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La creación de villas en el Señorí­o de Bizkaia

La creación de villas en el Señorí­o de Bizkaia

En este trabajo se tratan diversos aspectos relacionados con el aforamiento de las Villas vizcaí­nas en su conjunto analizando su nacimiento, importancia y significado en el mundo exclusivamente rural en el que nacen todas ellas. Comentamos también /as ventajas que suponí­a para una población el estar reunida y cercada desde el punto de vista de/ ordenamiento jurí­dico así­ como las razones que existieron para llevar a cabo esta polí­tica de fundación.

I. LOS FUEROS Y LAS CARTAS PUEBLAS

1. El Fuero de Logroño

En este estudio vamos a ocuparnos de las villas vizcaí­nas fundadas entre los ss. XII y XIV a las que el señor de Bizkaia, dueño territorial y jurisdiccional de la misma ha otorgado una carta puebla o de fundación que les remite a un fuero.

Para plasmar el enorme alcance que la concesión de dichas cartas tení­a en todos los órdenes de la vida de los pobladores de un villazgo, vamos a detenernos a explicar resumidamente la originalidad y ventajas que suponí­a. Hemos de comenzar hablando de los fueros. En el derecho de los francos se inspira el de las futuras villas alavesas, guipuzcoanas y vizcaí­nas. Del de Estella se derivará el grupo marí­timo guipuzcoano (Donostia, Hondarribia, Getaria, Mutriku, Zarautz…). Exceptuando las de este grupo, casi todas las villas vascas reciben el Fuero de Logroño, primer fuero de francos de Castilla y notable ampliación de los de Estella y Jaca, otorgado por Alfonso VI a esta población en 1095, ya redactando un texto totalmente inspirado en él, ya transcribiéndolo literalmente, resumiéndolo o bien remitiendo a él.

La ventaja fundamental era el nuevo estatus de libertad e ingenuidad para las propiedades que los burgueses pudieran adquirir y la exención de cualquier censo, siendo así­ equiparados a los infanzones. Para J.M. Ramos y Loscertales «el fuero de Logroño… determina el contenido de la expresión fuero de francos… como la integración de una libertad y una ingenuidad, como una capacidad del ejercicio de todos los derechos inherentes al status libertatis y como una exención de las cargas que debí­an levantar, al igual que los siervos, los hombres libres que poseí­an un predio en el dominio ajeno, cuya tenencia les imponí­a, además, una limitación de su libertad».

Otros privilegios importantes eran:

2. Reducción de las obligaciones militares.

3. Otorgamiento de amplios derechos sobre prados, bosques y agua.

4. Libertad de comercio.

5. Protección penal y garantí­as procesales.

6. Garantí­as frente a la actuación del merino y sayón reales.

7. Garantí­as para que las propiedades eximidas, al ser adquiridas por los francos no pudieran pasar a manos de infanzones o del clero.

Resumiendo, podemos decir que este Fuero de Logroño, sin ser un ordenamiento jurí­dico completo otorgaba a los beneficiarios una serie de privilegios fundamentales que tení­an como efecto final liberar a sus personas y bienes de toda sumisión señorial (tanto real como solariega) añadiendo, además, ventajas en muchos órdenes antes desconocidas. Todo esto favorecí­a mucho el comercio y la artesaní­a, sobre todo las disposiciones concernientes al mercado, y era el preámbulo de una auténtica revolución social y económica de los reinos altomedievales.

En el s. XIV cuando todaví­a se seguí­a concediendo el fuero de Logroño a las nuevas villas vizcaí­nas habí­a nacido ya (1348) el Ordenamiento de Alcalá, mucho más moderno y adecuado a la evolución que los tiempos sufrí­an, y que deberí­a ser usado antes que los fue-ros municipales o el fuero real. En último término quedaban las Partidas, o lo que es lo mismo, el derecho romano, como derecho supletorio. Esto hací­a que el derecho castellano quedara en primera lí­nea en Bizkaia.

Las últimas cartas pueblas, ya aluden directamente a la aplicación del Ordenamiento de Alcalá de 1348, lo que no querí­a decir de ningún modo que quedara suprimido el de las mismas.

2. Las Cartas Pueblas

Siguiendo a Ruiz de la Peña podemos afirmar que las cartas pueblas pueden definirse como elementos «otorgados por el rey o la autoridad señorial a petición de los representantes de un concejo de base territorial más o menos amplia, y orientados a la constitución de un nuevo centro local que concentre la población dispersa de ese concejo y centralice su vida administrativa y económica, fijándose las condiciones del asentamiento, las relaciones de los pobladores con el poder superior real o señorial, y el estatuto jurí­dico primario de la naciente agrupación urbana».

En Asturias, las cartas de población confieren acta oficial de nacimiento, transformando así­ una existencia «de iure» en otra «de facto». Esta es un diferencia entre esta región y otras de la periferia norte en que, por ejemplo, el otorgamiento de la carta puebla por el rey se produce cuando ya está en marcha el proceso de constitución del nuevo núcleo urbano a que va dirigido. Es decir, que la fundación de una villa no suponí­a necesariamente la creación de una población desde la nada. En muchas ocasiones la fundación se reducí­a al hecho de dar un determinado status jurí­dico y unos privilegios a una población ya asentada. Esto sucedió en Bizkaia en una primera etapa en que le objetivo principal de la creación de villas era la potenciación de las relaciones comerciales.

Se creaban allí­ donde la función económica habí­a hecho nacer un asentamiento, ya fuera éste de carácter comercial, ya de tipo pesquero, con la excepción de Portugalete, que quizá fuera de nuevo cuño. En un perí­odo posterior, cuando el objetivo sea reagrupar a la población amenazada por causa de dispersión, sí­ serán fundadas sobre terrenos despoblados.

II. EL PROCESO Y LAS RAZONES DE CREACION DE VILLAS

En la etapa premunicipal en todo el Paí­s Vasco la base del poblamiento era el caserí­o: complejo de vivienda, establo, granero y henil, huertas y montes de pastos, que constituyen la unidad de la explotación agrí­cola-ganadera, más pecuaria que labradora. Las relaciones establecidas entre los vecinos no son administrativo¬municipales sino de geografí­a humana y su primera estructura comunal puede identificarse con el llamado concejo abierto.

Uno de Ios fines de la monarquí­a en la Edad Media era conseguir la mayor honra para el reino, y uno de los medios para alcanzarla era mantener bien poblados los territorios que lo formaban y asegurar el éxito de las repoblaciones que se intentasen. Por otra parte, el incremento de población era un factor que actuaba directamente sobre los ingresos de la hacienda real.

Estas dos razones aparecen claramente en el preámbulo del fuero de Logroño, y aún más explí­citamente en el de algunas de nuestras cartas pueblas.

Son las entidades privilegiadas de Bizkaia, que se diferencian de la tierra liana en muchas cosas y fundamentalmente en cuatro aspectos:

A) Jurí­dico: no obedecen al fuero general sino al de Logroño.

B) Fí­sico: rodeadas por una muralla.

C) Poblacional: poblamiento concentrado.

D) Modo de vida: industria y comercio.

Como es lógico, toda esta acumulación de privilegios iba a suscitar la hostilidad de las anteiglesias circundantes.

La fundación de todas las villas de Gipuzkoa, Araba y Bizkaia tiene lugar en el espacio de poco más de dos siglos. La primera será la de Donostia (1150¬1163), y la última Villarreal de Urretxu (1383). En total suman veintitrés en Araba, veinticinco en Gipuzkoa y veintiuna en Bizkaia.

1. Aspectos generales en el Norte Peninsular

A. Galicia

Las fundaciones de villazgos son coetáneas a las más antiguas de la Pení­nsula, diciéndonos López Alsina cómo en el norte de Lugo se fundan tres importantes núcleos en la segunda mitad del s. XII (Mondoñedo, Vivero y Ribadeo), debido al interés de la monarquí­a en remodelar la estructura del poder señorial en la zona para evitar los conflictos graves allí­ existentes, en crear una clase burguesa que le sea afí­n en contra de los intereses nobiliarios, y en favorecer el aprovechamiento económico de los recursos del mar, ya demostrada-mente rentables en el litoral cantábrico23.

B. Asturias

La repoblación asturiana es más tardí­a que la gallega y cántabra y más prolongada, coetánea de la alavesa y anterior a la vizcaí­na y guipuzcoana. Empieza a comienzos del s. XIII y alcanza su cenit con Alfonso X, sobre todo en 1270, cuando debemos recordar que, excepto la controvertida fundación de Tabira, que algunos quieren ver en 1180, no existí­a ninguna villa en nuestra provincia. Sus manifestaciones más tardí­as excepto una de 1421, son de la primera mitad del s. XIV. Es reseñable que la acción repobladora, asumida inicial-mente por la corona, fuera secundada en los concejos más importantes que éste poseí­a. Realeza e iglesia colaboran, si bien la segunda tuvo menos entidad que la primera: de un total de veintiséis villas fundadas veintiuna se deben a la acción real y cinco a la episcopal.

Lo tardí­o de esta cronologí­a se explica si atendemos a lo que nos cuenta la «Historia Compostelana» y la «Chronica Adefonsi Imperatoris» sobre la inseguridad de las costas can¬tabro-atlánticas a consecuencia de las devastadoras incursiones piráticas de los musulmanes, sucesores de los normandos en la depredación de estas costas. En cuanto a las zonas del interior, estos eran territorios apartados que necesitaban reorganización. La situación es igual a la que impulsa a la fundación de las últimas villas vizcaí­nas y que tan bien se refleja en los prólogos de algunas de sus cartas pueblas.

C. Cantabria

Cantabria sufrió las mismas cruentas expediciones devastadoras marí­timas de manos de pueblos como los hérulos y los musulmanes y, anteriores a estas, las terrestres de los visigodos.

En las pequeñas comunidades altomedievales la vida se reducí­a a una economí­a de subsistencia con base agrí­cola sin apenas comercio. El territorio se cubrió de pequeños monasterios, muchos de ellos familiares, a lo largo de la costa y rutas de penetración, siendo focos esenciales, sobre todo los mayores, de aglutinamiento de la población (Sto. Toribio de Liébana, Sta. Marí­a del Puerto (Santoña) etc.).

Alfonso VIII potencia este territorio, salida al mar de Castilla, dotando de fueros a Castro Urdiales (1163), Santander (1187), Laredo (1200), Santillana (1209) y San Vicente de la Barquera (1210) y promulgando el Estatuto de Naufragios (1180) para salvaguardar el comercio marí­timo. Las naves de las Cuatro Villas de la Costa de la Mar (Castro, Santander, Laredo y San Vicente) fueron el instrumento primordial del comercio marí­timo del reino de Castilla durante el s. XIII y buena parte del s. XIV hasta el aforamiento de las villas del litoral vasco y sobre todo de Bilbao (1300).

Habí­a también otras villas pero no merecen ser consideradas entes urbanos. Eran más bien centros rurales.

D. Navarra

El caso de Navarra no es comparable a ninguno de los que hemos comentado breve-mente hasta el momento. En la zona húmeda las gentes viven en caserí­os y aldeas, y en la Ribera se agrupan en villas. La antigí¼edad de algunas de sus villas es muy superior a la de las villas de todo el norte peninsular. Comparadas con las de Bizkaia, Araba y Gipuzkoa son muy grandes y están muy espaciadas, aparte de ser muy numerosas (unas sesenta). Unas cuantas están documentadas a fines del s. IX y principios del s. X, lo que lleva a hacernos pensar en unos orí­genes romanos anteriores (Santa Cara, Cascante…) ya que esta época no era propicia a la formación de agrupaciones agrí­colas aunque de sus viejas estructuras urbanas no conserven nada. La última villa navarra de que tenemos fecha segura es Torres (1341), pero podrí­a ser que hubiera otras algo posteriores puesto que de las sesenta villas navarras sólo conocemos la fecha fundacional de cuarenta.

Desde fines del s. XI acuden a España muchos extranjeros casi siempre franceses, que se instalan permanentemente en los núcleos urbanos. Solí­an encontrarse en la ruta del Camino de Santiago: desde Jaca y Pamplona hasta Compostela. En Navarra apreciamos dos etapas de esta penetración: la primera va de 1090 al 1130 (Sangí¼esa, Estella…) y la segunda que tiene lugar a fines del s. XII (1180¬1190: Villava, Los Arcos…) etapa esta última en la que son admitidos los navarros como pobladores.

Junto a las villas rurales y comerciales tenemos las militares, planeadas para la defensa del Reino o como producto de una polí­tica real de colonización interior llevada a cabo desde  finales del s. XI. Podemos distinguir, de entre ellas, las que sirven de defensa de la frontera con Castilla (s. IX al XII: Artajona, Olite, Laguardia…) y otras más tardí­as, que representan el movimiento que tuvo lugar en Francia en el s. XIII con las bastidas y villanuevas que aquí­ tiene lugar en el s. XIV levantando pueblas en zonas intranquilas para defensa del bandidaje (Echarri-Aranaz, Huarte¬Araquil…) como en Bizkaia, Gipuzkoa, Araba y Asturias.

2. Proceso fundacional en el Paí­s Vasco (pertenencias a la Corona de Castilla)

Todas las villas de las tres provincias se fundan en el espacio de poco más de dos siglos. Si exceptuamos la villa alavesa de Salinas de Añana (1140) de creación espontánea, la primera de las villas vascas serí­a Donostia (1150¬1163) y la última la también guipuzcoana Villarreal de Urretxu (1383). Las vizcaí­nas empezarí­an un poco más tarde: en 1199 con Balmaseda o según algunos quieren ver, en 1180 con Tabira de Durango, y terminarí­an un poco más pronto: en 1376 con la fundación de Munguí­a, Larrabetzu y Errigoiti. Aún antes acabarí­an las alavesas: en 1338, con Monreal de Zuya, habiendo empezado ligeramente después de las guipuzcoanas, en 1165, con Laguardia.

Los pioneros de las fundaciones en estas zonas fueron los reyes de Navarra Sancho VI el Sabio y Sancho el Fuerte, su hijo, que erigen seis villas en Araba y la primera villa marinera vasca: Donostia29, siendo las alavesas erigidas fundamentalmente como fortalezas defensivas en la pugna fronteriza que mantení­a Navarra con Castilla.

Incorporados Durango, Araba y Gipuzkoa en 1200 a Castilla, Alfonso VIII equipa la costa guipuzcoana con Hondarribia, Getaria y Mutriku. Hace lo mismo en la cántabra fundando Castro, Laredo, Santander y San Vicente de la Barquera.

Bizkaia se mantiene al margen hasta que su señor Don Lope Dí­az ll (1214¬1236) inicia una polí­tica de villazgos con las dos primeras villas marineras: Bermeo y Plentzia, aunque esta segunda no prosperase y tuviera que ser refundada posteriormente (en 1299) por Diego López de Haro V.

Es importante darse cuenta de la situación de estas villas vascas: todas son costeras y ahora se funda Orduña, clave del camino comercial existente entre Castilla, y más concreta-mente Burgos, y la costa, más concretamente, Bermeo.

Fernando III absorbido por sus campañas en Andalucí­a no se dedicó casi a esta tarea fundadora, fundando únicamente Zarautz (1237). En el reinado de este rey (1217¬1252) quizá se produjera la fundación de Otxandio, privilegio del que sólo tenemos una confirmación posterior, de 1304, de Diego López V de Faro en que alude a los privilegios que los de esta villa tení­an con su padre Diego López III (1236¬1254).

Su hijo Alfonso X (1252¬1284) es quien jalona de villas dos rutas a las que podrí­amos llamar fluviales, que unen Gasteiz con la costa guipuzcoana:

A) Una ruta sigue el curso del rí­o Oria: Hagurain (Salvatierra), Segura, Ordizia y Tolosa, desembocando en Donostia y

B) La otra, sigue el de Deba: Arrasate y Bergara llegando a Mutriku y Getaria.

Bizkaia, de carácter señorial, en esta etapa queda totalmente relegada respecto a Araba y Gipuzkoa, que eran realengas. Los dos reinados siguientes: Sancho IV (1284¬95) y Fernando IV (1295-1312), no aportan fundaciones notables en ellas, pero coetáneamente en Bizkaia, Don Lope Dí­az III funda Lanestosa en 1287 siendo Don Diego López de Haro V (1292-1310) quien despliega una notoria actividad refundando Plentzia (1292), fundando Bilbao (1300) y erigiendo Durango y probablemente Ermua, de las que sólo tenemos confirmaciones de 1372 de manos del Infante don Juan.

A este gran señor fundador sucede Doña Marí­a Dí­az (1310¬1330) mujer que completa la dotación de villas marineras vizcaí­nas con la fundación de Portugalete (1322), Lekeitio (1325) y Ondarru (1327).

Ya habí­a terminado la estructuración de las villas en apoyo del comercio, y ahora las nuevas pueblas obedecen sobre todo a deseos de alcanzar una mayor seguridad y protección, ya por hallarse en situación fronteriza ya para simple defensa del bandolerismo seño-rial. La minorí­a de edad de Alfonso X (1312¬1325) fue una época muy turbulenta. Este rey (1325-1350), desplegó una intensa labor fundacional en Gipuzkoa y Araba, pues, en la primera fundó siete villas (Deba, Elgoibar, Eibar…) y en la segunda, si seguimos a Mª Eugenia Cuesta, otras seis (San Vicente de Arana, Portilla de Ibda, Alegrí­a…) incluida la última, Monreal de Zuya en 133835.

La réplica vizcaí­na a estas mismas motivaciones corresponderá a Don Tello (1352-1371), ya en tiempo de Pedro I (1350¬1369), que funda Markina, Elorrio, Gernika y Gerrikaitz  y al infante Don Juan (1371¬1379) en tiempos de Enrique II (1369¬1379), antes de convertir-se en el propio rey acarreando la anexión del Señorí­o a Castilla, que fundó Ugao (Miravalles), Larrabetzu y Errigoiti. Ya estaba finalizada la tarea fundadora en Bizkaia (año de 1376).

En Gipuzkoa, las tres villas restantes son obras del infante Don Juan ya convertido en rey con el nombre de Juan I (1379¬1390). La última será Villarreal de Urretxu, en 1383.

En todas las villas alavesas y guipuzcoanas, las propiedades de sus vecinos son ingenuadas y liberadas de todas las cargas señoriales y patrimoniales gratuitamente o a cambio de un par de sueldos anuales. Estas villas (excepto Gasteiz y Hagurain), reconocen el esta-tuto privilegiado de los infanzones y respetan su exención fiscal de pedido, moneda y yanta-res. En Bizkaia, por el contrario, si bien se reconoce la inmunidad de las heredades de las villas, se rechaza el estatuto privilegiado de infanzón, convirtiéndose estos así­ en pecheros. Esta importante diferencia es la causa de que las villas guipuzcoanas a fines del s. XIV absorban dentro de su término casi todo el territorio provincial ocasionado, de esta forma, la desaparición de la tierra llana, desaparición que nunca tuvo lugar en Bizkaia, pues en ella residí­an muchos infanzones que no querí­an perder su estatuto jurí­dico privilegiado.

3. El caso del Señorí­o de Bizkaia

Centrados en Bizkaia vamos a intentar ofrecer un panorama más concreto y detallado de cuáles son sus villas y de las razones y circunstancias que rodaron el proceso de su fundación.

Ya al intentar especificar cuál fue la más antigua encontramos las primeras dificultades debido al hecho de no conservarse el documento fundacional y a que relevantes especialistas no se pongan de acuerdo. A Don Sancho VI el Sabio de Navarra, rey desde 1150, se le atribuye la fundación de la villa de Durango así­ como el aforamiento de las de Donostia y Gasteiz. Labayru nos dice que si bien Iturriza los atribuye, al igual que Garibay a 1150, no es posible señalar su fecha exacta. Llorente la pone «hacia los años de 1180, y Henao entre 1150 y 1194, y no por Sancho el Sabio sino que duda entre él y su hijo don Sancho el Fuerte. Labayru estima que no sólo es controvertida su fecha sino que los fueros de Durango en los que se basan las opiniones anteriores pertenecí­an a la Merindad y no a la población de la villa. Ya en historiadores mucho más modernos vemos criterios encontrados. Garcí­a de Cortázar siguiendo a Iturriza adopta la fecha de 1297, igual que Martí­nez Dí­ez y Basas Fernández45, que se inclina por la de 1180.

La noticia segura que tenemos de esta villa es una confirmación posterior, de 1372, hecha por el infante Don Juan.

Con toda exactitud conocemos, en cambio, la fecha de otorgación del fuero a Balmaseda, hecha ésta por el señor de Bortedo en 1199. De las fundadas en el s. XIII, tan sólo tenemos noticias seguras de las fechas de fundación de Orduña (1229) y Lanestosa (1287) e indirectas de Bermeo, a partir de la confirmación de 1285 que permite situarla como anterior a 1236 aunque sin precisar, de Plentzia si bien esta última tuvo que volver a fundarse como si hubiera fracasado la original, en 1299. De Otxandio sabemos que se fundó entre 1236 y 1254.

Ermua es la otra villa del s. XIII que aún no hemos mencionado. Su datación es problemática: fue confirmada en 1372 por el Infante Don Juan el mismo dí­a que Durango, con el mismo texto, y debió de ser fundada junto con ella poco después de 1290 como opina Garcí­a de Cortázar.

Todas las villas fundadas en el s. XIV conservan su carta de fundación en la que apare-ce la fecha de la misma. Bilbao fue fundada por D. Diego López de Haro V en 1300. Marí­a Dí­az de Haro fundó en 1322 Portugalete, tres años después Lekeitio y dos después, Ondarru. En 1338, Don Juan Núñez de Lara funda Areatza (Villaro) y Don Tello, Markina en 1355; Elorrio al año siguiente y Gernika y Gerrikaitz diez años después. El último señor fundador fue el infante Don Juan, que concedió su carta a Ugao en 1375 tras interminables dis-putas con Bilbao que veí­a en ella un perjuicio para su economí­a y un año después las tres últimas y simultáneas de Mungia, Larrabetzu y Errigoiti.

Para las fundaciones vizcaí­nas podemos señalar varias periodizaciones atendiendo a criterios diversos y así­ primeramente apuntaremos una división señalada por Garcí­a de Cortázar según la cual habrí­a tres etapas:

1. Desde 1199 (Balmaseda) a 1287 (Lanestosa). En esta etapa el objetivo clave parece ser el establecimiento de núcleos que garanticen la seguridad y den facilidad al tráfico mercantil existente entre la Meseta y el litoral vizcaí­no. Bermeo será la cabeza del Señorí­o y principal beneficiado. En este periodo se fortalecen tanto las villas cántabras (Castro Urdiales 1163, Laredo 1200…) como las guipuzcoanas (Donostia 1150, Hondarribia 1203…).

Coherentemente con esta polí­tica, en Bizkaia se convierten en villas Balmaseda, Orduña, Otxandio y Lanestosa, las puertas de entrada al Señorí­o.

2. Refundación de Plentzia (1299) a creación de Areatza (1338). Villas sobre todo marineras: Bilbao, Portugalete, Lekeitio y Ondarru. Quizá para reordenar el tráfico hacia ellas se fundaran Durango y Ermua entre 1290 y 1300, y finalmente la propia Areatza.

Esta polí­tica que en un principio vino a facilitar el comercio de la lana (la Mesta se constituyó en 1273) sirvió muy bien para dar cauce a la cada vez más importante industria ferrona del Señorí­o, lo que comprobamos en las menciones que hacen las cartas pueblas desde 1322, de ferrerí­as en sus términos.

3. De 1355 (Markina) al final (1376). Razón fundamental, defensa. En los prólogos de todas ellas se aprecian referencias más o menos directas al peligro y esta preocupación se refleja expresivamente en el interés que pusieron los concejos desde 1325 en la cerca de las villas.

A estas razones ya apuntadas, de tipo geográfico, mercantil o militar, M. Basas añade una serie de reflexiones que nos ayudan a completar un poco el fenómeno. El proceso de fundación vizcaí­no es tardí­o (fundamentalmente SS. XIII¬XIV), lo que parece que se debió a la propia índole patrimonial de Bizkaia, que dejaba al señor la facultad de fundar villas, pero como entre éste y Ios miembros de su Señorí­o mediaban relaciones pactuales, éstos formulaban la petición previa de creación de la villa, lo que es decir, que hasta que los miembros de una comunidad señorial no sentí­an la necesidad de crear una villa nueva no se realizaba la petición al Señor. Esta costumbre la conocemos por las cartas pueblas anteriores a la redacción del Fuero Viejo (1452), dándose así­ el hecho de que las villas nos permiten conocer la estructura interna del Señorí­o antes de que apareciera el ordenamiento jurí­dico redactado.

La génesis de las villas es uno de los procesos fundamentales en el camino que lleva de un régimen feudal a una sociedad moderna debido a la enorme fuerza de una clase social nueva que da sus primeros pasos: la burguesí­a mercantil y artesana.

Este fenómeno coincide con la expansión económica del mundo rural señalada, al menos para el caso alavés, por Dí­az de Durana, que habrí­a estimulado los intercambios favoreciendo el surgimiento de las villas, ligadas indisolublemente a un mercado y el crecimiento demográfico de los SS. XII¬XIII, e incluye el desarrollo del comercio marí­timo. Las villas acogieron parte del excedente de población del mundo rural. Pero a mediados del s. XIV se produjo en toda Europa un cambio de coyuntura. Comenzaban a resquebrajarse las antiguas estructuras señoriales y se abre paso a lo que se ha dado en llamar la «Baja Edad Media». En esta situación de crisis y quiebra es lógico que las nuevas villas nazcan como refugio y defensa de los banderizos, ahora empobrecidos y convertidos en bandidos. Los señores se dieron cuenta de que las rentas urbanas recogidas por prebostes eran más sustanciosas ya que estaban más actualizadas, mientras que las rurales, inmóviles y obsoletas, en periodo de gran inflación, eran cada vez más escasas.

G. Monreal da unas cuantas razones además de las ya mencionadas:

1. La eclosión de la economí­a urbana desde et s. XI dio lugar a la aparición de mercaderes, y por tanto, de la necesidad de unas condiciones jurí­dico¬administrativas distintas de las que tení­an las gentes del campo.

2. Los vascos no conocí­an la navegación en la época romana y comienzos de la Alta Edad Media. En este sentido fue decisiva la presencia de los normandos en Baiona, que posibilitó que en el s. XII fueran diestros en navegación y construcción de buques. El desarrollo de estas técnicas era normal que indujese a la actividad mercantil.

3. La coyuntura económica europea hace que Bizkaia sea punto clave en el tránsito de las lanas castellanas en su camino hacia Flandes, sobre todo cuando Inglaterra deja de aportarles lana para crear su propia industria pañera. Hacia 1230, los vizcaí­nos estaban ya instalados en Flandes. De esta forma se crean los presupuestos materiales necesarios para la fundación de villas, al menos en un primer momento54.

Para F. Garcí­a de Cortázar y M. Montero la fundación de villas fue la respuesta que Bizkaia dio a un importante cambio operado en eI comercio internacional del que ella resultó beneficiada: la reconversión del eje fundamental de las relaciones de Castilla. Antes el eje principal tení­a un signo horizontal Oeste¬Este, identificable con el Camino de Santiago. Sin embargo, desde el s. XIII, aparece un eje vertical Norte¬Sur en el que Bizkaia pasa de ser un lugar muy marginado, a ser punto clave, imprescindible, en el camino que une Castilla con Europa por mar55.

No todos Ios autores conceden, sin embargo, un papel tan marginal al Camino de Santiago en el Paí­s Vasco, y así­ encontramos por ejemplo, que Martí­nez Dí­ez afirma que las villas vascas nacen «como consecuencia de la reactivación que experimentan la economí­a y el tráfico mercantil desde la segunda mitad del s. XII, con las peregrinaciones del Camino de Santiago».

F. Sesmero Pérez da el mismo argumento concretándose en Bizkaia y nos dice que la localización de las villas del Señorí­o en la costa y vegas fluviales nos lleva a suponer que existí­a una gran facilidad de comunicaciones dentro de él, así­ como un «imperativo afán de lanzarse al mar». Reseña la existencia de un Camino de Santiago marginal que llegarí­a por mar a Bermeo o Bilbao, desde donde se unirí­a al terrestre, más habitual, y que dejó su huella en el Señorí­o, perdurando ésta sobre todo en los templos con advocación del Apóstol y que son muy numerosos, siendo el más caracterí­stico la Catedral de Bilbao.

CONCLUSIONES

La creación de las villas en Bizkaia supone un cambio cualitativo importante en la organización del territorio. Serán las entidades privilegiadas sobre todo en el aspecto jurí­dico (ya que no seguirán el fuero del Señorí­o sino el de Logroño y el texto de su carta puebla) y en el fí­sico al estar protegidos por un muro, al menos en la mayorí­a de los casos. Además resultan peculiares en su entorno el poblamiento concentrado y las actividades económicas que tienen sus habitantes: artesaní­a y comercio, frente a la agricultura y sobre todo ganaderí­a imperantes.

En el proceso fundacional pueden señalarse, a grandes rasgos dos periodos atendiendo a las razones que motivaron el aforamiento. En un primer momento se da carta a poblaciones existentes allí­ donde la actividad económica habí­a hecho asentarse una población. Se intenta de esta manera potenciar las relaciones comerciales: puertos, puertas de entrada al Señorí­o, asentamientos en las principales ví­as de comunicación…

En un segundo momento las fundaciones no fueron resultado de un aumento de población ni de una expansión comercial sino de la organización y reagrupamiento de la población dispersa de la zona que en estos momentos siente la necesidad de defenderse bien de los vecinos guipuzcoanos, bien de los nobles empobrecidos y belicosos, como queda constancia en los textos de las cartas pueblas.

Esta hipótesis viene avalada por el hecho de que las primeras villas fundadas poseí­an una superficie mucho mayor que las últimas, creadas ex¬novo por el motivo mencionado.

Los señores impulsaron decididamente la fundación de villas al darse cuenta en plena crisis bajomedieval de las rentas recogidas en ellas por los prebostes estaban mucho más actualizadas y eran mucho más rentables que las obsoletas rentas agrarias, sobre todo en época de gran inflación. Otro motivo de este posicionamiento favorable lo constituí­a, sin duda, el hecho de que pudieran ser utilizadas por él para hacer frente a la nobleza local.

Estas razones, entre otras, tienen claros paralelos en otros territorios del norte peninsular aunque cada uno conserve caracterí­sticas peculiares (origen romano de algunas fundaciones en Navarra, motivos defensivos claros de algunas alavesas, señorí­o eclesiástico en Asturias…).

Mª José Zabala

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