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Ordenanzas de 1614 (II)

Ordenanzas de 1614 (II)

luchana_desde_erandioLas referencias a los robos son muy importantes en las Ordenanzas. En diversos artí­culos se habla de apropiaciones de tierras (porque muchas eran del común), de forrajes para el ganado y de pastos (los vecinos de Somorrostro debí­an ser aficionados a ello), de juncos (sólo se permití­a en determinada época), de leña (muy importante porque no sólo se utilizaba para las casas sino, sobre todo, para las ferrerí­as) y de alimentos (aquí­ se citan manzanas, uvas, castañas, higos, hortalizas, carneros, cabritos, gallinas y lechones). Para evitar esto se dice que todos los vecinos deben tener para su consumo una huerta de berzas, puerros y otras hortalizas.

El tema de la salud también preocupa a los vecinos de Barakaldo. Además del cuidado de las fuentes (pocas y de mala calidad) deben cuidarse de los lobos (asistir a las batidas y no tener en casa lobeznos) y de una enfermedad del ganado llamada de Punson a la que únicamente se combate matando, quemando y enterrando a los animales inmediatamente.

El sentido religioso del momento se refleja de muchas formas: el mismo nombre de anteiglesia, el espacio donde toman posesión las autoridades (en el pórtico). Las Ordenanzas nos hablan, además, de la obligación de oí­r misa todos los Domingos y Festivos (deben asistir los mayores de catorce años); lo mismo de asistir a las procesiones (cada casa debe enviar, al menos, a un mayor de doce años) y la prohibición de trabajar en los dí­as de fiesta.

Las multas por el no cumplimiento son abundantes y muy concretas: las más normales son pecuniarias (204, 408 o 612 maravedí­es) siendo la más frecuente la de 408 que equivalí­a a un poco más del jornal de dos dí­as.  La de mil maravedí­es era algo muy extraordinario. Algunas multas eran en especie (perder el vino, la leña cortada, quedarse sin ganado que ha entrado en los montes, perder el pan que no tenga el peso…) o privarle del ejercicio del oficio que tení­a. El dinero de las multas, normalmente, se dividí­a en tres partes: una para reparar caminos, otra para el denunciante y, una tercera, para el justicia. En algunos casos (relacionados con la religiosidad) toda la multa va para la Iglesia de San Vicente.

Mitxel Olabuenaga

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Actualizado el 05 de noviembre de 2024

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