Mújica y Basurto, vecino de Plencia), Marí­a Josefa de Aranguren y Sobrado y Jerónima de Aranguren y Sobrado Juan José de Aranguren y Sobrado fue Sí­ndico Procurador General del Señorí­o de Bizkaia. Casó en primeras nupcias con Marí­a Ventura de Durán, hija de Antonio de Durán y Zarazua y Mari Andrés de Andagoya y Amézaga. De este matrimonio nacieron José Antonio, Marí­a Josefa, Marí­a Felipa, Manuela, Josefa y Marí­a Francisca de Aranguren y Durán. Les sucedió en el mayorazgo <strong>José Antonio de Aranguren y Sobrado,</strong> que casó con Antonia de Jaureguizuria. A finales del siglo XVII el mayorazgo de Aranguren se desgaja en dos. Una parte permanece en poder de los Aranguren-Sobrado y la otra pasará a los Novia-Salcedo.</p>
<p>Esta división se debe al contencioso que interpuso en el año 1699 Marí­a Agustina del Barco y Aranguren, hija del capitán Juan del Barco y Marí­a Francisca de Aranguren y Aldecoa, reclamando parte de las propiedades de los Aranguren. Logró de la Justicia que se le entregase una porción del mayorazgo. Marí­a Agustina del Barco casó en 1682 con Juan de Novia Ugarte y Salcedo, dueño de la torre de Novia de Salcedo, en Abando. En 1726 pasa a ser dueño del mayorazgo de Aranguren <strong>Juan de Novia de Salcedo y Barco</strong> por muerte de su madre.</p>
<p>En las fogueraciones del año 1745 se dice dueño del mayorazgo <strong>Bartolomé de Novia</strong>. Con posterioridad encontramos al frente de las propiedades a <strong>Pedro Manuel de Novia Salcedo y Castaños</strong>. Además de la parte que le correspondí­a en el mayorazgo de Aranguren era dueño de los mayorazgos de Novia, Ugarte, y de la villa de San Román de Hornija. Fue autor de la <em>«Defensa histórica, legislativa y económica del Señorí­o de Vizcaya </em>y <em>Provincias de Alava y Guipúzcoa».</em></p>
<p>Quedó como dueño de la mayor parte del mayorazgo<strong> José Antonio de Aranguren y Sobrado Jaureguizurí­a</strong> quien casó con la también barakaldesa Marí­a Teresa de Echabarri. A éstos les sucedió su hijo <strong>Francisco de Aranguren Sobrado,</strong> que fue vecino de Barakaldo, Bilbao y Madrid, Alcalde del Crimen Ordinario de la Real Chancillerí­a de Valladolid y Consultor del Señorí­o de Bizkaia. Participó en <em>la Zamacolada </em>y escribió por encargo del Señorí­o un ensayo para contrarrestar los ataques vertidos contra la foralidad vasca por el canónigo Juan Antonio de Llorente en su obra <em>«Noticias Históricas de las tres provincias vascongadas».</em> Casó con Marí­a Ignacia de Echabarri, pero del matrimonio no quedó descendencia, pasando el mayorazgo a su sobrina <strong>Marí­a Gertrudis de Aranguren.</strong></p>
<p>Esta era hija de Manuel de Aranguren Sobrado y Valentina de Murga Ortí­z de la Riba. Marí­a Gertrudis contrajo matrimonio con su tí­o abuelo Celestino Ortí­z de la Riba y del Corte, vecino de Gordejuela, Abando y del valle de Mena, quien incorporó al mayorazgo de Aranguren la torre del Berrón, en Mena. Fruto de estas nupcias nació José Marí­a Ortí­z de la Riba y Aranguren que casó con Bernardina Allende Salazar y Loizaga&nbsp; y fueron padres de Celestino Ortí­z de la Riba y Allende Salazar, Caballero de la Cruz de Isabel la Católica y alcalde de Bilbao Casó con Sofia de Arana y Manso de Zuñiga. Sus descendientes enlazaron con los <strong>marqueses de Buniel</strong> en quienes recayeron los mayorazgos de Aranguren y sus enlazados.</p>
<h5 style="text-align: right;">Escrito por Goyo Bañales</h5>
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		<title>BARAKALDO (Documento de 1559)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ezagutu Barakaldo]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 May 2026 06:57:31 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[Historia]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="140" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=300%2C140" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?w=690 690w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?resize=300%2C140 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10113" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/nueva-bandera-barakaldo/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" data-orig-size="690,323" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="nueva-bandera-barakaldo" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" /></div><p>1559, noviembre, 20. Lutxana, Barakaldo.</p>
<p>Posesión de las torres de Lutxana en nombre del condestable Iñigo Fernández de Velasco, duque de Frías.</p>
<p>Posesión de las torres de Luchana, con sus heredamientos, pasages y barcos y otras pertenencias, sitas en el concejo de Varacaldo y su término, que tomó Juan Bravo de Vallecillo, vecino de Berlanga, a nombre de su señor, el condestable don Iñigo Fernandez de Velasco, duque de Frias, subcesor por muerte de su tío, el condestable don Pedro, hauiendo vuelto a dejar por su alcayde en dichas torres a Diego Vertando (sic) de Tovar, y su teniente Martin Ruiz de Landa[buru], ante Martin Ruiz, escrivano del número de la merindad de Uribe.</p>
<p>// (Fol. 1 rº) (Cabecera: Valles y Montañas. 20. Noviembre de 1519 (cruz) En el lugar de Ameçaga, ques en el conçejo de Baracaldo, a beynte días del mes de nobienbre del año de myl e quynientos e çinquenta e nuebe años, estando ende presente Pedro de Salazar,</p>
<p>alcalde en el dicho conçejo e su juridiçión, y en presençia de my, Martyn Ruyz de Landaburu, escribano de su real magestad e del número de la merindad de Vribe, e testigos de juso escritos. Este dicho día pareçió presente vn fonbre que dixo llamarse de su nombre Juan Brabo de Ballezillo, bezino de la billa de Berlanga, el qual mostró e presentó vn poder aygnado de Hernando de Torquemada, escribano público de la real magestad e del número de la dicha billa, que pareçe por ella aber dado y otorgado el yllustrísimo señor marqués de Berlanga, heredero de la casa de Belasco, segund que más largamente en el dicho poder se contenya; por bertud del qual dicho poder, que su treslado della queda en my poder, pedyó a su merçed del dicho señor alcalde le diese e entregase la posesión bel casy de las torres de Luchana, e de las tierras e heredades e pasajes e barcos e herrería de Vrcullu, e torre de Cadalso, e las torres e casas biejas de Javreguyeta, que están sytas en el dicho conçejo de Baracaldo e su territorio e juridiçión, y de todos los otros bienes anexos a perteneçientes a don Pero Ferrandes de Belasco, condestable de Castilla, ya defunto, que sea en gloria, al dicho Juan Brabo en nonbre de su yllustrísyma señoría, conforme y al tenor del dicho poder, sobre que pedyó serle fecho conplimyento de justiçia, e para ello ynploró su ofiçio, e pedyólo por testimonyo.</p>
<p>E luego, el dicho señor alcalde, bisto el dicho poder sygnado e el pedimyento a el fecho, dixo questaba presto e çierto de hacer e cunplir lo que de derecho hera // (Fol. 1 vº) y es obligado, y en conplimyento de lo en ella contenydo dixo que le daba e le dyo e entregaba y entregó la posesyón bercasy de las dichas torres e fortaleza de Luchana, e de las tierras e heredades, e las dichas torres e fortaleza perteneçientes, con más los pasajes e barcos de Luchana e Tapia, e casas biejas e paredes de huerta de Javreguieta y torre de Cadalso e herrería de Vrcullu, e de la terçera parte de los diezmos e patronazgo del dicho conçejo, con todo lo demás anexo e perteneçiente a don Pero Ferrandes de Belasco, defunto, que sea en gloria, al dicho Juan Brabo de Ballezillo, en el dicho nombre de yllustrísyma señoría del marqués de Berlanga, y en señal de la dicha posesyón belcasy le dyo e le entregó las llabes de las dichas torres e fortaleza de Luchana, e se entró dentro en las dichas torres e fortaleza, e tomar las dichas llabes a su mano, e çerró las puertas, e se paseó por las dichas torres e fortaleza paçíficamentem echando los que estaban dentro della fuera. E asy bien, con tierra e rama, le dyo la poseysyón de todos los dichos bienes de suso declarados. La qual dicha posesyón dixo que le daba e le dyo entregó en aquella mejor bía forma e manera que mejor podya e debya, e mejor lugar vbiese de derecho e leys.</p>
<p>De todo lo qual ber cómo pasó, el dicho Juan Brabo, en el dicho nonbre, lo pedyó por testimonyo para en guarda del derecho del dicho su parte, e se dyo por entregado de la dicha posesyón.</p>
<p>E luego, yn contynente, yo el dicho Martyn Ruyz de Landaburu, escribano, tenyente de alcayde en nonbre de Diego Urtado de Tobar, alcayde de las dichas torres e fortaleza de Luchana, por avsençia del dicho Diego Urtado de Tobar, digo que por bertud del poder que yo tengo del dicho Diego Urtado para hazer e dar e entregar, e para lo demás que en su nonbre puedo y debo hazer, que tenrré e guardaré las dichas torres e fortaleza, e los otros bienes de suso declarados, en nobre de su yllustrísyma señoría del // (Fol. 2 rº) marqués de Berlanga, en el ynterín que su yllustrísyma señoría probea e mande otra cosa. E para ello, e para no yr contra ello, juro e ago pleyto omenaje segund que en tal caso se requiere de lo tener ansy, e de no hazer otra cosa so pena de las penas que de derecho e leys en tal caso dysponen e mandan.</p>
<p>De todo lo qual en cómo pasó el dicho Juan Brabo lo pedyó por testimonyo.</p>
<p>E luego, yncontynente, el dicho Juan Brabo, en el dicho nonbre, me entregó las dichas llabes de las dichas torres e fortaleza de Luchana, e torre de Cadalso, e Javreguieta, e heredades a ella anexos e perteneçientes, e pasajes e Herrería de Vrcullu, al dicho Pedro de Salazar, alcalde, e a Pero Martines de Laherrería, e a los otros arrendadores que tenyan arrendado la dicha herrería con sus pertençidos, los quales nonbró para que lo tubiesen en nonbre de su señoría ylustrísyma del dicho marqués de Berlanga, fasta y en el entretanto que otra cosa su merçed la mandase.</p>
<p>A todo lo qual fueron presentes por testigos, el bachiller Landaburu, e Juan de Galindiz, e Peruxe, hijo de my, el dicho escribano, e Juan de Barona, criado del dicho Juan Brabo de Ballezillo. Martyn Ruyz.</p>
<p>E yo, el sobredicho Martyn Ruyz de Landaburu, escribano de su real magestad, e su notario público en la su corte y en todos los sus reynos e señoríos, e escribano público del número de merindad de Vribe fuy presente en vno con el dicho señor alcalde, que firmó aquy, (firmado y rubricado: Pedro de Salazar) de su nonbre. Y en vno con los dichos testigos a todo lo que de my haze menzión.</p>
<p>E por ende, por su mandado e pedimyento del dicho Juan Brabo, saqué del registro que en my poder queda. Y el dicho Juan Brabo llebó el otro sygnado para otras partes e lugares, e quedó el trasjunto en my poder, de my el dicho escribano, juntamente con los dichos avtos que de suso ban encorporados. E por ende fiz aquy este my signo en testimonio de verdad. Martyn Ruiz (rubricado)</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="https://www.enkarterrimuseoa.eus">https://www.enkarterrimuseoa.eus</a></p>
<p>ENCARTACIONES</p>
<p>Goio Bañales García</p>
<p>DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA (Y DE LAS CASAS SOLARES DE AIARA, VELASCO, SALAZAR Y BAÑALES) 1297-1821</p>
<p>Liburuklik</p>
<p>Manuscritos (Parlamento Vasco)</p>
<p>http://www.liburuklik.euskadi.eus/handle/10771/9098</p>
<p>(Cubierta: Valles y Montañas. 20. Noviembre de 1519</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>RECORRIDO HISTÓRICO 80: las sociedades recreativas, deportivas y musicales en los inicios del siglo XVIII</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ezagutu Barakaldo]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 25 May 2026 06:43:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cultura]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
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					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?w=1100 1100w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=300%2C225 300w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=1024%2C768 1024w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=768%2C576 768w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=1080%2C810 1080w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10611" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/barakaldo-de-aldea-a-ciudad/122_1100x/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=1100%2C825" data-orig-size="1100,825" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;4&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;Canon PowerShot SX50 HS&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;1581853561&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;4.3&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;160&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0.00125&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;1&quot;}" data-image-title="122_1100x" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=1024%2C768" /></div>Junto con las sociedades políticas que desarrollaron una importante actividad lúdico-social, los primeros años del siglo XX vieron el desarrollo de numerosas asociaciones recreativas y deportivas, algunas de las cuales continúan existiendo[1]. Muchas de ellas combinaban diversos tipos de actividades, desde bailes de sociedad, hasta conferencias culturales, excursio­nes a diferentes puntos de la provincia, concursos [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="225" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=300%2C225" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?w=1100 1100w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=300%2C225 300w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=1024%2C768 1024w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=768%2C576 768w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?resize=1080%2C810 1080w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10611" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/barakaldo-de-aldea-a-ciudad/122_1100x/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=1100%2C825" data-orig-size="1100,825" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;4&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;Canon PowerShot SX50 HS&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;1581853561&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;4.3&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;160&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0.00125&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;1&quot;}" data-image-title="122_1100x" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2024/08/122_1100x.jpg?fit=1024%2C768" /></div><p>Junto con las sociedades políticas que desarrollaron una importante actividad lúdico-social, los primeros años del siglo XX vieron el desarrollo de numerosas asociaciones recreativas y deportivas, algunas de las cuales continúan existiendo<a href="#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a>. Muchas de ellas combinaban diversos tipos de actividades, desde bailes de sociedad, hasta conferencias culturales, excursio­nes a diferentes puntos de la provincia, concursos deportivos, etcétera. Las sociedades recreativas que desarrollaron su vida asociativa preferentemente fuera del ámbito de los partidos políticos, experimentaron un fuerte impulso en torno a 1918. Ese año surgieron el Círculo de Recreo («Sin color político»), la Sociedad Vegetariano-Naturista de Vizcaya, la Sociedad Recreativa de Luchana («antipolítica») y la Sociedad Recreativa del Cadagua en Alonsótegui. Casi 10 años más tarde, en 1927 se fundó la Sociedad Baracaldesa y el Casino de Barakaldo.</p>
<p><u>Sociedades Musicales</u></p>
<p>A partir del segundo tercio del siglo XIX, diversas manifestaciones musicales ocuparon un espacio creciente en la vida de la sociedad urbana española. Importancia que continuó en el siglo XX. En cualquier caso, antes de pasar al estudio de las formas específicas de sociabilidad musical, hay que subrayar el hecho de que la música forma parte de la vida cotidiana de cualquier colectivi­dad. Por lo tanto, al lado de orfeones y coros, hay que recordar que existen los cantos de los trabajadores o de las mujeres —algunos ya se han mencionado en un apartado anterior—, los espectáculos organizados por tabernas y cafés can­tantes, y las expresiones surgidas espontáneamente en fiestas y romerías. Todos ellos conformaron la parte fundamental de esa expresión emocional, especial­mente con anterioridad a que los medios de comunicación modernos, la radio fundamentalmente, hayan unificado de forma progresiva los gustos musicales del conjunto de la población. Una muestra de ese repertorio cancionil baracal­dés más actual en el que se entremezclan los temas locales con las bilbainadas, canciones en euskera, habaneras, tangos y música lírica se encuentra en la obra de Javier Echevarría “Canciones para el recuerdo” (1994).</p>
<p>La banda de música «La Lira» fue la primera sociedad musical que conoce­mos en Barakaldo, aunque la sociedad de socorros de AHV tenía una escuela de música, algunos de cuyos componentes formaron la banda «La Infantil» que actuó en varios festejos de 1892 y 1893. “La Lira”, dirigida por José Crespo, tocaba desde 1889 con carácter municipal en las celebraciones baracaldesas. La agrupación subsistió hasta 1906, integrándose alguno de sus componentes en la Banda de Música creada en 1899 por el Ayuntamiento. El primer director de la Banda Municipal fue Pedro Alberdi, hasta su fallecimiento en 1926.</p>
<p>Tras un largo periodo de interinidad protagonizado por Francisco Fernández, le sustitu­yó en 1928 Jaime Texidor, quien sería depurado al finalizar la Guerra Civil, por permanecer fiel a la República. Si hasta entonces había contado con director, subdirector y 48 ejecutantes, su plantilla se redujo hasta los 42 ejecutantes bajo la dirección de Tomás Aragüés<a href="#_ftn2" name="_ftnref2">[2]</a>.</p>
<p>Junto a la Banda existía la banda de txistularis formada por tres ejecutantes en Barakaldo y dos en Alonsótegui. Entre sus funciones estaban el acompañar a las autoridades en los desfiles oficiales y, durante los primeros años de la pos­guerra, alternar con la banda de música en los bailables de domingos, festivos y romerías. Luis Torre fue el primer txistulari municipal desde 1933. Torre, que también era profesor del grupo de danzas de Luchana, recibió un homenaje el 6 de enero de 1962, en el que actuaron la agrupación de Danzas Vascas Amaya, el Ochote Gaztiak, un gran número de txistularis y la Schola Cantorum.</p>
<p>Además de estos grupos oficiales, existieron varias bandas de cartón, ron­dallas y aficionados que actuaban en fechas o momentos significativos. La actividad musical podía ser de varios tipos: conciertos, bailes y representacio­nes escénicas, específicamente musicales o no, zarzuelas, fragmentos de ópe­ras, obras de teatro, etcétera. La música constituía en muchos casos el com­plemento de veladas recreativo-culturales o de tipo político, en tanto que en otras ocasiones era el eje vertebrador del acto. La canción participativa y espontánea componía un repertorio diverso, a menudo de contenido satírico, en contraposición a los temas más «serios» utilizados en las actuaciones for­malizadas.</p>
<p>La fuerza emotiva del canto fue un excelente instrumento utilizado por todas las fuerzas políticas para difundir su pensamiento entre amplios grupos de población y cohesionar y vigorizar a sus simpatizantes y afiliados. La música era un instrumento educativo, un medio de avanzar en la emancipación de las conciencias y una vía de progreso individual y colectivo. La música moraliza­ba, toda la familia podía acudir a la velada, lo que potenciaba los lazos familia­res y contribuía a la recomposición de las estructuras sociales, convirtiendo a masas informes en un agente consciente de la necesidad de la reforma de la sociedad y la política.</p>
<p>En muchos casos, lo importante era el aspecto social y humano de la reunión coral, no la perfección de la técnica vocal, sino el mero hecho de juntarse para cantar y pasar el tiempo de una forma diferente y lejos de la taberna. El éxito popular de algunas canciones, repetidas en días de celebración deportiva, patrió­tica o política, en tabernas y cafés o en la calle muestra, no obstante, que la incompatibilidad entre alcohol y canto no era tan grande, como se desprendía de alguno de los impulsores de estas actividades. La oportunidad de viajar que ofre­cían las sociedades musicales u orfeonísticas, con ocasión de alardes y concur­sos, era otro factor nada desdeñable a la hora de integrarse en las mismas.</p>
<p>Junto a los grupos existentes en el seno de diversas sociedades, por ejemplo nacionalistas y socialistas, el principal representante de la afición coral en Barakaldo fue el Orfeón Baracaldés. Frente a la filiación partidista del resto de los grupos, el orfeón encarnaba a toda la colectividad baracaldesa. Representaba a la Anteiglesia en los concursos musicales, de tal forma que la población podía identificarse con su orfeón. Tras una etapa de crisis, reapare­ció el 16 de julio de 1927 gracias al impulso municipal, especializándose en la interpretación de zarzuelas y otras obras semejantes, consiguiendo a lo largo de su historia varios premios nacionales.</p>
<p><u>Sociedades Deportivas</u></p>
<p>Los espectáculos deportivos han sido uno de los rasgos distintivos de la sociedad contemporánea. En ese sentido, Barakaldo ha sido una de las avan­zadillas vizcaínas, en la medida que desde comienzos de siglo diversas moda­lidades deportivas tuvieron eco en la anteiglesia y surgieron numerosos clubs deportivos e incluso dos semanarios deportivos, La Ribera Deportiva en 1924 y El Pregón Deportivo (1948 y 1955). Los nacionalistas fueron fuertes impul­sores de la práctica deportiva. Fueron ellos los creadores del primer equipo que conocernos, el Euzkotarra. Este club, fundado en 1910, desapareció al poco tiempo y resurgió en 1918. Durante los años de la dictadura primorrive­rista sirvió para encubrir las actividades societarias de los nacionalistas&#8217;. Ya en los años 30 cayó en el olvido. Mientras tanto, ya había surgido el actual decano del deporte baracaldés, el Barakaldo FBCH, miembro de la Federación Atlética Vizcaína desde 1917, también orientado al balompié. Y es que, según López Llamosas «En nuestro vecinal recinto se sabe de fútbol, se sigue el fútbol, se ama el fútbol». En la misma época surgió el Club Alfonso XIII, orientado igualmente a la práctica del fútbol. Los desafíos deportivos se realizaban con equipos tanto de Barakaldo como de toda la Ría del Nervión. Otro de los protagonistas del deporte baracaldés fue el Club Deportivo, Fundado probablemente a comienzos de la década de 1910, tras un periodo de silencio abrió en marzo de 1915 un gimnasio, contratando al director del Colegio de Educación Física de Bilbao, Germán de Erausquin, como profe­sor de Educación Física»&#8217;. Junto con los ejercicios físicos, carreras pedestres y equipo de fútbol, el club organizó conferencias y excursiones en las que tomaron parte andarines, ciclistas y público en general.</p>
<p>En la relación de sociedades baracaldesas de 1930 nada menos que 19 clubs se repartían la atención de los «sportmen» baracaldeses: Arana (1930), Baracaldo FBC (1917), Club Deportivo, Club Irrintzi (1921), Desierto FBC, Español FBC (1930), Euzkotarra Club (1918), Grupo Alpino (17-6­1929), Oriamendi Sport, Peña Taurina, Sociedad Ciclista Baracaldesa, Sociedad Deportes Retuerto Sport, Sociedad Deportiva, Burceña, FBC, Sociedad Deportiva de El Regato (1930), Sociedad Deportiva Arbuyo (1930), Sporting Club de Luchana (1923), Unión Sport de San Vicente, Unión Sportiva Baracaldesa y el Zaballa Sport (1928). Cada barrio y cada facción política tenía su equipo, «el Euzkotarra y el Irrintzi eran nacionalistas, el Oriamendi carlista y el Desierto FC estaba integrado por txikiteros teñidos de rosa (UGT)». Es evidente que la dictadura de Primo de Rivera que limita­ba muchos de los campos de actuación típicos de los años 10, reorientó los esfuerzos de los jóvenes hacia el terreno deportivo, que les servía, además, para mantener los lazos organizativos.</p>
<p>La supremacía del fútbol era aún más manifiesta, si tenemos en cuenta que junto a las sociedades mencionadas existía una quincena de equipos sin fede­rar. De hecho, muy pronto se inició la polémica sobre la profesionalización de los jugadores y varios baracaldeses, como consecuencia de una relación, frecuentemente polémica, pasaron a jugar al Athletic de Bilbao e incluso a otros equipos más importantes, a cambio de un sueldo. Pero no todo el mundo esta­ba de acuerdo con esa tendencia. Así, para <em>La Ribera Deportiva, </em>profesionali­zar el fútbol «es prostituirlo y darle un colorido ficticio que repugnará a nues­tra manera de ver el deporte en sí».</p>
<p>El fútbol no compartió con deporte alguno su popularidad. Le seguían ya en los años 30 la pelota, con varios frontones, el boxeo (eran los tiempos de Uzcudun y Gabiola), más por espectadores que por practicantes, y el ciclismo. Tras la Sociedad Ciclista Baracaldesa que se disolvió hacia 1918 y las pruebas organizadas por diferentes clubs, en 1934 se creó la Unión Ciclista Baracaldesa que desapareció con la Guerra Civil, en 1936. Los años de la dictadura riveris­ta vieron igualmente el nacimiento del Club de Remo Beurkotarra (1928) con sede en el txakolí de Marcos.</p>
<p>El montañismo fue el otro deporte que alcanzó un alto número de practican­tes en la anteiglesia, tanto en su variante lúdica, como en la política, con los grupos de mendigoizales, organizados por los nacionalistas, o el Grupo Alpino Jaurés, creado por los socialistas. De hecho, algunos clubs de fútbol, el lrrintzi o la Sociedad de Deportes Baracaldo FBC tenían su sección alpina. Según el Barón D&#8217;Or, comentarista de La Ribera «el alpinismo (es el) deporte que con mayor preferencia practiqué por ser noble, sano e instructivo. Desde el punto de vista moral altamente beneficioso pues nos inculca el conocimiento prácti­co de nuestro país. La montaña nos hace comprender nuestra inferioridad». Ya en 1925, varios clubs locales habían iniciado los Concursos de Montañas y 15 montañeros coincidían en la cumbre del Eretza el 1 de marzo. El 17 de junio de 1929 se formó el Grupo Alpino-Turista Barakaldo.</p>
<p>En una situación intermedia entre las actividades deportivas y las político-educativas se encontraban los boy-scout. Los exploradores, como también eran conocidos, estaban dirigidos por el maestro Samuel Cerezo y agrupaban en 1915 a cerca de un centenar de jóvenes baracaldeses. Además de la educación física, plasmada en las numerosas excursiones y ejercicios gimnásticos, Cerezo insistió que la prioridad correspondía a la educación de las facultades morales y que el fin de la institución era «la regeneración de la patria en el orden moral y cívico». Por ello, había que alejar a los jóvenes del ambiente malsano que rei­naba en Barakaldo las tardes de los domingos. La confección de una bande­ra española para la tropa baracaldesa era saludada calurosamente por el perió­dico El Liberal: «<em>nuestros niños exploradores (&#8230;) marcharán orgullosos y hon­rados en sus días de gala precedidos de la bandera nacional, (&#8230;) bandera que más que en parte alguna debemos aquí propagar y adorar</em>».</p>
<p>Aunque se podría discutir sobre la procedencia de incluir las corridas de toros en el apartado deportivo, este espectáculo gozó de considerable presen­cia en el municipio. Los festejos taurinos celebrados en el Frontón Baracaldés (1906-1908) muestran la existencia de un nutrido grupo de aficionados que también se desplazaban hasta la plaza de Vista Alegre en Bilbao para admirar a sus ídolos. Varios baracaldeses probaron fortuna con el estoque, aunque sin excesiva fortuna. Son, entre otros, Diego Marquiarán (Fortuna), Jerónimo Loizaga (Chatillo de Barakaldo), Clemente Moret, Castor Echeverría, Manuel Chacarte y ya en los años cincuenta Enrique Orive. Desde los años 30, la sociedad Peña Taurina se encargó de organizar becerradas, incluso en localidades vecinas, llegando a construir una plaza de madera que no tuvo demasiado éxito.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="#_ftnref1" name="_ftn1">[1]</a> AIZPURU, Mikel. <em>Barakaldo. Una ciudad industrial. Auge y consolidación (1900-1937)</em>, Bilbao: Beta III Milenio, 2010.</p>
<p><a href="#_ftnref2" name="_ftn2">[2]</a> Nace en Tauste, Zaragoza, en 1903. Realizó sus estudios en el Conservatorio de Zaragoza, entre otros con Ramón Borobia. Fue director de la Banda Municipal de Híjar (Teruel) así como de la Banda de la Milicia en Zaragoza. En 1940 obtuvo por oposición el cargo de director del Orfeón Baracaldés, y más tarde la cátedra de Armonía y Composición del Conservatorio Vizcaino Juan Crisóstomo Arriaga de Bilbao. Fallece en Baracaldo el año 1956. Es autor de obras corales religiosas y profanas, música de banda, sinfónica (Poema San Ignacio de Loyola, Sinfonía de Mallorca), así como escénica (Percal y Mahón, La estrella de Madrid, o el auto sacramental El gran teatro del mundo)</p>
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		<title>BARAKALDO (Documento de 1553)</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ezagutu Barakaldo]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 23 May 2026 06:56:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cultura]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
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					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="140" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=300%2C140" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?w=690 690w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?resize=300%2C140 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10113" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/nueva-bandera-barakaldo/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" data-orig-size="690,323" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="nueva-bandera-barakaldo" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" /></div>1553, mayo, 10. Portugalete. Licencia otorgada por el regimiento de Portugalete al maestre Juan de Urquiza, vecino de Bermeo, para que pueda descargar vino y pescado desde el Sepulcro de Lutxana abajo. // (Fol. 61 rº) En la noble villa de Portogalete, a diez días del mes de mayo ano del Señor de mil e [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div><img width="300" height="140" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=300%2C140" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?w=690 690w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?resize=300%2C140 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10113" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/nueva-bandera-barakaldo/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" data-orig-size="690,323" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="nueva-bandera-barakaldo" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2022/02/nueva-bandera-barakaldo.jpg?fit=690%2C323" /></div><p>1553, mayo, 10. Portugalete.</p>
<p>Licencia otorgada por el regimiento de Portugalete al maestre Juan de Urquiza, vecino de Bermeo, para que pueda descargar vino y pescado desde el Sepulcro de Lutxana abajo.</p>
<p>// (Fol. 61 rº) En la noble villa de Portogalete, a diez días del mes de mayo ano del Señor de mil e quinientos e çinquenta e tres anos, antel señor Martyn de Larrea, alcalde de la dicha villa por sus majestades, e Juan de Montellano, e Ochoa de Capetillo, regidores de la dicha villa, e en presençia de my, Martyn de Çaballa, escriuano de sus majestades e del número de la dicha villa, e testigos, paresçió presente Juan de Vrquyça, bezyno de la noble villa de Vermeo, e maestre ques de vn galeón nonbrado Nuestra Senora de Begona, ques de Jacobe de Yrinoçar, bezyno de la villa de Vermeo, y del dicho Juan de Urquiça, e dixo que por quanto el trae çierto vino en el dicho su nabío, ques de Domingo de Echabarri e de Asensyo de Vrteaga e Martyn de Regoytia, veçinos de la villa de Vilbao, el qual dicho bino no es bino de Ribadabya, e tanvyén traen çierto pescado, lo qual quieren yr a lo descargar a Luchana, para de allí lo descargar a Baracaldo e a Asua e a otras partes que lo quieran bender.</p>
<p>E por quanto ha benydo a su notiçia que en Luchana no se pueda de azer descarga syn liçençia desta dicha villa, e por tanto dixo que pedya a sus merçedes que le den liçençia para que puedan descargar y traer en Baracaldo e Asua e // (Fol. 61 vº) otras partes de Luchana abaxo el dicho bino e pescado, o la parte que dello quisieren descargar los dichos mercaderes o dueños dello. Sobre que pedyó serle fecho justiçia, reconoçiendo la juridiçión desta dicha billa, e que en el dicho logar de Luchana ny del Sepulcro abaxo no se pueda azer descarga syn liçençia desta dicha villa.</p>
<p>E luego, dicho senor alcalde e los dichos regidores dixeron que ellos dan liçençia al dicho Juan de Vrquiza para que desde el Sepulcro de Luchana abaxo puedan descargar el dicho bino e pescado o lo que dello quisieren descargar los dichos dueños del dicho bino. E para ello le dieron su liçençia e poder e facultad en toda la mejor forma e manera que pueden e deben. E lo firmaron de sus nobres siendo presentes por testigos Juan de Otaola, vezino de la villa de Vermeo, e Felipe de Sarrya [&#8230;] veçino de Vermeo, [&#8230;] e Sancho de Çaballa, veçinos de Portogalete. E por el dicho Juan de Vrquiça e por su ruego lo fyrmó el dicho Juan de Otaola testigo susoducho.</p>
<p>Domingo de Larrea, Juan de Otaola, Ochoa de Capetillo, Juan de</p>
<p>Montellano. (rubricados)</p>
<p>Martyn de Çaballa, escriuano. (rubricado)</p>
<p><a href="https://www.enkarterrimuseoa.eus">https://www.enkarterrimuseoa.eus</a></p>
<p>ENCARTACIONES</p>
<p>Goio Bañales García</p>
<p>DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA (Y DE LAS CASAS SOLARES DE AIARA, VELASCO, SALAZAR Y BAÑALES) 1297-1821</p>
<p>Archivo Histórico Municipal de Portugalete</p>
<p>DECRETOS Y AUTOS, C. 3-2</p>
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<p><a href="https://www.enkarterrimuseoa.eus">https://www.enkarterrimuseoa.eus</a></p>
<p>ENCARTACIONES</p>
<p>Goio Bañales García</p>
<p>DOCUMENTOS PARA SU HISTORIA (Y DE LAS CASAS SOLARES DE AIARA, VELASCO, SALAZAR Y BAÑALES) 1297-1821</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>ORDUÑA</p>
<p>1553, mayo, 17. Madrid.</p>
<p>Cédula Real ordenando diversas diligencias con motivo de los</p>
<p>caminos que se planteaban hacer, uno desde Losa hasta Portugalete</p>
<p>y otro rompiendo la Peña de Orduña hasta Bilbao.</p>
<p>El texto es impreso.</p>
<p>Archivo Foral de Bizkaia.</p>
<p>CONSULADO. Leg. 08-04</p>
<p>// (Fol. 1 rº) Don Carlos, por la divina clemencia, emperador</p>
<p>semper augusto, rey de Alemania, doña Juana, su madre, y el mismo</p>
<p>don Carlos, por la gracia de Dios, reyes de Castilla, de Leon, de</p>
<p>Aragon, de las dos Sicilias, de Ierusalen, de Navarra, de Granada,</p>
<p>de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, condes</p>
<p>de Flandes y de Tirol, etcétera.</p>
<p>A vos, el que es o fuere nuestro corregidor o iuez de residencia</p>
<p>del nuestro noble y leal condado e señorío de Vizcaya, o a vuestro</p>
<p>lugar-teniente en el dicho oficio, salud e gracia.</p>
<p>Bien sabeis que siéndonos fecha relación que para remediar la</p>
<p>careza (sic) [¿carrera?] del hierro, que era necessario que se hiziesse</p>
<p>camino de carros hasta el puerto de la villa de Portugalete, porque</p>
<p>haziéndose se traería el hierro más varato a estos reinos de Castilla,</p>
<p>y asimismo las mercaderías. Y que el dicho camino le avían visto</p>
<p>maestros y dado su parecer, que dezían que se puede hazer bueno</p>
<p>y perpetuo y sin pasar ríos, y por donde ay más herrerías de hierro</p>
<p>y azero; de los quales, en retorno de los mantenimientos y vinos</p>
<p>que de estos reynos se llevaren, podrán traer más de veinte y ocho</p>
<p>mil quintales de hierro y seis mil de azero. Los quales diz que se</p>
<p>labran en el camino que está traçado a la dicha villa de Portugalete,</p>
<p>de donde se puede traer todo el hierro que fuere menester, por ser</p>
<p>el dicho puerto de mar abiero, de donde salen más de quinientos</p>
<p>mil quintales de vena para Vizcaya y Guipuzcoa y Galicia, en cuyo</p>
<p>retorno se traerá al dicho puerto mucho hierro y pescado. Y que</p>
<p>966Encartaciones. D o c u m e n t o s p a r a s u H i s t o r i a ( 1287 &#8211; 1821)</p>
<p>el dicho camino se podrá hazer con ocho mil ducados desde Losa</p>
<p>hasta el puerto de la dicha villa de // (Fol. 1 vº) de Portugalete, que</p>
<p>diz que son diez leguas de montaña, hasta donde andan carros de</p>
<p>Burgos y Castilla.</p>
<p>Por vna nuestra carta vos mandamos que oviéssedes informaçión</p>
<p>qué necessidad avía de hazer el dicho camino desde Losa hasta el</p>
<p>dicho puerto de Portugalete, de manera que pudiessen ir por él carros</p>
<p>y carretas con bastimentos y otras cosas. Y llamando oficiales y</p>
<p>personas expertas, sobre juramento que hiziessen, os informássedes</p>
<p>y supiéssedes si para la perpetuidad del dicho camino convenía que</p>
<p>se hiziesse por la parte que Ochoa de Salaçar tenía traçado o por</p>
<p>otra parte que fuesse más vtil y provechosa y con menos daño y</p>
<p>perjuicio. Y que la dicha información avida, juntamente con vuestro</p>
<p>parecer de lo que en ello se debía proveer, la embiássedes al nuestro</p>
<p>Consejo, y para que en él vista se proveyesse lo que conviniesse,</p>
<p>según que en la dicha nuestra carta más lárgamente se contiene.</p>
<p>En cumplimiento de lo qual ovísteis la dicha información y la</p>
<p>embiásteis al nuestro Consejo, según que por nos vos fue mandado.</p>
<p>Y por vna petición que Diego Hurtado de Mendoça, vezino y</p>
<p>regidor de la ciudad de Orduña, y en nombre de ella, nos suplicó e</p>
<p>pidió por merced mandássemos ver la dicha información y proveer</p>
<p>cómo los dichos caminos de hiziessen por la Peña de la dicha ciudad</p>
<p>de Orduña.</p>
<p>Lo qual todo visto en el nuestro Consejo, fue acordado que</p>
<p>debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha razón.</p>
<p>Y nos tuvímoslo por bien.</p>
<p>Por la qual mandamos que el dicho camino se haga para que</p>
<p>puedan pasar las dichas cerretas, allanando la Peña de Orduña todo</p>
<p>lo que de ella fuere necessario, hasta Vergança, y de Vergança a</p>
<p>Vilbao.</p>
<p>Y que del dicho camino que ha de ir desde Orduña a Vergança se</p>
<p>tome y allane otro camino para que puedan ir carre // (Fol. 2 rº)</p>
<p>rretas a Portugalete.</p>
<p>Y llamadas y oidas las partes a quien toca, ayais información de</p>
<p>seis testigos de cada vna de las dichas partes, y tomando con vos</p>
<p>maestros y canteros, lo veaís todo, y tomeís otros seis testigos de</p>
<p>vuestro oficio por dónde se hará mejor y con menos costa el dicho</p>
<p>camino para Portugalete, y qué costará de hazer el dicho camino</p>
<p>desde Orduña a Vergança y de Vergança a Vilbao, y el que, como</p>
<p>dicho es, ha de ir a Portugalete. Y pongáis en precio y pregones la</p>
<p>967Enkarterri. H a r e n H i s t o r i a r a k o d o k u m e n t u a k ( 1287 &#8211; 1821)</p>
<p>obra de los dichos caminos, todos juntos y de cada vno de por si,</p>
<p>y recibáis las posturas que en la dicha obra de los dichos caminos</p>
<p>se hiziere. Y asimismo recibáis información de dónde se pagará</p>
<p>lo que costare cada vno de los dichos caminos, y qué pueblos y</p>
<p>personas particulares reciben aprovechamiento, e si será bien que se</p>
<p>eche por sisa o repartimiento, o que paguen algún portazgo los que</p>
<p>passaren algunas mercaderías, o de otra parte que sea con menos</p>
<p>daño y perjuicio, y de todo lo demás que os pareciere que sobre ello</p>
<p>debamos ser informados.</p>
<p>Y la dicha infirmación avida, y la verdad sabida, escrita en limpio,</p>
<p>firmada de vuestro nombre y signada del escrivano ante quien</p>
<p>pasare, cerrada y sellada en la manera que haga fee juntamente con</p>
<p>vuestro parecer, lo embiad todo al nuestro Consejo, para que en él</p>
<p>se vea y provea lo que sea justicia.</p>
<p>Y los vnos ni los otros no fagais ni fagan endeal por alguna manera,</p>
<p>pena de la nuestra merced y de diez mil maravedís para nuestra</p>
<p>Cámara.</p>
<p>Dada en la villa de Madrid a 17 días del mes de mayo de 1553</p>
<p>años.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1559, noviembre, 20. Lutxana, Barakaldo.</p>
<p>Posesión de las torres de Lutxana en nombre del condestable</p>
<p>Iñigo Fernández de Velasco, duque de Frías.</p>
<p>Liburuklik</p>
<p>Manuscritos (Parlamento Vasco)</p>
<p>http://www.liburuklik.euskadi.eus/</p>
<p>handle/10771/9098</p>
<p>(Cubierta: Valles y Montañas. 20. Noviembre de 1519</p>
<p>Posesión de las torres de Luchana, con sus heredamientos, pasages</p>
<p>y barcos y otras pertenencias, sitas en el concejo de Varacaldo y su</p>
<p>término, que tomó Juan Bravo de Vallecillo, vecino de Berlanga, a</p>
<p>nombre de su señor, el condestable don Iñigo Fernandez de Velasco,</p>
<p>duque de Frias, subcesor por muerte de su tío, el condestable don</p>
<p>Pedro, hauiendo vuelto a dejar por su alcayde en dichas torres a Diego</p>
<p>Vertando (sic) de Tovar, y su teniente Martin Ruiz de Landa[buru],</p>
<p>ante Martin Ruiz, escrivano del número de la merindad de Uribe.</p>
<p>// (Fol. 1 rº) (Cabecera: Valles y Montañas. 20. Noviembre de</p>
<p>1519</p>
<p>(cruz) En el lugar de Ameçaga, ques en el conçejo de Baracaldo,</p>
<p>a beynte días del mes de nobienbre del año de myl e quynientos e</p>
<p>çinquenta e nuebe años, estando ende presente Pedro de Salazar,</p>
<p>alcalde en el dicho conçejo e su juridiçión, y en presençia de my,</p>
<p>Martyn Ruyz de Landaburu, escribano de su real magestad e del</p>
<p>número de la merindad de Vribe, e testigos de juso escritos. Este</p>
<p>dicho día pareçió presente vn fonbre que dixo llamarse de su nonbre</p>
<p>Juan Brabo de Ballezillo, bezino de la billa de Berlanga, el qual</p>
<p>mostró e presentó vn poder aygnado de Hernando de Torquemada,</p>
<p>escribano público de la real magestad e del número de la dicha</p>
<p>billa, que pareçe por ella aber dado y otorgado el yllustrísimo señor</p>
<p>marqués de Berlanga, heredero de la casa de Belasco, segund que</p>
<p>989Enkarterri. H a r e n H i s t o r i a r a k o d o k u m e n t u a k ( 1287 &#8211; 1821)</p>
<p>más largamente en el dicho poder se contenya; por bertud del qual</p>
<p>dicho poder, que su treslado della queda en my poder, pedyó a su</p>
<p>merçed del dicho señor alcalde le diese e entregase la posesyón</p>
<p>bel casy de las torres de Luchana, e de las tierras e heredades e</p>
<p>pasajes e barcos e herrería de Vrcullu, e torre de Cadalso, e las</p>
<p>torres e casas biejas de Javreguyeta, que están sytas en el dicho</p>
<p>conçejo de Baracaldo e su territorio e juridiçión, y de todos los otros</p>
<p>bienes anexos a perteneçientes a don Pero Ferrandes de Belasco,</p>
<p>condestable de Castilla, ya defunto, que sea en gloria, al dicho Juan</p>
<p>Brabo en nonbre de su yllustrísyma señoría, conforme y al tenor del</p>
<p>dicho poder, sobre que pedyó serle fecho conplimyento de justiçia,</p>
<p>e para ello ynploró su ofiçio, e pedyólo por testimonyo.</p>
<p>E luego, el dicho señor alcalde, bisto el dicho poder sygnado e</p>
<p>el pedimyento a el fecho, dixo questaba presto e çierto de hazer</p>
<p>e cunplir lo que de derecho hera // (Fol. 1 vº) y es obligado, y en</p>
<p>conplimyento de lo en ella contenydo dixo que le daba e le dyo</p>
<p>e entregaba y entregó la posesyón bercasy de las dichas torres e</p>
<p>fortaleza de Luchana, e de las tierras e heredades, e las dichas</p>
<p>torres e fortaleza perteneçientes, con más los pasajes e barcos de</p>
<p>Luchana e Tapia, e casas biejas e paredes de huerta de Javreguieta</p>
<p>y torre de Cadalso e herrería de Vrcullu, e de la terçera parte de los</p>
<p>diezmos e patronazgo del dicho conçejo, con todo lo demás anexo</p>
<p>e perteneçiente a don Pero Ferrandes de Belasco, defunto, que sea</p>
<p>en gloria, al dicho Juan Brabo de Ballezillo, en el dicho nonbre</p>
<p>de yllustrísyma señoría del marqués de Berlanga, y en señal de la</p>
<p>dicha posesyón belcasy le dyo e le entregó las llabes de las dichas</p>
<p>torres e fortaleza de Luchana, e se entró dentro en las dichas torres</p>
<p>e fortaleza, e tomar las dichas llabes a su mano, e çerró las puertas,</p>
<p>e se paseó por las dichas torres e fortaleza paçíficamentem echando</p>
<p>los que estaban dentro della fuera. E asy bien, con tierra e rama, le</p>
<p>dyo la poseysyón de todos los dichos bienes de suso declarados. La</p>
<p>qual dicha posesyón dixo que le daba e le dyo entregó en aquella</p>
<p>mejor bía forma e manera que mejor podya e debya, e mejor lugar</p>
<p>vbiese de derecho e leys.</p>
<p>De todo lo qual ber cómo pasó, el dicho Juan Brabo, en el dicho</p>
<p>nonbre, lo pedyó por testimonyo para en guarda del derecho del</p>
<p>dicho su parte, e se dyo por entregado de la dicha posesyón.</p>
<p>E luego, yn contynente, yo el dicho Martyn Ruyz de Landaburu,</p>
<p>escribano, tenyente de alcayde en nonbre de Diego Urtado de Tobar,</p>
<p>alcayde de las dichas torres e fortaleza de Luchana, por avsençia del</p>
<p>990Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>dicho Diego Urtado de Tobar, digo que por bertud del poder que yo</p>
<p>tengo del dicho Diego Urtado para hazer e dar e entregar, e para lo</p>
<p>demás que en su nonbre puedo y debo hazer, que tenrré e guardaré</p>
<p>las dichas torres e fortaleza, e los otros bienes de suso declarados,</p>
<p>en nobre de su yllustrísyma señoría del // (Fol. 2 rº) marqués de</p>
<p>Berlanga, en el ynterín que su yllustrísyma señoría probea e mande</p>
<p>otra cosa. E para ello, e para no yr contra ello, juro e ago pleyto</p>
<p>omenaje segund que en tal caso se requiere de lo tener ansy, e de</p>
<p>no hazer otra cosa so pena de las penas que de derecho e leys en tal</p>
<p>caso dysponen e mandan.</p>
<p>De todo lo qual en cómo pasó el dicho Juan Brabo lo pedyó por</p>
<p>testimonyo.</p>
<p>E luego, yncontynente, el dicho Juan Brabo, en el dicho nonbre,</p>
<p>me entregó las dichas llabes de las dichas torres e fortaleza de</p>
<p>Luchana, e torre de Cadalso, e Javreguieta, e heredades a ella</p>
<p>anexos e perteneçientes, e pasajes e Herrería de Vrcullu, al dicho</p>
<p>Pedro de Salazar, alcalde, e a Pero Martines de Laherrería, e a los</p>
<p>otros arrendadores que tenyan arrendado la dicha herrería con sus</p>
<p>pertençidos, los quales nonbró para que lo tubiesen en nonbre de</p>
<p>su señoría ylustrísyma del dicho marqués de Berlanga, fasta y en el</p>
<p>entretanto que otra cosa su merçed la mandase.</p>
<p>A todo lo qual fueron presentes por testigos, el bachiller Landaburu,</p>
<p>e Juan de Galindiz, e Peruxe, hijo de my, el dicho escribano, e Juan</p>
<p>de Barona, criado del dicho Juan Brabo de Ballezillo. Martyn Ruyz.</p>
<p>E yo, el sobredicho Martyn Ruyz de Landaburu, escribano de su</p>
<p>real magestad, e su notario público en la su corte y en todos los sus</p>
<p>reynos e señoríos, e escribano público del número de merindad de</p>
<p>Vribe fuy presente en vno con el dicho señor alcalde, que firmó</p>
<p>aquy, (firmado y rubricado: Pedro de Salazar) de su nonbre. Y en</p>
<p>vno con los dichos testigos a todo lo que de my haze menzión.</p>
<p>E por ende, por su mandado e pedimyento del dicho Juan Brabo,</p>
<p>saqué del registro que en my poder queda. Y el dicho Juan Brabo</p>
<p>llebó el otro sygnado para otras partes e lugares, e quedó el trasjunto</p>
<p>en my poder, de my el dicho escribano, juntamente con los dichos</p>
<p>avtos que de suso ban encorporados. E por ende fiz aquy este my</p>
<p>signo en testimonio de verdad.</p>
<p>Martyn Ruiz (rubricado)</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1020Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
Apeo y amonjonamiento de lo que tiene<br />
el dicho monasterio en el lugar de Escauriza.<br />
Asimesmo, apearon los dichos fieles e regidor en el lugar de<br />
Escauriza, que es en el conçejo de Sanct Vicente de Baracaldo, a<br />
dize (sic) nuebe días del dicho mes de dezienbre<br />
(signo)<br />
// (Fol. 10 vº) de mil e quinientos e sesenta y nuebe años, y en<br />
presencia de mi, el sobredicho escribano, y regidor, juntamente<br />
con el dicho señor conmendador y fray Martin de Alonsotegui,<br />
apearon las heredades y casas y caserías y los otros bienes y molino<br />
pertenescientes al dicho monasterio por fin e muerte de Teresa<br />
de Escauriza, beata profesa del dicho monasterio, hija que fue de<br />
Sancho de Escavriza y de doña Teresa de Escauriza, y de la herencia<br />
del bachiller fray Pedro de Escavriça, hijo que fue de Pedro de<br />
Gorostiça y de Maria Ochoa de Escauriça, su muger, el qual dicho<br />
apeamiento yzieron en la manera siguiente:<br />
Primeramente apearon segund que bienen de la ferrería de<br />
Vrdandeguieta para el lugar de Vurcullu (sic) en el lugar de<br />
Avnçoleta, entre los dos regatos de Vscusco y Aunçoleta, vn<br />
castañal que está plantado de castaños, segund quedan panelados<br />
y senalados segund que dibide y parte con los castaños de Martin<br />
de Çaloa, derecho abaxo asta el río que viene de Vrdandeguieta, de<br />
la ezquina de Vscusco derecho abaxo asta el dicho río que biene de<br />
Vrdandeguieta.<br />
Mas apearon ansimesmo, en el lugar llamado Belacola, debaxo<br />
de Vrdandeguieta, veniendo para el dicho lugar de Vrcullu, a mano<br />
izquierda, vn castañal que está entre los linderos seguientes: por la<br />
ladera de Vrdandeguieta la esquina arriba, y por la otra parte de azia<br />
Vrcullu el vortal y exido común del concejo de Varacaldo, y por la<br />
ondonera el río &lt;caudal&gt; que baxa de la ferrería de Vrdandeguieta.<br />
Asimesmo apearon en el &lt;lugar&gt; de Alizar, en la cabecera de<br />
la cortina de Domingo de Vrcullu, catorze castaños entre los dos<br />
regatos.<br />
(signo)<br />
// (Fol. 11 rº) Ansimesmo apearon en el lugar de Arraoxineta vn<br />
castañal que ha por linderos por la parte de Vrcullu de Juan Ybanes</p>
<p>1021Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
de Vrcullu, e por la otra ladera el castañal de Martin de Retuerto, y<br />
por la cabecera vna hoya bieja de hazer carbón, y por la ondonera el<br />
río que baxa a la ferrería de Vrcullu llamado Arraoxineta.<br />
Asimesmo apearon en el lugar llamado Hemitola, que es en el<br />
dicho concejo de Baracaldo, en la cabecera de la herrería de Vrcullu,<br />
vn castañal entre los límites seguientes, que ha por linderos por<br />
la cabecera el castanal de Francisco de Vrcullu y de Martin de<br />
Retuerto, y por la parte de Hostola lo de Martin Bentura, bezinos<br />
del dicho concejo de Baracaldo, derecho al regato de Hemitola, y<br />
por la hondonera el río que biene a la ferrería de Vrcullu, llamado<br />
Arraoxineta, segund que de suso ba declarado.<br />
Asimesmo apearon el antoçaño que está delante la ferrería de<br />
Vrcullu, en las Arragoas, tierra, robles, nogales, que está sito entre<br />
los dos ríos que cercan a la dicha herrería de Vrcullu, es a saber,<br />
entre le río que abaxa de Vrdandeguieta y el río de Arraoxineta, todo<br />
lo qual es del dicho monasterio de Burzena, segund y conforme a<br />
la carta de benta que conpró doña Teresa de Escavriça, madre de<br />
doña Teresa, beata de la dicha orden, por quien heredó el dicho<br />
monasterio. Todo lo qual conpró de los herederos de Fernando<br />
Ybanes de Aranguren, asta las conpuertas de los calzes de la dicha<br />
ferrería de Vrcullu, ano de mil e quatrocientos e ochenta e cinco<br />
años ante Martin Sanchez de Susunaga, escribano.<br />
Asimesmo apearon en el regato de Tellito doze pieças y pies de<br />
castanos y robles, que están tras la casa de Domingo de Vrcullu, los<br />
quales están dentro del castanal de Pedro de Escavriça, segund que<br />
están amonjonados.<br />
Asimesmo apearon junto a la conpuerta del molino de Escavriça<br />
vna pieça de árboles y castaños, que ha por linderos por la vna parte<br />
pieça e tierra y heredad de Juan de Escavriça fasta el calze de la<br />
conpuerta, y por la otra ladera de Antonio de Aranguren, por la parte<br />
de Escavriza.<br />
Asimesmo apearon y partieron (tachado: el antoçano) &lt;la sebe y<br />
cerrada&gt; dentre el dicho monastario y entre Juan de Escavriça, que<br />
se llama y se nonbra<br />
(signo)<br />
// (Fol. 11 vº) Aunsosola, segund queda monjonado y partido, y<br />
aya de cortar y corte el monjón que está arriba en la cabecera de la<br />
dicha heredad y sebe, que está junto a vn árbol que está en vna braça</p>
<p>1022Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
del dicho árbol el monjón, poco más o menos, que ha de cortar y<br />
corta a otro monjón que está junto al seto de Juan de Escavriça. El<br />
qual monjón está y queda puesto junto a vn árbol de dos pies en vna<br />
braça, algo más o menos, por la parte de hazia arriba, y lo que es del<br />
dicho monasterio de Burzeña está azia el camino que ban del lugar<br />
de Escavriça a Tellito.<br />
Asimesmo apearon en la dicha heredad y cerrada (tachado: no)<br />
vn monte y sebe que está apegado y continuado con el otro de Juan<br />
de Escavriça y lo del dicho monastero, segund queda partido y<br />
monjonado.<br />
Asimesmo cabe al dicho monasterio de Burzeña otro pedacito<br />
de huerta encima de la hazeña de Escavriça, que está monjonado,<br />
por la parte de arriba heredad y mançanal de Juan de Escavriça, y<br />
por la parte de abaxo el camino que ban del lugar de Escavriça a<br />
los caseríos de Tellito. Lo qual cabe al dicho monasterio segund<br />
y conforme a vna escriptura de partición que hubo pasado entre el<br />
comendador fray Juan de Tapia y Pedro de Escavriça y Juana, su<br />
muger, de ciertas heredades, ante Sancho de Goycoechea, escribano,<br />
ano de mil e quinientos e treinta e ocho anos, a diez y siete días del<br />
mes de otubre.<br />
Asimesmo cabe al dicho monasterio de Burzeña vn pedaço de<br />
tierra y mançanal en el dicho lugar de Escavriça, llamado Soloçarra,<br />
que fue apartamiento que hizo al bachiller fray Pedro de Escavriça<br />
su madre, Mari Ochoa, por su testamento, que otorgó ante Martin<br />
Ruiz de Landaburu, escribano de Baracaldo, el biejo, año de mil e<br />
quinientos e beynte y siete, a beynte e tres días de julio, segun fuero<br />
de Vizcaya, que está entre los límites siguientes: por la vna que está<br />
sito entre el río que biene de Vrcullu a Escavriça, y entre el calze<br />
de la hazena de Escavriça, por la cabecera el calze de la hazena, y<br />
por abaxo el río cavdal, y por la parte de Vrcullu la sangradera del<br />
calze susodicho, y anzia la parte de Escavriça tierra y arbolar de<br />
Francisco de Escavriça y Çubiavr, la qual solía ser cast[añal].<br />
Asimesmo apearon en el dicho lugar de Escavriça vn pedaço de<br />
suelo y tierra fresnal antiguo, monjonado, que está entre los límites<br />
seguientes, conbiene a saber, entre la pared del calze de la hazeña<br />
(signo)<br />
// (Fol. 12 rº) de Escavriça y entre la casa de los Lagares, y huerta<br />
de dona Mari Hernandiz de Retuerto, viuda, que tiene por linderos</p>
<p>1023Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
por la cabecera la parfed del calze, a do está vn fresno biejo antiguo,<br />
que es del dicho monasterio, y sirbe por monjón, y al pie del, y<br />
entre la casa de los Lagares de la dicha dona Mari Hernandiz, muger<br />
que quedó de Pedro Salazar, difunto, por la parte de arriba está el<br />
monjón antiguo que corta derecho abaxo al río al esquinal y dexo<br />
del paredón antiguo que está abaxo al río de la huerta de la dicha<br />
dona Mari Hernandiz, que asimesmo el dicho esquinal sirbe por<br />
monjón, y por la hondonera el río que pasa por Escavriça, y por la<br />
parte y lugar de Escavriça la pared de la hazeña y despendiente del<br />
agua de las ruedas por la azequia. En el qual suelo fueron edificadas<br />
las ruedas de la dicha hazeña, lo qual heredó este monasterio por la<br />
dicha doña Teresa, religiosa.<br />
Asimesmo apearon vna pieça que está en el dicho lugar de<br />
Escavriça, la qual huerta e heredad heredó este monasterio de<br />
Marina de Larraçabal, religiosa profesa de la dicha orden, hermana<br />
que fue de fray San Juan de Axpuro, la qual huerta está entre los<br />
límites seguientes, es a saber, entre las casas de Pedro de Escavriça<br />
e entre las casas de Pedro de Gresala, e por la hondonera el río, y la<br />
parte media del río que pasa por entre las casas de Escavriça, e por<br />
la cabeçera el camino que bienen dende la hazeña de Escavriça a las<br />
casas de Pedro de Gresala.<br />
Asimesmo apearon entre la huerta de suso deslindada e entre la<br />
casa del dicho Pedro de Gresala, vn pedacito de tierra de cantidad<br />
que se puede poner vn árbol, el qual es apartamiento de fray Pedro<br />
de Escavriça, hundidor lepuzcuano y Juana de Escavriça, su muger,<br />
y la escriptura de la huerta suso dicha como era de la dicha Marina<br />
de Larraçabal, beata, pasó ante Martin Saez de Susunaga, escribano,<br />
a honze días de jullio del año de mil e quatroçientos e ochenta e<br />
dos anos, de las quales escripturas, con las demás tocantes a lo que<br />
el dicho monasterio tiene en el lugar de Escavriça, hizo el dicho<br />
comendador demostración ante los dichos fieles y regidor en vn<br />
bolumen.<br />
Asimesmo bieron e pusieron por padrón la meytad de la casa de<br />
Escavriça, que es la parte e meytad de anzia donde nasce el sol, con<br />
sus entradas y salidas, y meytad de antoçanos, con sus nogales y<br />
frutales y arbolares de la plaça y lugar de Escavriça, como lo tenía<br />
dona Teresa de Escavriça y su hija, la beata dona Teresa, con lo<br />
demás a la dicha casa anexo y pertenesciente.<br />
Asimesmo pusieron e enpadronaron otra casilla pequeña que tiene<br />
el dicho monasterio, que está detrás la casa de Pedro de Salazar,</p>
<p>1024Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
defunto, y sus herederos, en el dicho lugar de Escavriça, con su<br />
delantera para poderse ensanchar hazia delante, que fue de la dicha<br />
dona Teresa y Sancho de Escavriça, su marido, difuntos.<br />
Asimesmo tiene el dicho monasterio la meytad de la hazeña y<br />
molino de Escavriça, conbiene a saber, de la meytad de la dicha<br />
hazena y molino los tres quartos, que son diez y ocho semanas<br />
en cada vn ano, e la otra ochaba parte tiene al presente Joana de<br />
Escavriça y Lope de Escavriça, su hijo, el qual ochabo no se sabe<br />
cómo se desmenbró habiendo conprado toda la meytad de la hazena<br />
dona Teresa, madre de la beata, segun dicho es.<br />
Asimesmo cabe al dicho monasterio de Burzena de todos los<br />
antoçanos del lugar de Escavriça, así de la plaça de Escavriça como<br />
de la otra parte de la<br />
(signo)<br />
// (Fol. 12 vº) puente, como benimos a lugar de Aranguren, toda<br />
la meytad de los dichos antoçaños, con toda la meytad de todos<br />
los frutos que en ellos ay o puede aver de nogales o robles, segund<br />
e conforma a vna escriptura de partiçión y conformidad que pasó<br />
entre el dicho conbento de Burzeña e dona Teresa de Escavriça,<br />
beata, cuya era la hazienda de Escavriça que pasó ante Martin Ruiz<br />
de Landaburu, escribano de número de la merindad de Uribe e de<br />
su magestad, e bezino del concejo de Baracaldo, a treynta e vn días<br />
del mes de otubre del ano de mil e quinientos e treynta e seys anos.<br />
Asimesmo, quanto a lo tocante a la meytad del antoçano de la otra<br />
parte de la puente, que cabe la meytad del dicho antoçano al dicho<br />
monasterio juntamente con Juan de Escavriça. Pasó la escriptura de<br />
conçierto e yguala con otros bezinos del lugar de Escavriça sobre en<br />
razón del pleyto que hubieron entre ellos sobre el dicho antuçano, la<br />
qual escriptura de conformidad pasó por ante en presençia del dicho<br />
Martin Ruiz de Landaburu, escribano, a doze días del mes de junio<br />
del año de mil e quinientos e quarenta e vn años, e otra escriptura de<br />
concierto sobre lo mesmo, de cómo se hubieron puesto los monjones<br />
en la meytad del dicho antoçano, que pasó a treynta días del mes de<br />
junio del año susodicho de mil e quinientos e quarenta e vn años.<br />
Asimesmo hizieron demostración de vnas escripturas sugnadas<br />
de Martin Saez de Susunaga, escribano, que suena aber pasado año<br />
del nascimiento de nuestro señor Jesucristo de mil e quatroçientos e<br />
ochenta e çinco años, a treynta días del mes de desienbre, de cómo</p>
<p>1025Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
la madre de la dicha Teresa de Escavriça, beata, hubo conprado la<br />
meytad de la hazeña de Escavriça, e la meytad de los antoçaños<br />
asta las conpuertas de las anteparas de la herrería de Vrcullu, con<br />
todos los otros castañales, heredades e casas que agora tiene el<br />
dicho monasterio en el dicho lugar de Escavriça, segund paresce<br />
por la dicha benta que hubieron echo los herederos de Fernando<br />
Ybanes de Aranguren a la madre de la dicha beata por ochenta e<br />
(ilegible) mil marabedís, de toda la qual hazienda hizo donaçión<br />
al tienpo que la dicha Teresa de Escavriça hizo profesión de hábito<br />
al dicho monasterio de Burzeña, a dos días del mes de junio de mil<br />
e quatrocientos e ochenta e dos anos, ante el dicho Martin Saez<br />
de Susunaga, escribano. De todas las quales escripturas hizieron<br />
demostraçión en vn volumen ante los dichos fieles e regidor e<br />
testigos e bezinos del dicho lugar de Escavriça. De todo lo qual<br />
fueron conformes e sin contradición alguna para que el dicho<br />
monasterio los tenga e posea e goze segund e conforme a las dichas<br />
escripturas antiguas que sobre ello tienen.<br />
(signo)<br />
// (Fol. 13 rº) Asimismo apearon en el lugar de Lecubarri vn<br />
pedaço de tierra de coantía (sic, ¿labrantía?) que está dentro de vna<br />
cerrada de Mari Saez de Escavriça e de Mari Lopez, su hermana, en<br />
la qual pieça, tierra e heredad, están puestos seys mançanos nuebos<br />
e dos nogales, el qual pedaço de tierra fue de apartamiento que los<br />
padres de Teresa la beata hezieron, segund e conforme al juramento<br />
que en presencia de mi, el sobredicho escribano, hezieron Juan de<br />
Escavriza e Joana de Escavriça ser pertenescido la dicha pieça, tierra<br />
e heredad al dicho monasterio, e los dichos fieles de suso nonbrados,<br />
por birtud de la comisión del senor corregidor, dieron la posesión de<br />
la dicha heredad al padre conmendador del dicho monasterio, mes e<br />
ano e día susodicho, en presencia de mi, el dicho escribano.<br />
Apeamiento de lo de Çaldundegui.<br />
Asimesmo, los dichos fieles e regidor, bieron e apearon las tierras<br />
e heredades e arbolares que el dicho monasterio tiene en el lugar<br />
de Çaldundegui, término deste concejo, segund están monjonados,<br />
segund e conforme que de primero están monjonados, e por la<br />
cabecera el camino que ban a Tellaeche, e por encima el exido<br />
común, e por la ladera de anzia Tellaeche el regato e canada que</p>
<p>1026Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
ba a dar al mismo lugar de Tellaeche, e por la ondonera de anzia<br />
Tellaeche e Ameçaga, seles e mançanales de los bezinos de Tellaeche<br />
e Ameçaga, e de la herrería, e por la otra parte de hanzia donde<br />
nasce el sol el camino real antiguo, conforme a las escripturas que<br />
sobre ello presentaron ante dichos fieles e regidor, signadas la vna<br />
de Juan Perez de Vitoricha, escribano e notario público e bezino<br />
del dicho concejo de Baracaldo, otorgada a tres días del mes de<br />
março de mil e quatrocientos e setenta e nuebe anos, la qual dicha<br />
escriptura suena de cómo doña Teresa de Arteaga, viuda, muger que<br />
fue de Juan de Salazar, dotó al dicho cobento de Burzeña lo que<br />
arriba está monjonado en el lugar de Çaldundegui.<br />
E la otra escriptura suena de cómo dona Juana de Retuerto, viuda,<br />
muger que fue de Fernando Diaz de Ybarra, bezino del dicho concejo,<br />
hubieron bendido e donado otras heredades e posesiones en el dicho<br />
lugar de Çaldundegui, la qual pasó ante el dicho Martin Saez de<br />
Susunaga, escribano, a diez y siete días del mes de nobienbre de mil<br />
e quatroçientos e setenta e tres annos. E otra escriptura, asimesmo<br />
de benta, que hizo al dicho monasterio Juan Yniguiz de Llano, fijo<br />
(signo)<br />
// (Fol. 13 vº) fijo de Furtun Saez de Llano, de ciertas heredades<br />
en el dicho lugar de Çaldundegui, en presencia de Pero Saez de<br />
Çaballa, escribano, a tres días del mes de julio de mil e quatrocientos<br />
e nobenta anos. De las quales dichas escripturas tocantes a todas las<br />
heredades, posesiones e tierras e caserías que el dicho monasterio de<br />
Burzena tiene en el dicho concejo de Baracaldo, hizo amostración<br />
ocularmente el dicho senor comendador ante los dichos fieles<br />
e regidor, como en cada lugar conbenían para la berificación e<br />
abariguación de los dichos apeos e tierras e heredades juntamente,<br />
hallándose presentes los bezinos en las partes a quien les tocaba,<br />
como fueron para ello citados e llamados ante los dichos fieles e<br />
regidor, e de mi, el dicho Ynigo de Larraçabal, escribano.<br />
Otrosi, apearon los dichos fieles e regidor, adelante la casa de<br />
Crastijana, juridición de lanteyglesia de Sanct Bicente de Abando,<br />
vn nogal con su rama e tierra, el qual está junto al regato que pasa<br />
por ella, delante del mesón e casa de Crastijana, fuendo anzia la<br />
puente de Crastijana, el qual nogal hubieron heredado por parte de<br />
fray San Juan de Axpuro e de su hermana Catelina de Larraçabal,<br />
beata, la qual hubo echo donación de la casería de Larraçabal con</p>
<p>1027Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
sus heredades e tierras ante Juan Martines de Gueldo, escribano en<br />
Bilbao, a tres de junio de mil e quatrocientos e ochenta e dos anos,<br />
al dicho monasterio de Burzena.<br />
Asimesmo, este dicho día mes e año susodicho, apearon e<br />
mopnjonaron la delantera e arbolar de delante la puerta de la yglesia,<br />
que está dentre los límites seguientes: por la parte de las casas de<br />
Burzeña la casa de Teresa de Echebarria, como corta el regatillo<br />
que biene de Cruzes a baxar a la mar, por detrás de la huerta del<br />
monasterio, e por la cabecera la calçada que entran para yr a la villa<br />
de Castro e Portogalete, de lo qual le hubo fecho donación al dicho<br />
monasterio, con otras cosas, el conde Hernan Perez de Ayala, ante<br />
Juan Vrtiz de Vnsaa, escribano, a quatro de mayo de mil e trecientos<br />
e ochenta e quatro años. A todo lo qual fueron presentes por testigos<br />
Sancho de Beurco e Antonio de Aranguren, alcalde ordinario del<br />
dicho concejo, e Sancho de la Torre, e Martin Yniguiz de la Ferreria,<br />
e Juan de Escavriça, e Martin Bentura, bezinos del dicho concejo e<br />
de la anteyglesia de Abando, e otros muchos<br />
(signo)<br />
// (Fol. 14 rº) del dicho concejo, e Domingo de Larrea, bezino<br />
de la villa de Portogalete e del dicho concejo, e los dichos fieles<br />
firmaron todos tres de sus nonbres, a los quales ago fee yo, el dicho<br />
escribano, que los cognosco. Juan de Aguirre, Martin de Retuerto,<br />
Juan de Aranguren. Ynigo de Larraçabal, escribano.<br />
Digo yo, el presente escribano que ba entre renglones en la primera<br />
fila do dize mente, e en la segunda foja do dize entre renglones<br />
fieles, e do dize en la misma foja entre renglones heredades e<br />
bienes, e en la mesma foja o ba testado o diz monasterio, no bala, e<br />
lo demás bala. E o diz en la tercera foja encima del renglón primero<br />
que dize sebe e monte, e o diz entre renglones antoçaño, o o diz en<br />
la misma foja parte pieça, e do diz en la quinta foja entre renglones<br />
tomaron, e do diz vezinos del dicho concejo, balan. E do diz en la<br />
quatorzeña foja de ba testado e borrado zien, bala por borrado. E<br />
bisto las borraduras e lo demás, yo el dicho escribano e los dichos<br />
fieles firmamos de nuestros nonbres ante los dichos testigos. Juan<br />
de Aguirre, Juan de Aranguren, Martin de Retuerto. Pasó ante mi,<br />
Ynigo de Larraçabal, escribano.<br />
Ba testado o diz la, y do diz na del, y testado qua, en la mesma</p>
<p>1028Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
plana, balan, borrado y testado. Y do diz antre renglones cavdal.<br />
Y en otra parte lugar, sobre el renglón balan y no enpezcan. Y do<br />
diz sobre el renglón la sebe y (tachado: monte) y cerrada, bala y<br />
no enpezca. Y do diz no bala testado. Y do diz en el, balan por<br />
testados. E yo, Ynigo de Larraçabal, escribano de la magestad real e<br />
su notario público en la su corte e en todos los sus reinos e señoríos,<br />
e de los testigos de yuso escriptos, presente fuy en vno con los<br />
dichos fieles e regydor a los dichos apeos, los quales dichos apeos<br />
quedan en my poder firmados de los dichos fieles e regydor, e por<br />
virtud que para todo ello tenían comysión del señor corregidor de<br />
Byscaya. E por ende, fiz escrybyr e fiz aquí este my acostunbrado<br />
syno a tal, en testimonio de verdad.<br />
Ynigo de Larraçabal (firmado y rubricado)</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1585, septiembre, 27. Villasana.</p>
<p>Posesión de las torres de Lutxana por el condestable Juan</p>
<p>Fernández de Velasco, situando en ellas como alcalde a Diego</p>
<p>Hurtado de Velasco y Tobar.</p>
<p>Liburuklik</p>
<p>Manuscritos (Parlamento Vasco)</p>
<p>http://www.liburuklik.euskadi.eus/</p>
<p>handle/10771/9098</p>
<p>(cubierta: Valles y Montañas. 27. Setiembre de 1585</p>
<p>Posesión que tomó el ilustre señor Gonzalo del Rio de Matienzo,</p>
<p>a nombre y en virtud de poder del condestable Juan Fernandez</p>
<p>de Velasco, como subçesor en esta gran casa y ducado de Frias,</p>
<p>por muerte de su padre, el condestable don Iñigo, de las torres de</p>
<p>Luchana, en la rivera del mar, cerca de la villa de Biluao, quien</p>
<p>bolvió a poner en ellas a su alcayde Diego Hurtado de Velasco y</p>
<p>Tovar; ante Juan de Ciereza, escrivano del número del valle de</p>
<p>Meña (sic).</p>
<p>// (Fol. 1 rº) Posesión de las torres de Luchana. 27, septienbre de</p>
<p>1585.</p>
<p>En la villa de Villasana, a veinte y siete días del mes de setienbre</p>
<p>de myl e quinientos y ochenta y çinco años, en presençia de mi, el</p>
<p>escriuano público [&#8230;] Gonçalo del Rio de Matienço, dijo al señor</p>
<p>Diego Urtado de Belasco y Tobar, que presente estaua, que atento</p>
<p>que en nonbre del excelentísimo duque de Frias, don Juan Fernandez</p>
<p>de Belasco y de Tobar, su merçed a benido a tomar la posesión de los</p>
<p>estados que tubo e poseyó el excelentísimo condestable de Castilla</p>
<p>y del con[de] don Ynigo Fernandes de Belasco, my señor que santa</p>
<p>gloria aya, por pertenezerle como le pertenezen como a su hijo mayor</p>
<p>y primogénito, de quien traya poder, del qual hizo demostraçión, e</p>
<p>por mi, el dicho escriuano fue leydo todo él, de berbo ad berbum,</p>
<p>1048Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>de que doy fee, atento lo qual pedía y pedió a su merced que como</p>
<p>alcayde que ha sido y es de las torres de Luchana, que están en la</p>
<p>ribera del mar, zerca de la villa de Bilbao, por el dicho excelentísimo</p>
<p>condestable, mi señor, le mande dar y dé la posesión de las dichas</p>
<p>torres, con las demás cosas a ellas enejas e pertenesçientes, en</p>
<p>nonbre del dicho exçelentísimo duque de Frias, mi señor. Y el dicho</p>
<p>Diego, Hurtado de Belasco y de Tobar, que presente estaua, dijo que</p>
<p>atento que quando se encargó de ser tal alcayde de las dichas torres,</p>
<p>hizo pleito omenaje como cauallero fijodalgo de no las entregar a</p>
<p>ninguna persona sino fuese al dicho excelentísimo condestable, my</p>
<p>señor, por lo qual sin primero se le alze el dicho pleito omenaje no</p>
<p>puede entregar las dichas torres, y que así pedía y pedió al dicho</p>
<p>señor Gonzalo del Rio que por birtud del dicho poder le mande</p>
<p>alçar y alze el dicho pleito omenaje, atento a que, como es notorio,</p>
<p>es el legítimo suzesor en los dichos estados el dicho excelentísmo</p>
<p>duque de Frias, my señor, y alçándosele está presto de dar la dicha</p>
<p>posesión. Y el dicho señor Gonzalo del Rio de Matienço dijo que por</p>
<p>birtud del dicho poder, alçaua y alçó al dicho señor Diego Urtado de</p>
<p>Belasco y de Tobar en el dicho juramento, promesa y pleito omenaje,</p>
<p>que como cauallero hijodalgo o en otra qualquier manera aya fecho</p>
<p>sobre la alcaldía de las dichas fortalezas, y él daua y dió por libre</p>
<p>dello, porque las pueda entregar sin yncurrir por ello en pena alguna.</p>
<p>Y el dicho Diego Urtado de Belasco y de Tobar, dijo que atento</p>
<p>el dicho alçamiento de pleito omenaje, daua y dió al dicho señor</p>
<p>Gonçalo del Rio de Matienço, en nonbre del dicho excelentísimo</p>
<p>duque de Frias, my señor, la posesión real, atual, corporal belcasi,</p>
<p>de las dichas torres de Luchana y de las demás cosas a ellas anejas e</p>
<p>pertenesçientes, según e de la manera que la tubo e poseyó el dicho</p>
<p>excelentísimo condestable, mi señor. Y el dicho señor Gonzalo del</p>
<p>Rio açetó la dicha posión en nonbre del dicho excelentísimo duque</p>
<p>de Frias, mi señor. Y asi, estando en la dicha posesión, quieta, dijo</p>
<p>que acatando la persona // (Fol. 1 vº) reta conciencia y buenas</p>
<p>partes y calidades del dicho señor Diego Urtado de Belasco y de</p>
<p>Tobar, le bolbía y bolbió las dichas torres e fortaleza de Luchana,</p>
<p>con las demás cosas a ellas anejas e pertenesçientes, para que sea</p>
<p>tal alcayde de ellas, y las tenga en nonbre del dicho excelentísimo</p>
<p>duque de Frias, my señor, por el tienpo que fuere la boluntad de su</p>
<p>excelencia, y no mandare otra cosa, según y como hasta aqui las ha</p>
<p>tenido. Por lo qual, desde luego, le daua e dió poder cumplido, libre</p>
<p>e general administraçión, con que proaga el pleito omenaje como</p>
<p>1049Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>cauallero hijodalgo como es obligado. Y en cunplimiento de ello,</p>
<p>auiendo açetado la dicha alcaldía, el dicho señor Diego Urtado de</p>
<p>Belasco y de Tobar, puestas sus manos entre las del dicho Gonzalo</p>
<p>del Rio, dijo que juraua y prometía y fazía pleito omenaje como</p>
<p>cauallero fijodalgo a ley e fuero Despaña, vna y dos y tres vezes,</p>
<p>vna y dos y tres vezes, vna y dos y tres vezes, que tendrá las dichas</p>
<p>torres de Luchana en guarda y custodia por el excelentísimo duque</p>
<p>de Frias, mi señor, anparándolas e defendiéndolas de todas quales</p>
<p>quier personas. Y no las entregará a ninguna persona sino fuere a</p>
<p>su excelencia o a quien su poder vbiere, so pena de caer e yncurrir</p>
<p>en las penas en que caen e yncurren los caualleros hijosdalgo que</p>
<p>quebrantan los pleitos omenajes.</p>
<p>Y de cómo así lo juraba y prometía y hazía el dicho pleito omenaje</p>
<p>según dicho es, pedió a mi, el presente escriuano lo asiente y dé</p>
<p>por fee y testimonio, y a los presentes dello fuesen testigos. A lo</p>
<p>qual fueron presentes por testigos Hernando de La Lastra y Juan</p>
<p>de Heribe y Matias Lopez, presentes en la dicha villa. Y los dichos</p>
<p>señores lo firmaron de sus nonbres. Gonçalo del Rio. Diego Urtado,</p>
<p>ante mi, Juan de Çilieça, y ba testado de [&#8230;]. E yo, el sobredicho</p>
<p>Juan de Çierza, escribano de su magestat real, del número del valle</p>
<p>de Mena, que a lo que dicho es presente fuy a lo susodicho escrebí,</p>
<p>fize escrebir en myo registro oreginal, queda // (Fol. 2 rº) en my</p>
<p>poder, en fe de lo qual fize myo syno a tal, en estymonio de berdad.</p>
<p>Juan de Çierça (rubricado)</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1588, agosto, 12. Valladolid.</p>
<p>Relación del pleito mantenido por el condestable Pedro Fernández</p>
<p>de Velasco con el concejo y vecinos del valle de Barakaldo, hecha por</p>
<p>Francisco Salgado, en el que analiza las sentencias pronunciadas</p>
<p>en el año 1537, y las posibilidades que la casa de velasco tendría a</p>
<p>favor y en contra de retomarlo en el año de 1588.</p>
<p>Liburuklik</p>
<p>Manuscritos (Parlamento Vasco)</p>
<p>http://www.liburuklik.euskadi.eus/</p>
<p>handle/10771/9098</p>
<p>(cubierta: Valles y Montañas. 12. Agosto de 1588</p>
<p>Relación del pleito que el condestable don Pedro Fernandez de</p>
<p>Velasco trató en la Chancillería de Valladolid, ante el juez maior de</p>
<p>Vizcaya, con el concejo y vecinos del valle de Baracaldo, en el que</p>
<p>se declara a fabor de dicho señor la posesión de la tercera parte de</p>
<p>ellos y de sus exidos por propios suios, y otras cosas, en el año de</p>
<p>1537, habiéndose (según parece) querido promover en 1588.</p>
<p>// (Fol. 1 rº) (cruz) Relaçión del pleito que en la Chançillería</p>
<p>de Valladolid, ante el juez mayor de Vizcaya, se trató entre el</p>
<p>condestable don Pedro Fernandez de Velasco, de la una parte, con</p>
<p>el concejo e vecinos del valle e anteyglesia de Varacaldo, ques en el</p>
<p>señorío de Vizcaya de la otra.</p>
<p>Pareçe que el año pasado de 1533, ante el bachiller Olarte, tenyente</p>
<p>general de Vizcaya, por comysión particular que tubo, el condestable</p>
<p>don Pedro puso demanda, querella y acusación, contra el conçejo,</p>
<p>justiçia y regimyento y otras personas particulares del conçejo de</p>
<p>Varacaldo, diçiendo que tenyendo y poseyendo el dicho condestable</p>
<p>en uno con el dicho concejo de Varacaldo, y pertenesciéndole al</p>
<p>dicho condestable la terzera parte de todos los montes que son en la</p>
<p>1061Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>tierra e valle de Varacaldo, desde Trapaga fasta el pasaje de Tapia,</p>
<p>fasta Aguasalta y los términos de Salcedo y de Galdames, y ansi</p>
<p>mesmo los seles que llaman el sel de Ostola, y de Ansoleta, y el de</p>
<p>Artiagaue, y otro en la misma Artiagaue, y el sel de Alsalgeta, y el</p>
<p>terzio de los dos seles de Çornoçaburu y Tegiaga y Mortuorio, que</p>
<p>es medio sel en Aluizturteaga, y otro mortuorio que se llama Selallo</p>
<p>del Conde, el dicho concejo de Baracaldo y vecinos particulares,</p>
<p>tenyéndolo en renta e con fiança del dicho señor condestable, en uno</p>
<p>con la su herrería de Vzqullu (sic), sin su liçencia y consentimyento,</p>
<p>avían quemado los dichos montes y seles, por se usurpar y quitar</p>
<p>la posesión que en ellos tenya. Y otrosí, le ynpidían la juridiçión</p>
<p>çibil y crimynal que tenya en el dicho valle de Varacaldo entre los</p>
<p>vecinos del, espeçial entre çiertos labradores, para que no vse della</p>
<p>ni goçe de los tributos, censos y rentas que tiene en ellos. Las quales</p>
<p>dichas casas y solares declara por sus nonbres, y pretende que son</p>
<p>labradoriegas, y que tenya en ellas jurisdiçión çebil y crimynal y</p>
<p>le pagauan 2U600 maravedís cada vn año. Pidió se declarase todos</p>
<p>los dichos vienes premynençias y merindad pertenesçer al dicho</p>
<p>condestable, condenando a los tenedores y posedores de los dichos</p>
<p>vienes y espeçial los que avían talado y usurpado la tercera parte de</p>
<p>los dichos montes, y molestado en la posesión de la dicha merindad</p>
<p>en las mayores y más grandes penas çebiles y criminales en derecho</p>
<p>estavleçidas, mandándole tornar ante todas cosas su posesión velcasy</p>
<p>en que estaua, y que adelante no le molestasen ny ynquietasen ny</p>
<p>perturbasen, e que le dexasen goçar libremente de su derecho y</p>
<p>posesión velcasy en que estaua él y sus anteçesores.</p>
<p>El concejo de Varacaldo, pone exeçiones, y diçe que todos los montes</p>
<p>y términos son conçegiles, comunes y propios de la anteyglesia,</p>
<p>y como tales los han goçado sin parte ni contradiçión del dicho</p>
<p>condestable, y vista y sabiduría suya, y de sus açedores y renteros.</p>
<p>Y que si alguna vez avían cortado los montes avía sido por vía de</p>
<p>bentas, y pagando el presçio dello para la herrería de Vrqullu, que</p>
<p>el tenya. Y tanpoco el condestable avía tenido ny tenya juridiçión</p>
<p>alguna, çibil ny crimynal, ny por vía de merino ny juez ny executor</p>
<p>ny en otra manera, ny vasallage ny señorío, ny premynençia alguna,</p>
<p>ny tributos ny prestaçiones my otras // (Fol. 1 vº) rentas, que heran</p>
<p>basallos de su magestad, y que tenya juridiçión çebil y crimynal, alta</p>
<p>y vaxa, y probeya corregidor de Vizcaya, de cuya juridición hera,</p>
<p>y heran libres y francos de pagar tributo, çenso ny verçión, ny otro</p>
<p>1062Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>dinero ny pedico alguno, y que si algún tienpo puestos en las torres</p>
<p>e fortaleças de Luchana avían usado de ofiçio de merinos executores</p>
<p>y auían lleuado y cogido algún pedido por manera de çenso o tributo</p>
<p>auía sido de hecho y contra derecho, y por vía de fuerça y rouo, y</p>
<p>como poderosos y tiránicamente, e en tienpos donde avía falta de</p>
<p>justiçia, y avía querido que resistiese ny fuese la la mano ny osase</p>
<p>pedyr justiçia, por lo qual, aunque ubiesen [&#8230;] ningún derecho se</p>
<p>adquerió al condestable.</p>
<p>Sobre lo qual se hiçieron çiertas probanças por anbas partes, por</p>
<p>testigos y escripturas, y visto por el tenyente de Vizcaya da por vien</p>
<p>probada la yntençión del condestable, y le manda restituyr y anparar</p>
<p>en la posesión de la terzera parte de los montes y exidos de lo alto,</p>
<p>quedando parte lo mojado de los hijosdalgo para que el condestable</p>
<p>pueda tener y poser y cortar la dicha terçia parte, juntamente con</p>
<p>los vecinos de Baracaldo, para su herrería de Urqullu y para quien</p>
<p>él quisiere, sin que por lo susodicho paguen cosa alguna él ni sus</p>
<p>arrendadores.</p>
<p>Ansimismo le adjudican por suyos propios el sel de Ostola y el de</p>
<p>Ansoleta, y el sel de Arteagaue, y otro sel en la mesma Arteagaue,</p>
<p>y el sel de Asalguieta, el terzio de los dos seles de Çornoçaga e</p>
<p>Yteguiaga, con más un mortuero que es medio sel en Aluisuurteaga,</p>
<p>y otro monteçilo del Conde.</p>
<p>Y ansimismo declara pertenesçer al condestable en çiertas casas</p>
<p>que llaman tributarias, que son más de 70 u 80 dever las dichas</p>
<p>casas y solares y lugares y los moradores dellas al dicho condestable</p>
<p>y a sus pasados 2UDC maravedís en cada vn año, y los condena a</p>
<p>que se lo paguen de alli adelante.</p>
<p>Otrosí, declaran pertenesçer al dicho condestable y a los sus alcaides</p>
<p>de las sus torres e fortaleças de Luchana, en nonbre de su señoría,</p>
<p>y como tales sus alcaydes, de la merindad, uso e exerçiçio della, en</p>
<p>çebil e criminal, tan solamente para en lo tocante y concernyente a</p>
<p>las casas labradoriegas declaradas en el capítulo antes desta.</p>
<p>Ansimesmo, condena a los culpados en la tala y corta de los</p>
<p>montes en çiertas penas.</p>
<p>1063Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>// (Fol. 2 rº) Esta sentencia se pronunçió el año pasado de 1536, y</p>
<p>della por parte del conçejo de Varacaldo se apeló para ante el juez</p>
<p>mayor de Vizcaya, y por él visto esta sentençia, por la qual reuoca</p>
<p>en todo y por todo la dada por el tenyente general de Vizcaya, y</p>
<p>absuelue y da por libre e quito al conçejo y anteyglesia de Varacaldo</p>
<p>de lo contra ellos en este pleito pedido y demandado y acusado por</p>
<p>parte del dicho condestable, y declara los montes sobre que es el</p>
<p>pleito ser propios del dicho conçejo de Varacaldo, y por tales se les</p>
<p>adjudica para que goçe y se aprobeche dellos, como propios del dicho</p>
<p>conçejo de Varacaldo, y que el condestable goçe y se aprobeche del</p>
<p>montadgo dellos por raçón de la ferrería de Vrqullu, que allí tiene,</p>
<p>según y como y de la manera que goçan y se aprobechan las otras</p>
<p>dos ferrerías que están en el dicho término e valle de Varacaldo.</p>
<p>E en quanto a los seles de Ostola, y el sel de Avsoleta, y el sel de</p>
<p>Arteagaue, y otro sel en la misma Arteagaue, e el sel de Asalguieta,</p>
<p>e el terçio de los dos seles de Çornoçaga Yteguiaga, con más un</p>
<p>mortuero que es medio sel en Albisurteguiaga, y otro monte alli</p>
<p>que llaman Çeleçillo del Conde, declara ser de dicho condestable,</p>
<p>y por tales los adjudica. Y en quanto a la juridiçión çebil y criminal</p>
<p>del dicho conçejo de Varacaldo y todos los vecinos y moradores</p>
<p>de el, declaró ser y pertenesçer a la corona real y a su magestad</p>
<p>y a los juezes y alcaldes y merinos puestos por su magestad, y no</p>
<p>al dicho condestable, ny a otra persona alguna. Y en quanto a los</p>
<p>çensos y tributos que pide al dicho conçejo de Varacaldo, se reserba</p>
<p>el derecho a saluo al dicho condestable para que pida y demande</p>
<p>particularmente a los tenedores y poseedores de los dichos suelos</p>
<p>ante quyen biere que le cunple.</p>
<p>Esta sentencia se pronunçió por nobienbre del año pasado de q537,</p>
<p>y de ella por parte del dicho condestable don Pedro se está suplicado</p>
<p>y espresados agrauios ante oidores, y ofrecídose a probar, y desde el</p>
<p>año de 1537 asta agora no se ha tratado más del.</p>
<p>Este proçeso hes muy grande, que tiene más de tres myl ojas,</p>
<p>y a lo que del se a podido colegir, la justiçia del condestable está</p>
<p>dudosa, respeto que el conçejo de Varacaldo tiene fundada su</p>
<p>yntençión de derecho, así en quanto a los términos como en quanto</p>
<p>a la juridiçión. Y porque por todo el proçeso no consta ny pareçe</p>
<p>que por el condestable don Pedro se aya presentado título ninguno</p>
<p>que la casa de Velasco aya tenido y tenga así para la terzera parte</p>
<p>1064Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>de los montes como para la juridiçión, y sólo se quiso aprobechar</p>
<p>de vna ynmemorial, y esta, demás que no está bien probada</p>
<p>concluyentemente con los requisitos neçesarios, pareçe que por las</p>
<p>partes contrarias están probadas // (Fol. 2 vº) algunas probiçiones e</p>
<p>ynterruçiones por las quales no vbo bastante tienpo para prescribir</p>
<p>contra el conçejo.</p>
<p>Este pleito, como atrás ba hecho relaçión, ha çinquenta y vn años</p>
<p>que está oluidado, y conforme a esto avnque se vbiese de reçiuir a</p>
<p>prueba no puede aver testigos que alcançen a deponer los quarenta</p>
<p>años de antes de comenzado el pleito, que fue el año de treinta y</p>
<p>tres quando se començó, y así será neçesario que en los archibos</p>
<p>del condestable my señor se busque si algunos títulos o escriptura</p>
<p>ba esto tocantes, porque en la alegaçión de agrauios que se hiço de</p>
<p>la sentençia del juez mayor por parte del condestable don Pedro se</p>
<p>diçe que tiene títulos muy bastantes, y que los protesta presentar</p>
<p>en su tienpo y lugar. Y de vna manera u de otra sería bien en este</p>
<p>negocio se hiçiese ver en rebista y quando se confirmase la sentencia</p>
<p>del juez mayor sacar executoria en lo tocante a los seles, y poner</p>
<p>demanda en virtud de la reserua quanto a los tributos y çensos de las</p>
<p>casas solariegas que por este proçeso pareçe que ay probança para</p>
<p>ello. En Valladolid, a doçe de agosto de (tachado: mil) 1588 años.</p>
<p>Francisco Salgado (rubricado)</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1605, enero, 20. Bilbao.</p>
<p>Remate de las obras de carpintería realizadas en las torres y</p>
<p>fortaleza de Lutxana.49</p>
<p>Liburuklik</p>
<p>Manuscritos (Parlamento Vasco)</p>
<p>http://www.liburuklik.euskadi.eus/</p>
<p>handle/10771/9098</p>
<p>(cubierta: Valles y Montañas. 20. Enero de 1605</p>
<p>Autos de remate de diferentes obras y reparos de las torres de</p>
<p>Luchana, a pedimento de Diego de Arredondo Agüero, administrador</p>
<p>de las haciendas del condestable don Juan Fernandez de Velasco</p>
<p>en las Montañas de Vizcaya, en Domingo de Ugarte, maestro de</p>
<p>carpintería, por precio de 1.480 reales.</p>
<p>// (Fol. 1 rº) (cruz) Todos los maestres de la carpintería que se</p>
<p>quisieren encargar de adereçar los texados de las torres de Luchana,</p>
<p>que son del exçelentísimo señor condestable de Castilla, como hes</p>
<p>retejarlos e poner algunas maderas en ellos y haçer y haçer (sic) otras</p>
<p>obras de carpinterías en las dichas torres e suelos dellas, acudan al</p>
<p>mesmo sitio para el domingo primero que biene, que se contarán</p>
<p>veinte e tres deste presente mes de henero de mil e seiscientos e</p>
<p>çinco años, asta las tres horas de la tarde, que allí se rematará la</p>
<p>dicha obra por Diego de Arredondo Aguero, administrador de las</p>
<p>haciendas de su excelencia en las montañas de Bizcaya, el qual</p>
<p>pondrá los capítulos e condiçión el de la dicha obra, y se rematará</p>
<p>en la persona que menor e más a bentaja postura hiçiere. E para que</p>
<p>benga a notiçia de todos se haçe este pregón y se fixará en la plaça</p>
<p>49 Nota: La tinta está traspasada en todo el documento y dificulta enormemente la</p>
<p>transcripción, por lo que nos hemos limitado los primeros folios, en los que se describen</p>
<p>algunas particularidades de las torres de Lutxana.</p>
<p>1070Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>pública de esta villa de Uiluao en el lugar acostunbrado. Diego de</p>
<p>Arredondo Aguero.</p>
<p>En la villa de Uiluao, a veinte días del mes de henero de mil e</p>
<p>seisçientos e çinco años, yo Gonçalo de Lopategui, escriuano del</p>
<p>rey nuestro señor, e del número de esta dicha villa, doy fee que por</p>
<p>boz de Antonio de Luna, pregonero público de esta dicha villa, se</p>
<p>dió en la plaza maior della en altas e ynteligibles boçes, el pregón</p>
<p>de suso, e acauado de dar el dicho pregón, le fixé en vn pilar del</p>
<p>çimiterio de señor Sant Anton de esta dicha villa // (Fol. 1 vº) que</p>
<p>está en la dicha plaça, siendo testigos Gonçalo de Jauregui e Joan de</p>
<p>Çarraga, escriuanos, e otros muchos. Y en fee dello firmé, Gonçalo</p>
<p>de Lopategui.</p>
<p>En Biluao, a veinte e tres de henero de este dicho año, yo el</p>
<p>dicho escriuano, desafixé este dicho pregón de la parte donde estaua</p>
<p>afixado para poner aternente a los auttos que se hiçieren sobre el</p>
<p>remate de la obra en él contenida. Y en fee dello firmé. Gonçalo de</p>
<p>Lopategui.</p>
<p>La obra de carpintería que mediante nuestro señor se ha de haçer</p>
<p>en las torres de Luchana de el exçelentísimo señor condestable</p>
<p>de Castilla, cuio remate está senallado para hoy, veinte e tres de</p>
<p>setienbre es lo siguiente:</p>
<p>Lo primero, se an de recorrer todos los texados de las dichas</p>
<p>torres, e poner asta cantidad de quinientas tejas, las duçientas</p>
<p>ca (roto)ones doblados que faltan en ellos e haçer los cunbres e</p>
<p>cuchillos de los dichos texados con cal, e lo mismo algunas canales</p>
<p>dellos, e cargar la piedra menuda que fuere nesçesario euer en los</p>
<p>dichos tejados para asegurar la texa del biento. Ansi mismo, faltan</p>
<p>en los dichos texados asta treçientas latas por estar esta cantidad</p>
<p>muy podridas e gastadas, las quales se an de poner nueuas en las</p>
<p>partes más nesçesarias lleuadas // (Fol. 2 rº) por las (ilegible, tinta</p>
<p>transpasada) e si fuese nesçesario por el medio.</p>
<p>Ansi mesmo se a de desenboluer todo el suelo que cae sobre la</p>
<p>sala prinçipal de las dichas torres, e se a de poner la tabla de robre o</p>
<p>castanal que fueren nesçesarias, sirbiéndose de la que ay en el dicho</p>
<p>suelo, que está buena e tiene el largo nesçesario, e quitando todo lo</p>
<p>1071Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>menudo e podrido, de manera que serán menester en el dicho suelo</p>
<p>asta ducientos e treinta e çinco codos de tabla nueua, los quales</p>
<p>por lo menos se an de poner e linpiar algunos coartones que lo an</p>
<p>menester.</p>
<p>Ansi mesmo, se a de desenboluer el suelo del aposento que</p>
<p>responde a la dicha sala, y se an de poner en él seis medias bigas de</p>
<p>[&#8230;]pies que están podridas, las quales an de ser del marco que las</p>
<p>demás que ayuntan con ellas. Y en este suelo se pondrá la tabla que</p>
<p>es menester, seruiéndose de la que ay en el dicho suelo, e faltarán</p>
<p>duçientos e beinte e çinco codos de tabla nueua, los quales, o más, a</p>
<p>de poner de la tabla que está dicha el maestro que tomare la obra, e</p>
<p>a de linpiar algunas de las vigas que lo an menester.</p>
<p>El suelo de la dicha sala que a partes está roto y el otro bueno, se</p>
<p>han de desenboluer las tablas que están más [&#8230;]adas, e poner asta</p>
<p>siete o ocho tablas que faltarán nueuas, e las demás dexar // (Fol. 2</p>
<p>rº) las bien puestas e clauadas. Toda la qual dicha tabla a de ser de</p>
<p>onçe o doçe en codo de grueso.</p>
<p>El suelo que cae sobre la bodega a menester vn frontal, de diez e</p>
<p>ocho pies de largo que atrabiese de la vna pared a la otra, e a de tener</p>
<p>un pie de robre (ilegible), el qual se a de poner en medio del petral</p>
<p>que tiene la dicha torre de la pared que responde a Portugalete,</p>
<p>de manera que a de benir a caer deuaxo de las bigas del suelo de</p>
<p>la[&#8230;.]. E a de auer otro frontal que atrabiese de la dicha pared al</p>
<p>dicho petral de nueue codos de largo, y el mesmo grueso quel otro,</p>
<p>deuaxo del qual a de estar en cruz para asegurar toda la carpintería</p>
<p>del dicho edefiçio. E ansimesmo, en la dicha bodega, en el coarto</p>
<p>della, que responde a Bilbao, se a de poner vn frontal questá roto por</p>
<p>medio, de nueue codos de largo e pie de robre cuadrado, e quitando</p>
<p>el que agora está roto, y quel frontal que está en medio y el dicho</p>
<p>coarto que cae sobre la bodega se a de poner dos conteras que le</p>
<p>fortalezcan, de robre que asoen los postes de la vna a otra pared y</p>
<p>el dicho frontal.</p>
<p>Ansimesmo, se a de adereçar en la desenboluer el suelo de la coçina,</p>
<p>poniendo // (Fol. 2 vº) el astado e tablaçón nueuas que faltaran.</p>
<p>Ansimesmo, se a de desenboluer todo el suelo de la torre de la</p>
<p>1072Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>mar que responde con el pasadiço a la sala prinçipal de la dicha</p>
<p>torre, para el qual son nesçesarios çiento nouenta e dos codos de</p>
<p>tabla, e con ellos quedará vien fecho; la qual dicha tabla, muy bien</p>
<p>labrada, se a de asentar e clauar en las solibas e frontales del dicho</p>
<p>suelo, dexando bien fecho e acauado, de manera que no pueda caer</p>
<p>polbo de la parte de arriba, e la dicha junta está bien obrada, y sin</p>
<p>per[juiçio?] del suelo de auaxo se a de haçer con cal e ladrillo.</p>
<p>Ansimismo, en el quarto e suelo de la torre prinçipal ay dos</p>
<p>ventanas creçidas, que la una responde a Portugalete e la otra a</p>
<p>Varacaldo, en las quales se an de haçer dos bentanas de madera</p>
<p>de robre con sus marcos, y las bentanas con cruces (cabeçales?) e</p>
<p>trabesaños bien labrados e juntados, e con la clabazón neçesaria,</p>
<p>las quales por el daño que haçen con los aguaçeros que entran por</p>
<p>ellas a las dichas torres lo haçe mucho // (Fol. 3 rº) daño, y anssi an</p>
<p>de estar de hordinario çerradas, con su herraje y con dispusiçión de</p>
<p>abrirsse quando sea menester.</p>
<p>Ansimesmo, en el dicho suelo ay un frontal largo que se a [&#8230;] por</p>
<p>la carga de un perón de coçina e del chapitel e texado, en el qual</p>
<p>dicho frontal a de poner un madero de robre de pie en quadrado en</p>
<p>grueso, que salga desde dentro de la pared al dicho frontal e le sirba</p>
<p>de contetal e defensa, y en el otro frontal que está junto del, azia la</p>
<p>parte de la mar, se a de poner otra contera semejante para seguridad</p>
<p>del dicho edefiçio.</p>
<p>La qual dicha obra a de dar fecha y acauada el maestro que se</p>
<p>encargare della dentro de un año, poniendo todos los materiales</p>
<p>neçesarios de cal, teja, madera gruessa y menuda, en la forma que</p>
<p>está dicho, e clauassón y herraje para assentarla, y se le pagará lo en</p>
<p>que fuere rematado, la mitad para primero de março deste presente</p>
<p>// (Fol. 3 vº) año [&#8230;]</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1605, enero, 20. Bilbao.</p>
<p>Remate de las obras de cantería realizadas en las torres y fortaleza</p>
<p>de Lutxana a favor de Pedro de Larrea, maestro de cantería, vecino</p>
<p>de Bilbao.</p>
<p>Liburuklik</p>
<p>Manuscritos (Parlamento Vasco)</p>
<p>http://www.liburuklik.euskadi.eus/</p>
<p>handle/10771/9098</p>
<p>(cubierta: Valles y Montañas. 20. Enero de 1605</p>
<p>Obligación de Diego de Diego de (sic) Arredondo Agüero,</p>
<p>administrador de las haciendas del condestable don Juan Fernández</p>
<p>de Velasco, para el pago de 900 ducados en que se remató en Pedro</p>
<p>de Larrea, maestro de cantería, la obra y reparo de las torres de</p>
<p>Luchana, y fianza de este para su execución.</p>
<p>// (Fol. 1 rº) (Cabecera: Legaxo 14. N.232) (cruz) En la villa de</p>
<p>Vilvao, a veinte días del mes de henero de mil seiscientos e çinco</p>
<p>años, por ante mi, Gonçalo de Lopategui, escriuano del rey nuestro</p>
<p>señor e del número desta dicha villa e testigos de yuso escritos,</p>
<p>pareçieron presentes Diego de Arredondo Aguero, administrador de</p>
<p>las haçiendas del exçelentíssimo señor condestable de Castilla en</p>
<p>las Montañas y este señorío de Vizcaia, y en birtud del poder que</p>
<p>de la exçelentíssima senora dona Maria Xiron, duquesa de Frias,</p>
<p>su muger, tiene otorgado por testimonio de Blas Lopez Calderon,</p>
<p>escriuano de su magestad, su fecha en la çiudad de Balladolid a</p>
<p>diez y ocho días del mes de nouiembre del ano de mil y seisçientos</p>
<p>e quatro, por el qual dicho poder pareçe que su exçelençia de la</p>
<p>dicha señora duquessa dona Maria Xiron le otorgó en uirtud de otro</p>
<p>que de su exçelençia del dicho senor condestable tubo otorgado</p>
<p>ante el dicho scriuano, el treslado del qual dicho poder signado del</p>
<p>dicho scriuano yo, el pressente doy fee auer visto en poder del dicho</p>
<p>1074Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>Diego de Arredondo, y anssi vien, en virtud de una aprouaçión que</p>
<p>el dicho Diego de Arredondo tiene de su exçelençia del dicho señor</p>
<p>condestable por la qual pareçe que açeta e aprueua el remate de</p>
<p>çierta obra que en sus torres de Luchana se a de azer, de que abaxo</p>
<p>se ará mençión, que su tenor de la dicha aprobaçión es como sigue:</p>
<p>En la ciudad de Balladolid, a tres días del mes de henero de</p>
<p>mil e seiscientos e çinco anos, el senor Joan Fernandez de Belasco,</p>
<p>condestable de Castilla y de Leon, camarero mayor del rey nuestro</p>
<p>señor, ante mi, el scriuano e testigos, auiendo visto las posturas y</p>
<p>el remate echo en Pedro de Larrea, maestro de cantería, vezino de</p>
<p>Viluao, de los reparos e adereços que se an de hazer en las torres de</p>
<p>Luchana, contenido en esta scritura signada de Gonçalo de Lopategui,</p>
<p>scriuano, dixo que açetaua y açetó las dichas // (Fol. 1 vº) posturas</p>
<p>y remate como en ello se contiene, con que el dicho Pedro de Larrea</p>
<p>se obligue y dé las fianzas que conforme al pregón, condiçiones,</p>
<p>posturas y remate, está obligado a satisfaçión de Diego de Arredondo</p>
<p>Aguero, a cuio cargo están las haçiendas que su exçelençia tiene en</p>
<p>las Montañas, e a la paga, goarda e cunplimiento de todo ello obligó</p>
<p>sus vienes y rentas, e ansí lo otorgó e firmó, de que doy fee conozco</p>
<p>a su exçelençia otorgante, siendo testigos Françisco de Cuellar</p>
<p>Aguila, contador de su exçelençia, y Joan Quintano, su secretario, e</p>
<p>don Martín de Bunuelos, sus criados, estantes en esta corte. Joan de</p>
<p>Velasco, condestable. Yo Blas Lopez Calderon, scriuano público del</p>
<p>rey nuestro señor, beçino de Valladolid, fui presente a lo que dicho</p>
<p>es, e fiçe mi signo [en] testimonio de verdad. Blas Lopez Calderon.</p>
<p>El qual dicho treslado ba uien sacado e concuerda con el oreginal</p>
<p>que boluí al dicho Diego de Arredondo, el qual hussando del dicho</p>
<p>poder e aprouaçión, pareçió como dicho es de la una parte, Pedro</p>
<p>de Larrea, maestre carpintero, veçino desta dicha villa de la otra; y</p>
<p>dixeron que por quanto por horden del dicho senor condestable el</p>
<p>dicho Diego de Arredondo bino a esta dicha villa a poner en pregón</p>
<p>el remate de la obra de cantería que se a de azer en las dichas torres</p>
<p>de Luchana, conforme a las condiçiones que para ello entregó a mi,</p>
<p>el dicho scriuano, y después que en esta dicha villa se apregonó la</p>
<p>dicha obra, auiéndose presentado el dicho Pedro de Larrea y otros</p>
<p>maestres al dicho remate, el día que en el dicho pregón se señaló</p>
<p>para el se remató la dicha obra en el susso dicho con las dichas</p>
<p>condiçiones, como lo de susso referido más en particular consta</p>
<p>e pareçe por los autos que en raçón dello se auían echo, que están</p>
<p>en poder de mi, el dicho scriuano, a que se referían. Y porque asta</p>
<p>1075Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>tanto // (Fol. 2 rº) el dicho remate fuere aprouado por su exçelençia,</p>
<p>conforme a una condiçión del, no se podía afiançar la dicha obra y</p>
<p>senalar las pagas de ella se auía agoardado la dicha aprouaçión que</p>
<p>hera la de suso yncorporada, con que el dicho senor condestable</p>
<p>auía cunplido de su parte, y el dicho Pedro de Larra quería cunplir</p>
<p>tanvién de la suya, e para que sepan las dichas condiçiones pedían a</p>
<p>mi, el dicho scriuano, la yncorpore en esta scritura. Su tenor de las</p>
<p>quales es como se sigue:</p>
<p>(al margen: las condiciones) Las condiçiones con que mediante</p>
<p>nuestro señor se an de reparar las torres de Luchana, por la parte de</p>
<p>la mar, que son del exçelentíssimo señor condestable de Castilla, e</p>
<p>por orden de su exçelençia biene a rematar la obra del dicho reparo</p>
<p>Diego de Arredondo Aguero, a cuio cargo está la administraçión de</p>
<p>las açiendas que su exçelençia tiene en las Montanas, y está assignado</p>
<p>dicho remate para oy catorçe de deçienbre de mil y seisçientos e</p>
<p>quatro, y se pregonó para este día, son los siguientes:</p>
<p>Lo primero, es condiçión que se aya de recalçar la torre questá</p>
<p>fundada en la lengua de la agua, por el lienço que responde a la mar,</p>
<p>y el que responde a Viluao, y juntamente con el cubo asta veinte</p>
<p>pies de alto de dichos dos lienços, començando de la esquina de la</p>
<p>mar que responde a Portugalete asta llegar al cubo con el recalço</p>
<p>desde el cimiento que se a de buscar y asentar con firmeça asta el</p>
<p>alto de veinte pies questá dicho, y en el lienço de la mar que por</p>
<p>el medio del aze la pared quiebras asta arriba, en las dos ventanas</p>
<p>prinçipales. Después de echo el recalço por auaxo se an de azer dos</p>
<p>arcos viculabrados que abraçen y fortalezcan toda la pared, y se a</p>
<p>de desbaratar el almenaje de arriua e boluerle a asentar de manera</p>
<p>que todo dicho lienço y arcos y almenaje quede en perfeçión a uista</p>
<p>// (Fol. 2 vº) de un beedor que, como auaxo se dirá, se nonbrará por</p>
<p>parte de su exçelençia para auer y açer executar las condiçiones</p>
<p>desta obra. Y en el lienço de dicha torre que cae sobre la mar a</p>
<p>la parte de Viluao e junta con dicho cubo, se a de açer el mismo</p>
<p>recalço, como en el lienço dicho, asta el mismo alto de veinte pies</p>
<p>desde el çimiento, y las quiebras que tiene este lienço de pared por</p>
<p>el medio asta lo alto se an de resynchir y echar sus llaues, de manera</p>
<p>que se sanen e que todo dicho lienço de pared con la seguridad e</p>
<p>perfeción necessaria a uista y contento del dicho beedor.</p>
<p>Yten, es condiçión que todo el dicho cubo, como ba desde el lienço</p>
<p>de la torre referida asta la entada del muro de las torres, que tiene</p>
<p>1076Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>en medio de la escalera por donde se baxa a la mar, se desbarate y</p>
<p>lo mismo la escalera, y se torne azer en el mismo çírculo y planta</p>
<p>que agora tiene, buscando para ello buen çimiento sobre el qual se</p>
<p>a tornar a hedeficar de la manera que al presente está, con firme</p>
<p>fundamiento a uista del dicho beedor, y la escalera se a de boluer</p>
<p>açer en el mismo puesto e como agora está, poniendo en los passos</p>
<p>della, e particularmente en los primeros, buenas piedras labradas,</p>
<p>que la menor tenga una bara de largo y el ancho neçessario, y de allí</p>
<p>arriua el más largo que le pudicien dar; y las ventanas y almenaje</p>
<p>que tiene dicho hubo (sic) en el terreno del se a de boluer a asentar</p>
<p>todo vien puesto, como al presente está, a vista del beedor que se</p>
<p>nonbrare por su exçelençia.</p>
<p>Yten, es condiçión que la piedra de sillería labrada que se a de</p>
<p>gastar en el recalço e fábrica de dicha torre e cubo de la manera</p>
<p>que está referido a de ser picada de los términos de Ganguren //</p>
<p>(Fol. 3 rº) o Galdacano, que es piedra reçia y no gastadiça, y no a</p>
<p>de tener salitre ni otra calidad gastadiza para el agua, sol y ayre, y</p>
<p>a lo menos asta doçe pies de los çimientos de dicha torre y cubo,</p>
<p>que es donde llega la marea, se a de fabricar forçossamente con</p>
<p>dicha piedra de Ganguren o Galdacano, y de allí arriua que de dicho</p>
<p>maestro seruirse de la demás piedra que aya en el dicho edefiçio</p>
<p>para él poniendo la mejor e más fuerte en los otros ocho pies, a</p>
<p>cunplimiento de los veinte, que todos ellos, en torre y cubo, an de yr</p>
<p>fabricados de sillería uien labrada e assentada en perfeçión a uista</p>
<p>del beedor.</p>
<p>Yten, es condiçión que la primera ylada del dicho recalço de torre</p>
<p>y cubo a de tener cada piedra que se assentare en ella dos pies y</p>
<p>medio de ancho o más, y de çinco pies sustiçenes sufiçientes que</p>
<p>tengan a tres pies e medio de largo cada uno y el ancho necessario.</p>
<p>Yten, es condiçión que el maestro que se encargare de dicha obra</p>
<p>a de reparar luego las ruinas del cubo e torre, de manera que se</p>
<p>sustente sin reçiuir más daño, asta que se recalçe y reedefique como</p>
<p>está dicho, e se a de obligar con fiança a dar uien echa e acauada</p>
<p>la dicha obra, e a que açiéndola y los dichos reparos no se siguirá</p>
<p>en las dichas torres y en toda la dicha fábrica más ruina ni daño del</p>
<p>que al presente tiene, e si alguno más hubiere y se recreçiere aya de</p>
<p>ser y sea por quenta e cargo del dicho maestro e sus fiadores, y su</p>
<p>exçelençia le pueda açer remediar y reparar a su costa y dellos.</p>
<p>Yten, es condiçión que el maestro que tomare esta obra la a de dar</p>
<p>acauada dentro de tres años de como se encargare della, los quales</p>
<p>1077Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>an de correr desde el día que se le senalare la primera paga // (Fol.</p>
<p>3 vº) en la scritura que se ará sobre el remate, y a destar obligado</p>
<p>que en el primer año a de poner al pie de la obra toda la piedra y</p>
<p>cal neçessaria para ella, de la calidad y suerte que está dicho, y en</p>
<p>el segundo año a de labrar toda la sillería y recalçar y adreçar los</p>
<p>dos lienços de la torre, y en el terçero año a de desbaratar el cubo</p>
<p>y recalçarle y boluerle azer, dándole echo e acauado en perfeçión</p>
<p>con que antes de començar a de desbaratar cossa ninguna en torre</p>
<p>y cuboa de tener los materiales labrados e puestos allí, porque no</p>
<p>reçiban daño las torres estando con roturas largo tienpo, y del que</p>
<p>más ganare en la breuedad de todo el edifiçio se terná por mejor.</p>
<p>Yten, es condiçión que para la dicha obra se açierte mejor, su</p>
<p>exçelençia, o su administrador en su nonbre, pueda nonbrar vn</p>
<p>maestro de cantería, que como beedor la uenga a uissitar en el</p>
<p>tienpo que estuuieren en ella los materiales y sillería labrada antes</p>
<p>de començar assentar, y al tienpo que se hiçieren las roturas en torre</p>
<p>y cubo y se fuere fabricando, las vezes que fuere neçesario para</p>
<p>que todo ello se aga como conuiene conforme a estas condiçiones;</p>
<p>e faltándosse al cunplimiento dellas, el dicho beedor las aga cunplir</p>
<p>y executar como maestro de la obra a costa del que la tomare y de</p>
<p>sus fiadores. Se le an de dar doze reales de salario por cada vissita</p>
<p>que hiçiere, en la manera dicha, a costa del maestro. Y si fuese</p>
<p>neçessario ocuparse en la reformaçión de la obra e parte della se le</p>
<p>a de pagar lo que en todo se detubiere por su trauajo lo que tassaren</p>
<p>ofiçiales maestros de cantería, el qual dicho beedor se nonbrará en</p>
<p>la scritura que caerá sobre este remate.</p>
<p>// (Fol. 4 rº) Con las quales dichas condiçiones a cuio cunplimiento</p>
<p>se a de obligar y dar fianças el maestro en quien se rematare la dicha</p>
<p>obra, se ará el dicho remate en el que menor postura hiçiere, y se</p>
<p>le pagarán dozientos ducados en cada un año a quenta de lo que</p>
<p>se rematare la dicha obra, asta que enteramente sea pagado dello,</p>
<p>y se traerá aprouaçión de su exçelençia del dicho remate dentro</p>
<p>de quarenta días, e situaçión de la paga de los dichos doçientos</p>
<p>ducados a satisfaçión del maestro, e no se traiendo en este término</p>
<p>sea en sí ninguno, sin quedar obligado al cunplimiento del el dicho</p>
<p>Diego de Arredondo, y el dicho maestre al qual se dará la leina</p>
<p>neçesaria para quemar cal en el término de las dichas torres, con que</p>
<p>no pueda cortar ningún árbol por el pie, e auitaçión en ellas para él</p>
<p>y sus ofiçiales.</p>
<p>1078Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>Fecho en Luchana, dicho día mes y año dichos.</p>
<p>Diego de Arredondo Aguero.</p>
<p>[Sigue a continuación el nombramiento de Pedro de Larrea como</p>
<p>maestro de cantería encargado de la obra, y las pagas concertadas,</p>
<p>por escritura dada en Bilbao ante el mismo escribano y con la</p>
<p>misma fecha].</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1621, agosto, 8 (copia del s. XIX). Barakaldo.</p>
<p>Apeo de las torres de Luchana y otras propiedades de la casa de</p>
<p>Velasco en la anteiglesia de Barakaldo.</p>
<p>Liburuklik</p>
<p>Manuscritos (Parlamento Vasco)</p>
<p>http://www.liburuklik.euskadi.eus/</p>
<p>handle/10771/9098</p>
<p>// (Fol. 1 rº) Apeo de las torres de Luchana, herrerías, seles y</p>
<p>heredades correspondientes a la hacienda de este nombre, sitas</p>
<p>en el término de Baracaldo pertenecientes al excelentísimo señor</p>
<p>don Bernardino Fernandez de Velasco, condestable de Castilla,</p>
<p>executado con fecha en dicho pueblo en 8 de agosto de 1621.</p>
<p>Primeramente, dijeron y declararon que S. E. el señor don Bernardino</p>
<p>Fernandez de Velasco, conde estable de Castilla, y los señores</p>
<p>antecesores, es y fueron patronos de todos los diezmos granados</p>
<p>y menudos y demas cobran a diezmar en la dicha anteiglesia del</p>
<p>señor San Vicente de Baracaldo en esta forma: La dicha anteiglesia</p>
<p>tiene dos beneficios enteros y otros dos medios, que hacen tres</p>
<p>beneficios, y todos los dichos beneficiados escogen tres diezmeros</p>
<p>y casas a su voluntad para su congrua y sustento, con los cuales y</p>
<p>con el pie de altar y las primicias y los demás derechos de entierros,</p>
<p>bautismos y demás cosas, sirven la dicha iglesia; y los susodichos</p>
<p>llevan lo dicho por el dicho servicio y congrua. Y sacados los dichos</p>
<p>tres diezmeros, lo que quedase, hace tres partes y S. E. de Riauregui</p>
<p>(sic) de que al presente es dueño y llevador Antonio de Yrauregui</p>
<p>Aranguren, y la otra tercera parte don Martin de Salazar y don Pedro</p>
<p>de Salazar Muñatones, por la casa de Salazar, por manera que los</p>
<p>dichos don Martin y don Pedro de Salazar llevan entre ambos un</p>
<p>tercio. Y presenta los beneficiados de dicha iglesia S. E. por su</p>
<p>tercia parte y el dueño de la dicha casa de Arantegui (sic) por el otro</p>
<p>1194Encartaciones. D o c u m e n t o s p a r a s u H i s t o r i a ( 1287 &#8211; 1821)</p>
<p>tercio, y la de Salazar por el otro tercio. Y S. E. daba de su tercio</p>
<p>a la dicha iglesia cuatro ducados en cada un año, para su fábrica y</p>
<p>ornamentarse, y puede haber 4 años poco más // (Fol. 1 vº) o meos,</p>
<p>que el corregidor que a la sazón era de este señorío de Vizcaya, con</p>
<p>comisión particular que tubo del conzejo supremo de justicia de S.</p>
<ol>
<li>para averiguación de las cuentas que tenían las iglesias de este</li>
</ol>
<p>señorío y quién las llevaba, y la necesidad que tenían las dichas</p>
<p>iglesias, adjudicó a la dicha yglesia para su fábrica 40 ducados cada</p>
<p>año, y otros cien al beneficiado que hiciere oficio de cura, y se los</p>
<p>pagasem los dichos patronos cada uno conforme a lo que llevaban</p>
<p>entraren por cuenta de lo que a S. E. le tocaba los 4 ducados que</p>
<p>dava de antes y sobre la sentencia y adjudicación ay pleito pendiente</p>
<p>y a el cual se remiten.</p>
<p>Asi mismo, apearon y destajaron por de S. E. del dicho señor</p>
<p>condestable en la dicha anteiglesia de Baracaldo, la torre y fortaleza</p>
<p>de Luchana, que son dos torres cuadradas de piedra, con un cuarto</p>
<p>entre la una y la otra, y un pasadizo que está entre dicho cuarto y la</p>
<p>torre que vate la mar, con sus dos barbacanas del aldo de medio día,</p>
<p>y su fosa y puente por el dicho lado, que es por el lado principal,</p>
<p>donde entarn a la dicha fortaleza por la tierra. Y entre las dichas</p>
<p>torres hay su plaza de armas, y por todas partes sus ateras y su</p>
<p>escala y embarcadero por la parte de la mar, con su puerta con su</p>
<p>escudo de armas en un cubo que está sobre la dicha escala, que son</p>
<p>de S.E.; en la cual dicha fortaleza y torres tiene S.E. su alcayde, que</p>
<p>al presente lo es don Andres de Elejalde y Avendaño, y tiene algunas</p>
<p>piezas de fierro de artillería en la dicha fortaleza con // (Fol. 2 rº)</p>
<p>algunas balas y otros pertrechos para las dichas piezas.</p>
<p>Y apearon y destajaron por de S.E. el pasage y barco de Luchana,</p>
<p>que está en la escala de la dicha fortaleza, con los derechos debidos</p>
<p>y pertenecientes que los deben los que pasan para diferentes partes.</p>
<p>Asimismo, apearon y destajaron por de S.E. la mitad del barco y</p>
<p>pasage de Tapia, que la otra mitad es de los vecinos de Zorroza y</p>
<p>Varacaldo, con la mitad de los derechos debidos y pertenecientes a</p>
<p>cada dicha mitad del barco y pasage.</p>
<p>Prosiguendo el dicho apeo, apearon y destajaron por de S.E. el</p>
<p>dicho señor condestable, un gran pedazo de término redondo delante</p>
<p>y alrededor de las dichas torres de Luchana, que comienza desde la</p>
<p>esquina del lado del bendabal de la barbacana que convate contra</p>
<p>la mar, donde los dichos apeadores pusieron un monjón de piedra</p>
<p>enfrente de la dicha esquina, y de allí va por derecho por la ladera</p>
<p>1195Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>del rebollar que fue de Pedro de Ugalde, y agora es de sus herederos</p>
<p>hijos de Juan de Ugalde de Arigorriaga, hasta llegar a la andore que</p>
<p>van para hasta osegui (sic) y por la cumbre adelante asta llegar a</p>
<p>un monjón que los dichos apeadores pusieron en lo alto de la dicha</p>
<p>cunbre de Arraotegui, que hace esquina, y por allí va cortando por</p>
<p>derecho a la esquina de la torre de Martin de Llano de Biturucha</p>
<p>(sic) contramaestre, que está en el dicho lugar de Biturycha, donde</p>
<p>pusieron otro monjón, tres brazas de la esquina de la delantera de</p>
<p>la torre acia Bilbao. Y de allí revuelve contra las torres biejas de</p>
<p>Jaureguiueta, por entre las // (Fol. 2 vº) las (sic) heredades y huerta</p>
<p>y manjanal del dicho Martin de Llano, hasta dar a otro mojón que</p>
<p>parecía antiguo, en el camino y arbolar del dicho lugar de Jauriguieta,</p>
<p>que van a la dicha Luchana, antes de llegar a las dichas torres viejas</p>
<p>que dibiden el término del dicho condestable y el concejil. Y de</p>
<p>dicho mojón va por derecho a dar a un árbol grande que está fuera</p>
<p>de el manzanal y heredad que fue de Santiago de la Torre, y ahora</p>
<p>lo es de sus herederos, y pegado a la cerradura del dicho manzanal,</p>
<p>de la otra parte, enfrente del dicho arbolar, se puso otro monjón. Y</p>
<p>por aquella esquina estaba entrado el dicho manzanal en la heredad</p>
<p>y término de S.E. un poco, que lo ha de dejar Francisca de la Torre,</p>
<p>hija del dicho Santiago de la Torre, que lo deje conforme quedan los</p>
<p>mojones, y así se lo notificó. Y de este monjón rebuelue contra la</p>
<p>estrada de Llano, y va cortando por el balladar y cerraduras de otra</p>
<p>heredad de la dicha Francisca, y delante una seve y monte de los</p>
<p>herederos de Juan de Ybarra y Bituricha, ya difunto, hasta llegar a</p>
<p>un monjón antiguo que paresció a la entrada de la dicha estrada del</p>
<p>Llano, donde se puso otro monjón con el, por estar el antiguo muy</p>
<p>metido en la tierra, que dicho monjón hace esquina y allí revuelve</p>
<p>y corta por derecho por junto de las cerraduras de las heredades de</p>
<p>Llano, para las junqueras // (Fol. 3 rº) de Aysino (sic) y canal de</p>
<p>ella, hasta dar en el río principal por derecho desde el dicho monjón,</p>
<p>dejando camino y sendero entre las tierras de S.E. y las dichas</p>
<p>heredades del Llano, y por la canal de abajo hasta dar en la escala de</p>
<p>las dichas torres de Luchana. Y todo el término y territorio que está</p>
<p>dentro de los dichos límites y monjones contra las dichas torres de</p>
<p>Luchana, y es término y territorio propio de S.E., y en él hay mucha</p>
<p>cantodad de árboles nuevos y biejos, y algunas heredades que se</p>
<p>labran en Birucha, con algunos frutales, y todo ello es de S.E., y por</p>
<p>tal lo apearon y destazaron.</p>
<p>Prosiguiendo el dicho apeo, fueron los dichos apeadores al lugar</p>
<p>1196Encartaciones. D o c u m e n t o s p a r a s u H i s t o r i a ( 1287 &#8211; 1821)</p>
<p>de Zavalla, que es de la dicha anteiglesia, y allí apearon y destajaron</p>
<p>por de el dicho señor condestable, junto a la fuente del dicho lugar</p>
<p>de Zavalla, una heredad que antiguamente estaba diuidida en 4</p>
<p>piezas, que ahora están todas en una, que serán hasta media anega de</p>
<p>trigo de sembradura, y están en ella dos manzanos y unos cerezos,</p>
<p>y tiene por costanera por el lado de Curru biña de Martin Rotaeche,</p>
<p>de arrib abajo, y por el otro lado cerradura y estrada que van desde</p>
<p>Zaballa para la iglesia del señor San Vicente de Varacaldo, y por la</p>
<p>cavezera cerradura y heredad manzanal de Juan de Zaballa, en parte</p>
<p>y en parte de S.E., por la hondonera cerradura de la mesma llosa y</p>
<p>camino que va a la dicha fuente. Púsose un mojón en la // (Fol. 3 vº)</p>
<p>esquina de la dicha ondonera, entre la heredad de S.E. y la viña de</p>
<p>dicho Martin de Rotaeche. Y pareció otro antiguo en la esquina de</p>
<p>arriba, y está fuera de la dicha heredad a la entrada de ella un árbol</p>
<p>grande de robre, que también es de S.E.</p>
<p>Yten, apearon y destazaron por de S.E. en el lugar que llaman Cuber</p>
<p>(sic) que pega con la de arriba, una heredad grande cerrada de por si</p>
<p>de hasta dos fanegas y media, poco más o menos, de sembradura, y</p>
<p>en ellos algunos manzanos, y confina por el lado de ancia la estrada</p>
<p>de la dicha Curru heredad de Juan de Zaballa, y es la cavecera tierra</p>
<p>de Juan Ruiz de Landaburu, escribano, y Juan de Cabalgoa, y por el</p>
<p>otro lado heredad de Martin de Landaburu, y por la ondonera viña</p>
<p>del dicho Martin de Rotaeche y la heredad sobredicha de S.E., y</p>
<p>por estar cerrada de jaros de bel sí la dicha heredad no se pusieron</p>
<p>mojones.</p>
<p>Y prosiguiendo el dicho apeo en nueve días del dicho mes y año, los</p>
<p>dichos apeadores fueron al lugar de Hurcullu, de la dicha anteiglesia</p>
<p>de Baracaldo, donde apearon en el dicho sitio por de S.E. y de su</p>
<p>casa y mayorazgo, una herrería que se dice la herrería de Hurcullu,</p>
<p>con su antépara, calces, estolda, saltos y sobresaltos, arraguas, con</p>
<p>sus salidas y entradas cresdesentas (sic) y desencargadas &lt;asi&gt; a</p>
<p>la parte de la ducha // (Fol. 4 rº) Hurcullu como Urdandeguieta y</p>
<p>Tellitu, y presas y calces de la dicha herrería, con todo lo a ella</p>
<p>perteneciente, según fuero de Vizcaya, con la quinta parte de los</p>
<p>montes concejiles de la dicha anteiglesia, pagando su precio a ella</p>
<p>como las demás herrerías, y a la dicha herrería de Hurcullu le toca</p>
<p>la dicha quinta parte como a una de las cinco herrerías que están</p>
<p>en la dicha anteiglesia, y al rededor de la dicha herrería y dichas</p>
<p>sus raguas, hay mucha cantidad de árboles nogales y castaños, de</p>
<p>personas particulares, que no son de dichas herrerías sino de sus</p>
<p>1197Enkarterri. H a r e n H i s t o r i a r a k o d o k u m e n t u a k ( 1287 &#8211; 1821)</p>
<p>dueños y herederos que los plantaron, y ansí lo gozan y posehen y</p>
<p>con declaración que todo el territorio que está añrededor de la dicha</p>
<p>herrería y sus raguas, desde la estolda (tachado: hasta) acia Arrao o</p>
<p>Gineta (sic) y calces y puente es y pertenece al servicio de la dicha</p>
<p>herrería ciertamente y por tal lo apearon y destazaron los dichos</p>
<p>apeadores.</p>
<p>Yten más, apearon pertenecer a S.E. del dicho condestable para el</p>
<p>servicio de dicha ferrería el sel de Astola, que confina con castañales</p>
<p>de particulares y montes comunes de la dicha anteiglesia, que tiene</p>
<p>su mojón en medio, según costumbre, y tienen otros semejantes</p>
<p>seles que tiene la misma concabidad (sic) y jurisdición.</p>
<p>Y asimismo apearon otro sil (sic) perteneciente a dicho señor</p>
<p>condestable, y a la dicha herrería, que le dicen el sil de Anzoleta,</p>
<p>que confina con montes comunes de la dicha anteiglesia, que tiene</p>
<p>su mojón en medio, como el de // (Fol. 4 vº) arriba.</p>
<p>Yten más, apearon y destazaron como de S.E. y perteneciente a la</p>
<p>dicha herrería el sil que llaman de Asalguieta, que confina con los</p>
<p>montes comunes de la dicha anteiglesia, con su mojón en medio.</p>
<p>Yten, apearon por de S.E. otro monte y sel por de S.E. que llaman</p>
<p>el sel de Arteaga, que confina con los dichos montes comunes de la</p>
<p>dicha anteiglesia.</p>
<p>Yten, apearon por de S.E. la tercera parte del sel de Percheta, acia</p>
<p>Santa Agueda, con su mojón en medio, como los demás seles, que</p>
<p>confina por la parte de arriba con los montes comunes de la dicha</p>
<p>anteiglesia, y por la de abajo el sel y arbolar de Percheta.</p>
<p>Yten, apearon por de S.E. y servicio de la dicha herrería, la tercia</p>
<p>parte del sel y arbolar de Percheta y Zornocaga, que todo ello es un</p>
<p>mesmo sel y monte, y no dos, por estar todo junto y en el dicho lugar</p>
<p>de Percheta, que llega hasta el río caudal.</p>
<p>Y prosiguiendo el dicho apeo volvieron al dicho lugar de Arteaga,</p>
<p>vista de la dicha anteiglesia, donde apearon los dichos hombres</p>
<p>buenos apeadores al dicho señor condestable, una heredad grande</p>
<p>que llaman Landeta y Cadalso, que puede tener sembradura de dos</p>
<p>anegas de trigo, y va derecho arriba a la parte de Arteaga-beitia, que</p>
<p>confina con heredad de Hernando Ber // (Fol. 5 rº) nal, hasta el jaral</p>
<p>que hace cerradura en la cavecera, y desde la dicha cavecera de la</p>
<p>dicha heredad que así bien está en la cavecera de ella, que también</p>
<p>es de S.E. hace un córcovo la dicha heredad para antes de llegar a la</p>
<p>heredad de Cadalso, que es de S.E. y en la parte de acia la Urquizaga</p>
<p>alinda también con otra heredad de S.E. y por la ondonera alinda</p>
<p>1198Encartaciones. D o c u m e n t o s p a r a s u H i s t o r i a ( 1287 &#8211; 1821)</p>
<p>con la estrada que van desde él a dicha la Urquizaga para el lugar</p>
<p>de Zuazo y tierras comunes a la dicha anteiglesia. Y toda la dicha</p>
<p>heredad está cerrada de sobre sí de jaros, y pusieron un monjón a</p>
<p>la parte de Artiagabeytia, entre la dicha heredad y otra de dicho</p>
<p>Hernando de Barnal, y por tal de S.E. la destacaron.</p>
<p>Yten, apearon por de S.E. en el dicho sitio y pegada a la dicha</p>
<p>heredad de arriba y al lado de ella, acia la dicha la Urquizaga,</p>
<p>otra heredad sembradura de tres celemines de trigo, que alinda</p>
<p>por la parte de acia la dicha la Urquizaga con heredad de Pedro de</p>
<p>Heguzquiaguierre, y por el otro lado la dicha heredad de dicho señor</p>
<p>condestable, de arriba, que entre las dos hay un jaro que las divide,</p>
<p>y por la ondonera tierra común de dicha anteiglesia, que labra el</p>
<p>dicho Pedro de Guzquiaguierra, y por la cavecera otra heredad de</p>
<p>S.E., parecieron dos monones antiguos en las dos esquinas de la</p>
<p>costanera de hacia la heredad del dicho Pedro, que las dibide, y por</p>
<p>el otro lado no se pusieron por ser // (Fol. 5 vº) la dicha heredad de</p>
<p>S.E. y por tal lo destajaron.</p>
<p>Yten, apearon y destajaron pertenecer al dicho condestable, en</p>
<p>el dicho sitio, otra heredad que en ella están plantados manzanos,</p>
<p>cerezos y otros frutales, que están en la cavecera de las de arriba,</p>
<p>podrá ser sembradura de ocho celemines de trigo. Alinda por la</p>
<p>cavecera con una linde alta que hace cavecera que en parte pega</p>
<p>con vina de San Juan de Retuerto, y con otra heredad de S.E., y por</p>
<p>el un lado de hacia Landaburu heredad y viña de Juan de Careaga,</p>
<p>y por el otro lado heredad del dicho Hernando de Bernal, y por la</p>
<p>ondonera la heredad del dicho señor condestable. Púsole un mojón</p>
<p>en la cavezera que va a dar por derecho a otro mojón que está más</p>
<p>abajo, en la heredad del dicho Pedro de Guzquiaguirre y de S.E. y</p>
<p>por los otros lados no se pusieron mojones por estar cercada de jaros</p>
<p>y valladar, y por tal lo destajaron y apearon.</p>
<p>Yten más, apearon y destajaron pertenecer a dicho condestable</p>
<p>un sitio y territorio que antiguamente parece por los cimientos solía</p>
<p>estar una torre y palacio, que se llamaba Cadalso, y al rededor de</p>
<p>lla contra el lado del mediodía un gran pedazo de tierra labrantía</p>
<p>con un pedazo de viñedo acia la parte de Artiaga, que la dicha viña</p>
<p>podía llebar media pipa de vino y la dicha heredad sembradura de //</p>
<p>(Fol. 6 rº) media anega de trigo; está cercado de un jaral, así la dicha</p>
<p>viña como la dicha heredad, por lo cual no se le pusieron mojones,</p>
<p>y el dicho sitio donde solía estar la dicha torre está hecho bardal,</p>
<p>sin paredes, alinda por el lado de acia Arteaga viña de Martin de</p>
<p>1199Enkarterri. H a r e n H i s t o r i a r a k o d o k u m e n t u a k ( 1287 &#8211; 1821)</p>
<p>Zaballa, menor, y por la parte de acia Landaburu viña y heredad del</p>
<p>dicho don Juan de Retuerto, y por la cavecera un pedazo de tierra de</p>
<p>S.E. y se apeará de por sí, y por la ondonera en parte de S.E. y en</p>
<p>otra parte del dicho Hernando de Barnal, y por tal de S.E. lo apearon</p>
<p>y destacaron.</p>
<p>Yten apearon y destacaron ser de S.E. el dicho sitio y lugar de</p>
<p>Cadalso, y pegante a dicho sitio de la dicha torre otro pedazo de</p>
<p>heredad que podrá ser de hasta 12 celemines de trigo de sembradura,</p>
<p>alinda por la una parte con el dicho sitio de Cadalso, y por el otro</p>
<p>lado y ondonera viña y heredad de Juan de Landaburu, y por la</p>
<p>cavecera jaral y tierra de S.E.; pareció un mojón antiguo en la</p>
<p>esquina de la hondonera, entre la dicha heredad y viña del dicho</p>
<p>Juan de Landaburu, y tierra de S.E. y pusieron otro mojón acia la</p>
<p>esquina del sitio de la dicha torre, contra la heredad del dicho Juan</p>
<p>de Landaburu, y por tal los destacaron y dijeron los dichos apeadores</p>
<p>que todos los dichos bienes son de S.E.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1207Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
Siete Villas y sus lugares de San Miguel de Meruelo, feligresía de<br />
San Miguel de Castillo, Noja, Soano, Ysla, Arnuero, Vareyo, Axo,<br />
Guemez, en la Junta de Cesto, y sus lugares, de Rrano (sic) Acas,<br />
Solorçano, Prabes, Moncaleon, Ambursero, Vallesteros, Barcena,<br />
Cicero, Adal, en la Junta de Boto, y sus lugares, de dos Villas,<br />
Llaraz, Eprías, San Miguel de Aras, San Pantaleon, San Bartholome,<br />
Buercas, San Mames, Vadames, Secadura, Padien Nega, Carasa,<br />
Rada, Nater en el valle de Ruesga y sus lugares de Matienzo,<br />
Ogarrio, Barruelo y Montera, valle de Riva y Arredondo en el balle<br />
de Soba y sus lugares de Santelices, Castañedo, Balcava, Villar,<br />
Santayama, Revilla, Fresnedo, Santa Maria, Reoyos, Herrada, el<br />
Prado, San Juan, Rocas, Cincedo, Regules y Soto, Axa, San Pedro,<br />
Veguilla, concejo de San Martín, Villaborde, y en Baracaldo en el<br />
mi señorío de Vizcaya, y en Castro de Hurdiales, Oton, Otañez,<br />
Samano, Llonde el Agua, en el valle de Guriezo y junta de Serna<br />
y valle de Liendo, lugar de Limpias, Colindres, villa de Laredo y<br />
Junta de Parayas, Hoz y Marrón, Udalla, Cerezeda, Jibaxa, Rasines,<br />
Ojebar, Amguero (sic), Laredo, Puerto de Santoña en el término de<br />
Hermosilla, probincia de Guepuzcua, que toda la dicha hazienda<br />
consiste en vienes raízes y otros derechos contenidos declarados y<br />
expresados en una relazión que va escripta y numerada en duzientas<br />
y ochenta y nuebe ojas, señalada y rubricada cada una y firmada la<br />
última dellas de Antonio de Alossa Rodarte Cavallero de la orden<br />
de Santiago [&#8230;].<br />
Fechado en Madrid, a 14 de enero de 1641, firmado: el rey [&#8230;]”<br />
Jorge de Bande, secretario, vecino de Madrid, hace postura por<br />
numerosas propiedades. La situación, valor de sus rentas y postura<br />
ofrecida por Jorge de Bande para la compra de las mismas es la<br />
siguiente:<br />
&#8211; ¼ de los diezmos de Limpias y lo demás, conjunto con el lugar<br />
de Colindres, que están arrendados en 28.360 maravedís,<br />
incluidos 2.915 maravedís que paga Colindres de alcabala<br />
en cada año, y así mismo, 2.360 que paga de alcabala el<br />
valle de Liendo. Por lo que ofrece Jorge de Bande, según<br />
estimación del apeo, 567.200 maravedís.<br />
&#8211; Una aceña que al presente no tiene más que las paredes, y<br />
antiguamente molía, en el barrio de Villabrar, del valle de<br />
Liendo, que pone en 200 reales.<br />
&#8211; 2/3 de la casa de la Piedra, con lo a ella accesorio, puesto</p>
<p>1208Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
en 1.000 reales.<br />
&#8211; ¼ de la torre de Viar de Colindres, puesta en 1.000 reales.<br />
&#8211; Los 2.500 maravedís de la alcabala que paga Guriezo en<br />
cada año, puesta en 50.000 maravedís.<br />
&#8211; Una heredad que está debajo de la torre que poseen los<br />
herederos de Juan Marroquín, por la que da 5 ducados.<br />
&#8211; Unas paredes y puebla de Casallana, con ocho fanegas de<br />
cojida, puesta en 10.472 maravedís.<br />
&#8211; En la mier de Sa, otra heredad de 8 fanegas puesta en 7.888<br />
maravedís.<br />
&#8211; Otra heredad en dicha llosa de 2 fanegas, en 1.496 maravedís.<br />
&#8211; Otra heredad donde dicen “las Macucas”, que no está<br />
evaluada, a 3 ducados la fanega.<br />
&#8211; Otra heredad de 4 fanegas de cosecha a la huerta de Sa, en<br />
4.488 maravedís.<br />
&#8211; Otro pedazo de bardal puesto en 4.114 maravedís.<br />
&#8211; 4 reales que cada año paga Domingo Marroquín de la mitad<br />
de la torre. Por ello 2.720 maravedís.<br />
En Otañes:<br />
&#8211; los ¾ de la herrería que se dice “la errería de Otañez” que<br />
está evaluado en 600 ducados, por la que pone la misma<br />
cantidad.<br />
&#8211; “los dos tercios de la thorre antigua de Otañez que está en<br />
el dicho lugar junto de la dicha errería”. Puesta en 100<br />
ducados.<br />
En Zalla:<br />
&#8211; “Los diezmos y heredades de Çalla que tiene en renta el<br />
licenciado Carranza, pongo en un quento y sesenta mil<br />
maravedís&#8230;”<br />
&#8211; “Adbiertese que no se incluie en este valor la thorre y<br />
fortaleza de la Piedra en que no se haze postura&#8230;”<br />
Junta de Voto:<br />
&#8211; 1.218 maravedís que pagan al año de alcabala los lugares de<br />
la junta de Voto. Puesto en 24.360 maravedís.<br />
Puerto de Santoña:<br />
&#8211; paga el Puerto de Santoña en cada un año 1.500 maravedís<br />
de alcabala. Puesto en 30.000 maravedís.<br />
Baracaldo:<br />
&#8211; “Los diezmos que se diezman y acostumbran dezmar en la<br />
Ante Yglesia de San Vicente de Baracaldo pertenecientes</p>
<p>1209Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
a s.e. según y con las calidades que se refieren en el apeo<br />
y dilixencias con la mitad del varrio de Tapia, pongo en<br />
quinientos y veinte y tres mil y seiscientos maravedís, como<br />
viene valuado. La qual cantidad es por el valor del dicho<br />
varco; adbirtiéndose que los diezmos se incluyen en los<br />
demás vienes que se ponen en novecientos y cinquenta y dos<br />
mil maravedís adelante.<br />
&#8211; Mas una heredad de media fanega junto de la yglesia del<br />
lugar de Zavala.<br />
&#8211; Mas una heredad de dos fanegas de sembradura que está a do<br />
dizen Cubeycurru.<br />
&#8211; Mas la herrería de Urcullu con su antepara, calzes, estolta,<br />
saltos, con sus salidas y entradas y en presas y calzes con lo<br />
demás a ella perteneciente.<br />
&#8211; Mas la heredad de Arteaga Veytia que llaman Landeta, y<br />
Cadalso, de cavida de dos fanegas de trigo.<br />
&#8211; Mas otra heredad en dicho sitio de cavida de tres zelemines<br />
de trigo.<br />
&#8211; Mas otra heredad junto al dicho sitio plantada de manzanos<br />
y otros frutales.<br />
&#8211; Mas otra heredad en el sitio que llaman Cadalso de una fanega<br />
de sembradura.<br />
&#8211; Mas otra heredad que s.e. tiene en cadalsso que pega a la<br />
thorre, de doze zelemines de zevada.<br />
&#8211; Todas las quales dichas heredades, montes, diezmos, y<br />
herrerías, pongo en novecientas y cinquenta y dos mil<br />
maravedís como viene valuado en las diligencias con los<br />
descuentos y calidades que en ellas y en el apeo se refieren.”<br />
Sigue relación de propiedades en diversos lugares (Cayón,<br />
Penagos, Siete villas, Las Bergazas, Meruelo, Castillo, Noja,<br />
Monte, Bareyo, Axo, Guemez, Torre de Guemez, Barco de Treto, Oz<br />
y Marrón, Cereceda, Jibaja, Rasines, Ojevar, Ampuero, Junta de<br />
Ribamontán&#8230;<br />
Samano:<br />
&#8211; “Mas todos los vienes diezmos y heredades que s.e. tiene en la<br />
villa de Castro de Urdiales, Samano, Llende el Agua y Onton, lo<br />
qual pongo con los desquentos calidades y condición que refieren<br />
el apeo y diligencias en dos quentos novecientos y quarenta mil</p>
<p>1210Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
maravedís como en ellas biene valuado”.<br />
Sigue a continuación el testimonio de apeo que se realizó a las<br />
haciendas que están en venta. Se amplia la descripción de las<br />
propiedades por las que había hecho postura Jorge de Bande. Entre<br />
otros:<br />
Otañez:<br />
&#8211; ¾ de una herrería que se dice “la herrería de Otañez” y el<br />
otro ¼ es de la casa de Otañez.<br />
&#8211; 2/3 de la torre antigua de Otañez que está en dicho lugar, cerca<br />
de la herrería, sin tejado ni madera, solo las paredes y por lo<br />
alto de ella por los tres lienzos están un poco derribados y el<br />
otro lienzo tiene sus almenas y junto de ellas dos pedazos de<br />
heredad de hasta fanega y media de sembradura.<br />
Zalla:<br />
&#8211; Primeramente, declararon los apeadores que s.e. el señor<br />
condestable de Castilla es patrón y llevador de la mitad<br />
menos un ochabo de todos los diezmos granados y menudos<br />
y demás cosas que se diezman y deven diezmar en todo este<br />
conzejo de zalla y se parten en esta forma: los clérigos y<br />
veneficiados de la yglesia de señor San Miguel, yglesia maior<br />
y parroquial del dicho concejo, que son tres veneficiados y<br />
medio, se cogen doce dezmeros del dicho concejo, los que<br />
ellos quieren por su congrua y servicio, y sacados dichos<br />
doze dezmeros del dicho consejo, los que ellos quieren por<br />
su congrua y servicio, y sacados dichos doze dezmeros, de lo<br />
demás que queda de los dichos diezmos lleva s.e. la mitad de<br />
todos ellos menos un ochavo, y lo demás lo llevan la torre y<br />
casa de Salzedo y la de Zalla y la de Salzedo de Aranguren<br />
por yguales partes. Y hansí es público y notorio.”<br />
&#8211; “Ytem, apearon por de s.e. la llosa detras las Puentecillas<br />
al lero de Zalla, junto a la Yglesia, una heredad grande de<br />
hasta ciento y quatro suelos poco más o menos, medida del<br />
dicho consejo, que puede tener como siete celemines de<br />
sembradura, alinda por el lado de cierco con el arroyo que<br />
llevan de Peñuza, que biena a dar a las Puntecillas ó (¿llossa?)<br />
y por azia arriba con un poco de heredad de herederos de<br />
Pedro de San Christoval de Zalla, y por azia avajo contra<br />
la Calzada, otro poco de heredad que esta en un rincón de</p>
<p>1211Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
dichos herederos, y por este lado biene la dicha heredad en<br />
cerca, y por el otro lado costea la dicha heredad con casas<br />
de los dichos herederos y de don Diego de Salzedo, y por la<br />
cavezera con el dicho arroyo y heredad de dichos herederos<br />
y por la ondal con el camino y Calzada.<br />
Barakaldo:<br />
(al margen: Ante Yglesia)<br />
Baracaldo en Vizcaya.<br />
&#8211; Primeramente, declararon que s.e. es llevador como patrón todos<br />
los diezmos granados y menudos y demás cosas que se diezman y<br />
acostumbran dezmar en la dicha ante yglesia de señor San Vizente de<br />
Baracaldo en esta forma: la dicha ante yglesia tiene dos veneficiados<br />
enteros y otros dos medios, que hazen tres veneficios. Y todos los<br />
dichos veneficiados escogen tres diezmos y cassa a la voluntad para<br />
su congrua y sustento, con las quales, y con el Pie de Altar y las<br />
Primicias y demás ares de entierros, bauptismos y demás cosas,<br />
sirven en la dicha yglesia, y los susso dichos llevan lo dicho por el<br />
dicho servicio y congrua. Y sacados los dichos tres dezmeros lo que<br />
queda se haze tres partes yguales, s.e. lleva la una, y la otra la cassa<br />
de Yrancegui (sic), y la otra terxia parte don Martín de Salazar y don<br />
Pedro de Salazar Muñatones por las cassas de Salazar, por manera<br />
que los dichos don Martín y don Pedro de Salazar llevan entre ambos<br />
un tercio; y presenta los veneficiados de la dicha yglesia s.e. por su<br />
tercia parte, y el dueño de la dicha cassa de Yrauregui por el otro<br />
tercio, y la de Salazar por el otro tercio, Y s.e. dava de su tercio a<br />
la dicha yglesia quatro ducados en cada un año para su fábrica y<br />
ornamentos. Y puede haver quatro años que el corregidor que a la<br />
sazón hera de este señorío de vizcaya, con comissión particular que<br />
tubo del supremo Consejo de Justicia de s.m. para aberiguación de<br />
las rentas que tenían las yglesias de este Señorío y quién las llevaba,<br />
y la nescesidad que tenían dichas yglesias, adjudicó a dicha yglesia<br />
para su fábrica quarenta ducados en cada un año, y otros cient reales<br />
al veneficiado que hiziese oficio de cura, y se los pagasen dichos<br />
patrones conforme a lo que llebava, y entrasen por quenta de lo que<br />
a s.e. le tocava los quatro ducados que dava de antes. Y sobre la<br />
sentencia y adjudicación ay pleito pendiente a la determinazión del<br />
qual se remiten___________<br />
Ansí mismo apearon por de s.e. la mitad del barco de Tapia, que<br />
la otra mitad es de los vecinos de Zorroza y Baracaldo, con la mitad</p>
<p>1212Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
de los derechos devidos y pertenezientes a la mitad del barco y<br />
pasage.____________<br />
Prosiguiendo el dicho apeo fueron al lugar de Zavala, que es de<br />
la dicha ante yglesia. Y assi apearon por de s.e. junto a la fuente del<br />
dicho lugar una heredad que antiguamente estava en quatro piezas,<br />
y agora están en una. Y están en ella dos manzanos y unos zerezos.<br />
Tiene por costaneras por el lado de Curru biña de Martín de Rotaeche,<br />
de arriva avajo, y por el otro lado cerradura y estrada que ban desde<br />
Zavala para la yglesia del señor San Vicente de Baracaldo. Y por la<br />
cavezera cerradura y heredad manzanal de Juan de Zavala en parte<br />
y en parte de s.e., y por la ondonera cerradura de la misma llossa<br />
y camino que ba a la dicha fuente. Y está a la entrada de la dicha<br />
heredad un árbol de roble que es de s.e._________<br />
Ytem, en el lugar que llaman Zubelçurru, una heredad que pega<br />
con la de arriba, grande, zerrado de por sí, de hasta dos fanegas de<br />
sembradura y ai en ellos algunos manzanos. Y confina por el lado<br />
de azia la estrada de la dicha Zurru y heredad de Juan de Zavala y<br />
es la cavezera tierra de Juan Ruiz de Landaburu. Y por la ondonera<br />
viña del dicho Martín de Rotaeche y la heredad sobre dicha de<br />
s.e.____________<br />
Ytem en el lugar de Urzulu de la dicha ante yglesia de Baracaldo se<br />
apearon en el dicho sitio por de s.e. la herrería que se dize de Urzulu,<br />
con su antepara, calzes, estolda, saltos y sobresaltos, arraguas, con<br />
sus salidas y entradas libres y exentas y desembargadas azia la parte<br />
de la dicha Urzulu como Urdian de Gueta y Tellitu, y prezas y calzes<br />
de la dicha herrería, con todo lo a ella perteneciente, según fuero<br />
de Vizcaya, con la quinta parte de los montes concegiles de la dicha<br />
anteyglesia, pagando su precio della como a las demás herrerías. Y a<br />
la dicha herrería de Urzulu le toca la dicha quinta parte como a una<br />
de las cinco herrerías que están en la dicha ante yglesia y alrrededor<br />
de la dicha herrería y dichas sus raguas, ay mucha cantidad de<br />
árboles nogales y castaños de personas particulares que no son de<br />
la dicha herrería, con zedaración que tocó el terrentorio que hestá<br />
al rrededor de dicha herrería y sus raguas, desde la estolda azia Rao<br />
Aginita y calzes y puentes es y pertenece al servicio de la dicha<br />
herrería libremente_____________________<br />
Ytem, perteneze a s.e. para el servicio de dicha herrería el ser<br />
de Ostola, que confina con castañales de particulares y montes<br />
comunes de la dicha ante yglesia, que tiene su mojón en medio<br />
según costumbre que tienen otros semejantes seles que tienen la</p>
<p>1213Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
misma concavidad y jurisdizion.__________________<br />
Ytem, otro sel que declararon pertenecer a la dicha herrería,<br />
que llaman el sel de Ancoleta, que confina con montes comunes<br />
de la dicha ante yglesia, que tiene su mojón en medio como el de<br />
arriba.______________<br />
Ytem, apearon el sel que llaman de Asalguieta, que confina<br />
con montes comunes de dicha ante yglesia, con su mojón en<br />
medio._____________<br />
Ytem, otro monte y sel que llaman el sel de Artiaga, confina con<br />
dichos montes comunes de dicha ante yglesia.__________________<br />
Ytem, apearon por de s.e. para la dicha Herrería la tercia parte<br />
del sel de Ysaguieta que es arrive de las viñas del lugar de Pertecha<br />
hacia Santa Agueda con su mojón en medio como los demás seles,<br />
que confina por la parte de arriva los montes comunes de dicha ante<br />
yglesia, y por la de avajo el sel y arbolar de Perchita.______________<br />
Ytem, la tercia parte del sel y arbolar de Pertecha y Cornozaga,<br />
que todo ello es un mismo sel y monte y no dos por estar todo<br />
junto y en el dicho lugar de Pertecha, que llega hasta el rio<br />
caudal._____________<br />
Ytem, apearon por de s.e. en el lugar de ArtiagaVeitia una<br />
heredad grande que llaman Landeta y Cadalsso, que puede tener de<br />
sembradura dos fanegas de trigo y ba derecho arriva a la parte de<br />
Artiaga Beytia que confina con heredad de Hernando Bernal hasta<br />
el jaral que haze cerradura en la cavezera. Y desde la dicha cavezera<br />
de la dicha heredad de s.e. para otra heredad que assi bien esta<br />
en la cavecera de ella, que también es de s.e., hace un cuerpo la<br />
dicha heredad para antes de llegar a la heredad de Cadalsso que<br />
es de s.e. y de azia la otra parte de la Urquizaga a linda también<br />
con otra heredad de s.e. y por la ondonera a linda con la estrada<br />
que ban desde la dicha Urquizaga para el lugar de Zuazo y tierras<br />
comunes a la dicha ante yglesia y toda la dicha heredad esta zerrada<br />
de sobre sí de jaros. Y pusieron un mojón a la parte de Artiaga<br />
Beytia._____________<br />
Ytem, en el dicho sitio, pegada a la heredad de arriva, apearon<br />
por de s.e. otra heredad de tres celemines de sembradura que alinda<br />
por la parte azia la dicha Urquizaga con heredad de Pedro Uzquia<br />
guirre, y por el otro lado la dicha heredad de s.e. de arriva, que entre<br />
lados ay un jaro que las divide, y por la ondonera tierra común de<br />
dicha ante yglesia, que labra el dicho Pedro de Vzquiaguirre. Y por<br />
la cavezera otra heredad de s.e.______________________</p>
<p>1214Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
Ytem, declararon tener s.e. en el dicho sitio otra heredad que en<br />
ella están plantados manzanos, zerezos y otros frutales. Que está en<br />
la cavezera de las de arriba y otras, de sembradura ocho celemines.<br />
Alinda con la cavezera con una linde alta que hace cerradura, que<br />
en parte pega con viña de San Juan de Retuerto y con biña heredad<br />
de s.e., y por el un lado de azia Landaburu heredad y viña de Juan<br />
de Cariaga. Y por el otro lado heredad de dicho Hernando Bernal y<br />
por la ondonera la heredad de s.e._____<br />
Ytem, apearon por de s.e. un sitio y terrentorio que antiguamente<br />
pareze por los cimientos una torre y palacio que se llamava Cadalsso,<br />
y alrededor de ella contra el lado del medio día un gran pedazo de<br />
tierra labrantía, con un pedazo de viñedo azia la parte de Artiaga,<br />
que la dicha viña podía llevar media pipa de vino, y la heredad<br />
sembradura de media anega. Está cercado todo de un jaral, y el sitio<br />
donde estava la dicha torre esta hecho vardal, sin paredes, a linda<br />
por el lado de Artiaga viña de Martín de Zavala, menor, y por la<br />
parte de azia Landaburi viña y heredad de San Juan de Retuerto,<br />
y por la cavecera un pedazo de tierra de s.e. que se apeará de por<br />
sí, y por la ondonera herdad de s.e., y en parte heredad del dicho<br />
Hernando Vernal.____________<br />
Ytem, en el dicho sitio y lugar de Cadalsso, y pegante a la dicha<br />
torre, otro pedazo de heredad que podía ser de hasta doce celemines<br />
de trigo, a linda de la una parte con dicho sitio de Cadalsso, y por el<br />
otro lado y ondonera viña y heredad de Juan de Landaraburu y por<br />
la cavecera xaral y tierra de s.e.____</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1647, agosto, 22. ¿Barakaldo?</p>
<p>Pablo Van Hauten, contador y mayordomo de los “yngenios de</p>
<p>Liérganes y Santa Bárbara”, en nombre de doña Mariana de Bitio,</p>
<p>viuda del señor secretario Jorge de Bande, dueña y señora de dichos</p>
<p>ingenios, arrienda a Juan de Beurco Larrea una tercera parte de</p>
<p>los diezmos de la “anteyglesia de Varacaldo que le pertenecen a la</p>
<p>dicha señora doña Mariana de Bitio”.</p>
<p>Archivo Foral de Bizkaia.</p>
<p>CORREGIMIENTO. Leg. 2236-120</p>
<p>Condición, que Juan de Beurco Larrea aya de llebar y gozar con la</p>
<p>dicha tercia parte de los diesmos usufructo y renta de las heredades</p>
<p>que suelen andar y an andado siempre en corendamiento con los</p>
<p>dichos diesmos sin que por ellas aya de pagar más de los dichos</p>
<p>ciento y dies ducados, que se obliga a pagar. Los dichos diesmos y</p>
<p>las dichas heredades son las que siguen:</p>
<p>Una heredad de pan senbrar en el lugar de Çaballa junto a la</p>
<p>fuente. Y otra heredad que está en el barrio de Cubeycurru, de</p>
<p>senbradura dos fanegas. Otra heredad en el barrio de Arteagabeyti.</p>
<p>Otra heredad grande que llaman Landaeta. Otra heredad en Cadalço,</p>
<p>de senbradura de dos fanegas de trigo. Yten, otra heredad de senbrar</p>
<p>y un pedazo de biñedo biejo pegante a la torre bieja que hera de</p>
<p>Cadalso. Yten, en el dicho barrio de Cadalso, otra heredad que podra</p>
<p>ser hasta diez celemines desenbradura.</p>
<p>Los quales se les arrienda para que durante los dichos tres años los</p>
<p>goze juntamente con los dichos diesmos por los dichos ciento y dies</p>
<p>ducados, pagados según es referido.</p>
<p>Testigos los sobredichos y los otorgantes presentes lo firmaron, de</p>
<p>que doy fee los conosco.</p>
<p>Paulo Van Hauten. (Firmadoy rubricado)</p>
<p>Don Juan de Beurco Larrea. (Rubricado)</p>
<p>Ante my Martín de Aguilar Çumelçu.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1220Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
reales de plata de principal que le quedó debiendo, y los intereses<br />
de ellos, a razón de cinco por ciento, condiziones, costas y salarios<br />
se trujeron en pregón y pública almoneda todos los vienes y rentas<br />
que el dicho secretario Jorje de Bande del dicho señor condestable<br />
de Castilla, en que hice postura de veinte y siete mil ducados en<br />
moneda de vellón. Y por no hauer otra mayor se me remataron y se<br />
me despachó // (Fol.18 rº) benta judicial de ellos por el doctor don<br />
Deuastian Ortega de Vega, corregidor de la ciudad de Lorca, juez<br />
que tubo comisión para el dicho efecto, ante Francisco de Lazcano,<br />
escriuano de Su Magd., su fecha en la villa de Santander a ocho de<br />
agosto del año de mil y seiscientos y cinquenta.<br />
Después de lo qual, doña María de Brito, viuda del dicho secretario<br />
Jorje de Bande, como su heredera vnica y unibersal, y por su propio<br />
derecho, tenía pretensión que en los dichos vienes que ansí se me<br />
auían vendido no se podían comprehender los que ella y el dicho<br />
su marido auían bendido, zedido y aplicado antes de la dicha venta<br />
judicial, y que los demás que quedauan eran de mucho más valor<br />
y estimación que los dichos veinte y siete mil ducados en que se<br />
me auían rematado. Y en razón de lo susodicho nos combenimos<br />
y concertamos en que la dicha venta, en quanto a los vienes que la<br />
dicha doña Maria de Brito // (Fol.18 vº) y el dicho secretario Jorje<br />
de Bande, su marido, auían vendido y zedido, auía de ser ninguna<br />
y de ningún balor y efecto. Y que demás de los dichos veinte y<br />
siete mil ducados la auía de dar y pagar por todos los demás vienes<br />
que quedaban ochenta y un mil reales más. Y en orden a ello, por<br />
escritura otorgada ante el presente escriuano, en nuebe de octubre<br />
del año de mil y seiscientos y cinquenta y uno, la dicha doña Maria<br />
de Brito aprobó y ratificó la dicha venta, y de nuebo me la yzo de<br />
todos los vienes, menos los que, como dicho es, estauan bendidos<br />
y cedidos, que los que son y a las personas a quien se bendieron y<br />
cedieron se contienen y declaran en la dicha escritura.<br />
Y por escritura otorgada en la villa de Santander, en seis de julio<br />
deste presente año de mil y seiscientos y zinquenta y nuebe, ante<br />
Pedro de Camargo // (Fol.19 rº) Belasco, escriuano de Su Magd.<br />
y del número y ayuntamiento de ella, me conbiene y conzerté<br />
con el señor Juan Castaños, cauallero de la horden de Santiago,<br />
almirante de la Real Armada y Flota de la Guardia de las Yndias, de<br />
benderle los diezmos que tengo en la parroquia de San Bizente de<br />
la ante yglesia de Baracaldo, y la mitad del barco y passaje con las<br />
heredades, tierras y sitios que están en el dicho lugar, que son parte</p>
<p>1221Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
de los dichos vienes que el dicho secretario Jorje de Bande compró<br />
del dichos señor condestable de Castilla, en que yo subcedí en virtud<br />
de los recados que quedan referidos, en precio de sesenta y seis mil<br />
y nobecientos reales de plata doble, por cuia quenta mentregó de<br />
contado sesenta y quatro mil reales en la dicha moneda, y quedé<br />
obligado por la dicha escritura a otorgar venta en forma // (Fol.19<br />
vº) en fauor del dicho señor almirante Juan Castaños de los dichos<br />
vienes, como parece de la dicha escriptura que original entrego al<br />
presente escriuano para que aquí la ponga e incorpore.<br />
E yo, el escriuano, la reciuí, puse e incorporé. Que su tenor el<br />
siguiente:<br />
(al margen: escritura) En la villa de Santander, a seis días del mes<br />
de jullio de mil y seiscientos y cinquenta y nuebe años, ante mi, el<br />
presente escriuano y testigos, parecieron presentes los señores Juan<br />
Castaños, cauallero de la horden de Santiago, almirante de la Real<br />
Armada y Flota de la Guardia de las Yndias, y Domingo de Herrera<br />
de la Concha, señor de la villa de Villasana, probehedor general<br />
perpetuo de Armadas y gente de guerra, destas Quatro Villas de la<br />
Costa de la Mar. Y dijeron que están combenidos y ajustados en la<br />
manera siguiente:<br />
// (Fol.20 rº) Que por quanto el dicho señor Domingo de Herrera<br />
de la Concha a bendido al dicho señor almirante los diezmos<br />
que tienen en la parrochial de San Bicente de la ante yglesia de<br />
Baracaldo, y el barco y pasaje que llaman de Brucena o Tapia, con<br />
las heredades, tierras y sitios que también tiene en el dicho lugar<br />
de Baracaldo, que primero fue del señor condestable de Castilla, y<br />
después del secretario Jorje de Bande y doña Mariana de Brito, su<br />
muger, y después se le vendió y trasp[as]ó al dicho señor Domingo<br />
de Herrera, que oy lo tiene arrendado los diezmos, tierras y acienda<br />
de Baracaldo, a don Diego de Arana, en precio de ciento y treinta<br />
ducados de renta cada año, y el barco del pasaje, en ochozientos<br />
reales, en precio de sesenta y seis mil y nobezientos reales de plata<br />
doble, que corresponde a razón de treinta mil el millar en dicha plata<br />
doble.<br />
Y porque respecto de que los // (Fol.20 vº) papeles de las compras,<br />
posesiones, aprobazión y ratificazión que doña Mariana de Brito hizo<br />
por sí y sus hijos herederos de las dichas ventas los tiene en Madrid<br />
dicho Domingo de Herrera de la Concha, se obligó que llegado que</p>
<p>1222Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
sea a la dicha villa de Madrid, dicho señor Domingo de Herrera<br />
de la Concha otorgará venta en fauor del dicho señor almirante y<br />
de sus herederos de los dichos diezmos y acienda de Baracaldo y<br />
barco de Tapia, ynuriendo en ella todos los papeles que en su fauor<br />
tiene de lo susodicho, con las fuerzas y de la manera que otorgó otra<br />
de la misma cantidad en fauor del señor general marqués de Villa<br />
Rubia, por testimonio de Francisco Suarez, escriuano del número<br />
de Madrid, obligándose a la ebición y saneamiento en quanto a su<br />
fecho y causa propia,<br />
Y en esta conformidad azeptó la dicha venta el dicho señor<br />
almirante, y por // (Fol.21 rº) quenta de los dichos sesenta y seis<br />
mil y nobecientos reales de plata doble, que es el principal della,<br />
entregó al señor Domingo de Herrera de la Concha, en contado, en<br />
presencia del presente escriuano, de que doy fee, ocho mil pesos<br />
de plata de a ocho reales cada uno, y la restante cantidad al dicho<br />
cumplimiento, se obliga a dárselo el mismo día del otorgamiento de<br />
la venta y al cumplimiento de lo que dicho es cada de las partes por<br />
lo que le toca, obligaron sus personas y vienes muebles y raizes,<br />
auidos y por auer, y dieron poder a las justicias de su Magd. que<br />
de sus causas puedan y deuan conozer, a cuyo fuero y jurisdizión<br />
se sometieron con renunciación del suyo, y para que se lo hagan<br />
cumplir como sentencia passada en cossa juzgada. Cerca de lo qual<br />
renuncian todas y qualesquier leies de su fauor con la general del<br />
derecho en forma.<br />
Y lo otorgo ansí // (Fol.21 vº) para cada parte un traslado, siendo<br />
testigos Martin Gonzalez de la Macorra, Lorenzo de Camus y Pedro<br />
Fernandes Escalante, estantes en esta dicha villa.<br />
Y los señores otorgantes, a quien yo, el escriuano, doy fee conozco,<br />
lo firmaron. Juande Castaños, Domingo de Herrera de la Concha,<br />
Juan de Castaños, Domingo de Herrera de la Concha. Ante mi, Pedro<br />
Camargo Velasco.<br />
Yo, el dicho Pero de Camargo Velasco, escriuano real de Su Magd.,<br />
perpetuo del número y ayuntamiento de esta villa de Santander, a<br />
lo que de mi se ace mención fui presente, y el registro queda en<br />
sello quarto. Y en fee de ello lo signé y firmé en estas dos foxas<br />
de pliego entero del sello segundo por no aber en el estanco desta<br />
villa al presente pliego ninguno del sello mayor, de que doy fee. En<br />
testimonio de verdad. Pedro de Camargo Belasco.<br />
Por tanto yo, el dicho Domingo Herrera de la Concha, otorgo que</p>
<p>1223Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
por mí, y en nombre de mis here // (Fol.22 rº) deros y subzesores,<br />
vendo y doy en venta real y perpetura en enaxenación al dicho señor<br />
almirante Juan Castaños para su merced y quien subzediere en su<br />
derecho, en qualquier manera los vienes y rentas siguientes:<br />
Primeramente, todos los diezmos granados y menudos y demás<br />
cossas que se diezman y acostumbran diezmar en la dicha ante yglesia<br />
de San Vicente de Baracaldo, que tiene dos veneficios enteros y otros<br />
dos medios, que azen tres beneficios. Y los veneficiados escojen<br />
tres diezmeros y cassas a su boluntad para su consuelo y sustento.<br />
Con las quales y con el pie de altar y las primicias y demás derechos<br />
de entierros, bautismos y demás cosas sirben a la dicha yglesia.<br />
Y sacados los dichos tres dezmeros, lo que quedare se haze tres<br />
partes, y la una me perteneze, y la otra a la cassa de Arancegui (sic)<br />
[¿Yrauregui?] y la otra a la cassa de Salacar (sic), según y como se<br />
contiene en el apeo // (Fol.22 vº) que está echo de los dichos vienes.<br />
Yten, la mitad del barco que llaman de Lapia (sic) que la otra<br />
mitad es de los vezinos de Corroça y Baracaldo, con la mitad de los<br />
derechos deuidos y pertenecientes a las dicha mitad del dicho barco<br />
y pasaje del.<br />
Vna heredad que llaman Vrru que, por el costado alinda con tierras<br />
de Juan de Zauala y por el otro con las de Antonio de Landaburu.<br />
Yten otro pedazo de heredad que está deuaxo de la de arriua, junto<br />
a la puente de la Casa.<br />
Yten, otra heredad que llaman Landeta, que confina con tierras de<br />
la casa de Orteagabeytia (sic).<br />
Yten, otra heredad que está sobre la de arriua, y confina con tierras<br />
de Marta de Guzquiaguirre.<br />
Yten, vn pedazo de heredad que está al lado de Landeta, y confina<br />
con tierras de Pedro de Guzquiaguirre.<br />
Yten, otra heredad que llaman Cadalso, donde solía ser la torre de<br />
Cadalso.<br />
Yten, vn pedacito de heredad questá junto // (Fol.23 rº) a la de<br />
arriua, y alinda por un lado con tierras de Aparicio de Landaburu.<br />
Yten, otro pedaco de heredad questá en Vitoricha, a linde con<br />
tierras de la cassa del capitán Martin de Llano, difunto.<br />
Yten, vna heredad que no se labra, que está deuajo de Arraotegui,<br />
y alinda con tierras de las torres de Luchana.<br />
Las quales dichas tierras están en la dicha ante yglesia de Baracaldo,<br />
que las tengo arrendadas juntamente con los dichos diezmos a don</p>
<p>1224Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
Diego de Arana, en precio de ciento y treinta ducados de renta cada<br />
año, y la mitad del varco del pasaje, en ochocientos reales cada año.<br />
Y uno y otro me toca y pertenece y es propio mío mediante la dicha<br />
venta judicial que de los dichos vienes se me hizo y aprobazión<br />
y nueba benta que en mi fauor hizo y otorgó la dicha doña María<br />
de Brito, que otra persona no tiene parte en ello, libre de vínculo<br />
y mayorazgo y de otra carga // (Fol.23 vº) hipoteca, obligación y<br />
grauamen, y como tales vienes míos propios los aseguro y bendo por<br />
todo lo tocante a mi fecho y casso propio al dicho señor almirante<br />
Juan Castaños, con todos los derechos onoríficos, presentaciones y<br />
demás tocante y perteneciente a los dichos diezmos, mitad de barca<br />
y tierras, con sus entradas y salidad, vsos y costumbres, derechos,<br />
pertenencias y seruidumbres, quantas an tenido y tienen y pueden<br />
tener los dichos vienes del tiempo pasado, presente y foturo de<br />
fecho y de derecho, y de uso y de costumbre, sin reseruación ni<br />
limitazión de cosa alguna, y según y como los tubieron, gozaron<br />
y poseyeron el dicho condestable de Castilla y sus ante passados,<br />
y los dichos secretario Jorje de Bande y doña Mariana de Brito,<br />
su muger, con el goze de todo ello desde el dicho día seis de julio<br />
deste presente año de mil y seiscientos y cinquenta y nuebe, que se<br />
ejecutó y ajustó esta venta con el // (Fol.24 rº) señor almirante Juan<br />
Castaños por precio de los dichos sesenta y seis mil y nobezientos<br />
reales en plata doble, por cuia quenta tengo reciuidos como queda<br />
dicho sesenta y quatro mil reales en la dicha moneda, de que le dí<br />
carta de pago, en la dicha escritura suso incorporada, y los dos mil<br />
y nouecientos reales restantes mejor a pagado en la misma moneda<br />
realmente y con efecto, de que me doy por contento y entregado a<br />
mi voluntad. Y por no parecer de presente renuncio la excepzión de<br />
la no numerata pecunia, leyes de la prueba, de la paga, y las demás<br />
que sobre disponer y de los dichos sesenta y seis mil y nobecientos<br />
reales reziuidos en la forma dicha le doy carta de pago en forma,<br />
y confiesso que son el justo precio de los dichos diezmos, medio<br />
varco, pasaje, tierras, y los demás comprehendido en esta escritura<br />
que no vale más, ni calla quien por ellos lo dé ni tanto, auqnue para<br />
su benta echo muchas deligencias. Y aunque esto es cierto, a mayor<br />
// (Fol.24 vº) abundamiento de la demasía y más valor en qualquier<br />
cantidad que sea, ago gracia y donazión al dicho señor almirante Juan<br />
Castaños, con el juramento ynsinuazión y demás requisitos que para<br />
su validazión se requieran. Y renuncio qualquier sesión y engaño<br />
que en esta benta pueda aber avido por enorme y en enormíssima</p>
<p>1225Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
que sea, y todas y qualesquier leyes de que sobre ello me puedan<br />
aprobechar. Y la segunda co (sic) dice derresin denda vendiciones<br />
vltra dimidian, y del ordenamiento real de Alcalá de Henares que<br />
tratan de las compras y ventas en más o menos de la metad del justo<br />
precio. Y los quatro años en que se pueda pedir suplemiento a el, o<br />
que se recinda el contrato, que los doy por passados.<br />
Y desde el dicho día seis de jullio deste año de mil seiscientos y<br />
zinquenta y nuebe en adelante, para siempre, me desisto, quito y aparto<br />
de la real posesión, propiedad y señorío de los dichos vienes, y con<br />
todos mis derechos y acciones reales o personales en forma bastante,<br />
y los que tengo // (Fol.25 rº) y me pertenezen contra la dicha doña<br />
Mariana de Brito, por sí y como heredera del dicho secretario Jorje<br />
de Bande, su marido, y los que el tenía contra el dicho condestable<br />
de Castilla, y otros qualesquiera que me toquen y pertenezcan, los<br />
zedo, renuncio y traspasso en el dicho señor almirante Juan Castaño<br />
(sic) y en quien subcediere en su derecho. Y le doy poder para que<br />
en su propia autoridad extrajudicial o judicialmente, quando y como<br />
quisiere, tome y aprehenda la possesión de los dichos vienes y los<br />
tenga y goze, recura y cobre, y aga y disponga de ellos a su boluntad<br />
como de cossa suia propia.<br />
Y en señal de possesión, tradizión y entregamiento y por posesión<br />
real, y para que no sea necesario tomarla judizialmente, otorgo en su<br />
fauor esta escriptura y pido al presente escriuano se la dé signada,<br />
con la qual, sin otra aceptación ni acto de apre ensión sea visto<br />
auer tomado y aprehendido la dicha posesión y transferídosele, y<br />
en el entretanto me constituyo por su ynclino y precario en forma<br />
y por lo tocante // (Fol.25 vº) a mi fecho y casso propio y no más.<br />
Me obligo a la ebición, seguridad y saneamiento de los dichos<br />
vienes de tal manera que aseguro que son míos propios y que no los<br />
tengo cedidos, obligados ni hipotecados, ni en otra manera alguna<br />
enajenados en todo ni en parte, y pareciendo contrario le daré luego<br />
que de ello conste otros tales y tan buenos vienes y en tan buena<br />
parte, sitio y de tanto valor y estimación, o le bolueré los dichos<br />
sesenta y seis mil y nobecientos reales que he reciuido en la dicha<br />
moneda de plata, con el mayor balor que tubieren, ansi lo que el<br />
tiempo causare como de mejoras de edifizios y reparos necesarios y<br />
boluntarios, lo uno o lo otro, qual más quisiere, sin quel dicho señor<br />
almirante Juan Castaños, a quien subzediese en su derecho. Y más<br />
le pagaré todas las costas, daños, yntereses y menoscauos que sobre<br />
ello se le siguieren y recrecieren, y a ello me a de poder apremiar</p>
<p>1226Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
por todo rigor de derecho // (Fol.26 rº) y vía executiva.<br />
Y en todo lo demás que no toca a mi fecho y casso propio no me<br />
obligo ni quedo obligado de vición ni saneamiento alguno porque<br />
ago esta venta y zesión al susodicho a su riesgo y bentura, quier le<br />
salga zierto, ynzierto.<br />
Y al cumplimiento de lo que por esta escritura quedo obligado,<br />
obligo mi persona y vienes auidos y por auer, y doy poder a todos<br />
y qualesquier juezes y justicias de Su Magd. a cuya jurisdizión me<br />
someto, y especial a las desta Corte y villa, y a cada uno insolidum<br />
para que por todo rigor de derecho y vía executiua me apremien<br />
a lo ansi guardar y cumplir como por sentencia definitiua de juez<br />
competente, passada en cosa juzgada. Y renuncio mi propio fuero,<br />
jurisdición y domicilio, y demás leyes de mi fauor. Y la que prohibe<br />
la general renunciación dellas.<br />
Y ansi lo otorgué ante el escriuano y testigos yuso escritos en la<br />
villa de Madrid a veinte // (Fol.26 vº) días del mes de diciembre, año<br />
de mil seiscientos y cinquenta y nuebe, siendo testigos Bernardino<br />
Locano, Juan de Ortuzan y Lorenzo Gutierra, vezinos y estantes en<br />
esta villa, y el otorgante que yo, el escriuano, doy fee conozco, lo<br />
firmó. Domingo de la Concha y Herrra. Ante mi, Francisco Suarez.<br />
Yo, el dicho Francisco Suarez de Ycuiera, escriuano del rey nuestro<br />
señor y del número desta villa de Madrid, fui presente y lo signé. Y<br />
queda el rexistro en papel sellado.<br />
En testimonio de verdad. Francisco Suarez.<br />
En la villa de Madrid, a beinte y tres días del mes de henero,<br />
año de mil seiscientos y sesenta, ante mi, el escriuano y testigos<br />
yuso escritos, el señor Domingo de Herrera de la Concha, señor<br />
de la villa de Villasana, probehedor general de las Quatro Villas<br />
de la Costa de la Mar de Castilla, vezino de esta villa dixo que<br />
por escritura otorgada en la villa de Santander en seis de jullio del<br />
año // (Fol.27 rº) pasado de mil y seiscientos y cinquenta y nuebe,<br />
ante Pedro de Camargo Belasco, escriuano de Su Magd. y del<br />
número y ayuntamiento de ella, se conbino y concertó con el señor<br />
Juan Castaño, cauallero de la horden de Santiago, almirante de la<br />
Real Armada y Flota de la Guardia de las Yndias, de benderle los<br />
diezmos que tenía en la parrochial de San Vicente de la ante yglesia<br />
de Baracaldo, y la mitad del barco y pasaje , con las heredades,<br />
tierras y sitios que tenía en el dicho lugar, en precio de sesenta y seis<br />
mil y nobecientos reales en plata doble, por cuia quenta le entregó</p>
<p>1227Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
entonces de contado sesenta y quatro mil reales en la dicha moneda<br />
de plata. Y en la dicha escritura se supuso que los dichos diezmos y<br />
tierras estaua arrendado a don Diego de Arana en precio de ciento<br />
y treinta ducados de renta cada año, y el dicho varco del passaje en<br />
ochozientos reales cada año, que el principal // (Fol.27 vº) de vno<br />
y otro a razón de treinta mil el millar en la dicha moneda de plata<br />
doble, como se combinieron y concertaron, montó los dichos sesenta<br />
y seis mil y nouecientos reales de plata. Y en conformidad de la dicha<br />
escritura el dicho señor Domingo de Herrera de la Concha, por otra<br />
que otorgó ante mí, el presente escriuano, en veinte de diziembre del<br />
dicho año de mil y seiscientos y cinquenta y nuebe, otorgó escritura<br />
de venta en forma en fauor de dicho señor almirante Juan Castaño<br />
de los dichos diezmos de la dicha parrochial de San Vicente de la<br />
ante ygelsia de Baracaldo, y de la mitad de el dicho barco y pasaje,<br />
y de las dichas heredades, tierras y sitios que tenía en el dicho<br />
lugar, expresadas y declaradas en la dicha escritura de venta, en<br />
precio todo ello de los dichos sesenta y seis mil y nouecientos reales<br />
de plata // (Fol.28 rº) por cuya quenta, como queda dicho, tenía<br />
reciuida el otorgante sesenta y quatro mil reales del dicho señor<br />
almirante Juan Castaño, y le pagó los dos mil nobezientos reales<br />
restantes, según todo lo susodicho parece largamente por la dicha<br />
escritura de venta a que se refiere, Y después de hauerse otorgado,<br />
se a sauido y reconocido que los diezmos y tierras están arrendados<br />
en ziento y quarenta ducados cada año, conforme a lo qual y al<br />
presupuesto que se hizo en el concierto de la dicha venta el dicho<br />
señor Domingo de Herrera hubo de hauer trecientos ducados más<br />
en la dicha moneda de plata por el principal a la dicha raçón de<br />
treinta mil el millar de los diez ducados de renta que ban a decir<br />
de los ziento y treinta en que se presupuso estaua hecho el dicho<br />
arrendamiento a los ciento y quarenta // (Fol.28 vº) en que lo están<br />
los dichos diezmos y tierras, por cuia causa el dicho señor almirante<br />
Juan castaño le a dado y pagado los dichos trecientos ducados en la<br />
dicha moneda de plata doble, de que se da por contento y satisfecho<br />
a su boluntad por hauerlos reciuido del susodicho realmente y con<br />
efecto, y por no parecer de presente renuncio la excepción de la no<br />
numerata pecunia, leyes de la prueba de la paga y las demás que<br />
sobre ello disponen. Y de los dichos trecientos ducados le dió carta<br />
de pago en forma, y le cedió todos sus derechos y aziones reales y<br />
personales en forma bastante para la cobranza de los dichos ziento<br />
y quarenta ducados cada año, y de lo demás que le toca por razón</p>
<p>1228Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
de la dicha venta desde el día que conforme a ella lo a de aber. //<br />
(Fol.29 rº) Y siendo necesario la aprueba y otorga de nuebo con las<br />
calidades, fuerzas y firmezas que en ella están espresadas, que lo dá<br />
aquí buelto a repetir como si a la letra lo fuese, para que se guarde<br />
y cumpla como si desde su principio se ubiera declaradp el dicho<br />
arrendamiento de los dichos ciento y zinquenta ducados en la dicha<br />
venta. Y dio poder a qualesquier justicias de S. M., a cuya juridizión<br />
se sometió, que lo agan cumplir como por sentencia passada en cosa<br />
juzgada. Y así otorgó, siendo testigos Bernardino Lozano, Juan<br />
Moreno y Lorenzo Gutierrez, vecinos y estantes en esta villa. Y el<br />
otorgante, que yo el escriuano doy fee conozco, lo firmó. Domingo<br />
de Herrera de la Concha. Ante mi, Francisco Suarez.<br />
Yo el dicho Francisco Suarez de Cuiera, escriuano del rey nuestro<br />
señor, y del número desta villa de Madrid, fui presente y lo signé.<br />
En testimonio de verdad. Francisco Suarez.<br />
Concuerda con su original que para este efecto exiuió ante mi<br />
don Mathias de Eguilleor, archiuero de la cassa y estado del señor<br />
don Juan Raimundo de Arteaga y Lazcano, marqués de Valmediano,<br />
estando en su archiuo, donde quedó y a él me remito. Y en fee de<br />
ello, de pedimiento del dicho marqués, yo, Thomás de Villar y<br />
Arzamendi, escriuano del rey nuestro señor y de la real fundazión,<br />
vezino desta villa de Madrid, a quinze días del mes de julio, año de<br />
mil setecientos y quarenta y vno. Emendado: rentas. Se ejecutó.<br />
En testimonio de verdad. Tomás de Villar (rubricado).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1676, abril, 20. Valladolid.</p>
<p>Memorial y posesión de los bienes vinculados pertenecientes a los</p>
<p>mayorazgos de Salazar y Bañales.</p>
<p>(Extracto).</p>
<p>Archivo Real Chancillería de Valladolid.</p>
<p>REGISTRO DE EJECUTORIAS, C.2981-59</p>
<p>(al margen: otra) En la yglesia de San Bizente de Baracaldo, a</p>
<p>nuebe días del mes de septiembre de mil y seiscientos y sesenta y</p>
<p>quatro años, el dicho Andres de Velarro, en virtud de la comisión,</p>
<p>dio al dicho Domingo de Olarra, en nombre y como curador de don</p>
<p>Manuel de Salazar y Vañales, la quieta y pazífica posesión de la</p>
<p>sesma partte del pattronazgo de la dicha yglesia y frutos, para que</p>
<p>con la dicha calidad de la sesma parte se le acuda. Y asi bien le dio</p>
<p>la dicha posesión en la presentazión de los venfizios que vacaron</p>
<p>en la terzia parte, y en sus onores que tocan y tocar puedan al dicho</p>
<p>pattronato con sus preeminenzias. Y en señal de la dicha posesión</p>
<p>quitó las llaues de la dicha yglesia al sacristán, y las enttregó a sus</p>
<p>manos al dicho Domingo de Olarra, y hizo que abriese las puertas de</p>
<p>la dicha yglesia y que por dentro de ella pasease y zerrase las dichas</p>
<p>puertas, en señal de posesión. Y el dicho Andres de Velarro mandó</p>
<p>se le acudan con todos los diezmos que tocan a la dicha sesma parte,</p>
<p>y con la sesma parte de (tachado: de la dicha) y con la terzia partte</p>
<p>de las dichas presenttaziones al dicho menor según a sus pasados y</p>
<p>mayores. Y de pedimento del dicho Domingo de Olarra yo, el presente</p>
<p>escribano, ago fe que en la dicha posesión no ubo contradizión ni</p>
<p>estoruo alguno. Y el dicho alguazil de zomisión mandó a todas y</p>
<p>qualesquier personas de qual (sic) calidad y condizión que sean no</p>
<p>le ynquieten ni pertturben en la dicha posesión al dicho don Manuel</p>
<p>de Salazar y Vañales y al dicho su curador en el dicho nombre,</p>
<p>antes le anparen en ella, pena de zinquenta mil maravedís y de que</p>
<p>sean castigados por todo rigor de derecho como a pertturbadores</p>
<p>1246Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)</p>
<p>y forzadores. Y a ello fueron testigos Martin de Aguirre, Joseph</p>
<p>de Galuarriarttu, Domingo de Vasartte, don Diego de Aranguren</p>
<p>y otros. Y firmó el dicho alguazil de comisión junto con el dicho</p>
<p>Domingo de Olarra e yo, el escribano, di fe. Andres de Velarro,</p>
<p>Domingo de Olarra. Antte mi Ynigo de Galvariartu.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1314Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
Ab. paternos Juan y Maria Egusquiaguirre; maternos Jose y<br />
Concepcion Barrueta.<br />
&#8211; Antonio Arteagabeitia Barrueta, hijo de Sebastian y Teresa.<br />
Ab. paternos Jose y Maria Cantarrana; maternos JuanMartin<br />
Muñua y Teresa Barroeta.<br />
&#8211; Manuel, Urcullu Ugarte, hijo natural de Juan Martin y<br />
Marina. Ab. paternos Martin y Maria Hernandez de Beurco-<br />
Larrea; maternos Pedro y Maria Aguirre.<br />
&#8211; Maria Feliciana Arteagabeitia Burzaco, hija de Juan y Simona.<br />
Ab. paternos Marcos y Maria Urcullu; maternos Juan y Maria<br />
Goicoechea.<br />
&#8211; Maria Saturtun Urtetegui, hija de Domingo y Maria. Ab.<br />
paternos Jose y Maria Careaga; maternos Gregorio y Maria<br />
Saez Barrueta.<br />
&#8211; Diego Castaños Arteagabeitia, hijo de Simon y Francisca.<br />
Ab. paternos Francisco y Mariana Loizaga; maternos Marcos<br />
y Maria Urcullu.<br />
&#8211; San Juan Bursaco Urcullu, hijo de Antonio y Matea. Ab.<br />
paternos Antonio y Agueda Linaza; maternos Gaspar y Maria<br />
Samudio.<br />
&#8211; Maria Santos Nocedal Perea, hija de Francisco y Francisca.<br />
Ab. paternos Francisco y Maria Casal (Santurce) San Juan y<br />
Marina Algorri.<br />
&#8211; Diego Castaños Urrutia, hijo de Juan y Maria. Ab. paternos<br />
Diego y Maria Castaños; maternos Juan y Francisca Quintana.<br />
&#8211; Francisco Antonio Oyancas Llano, hijo de Francisco y Maria<br />
Lopez. Ab. paternos Francisco e Isabela Aresti (Santurce);<br />
maternos Aparicio y Josefa Abaro.<br />
&#8211; Martin Antonio Egusquiaguirre Beurco, hijo de Juan y<br />
Ventura. Ab. paternos Martin y Concepcion Retuerto; maternos<br />
Martin y Maria Allende.<br />
&#8211; Josefa Allende Alizar, hija de Antonio y Matea. Ab. paternos<br />
Domingo y Agustina Landaburu; maternos Jorge y Maria<br />
Artagiche.<br />
&#8211; Maria Lorenza Aguirre Burzaco, hija de Nicolas y Matia.<br />
Ab. paternos Domingo y Lucia Gardoqui; maternos Mateo y<br />
Agustina Mollinedo.<br />
&#8211; Maria Antonia Vitoria Cantarrana, hija de (&#8230;) y Margarita.<br />
Ab. paternos Antonio y Josefa Lacabex; maternos Antonio y<br />
Jasinta Aguirre.</p>
<p>1315Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
&#8211; Domingo Mesperuza Barrueta, hijo de Martin y Matea. Ab.<br />
paternos Domingo.<br />
&#8211; Agustin Mesperuza Barrueta, hijo de Domingo y Josefa. Ab.<br />
paternos Martin y Matea Sazia; maternos Domingo y Maria<br />
Uraga.<br />
&#8211; Maria Santos Mendibil Allende, hijo de Juan y Dominga. Ab.<br />
paternos Pedro y Maria Lezama; maternos Marcos y Francisca<br />
Muñururi.<br />
&#8211; Maria Concepcion Tellitu Allende, hija de Domingo y Ventura.<br />
Ab. paternos Jeronimo y Concepcion Aguilar; maternos<br />
Antonio y Santiago Sazia.<br />
&#8211; Maria Guillor Lesama, hija de Marcos y Mari Cruz. Ab.<br />
paternos Miguel y Maria Belastegui; maternos Juan y Maria<br />
Alzedo.<br />
&#8211; Jose Alday Escurra, hijo de Domingo y Josefa. Ab. paternos<br />
Domingo y Sebastiana Azebal; maternos Martin y Antonia<br />
Berastegui.<br />
&#8211; Mateo Jose Gorostiza Uraga, hijo de Manuel y Mari Cruz.<br />
Ab. paternos Mateo y Antonia Escauriza; maternos Francisco<br />
y Lorenza Garaycoechea.<br />
&#8211; Jose Gorostiza Belastegui, hijo de Juan y Lorenza. Ab.<br />
paternos Juan y Justa Aresti; maternos Jose y Maria Sazia.<br />
&#8211; Maria Antonia Tellitu Uraga, hija de Jose y Ana. Ab. paternos<br />
Juan y Maria Llano; maternos Juan y Agueda.<br />
&#8211; Cosme Damian Lera Estrada, hijo de Pedro y Maria Simon.<br />
Ab. paternos Cosme y Catalina Chavarri (Santurce); maternos<br />
Juan y Francisca Escauriza.<br />
&#8211; Cosme Damian Uriarte Escauriza.Cruces, hijo de Juan y<br />
Maria Asuncion. Ab. paternos Pedro y Magdalena Larrasolo;<br />
maternos Juan y Maria Hermuco del Horno.<br />
&#8211; Catalina Salturtun Escobal, hija de Domingo y Clara. Ab.<br />
paternos Juan y Maria Saez Retuerto; maternos Francisco y<br />
Ana Beraza.<br />
&#8211; Juan Jose Echavarri Sarria, hijo de don Juan y Sebastiana.<br />
Ab. paternos don Francisco y doña Ana Aguirre; maternos Jose<br />
y Agueda Alisal.<br />
&#8211; Miguel Sarria Sabala, hijo de Francisco y Asuncion. Ab.<br />
paternos Jose y Maria Echabarria (Sestao); maternos Pedro y<br />
Antonia Larrasolo.<br />
&#8211; Francisca Ollaqui Landaburu, hija de Pedro y Francisca.</p>
<p>1316Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
Ab. paternos Asencio y Maria Ochoa Arteagabeitia; maternos<br />
Martin y Concepcion Olloqui.<br />
&#8211; Pedro Urcullu Uraga, hijo de Juan y Santa. Ab. paternos<br />
Gaspar y Marina Retuerto; maternos Domingo y Maria Bañes<br />
Saballa.<br />
&#8211; Maria Antonia Urcullu Uraga, hija de Pedro y Maria. Ab.<br />
paternos Ramos y Agueda Belastegui; maternos Domingo y<br />
Maria Bañes Retuerto.<br />
&#8211; Catalina Bradi Barbadun, hija de Felipe y Maria. Ab. paternos<br />
Felipe y Catalina Bradi (Irlanda); maternos Joachin y Maria<br />
Sendega (Somorrostro).<br />
&#8211; Andres Careaga Zabala, hijo de Tomas y Angela. Ab. paternos<br />
Tomas y Ageda Salturtun; maternos Pedro y Antonia Larrasolo.<br />
&#8211; Maria Palazio Echavarri, hija de Blas y Jacinta. Ab. paternos<br />
Diego y Maria San Juan Castaños (naturales de Gueñes);<br />
maternos Asencio y Maria Cantarrana.<br />
&#8211; Martina Tellitu Pedregal, hija de Francisco y Francisca. Ab.<br />
paternos Juan y Maria Llano; maternos Ignacio y Francisca<br />
Pedregal.<br />
&#8211; Maria Santos Minaur Ibarreta, hija de Paulo y Maria. Ab.<br />
paternos Juan y Maria Llano; maternos Ignacio y Francisca<br />
Pedregal.<br />
&#8211; Maria Santos Miñaur Ibarreta, hija de Paulo y Maria. Ab.<br />
paternos Domingo y AntoniaSarachaga (Somorrostro);<br />
maternos Pedro y Lucia Larrea.<br />
&#8211; Jose Ollaqui Sabala, hijo de Asencio y Juana. Ab. paternos<br />
Francisco y Lucia Aguirre; maternos Pedro y Antonia Larrasolo.<br />
&#8211; Margarita Lesama Escurra, hija de Antonio y Maria. Ab.<br />
paternos Martin y Catalina Ayalde; maternos Martin y Maria.<br />
&#8211; Pascuala Larrasolo Loizaga, hija de Ignacio y Felipa. Ab.<br />
paternos Juan y Antonia Egusquiaguirre; maternos Pedro y<br />
Maria Hermuco Horno.<br />
Año 1703<br />
&#8211; Pedro Uraga Escauriza, hijo de Ignacio y Agustina. Ab.<br />
paternos Domingo y Agueda; maternos Juan Escauriza-Cruces<br />
y Catalina Olaso.<br />
&#8211; Lasaro Micalaberro Guerra, hijo de Juan Ramos y Juana.<br />
Ab. paternos Lasaro y Josefa Escauriza; maternos Alejandro<br />
y Matea Riva.</p>
<p>1317Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
&#8211; Maria Urioste Santa Marina, hija de Martin y Antonia. Ab.<br />
paternos Martin y Francisca Mendieta (Herandio); maternos<br />
Juan y Ana Argori (Gueñes).<br />
&#8211; Antonia Ventura Retuerto Larrinaga, hija de Antonio y Maria<br />
Antonia. Ab. paternos Martin y Maria Asuncion Cantarrana;<br />
maternos Lope y Juana Sobrado.<br />
&#8211; Vicente Acebal Isaguirre, hijo de Martin y Maria Hermuco.<br />
Ab. paternos Juan Ramos y Maria Santos Uraga; maternos<br />
Iñigo y Maria Tellitu.<br />
&#8211; Maria Bibanco Samunde, hija de Antonio y Josefa. Ab.<br />
paternos Francisco Bibanco-Ribera y Maria Mesperuza<br />
(Mena); maternos Martin y Maria Bañes Tapia.<br />
&#8211; Diego Echabarri Ollaqui, hijo de Martin y Marina. Ab.<br />
paternos Domingo y Mari Bañes Uraga; maternos Francisco y<br />
Lucia Aguirre.<br />
&#8211; Maria Allende Olaso, hija de Santiago y Francisca. Ab.<br />
paternos Antonio y Santa Sazia; maternos Antonio y Ana Maria<br />
Tellitu.<br />
&#8211; Miguel Beurco Sabala, hijo de Domingo y Francisca. Ab.<br />
paternos Martin y Maria Allende; maternos Francisco y Marta<br />
Retuerto.<br />
&#8211; Maria Balle Alday, hija de Francisco y Maria. Ab. paternos<br />
Lazaro y Maria Arsua (Alonsotegui); maternos Domingo y<br />
Sebastiana Azebal.<br />
&#8211; Antonio Tellitu Loizaga, hijo de Sebastian y Josefa. Ab.<br />
paternos Juan y Maria Llano; maternos Pedro y Catalina<br />
Taramona.<br />
&#8211; Joana Ventura Egusquiaguirre Egusquiaguirre, hija de<br />
Antonio y Concepcion.<br />
&#8211; Maria Perez Alonsotegui Garay, hija de Agustin y Josefa.<br />
Ab. paternos Juan y Mariana Ugalde; maternos Juan y Antonia<br />
Loizaga.<br />
&#8211; Antonio Tapia Larrasolo, hijo de Pedro y Francisca. Ab.<br />
paternos Antonio y Maria Marcoleta; maternos Mateo y<br />
Magdalena Sorroza.<br />
&#8211; Gregorio Ayalde Ba(&#8230;)o, hijo de Martin y Ana. Ab. paternos<br />
Pedro y Maria Saez Gorostiza; maternos Pedro Ruiz y Maria<br />
Riva.<br />
&#8211; Maria Arana Arechaga, hija de Lucas y Ana. Ab. paternos<br />
Martin y Magdalena Nafarrondo; maternos Jose y Maria</p>
<p>1318Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
Salcedo.<br />
&#8211; Manuel Ventura Castaños Sobiñas, hijo de Jose y Sebastiana.<br />
Ab. paternos Antonio y Josefa Nafarrondo; maternos Antonio<br />
y Maria Asuncion Beitia y la Calzada.<br />
&#8211; Jose Sasia Urioste, hijo de Manuel y Maria. Ab. paternos<br />
Juan y Santa Aguirre; maternos Cosme y Madalena Asebal.<br />
&#8211; Maria Ventura Ugarte Arteagabeiti, hija de Domingo Antonio<br />
y Maria. Ab. paternos Lorenzo y Francisca del Barco; maternos<br />
Joan y Maria Concepcion Alzaga.<br />
&#8211; Ventura Sazia Castaños, hija de Mateo y Marta. Ab. paternos<br />
Juan y Maria Cruz Suazo; maternos Antonio y Josefa Urcullu.<br />
&#8211; Maria Feliciana Horno Arteagabeitia, hija de Antonio y<br />
Francisca. Ab. paternos Francisco y Concepcion Urcullu;<br />
maternos Juan y Concepcion Alzaga.<br />
&#8211; Maria Josefa Pucheta Llano, hija de Francisco y Mari Cruz.<br />
Ab. paternos Andres y Francisca Alisal (Sestao); maternos<br />
Juan y Mari Cruz Landeta.<br />
&#8211; Jose Uraga Larrasolo, hijo de Juan y Barbara. Ab. paternos<br />
Diego y Agueda Horno; maternos Marcos y Maria Saz Uriarte.<br />
&#8211; Juan Urcullu Castaños, hijo de Juan y Marta. Ab. paternos<br />
Ramos y Agueda Belastegui; maternos Domingo y Angela.<br />
&#8211; Francisco Antonio Egusquiaguirre Labrostegui, hijo de<br />
Mateo y Antonia. Ab. paternos Martin y Concepcion Retuerto;<br />
maternos Francisco y Maria Salturtun.<br />
&#8211; Juan Ventura Egusquiaguirre Castaños, hijo de Juan y Mari<br />
Lucas. Ab. paternos Juan y Maria Antonia Escauriza-Cruces;<br />
maternos Sebastian y Catalina Tellitu.<br />
&#8211; Pedro Horno Larrasolo, hijo de Agustin y Catalina. Ab.<br />
paternos Martin y Catalina Asuela; maternos Mateo y<br />
Magdalena Sorroza.<br />
&#8211; Sebastian Loizaga Estrada, hijo de Juan y Angela. Ab.<br />
paternos Sebastian y Maria Lopez Castaños; maternos Juan y<br />
Francisca Cruces.<br />
&#8211; Mari Cruz Llano Loizaga, hija de Francisco y Maria Teresa.<br />
Ab. paternos Pedro y Mari Cruz Susunaga; maternos Martin e<br />
Inesa Sazia.<br />
&#8211; Ana Maria Arteagabeitia Ollaqui, hija de Juan y Mari Saez.<br />
Ab. paternos Carlos y Maria Allende; maternos Santiago y<br />
Ventura Retuerto.<br />
&#8211; Jose Escauriza Arana, hijo de Jose y Santa. Ab. paternos</p>
<p>1319Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
Baltasar y Joana Aldamis; maternos Jose y Concepcion<br />
Barrueta.<br />
&#8211; Jose Allende Olaso, hijo de Bernardo y Maria. Ab. paternos<br />
Domingo y Agustina Landaburu; maternos Antonio y Ana<br />
Maria Tellitu.<br />
&#8211; Domingo Salturtun Belastegui, hijo de Antonio y Maria.<br />
Ab. paternos Mateo y Catalina Urcullu; maternos Domingo y<br />
Josefa Urcullu.<br />
&#8211; Antonio Sasia Torre, hijo de Domingo e Isabela. Ab. paternos<br />
Juan y Mari Cruz Guillor; maternos Pedro y Maria Goicoechea.<br />
&#8211; Juana Maria Llano Goicoechea, hija de Jose y Ventura. Ab.<br />
paternos Pedro y Mari Bañes Barrueta; maternos Domingo y<br />
Trinidad Sabala.<br />
&#8211; Mari Cruz Lecubarri Sasia, hija de Jose y Ventura. Ab.<br />
paternos Marcos y Mari Cruz Esquerra; maternos Santiago y<br />
Maria Tellitu.<br />
&#8211; Maria Uraga Castaños, hija de San Juan y Matea. Ab. paternos<br />
Sebastian y Jeronima Escauriza; maternos Luis y Usana de la<br />
Puente.<br />
&#8211; Domingo Aranguren Sabala, hijo de Domingo y Josefa. Ab.<br />
paternos Ignacio y Aparicia Castaños (Gueñes); maternos<br />
Antonio y Agueda Uriarte.<br />
&#8211; Baltasar Allende Urtusaustegui, hijo de Mateo y Maria. Ab.<br />
paternos Juan y Maria Rebilla; maternos Luis y Maria Ramos<br />
Echavarri.<br />
&#8211; Juan Orio Sorroza, hijo de Francisco y Agueda. Ab. paternos<br />
Antonio y Maria Ansico (Gueñes, naturales de Guipuzcoa);<br />
maternos Antonio y Mari Hernandez Lezama.<br />
&#8211; Ipolito Jacinto La Llana Echabarri, hijo de Cristobal y Maria<br />
Bentura. Ab. paternos Cristobal y Josefa Zugasti (Bilbao);<br />
maternos Martin y Francisca Zaballa.<br />
&#8211; Juan Garaycoechea Landa, hijo de Domingo y Maria. Ab.<br />
paternos Juan y Maria Arteagabeitia; maternos Pedro y Marta<br />
Allende.<br />
&#8211; Francisco Horno Sopeña, hijo de Francisco y JOsefa. Ab.<br />
paternos Francisco y Concepcion Urcullu; maternos Bartolome<br />
y Maria Suares.<br />
&#8211; Antonio Chavarri Sarria, hijo de Juan Chavarri-Isasi y<br />
Sebastiana Sarria; Ab. paternos Franciscoy doña Ana Aguirre<br />
(Abando); maternos Jose y Agueda Alisal (Portugalete y San</p>
<p>1320Encartaciones. Documentos para su Historia (1287 &#8211; 1821)<br />
Salvador del Valle).<br />
&#8211; Jose Sabalgoiti Castaños, hijo de Martin y Catalina. Ab.<br />
paternos Antonio y Mari Perez Cantarrana; maternos Domingo<br />
y Josefa Escauriza.<br />
&#8211; Juan Andres Echabarri Andiola, hijo de Juan y Margarita. Ab.<br />
paternos Martin y Francisca Zaballa; maternos Jose y Manuela<br />
Martina Legarza.<br />
&#8211; Juan Careaga Uriarte, hijo de Tomas y Bastiana. Ab. paternos<br />
Juan y Catalina Landaburu; maternos Pedro y Magdalena<br />
Larrasolo.<br />
Año 1704<br />
&#8211; Juan Esteba Uriarte Zaballa, hijo de Pedro y Francisca. Ab.<br />
paternos Pedro y Teresa Labrostegui; maternos Domingo y<br />
Maria Arenaza.<br />
&#8211; Mari Crus Bivancos Samunde, hija de Antonio y Josefa. Ab.<br />
paternos Francisco y Maria Mesperuza; maternos Martin y<br />
Maribañes Tapia.<br />
&#8211; Melchor Baltasar Aranaga Larrea, hijo natural de Domingo y<br />
Maria. Ab. paternos Martin y Magdalena Nafarrondo; maternos<br />
Domingo y Josefa Sarachu.<br />
&#8211; Domingo Gorostiza Uraga, hijo de Manuel y Mari Cruz. Ab.<br />
paternos Mateo y Antonia Escauriza; maternos Francisco y<br />
Lorenza Garaicoechea.<br />
&#8211; Jose Careaga Tapia, hijo de Juan y Josefa. Ab. paternos<br />
Juan y Francisca Perez Castaños; maternos Antonio y Maria<br />
Marcoleta.<br />
&#8211; Maria Josefa Aranaga Uraga, hija natural de Jose y Maria. Ab.<br />
paternos Pedro y Maria Perez Gorostiza; maternos Domingo y<br />
Agueda Horno.<br />
&#8211; Maria Vicenta Aresqueta Arrajeta.<br />
&#8211; Manuel Allende Uraga, hijo de Domingo y Luisa. Ab. paternos<br />
Pedro y Madalena Andechaga; maternos Sebastian y Jeronima<br />
Escauriza.<br />
&#8211; Domingo Barrueta Allende, hijo de Juan y Antonia.<br />
&#8211; Juan Uriarte Larrasolo, hijo de Luis y Catalina. Ab. paternos<br />
Martin y Mari Bañes Larrinaga Anuncibay; maternos Marcos<br />
y Mari Saez Uriarte.<br />
&#8211; Francisco Allende Alisal, hijo de Antonio y Matia. Ab.<br />
paternos Domingo y Agustina Landaburu; maternos Jorge y</p>
<p>1321Enkarterri. Haren Historiarako dokumentuak (1287 &#8211; 1821)<br />
Maria Arteche.<br />
&#8211; Miguel Mesperuza Cardinal, hijo de Martin y Maria. Ab.<br />
paternos Domingo y Mari Cruz Garay; maternos Diego y<br />
Catalina Balparda.<br />
&#8211; Miguel Manuel José Larrea-Landazuri Montaño-Salazar, hijo<br />
de don Jose y doña Mencia. Ab. paternos Juan Santos Larrea<br />
y Maria Hortiz Lanzaduri (Orozco); maternos Juan Andres y<br />
Francisca Collado.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>s.f. [ca. 1825]</p>
<p>Referencia a la venta de las torres de Luchana en Barakaldo.</p>
<p>Liburuklik</p>
<p>Manuscritos (Parlamento Vasco)</p>
<p>http://www.liburuklik.euskadi.eus/</p>
<p>handle/10771/9098</p>
<p>// (Fol. 1 rº) Don Francisco Losada y Somoza, como encargado y</p>
<p>apoderado del ilustrísimo señor duque de Frias, para la enajenación</p>
<p>de bienes vinculados, puso en venta la casa titulada Torre de</p>
<p>Luchana y sus pertenecidos, propia de aquel señor, el año de 1821,</p>
<p>en virtud del decreto de las Cortes de 1820, que le facultaba para</p>
<p>ello, observando todas las formalidades que en él se expresaban,</p>
<p>como todo consta por menor en la escritura de venta otorgada a</p>
<p>favor de Phelipe de Murga, vecino de la anteiglesia de Baracaldo,</p>
<p>en donde radica la expresada finca de Luchana, todo por testimonio</p>
<p>de don Tomas Sancho y Prado, escribano del número de la villa de</p>
<p>Madrid, por la cantidad de cincuenta y seis mil novecientos treinta</p>
<p>y un reales con veintidós maravedís, en dinero metálico que fue</p>
<p>entregado en el acto de la venta [&#8230;].</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Personaje barakaldés olvidado: VIGIOLA DEL TORCO, Serafín</title>
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		<pubDate>Thu, 21 May 2026 06:54:11 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<div><img width="300" height="168" src="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2025/02/a1-1.jpg?fit=300%2C168" class="attachment-medium size-medium wp-post-image" alt="" style="margin-bottom: 15px;" decoding="async" loading="lazy" srcset="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2025/02/a1-1.jpg?w=599 599w, https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2025/02/a1-1.jpg?resize=300%2C168 300w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" data-attachment-id="10891" data-permalink="http://ezagutubarakaldo.net/los-hogares-solo-vascohablantes-en-barakaldo-son-menos-que-los-que-usan-lenguas-extranjeras-y-de-otras-autonomias/a1-5/" data-orig-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2025/02/a1-1.jpg?fit=599%2C336" data-orig-size="599,336" data-comments-opened="1" data-image-meta="{&quot;aperture&quot;:&quot;0&quot;,&quot;credit&quot;:&quot;&quot;,&quot;camera&quot;:&quot;&quot;,&quot;caption&quot;:&quot;&quot;,&quot;created_timestamp&quot;:&quot;0&quot;,&quot;copyright&quot;:&quot;&quot;,&quot;focal_length&quot;:&quot;0&quot;,&quot;iso&quot;:&quot;0&quot;,&quot;shutter_speed&quot;:&quot;0&quot;,&quot;title&quot;:&quot;&quot;,&quot;orientation&quot;:&quot;0&quot;}" data-image-title="a1" data-image-description="" data-image-caption="" data-large-file="https://i0.wp.com/ezagutubarakaldo.net/wp-content/uploads/2025/02/a1-1.jpg?fit=599%2C336" /></div>“Torquito I». Torero vizcaino nacido en Barakaldo el 29 de julio de 1888. Se presentó en público por primera vez el 1 de agosto de 1905 en Carranza. Su primera salida a Bilbao fue el 17 de julio de 1906, cerrando el año con 18 novilladas. El 7 de junio de 1908 toreó en la [&#8230;]]]></description>
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<p>&nbsp;</p>
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