Documento de 1447
1447, noviembre, 5. Bribiesca.
Petición de merced, dirigida al rey Juan II, por Pedro Fernández de Velasco, conde de Haro y camarero mayor, y Pedro López de Ayala, merino mayor de Gipuzkoa, para que diese su conformidad y aprobación al trueque de propiedades que poseen en el valle de San Vicente y en Barakaldo, respectivamente, y que han concertado entre ambos.
// (Fol. 48 rº) Muy alto e muy poderoso prínçipe, rey e señor.
Vuestros seruydores, el conde don Pero Fernandez de Velasco, vuestro camarero mayor, e Pero Lopes de Ayala, vuestro meryno mayor de Guipuscoa, vesamos vuestras manos e nos encomendamos en vuestra merçed a la qual plega saber que por entender que asy cunplía de vien de nos otros e de nuestras casas, fezimos troque en vno con el otro e el otro con el otro, conviene a saber: yo el dicho conde de quarenta e tres vasallos solariagos en San Viçente e Santollalla e villa Caluxo, lugares que son en el valle de Valde San Viçente, ques en el obispado de Burgos, e trezientas e ocho fanegas de pan de renta en la merindad de Burueba, e treze myl e quinientos maravedís de juro de heredad de los que yo he de vuestra alteza, para que las aya asentados de aquy adelante en las alcavalas de la vuestra çibdad de Orduña; e yo, el dicho Pero Lopes de las casas e monesterio e ferrerías e varcos e açeña e montes e veñas e pstos e exidos e seles e de los quinze (tachado: myl maravedís) vasallos poblados e de los nuebe despoblados e de todas las otras cosas que yo avía e a my perteneçían en el balle de Varacaldo, ques en el condado de Viscaya.
E por que lo tal, muy poderoso rey e señor sea a cada vno de nos más çierto e seguro e agora ny en algund tienpo no nos pueda ser puesto en ello enbargo alguno deziendo ello o parte dello aver seydo o ser yncorporado en nuestros mayoradgos confirmados por vuestra realeza, e de los otros señores reyes de gloriosa memoria vuestros progenitores, suplicamos a vuestra realeza que, despensando en este caso con quales quier leyes, ordenanças, fueros o derechos o mayoradgos que enpacharlo podiesen o deviesen, vuestra señoría mande aprovar e confirmar el dicho troque segund e por la forma que por nos otros fue fecha, porque para agora e para syenpre jamás, a nos e a los que nos lo oviere de aver e heredar sea ansy lo que cada vno de nosotros resçibió en troque a derecho e seguro. Lo qual, muy poderoso rey e señor, thenemos en mucha merçed a vuestra alteza, que Nuestro Señor por luengos tienpos a su seguro conserve.
Que fue fecha e otorgada esta dicha suplicaçión por los dichos conde de Faro e Pero Lopes de Ayala, en la villa de Virviesca, a çinco días de nobienbre, año del nasçimiento del Nuestro Señor Ihuxpo de myl e quatro çientos e quarenta e siete años.
Testigos que fueron presentes, llamados e rogados a lo que dicho es, Fernando de Velasco, vasallo del dicho señor rey, e Juan Fernandes de Maelgar, escribano del dicho conde de Faro, e Sancho Ortes de Asta, vezino de Pex, e otros.
E yo, Garçia Sanches de Villadiego, escribano del dicho señor rey e su notario público en la su corte e en todos los sus reynos e señoríos fuy presente a todo lo que dicho es en vno con los dichos testigos, e por ruego e mandado de los dichos conde de Faro e Pero Lopes de Ayala, que aquy firmaron sus nonbres, e esta suplicaçión e sirví e fiz aquy este myo sygno en testimonio de verdad.
Archivo Real Chancillería de Valladolid.
Pleitos Civiles, Zarandona y Walls. Leg. 6-01
AGUIRRE GANDARIAS, SABINO. “Lope García
de Salazar. El primer historiador de Bizkaia (1399-
1476)” Bilbao 1994. Referencia: AHN, Sec. Osuna,
Leg. 2287, Vol. 2º, fols. 3-4.
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